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ESTADO ACTUAL DEL PROCESO DE CONVERGENCIA A ESTÁNDARES INTERNACIONALES: AVANCES TEMÁTICOS Y REGULATIVOS DEL CTCP. AGENDA. Contexto Modelo de Convergencia Ley 1314 Actividades de los CT ad honorem Medición de Impactos Socialización y sensibilación Comisión Intersectorial
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ESTADO ACTUAL DEL PROCESO DE CONVERGENCIA A ESTÁNDARES INTERNACIONALES: AVANCES TEMÁTICOS Y REGULATIVOS DEL CTCP
AGENDA • Contexto • Modelo de Convergencia Ley 1314 • Actividades de los CT ad honorem • Medición de Impactos • Socialización y sensibilación • Comisión Intersectorial • Aplicación voluntaria • Cronogramas de convergencia • Las empresas del sector público
COMITÉS TÉCNICOS AD HONOREM SECTOR REAL SECTOR FINANCIERO SECTOR SOLIDARIO COMITÉ TRIBUTARIO COMITÉ DE ASEGURAMIENTO MESA EDUCATIVA COMITÉ ASESOR IFRS
MEDICIÓN DE IMPACTOS SUPERFINANCIERA SUPERSOCIEDADES SUPERSERVICIOS CONFECOOP
SOCIALIZACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN MESA EDUCATIVA CAPACITACIÓN A DOCENTES CONVENIO SENA CONFERENCIA A DIRECTIVOS DEL GOBIERNO (Presentación del marco global de NIIF)
COMISIÓN INTERSECTORIAL Decreto 3048 de 2011 crea la Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información
APLICACIÓN VOLUNTARIA Decretos 4946 de 2011 y 403 de 2012 sobre aplicación voluntaria integral de las NIIF. La CGN expidió la Resolución 033 de 2012
Artículo 7° del Decreto 4946 de 2011 Modificado por el artículo 5° del Decreto 403 de 2012. Período de Prueba. La etapa de prueba de que trata este decreto está comprendida entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2012. En consecuencia, las entidades y/o entes económicos que participen voluntariamente en este ejercicio, prepararán su balance de apertura a 1° de enero de 2012, llevarán sus registros contables bajo NIIF para todos los efectos a partir del 1° de enero de 2013 y presentarán sus primeros estados financieros de propósito general bajo NIIF con corte al 31 de diciembre de 2013.
170 ENTIDADES DECIDIERON APLICAR LAS NIIF DE MANERA VOLUNTARIA. Las 170 empresas se acogieron a las políticas expedidas por el Gobierno Nacional en los Decretos 4946 de 2011 y 403 de 2012.
LEY 489 DE 1998 ARTICULO 87. PRIVILEGIOS Y PRERROGATIVAS. Las EICE como integrantes de la Rama Ejecutiva del Poder Público, salvo disposición legal en contrario, gozan de los privilegios y prerrogativas que la Constitución Política y las leyes confieren a la Nación y a las entidades territoriales, según el caso. No obstante, las EICE, que por razón de su objeto compitan con empresas privadas, no podrán ejercer aquellas prerrogativas y privilegios que impliquen menoscabo de los principios de igualdad y de libre competencia frente a las empresas privadas.
Luis Alonso Colmenares Rodríguez CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA Carrera 13 número 28-01 piso 5 Bogotá, D.C., Colombia Oficina: (571) 6067676 Ext. 3203 Celular: 3153655631 LCOLMENARES@mincomercio.gov.co TWITTER: LCOLMENARESR