1 / 15

COLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

COLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL. Formalizarán a las MYPE en tres días

soren
Download Presentation

COLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. COLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓNCONSEJO DIRECTIVO NACIONAL Formalizarán a las MYPE en tres días En solo 72 horas (tres días), las micro y pequeñas empresas tendrán la oportunidad de formalizarse y obtener una serie de beneficios laborales, tributarios, financieros, entre otros, establecidos en la Ley de Formalización y Promoción de la Micro y Pequeña Empresa (Ley MYPE). De acuerdo con el Doing Bussiness 2009, informe de competitividad del Banco Mundial, la apertura de negocios en el Perú demora 65 días. La ministra de la Producción, Mercedes Aráoz, informó que se ha implementado un portal de Internet (www.crecemype.pe) en el que las empresas de este sector encontrarán información para su formalización. Destacó, entre los principales privilegios de la norma, que las microempresas reducirán en 30% sus costos laborales, mientras que las pequeñas empresas lo harán en 20% En materia tributaria, la ley establece que las MYPE que se acojan al nuevo Régimen Especial de Renta (RER) pagarán una tasa única de 1.5% sobre los ingresos del mes y llevarán un registro de compras y ventas. En caso de tener trabajadores, contarán con un registro de planillas

  2. Aráoz sostuvo que tanto los propietarios de las MYPE como los trabajadores y sus familiares tendrán acceso al Sistema Integral de Salud (SIS) con un subsidio de 50% del Estado. “Se ha calculado que el costo por trabajador y su familia es S/.30, de los cuales S/.15 son aportados por el Tesoro Público y el resto, por el conductor”, indicó el jefe del SIS, Luis Manrique. La ministra Aráoz señaló que espera que entre 6,000 y 10,000 empresas más se formalicen antes de fin de año, utilizando la nueva plataforma virtual. • La Dirección Nacional de Información Científica y Tecnológica brindará orientación personalizada gratuita a partir del mes de setiembre, previa inscripción, sobre : • Constitución de MYPEs. • Administración Estratégica aplicadas a las MYPEs. • Financiamiento de MYPEs. • Los clusters y la competitividad de las MYPEs. • Asesoramiento contable y tributario. • Otros.

  3. COLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓNCONSEJO DIRECTIVO NACIONAL AUDITORÍA FINANCIERA PARA LA ALTA GERENCIA • Temario • Tipos de auditoría general. • Responsabilidades de la Administración y del Auditor Independiente. • Estudio General de una Auditoria de Estados financieros. • Las Norma de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAs) • Las Normas Internacionales de Auditoria (NIAs) • Las bases conceptuales del nuevo sistema contable: • - El sistema de Naciones Unidas. • - Nueva Arquitectura Financiera Internacional. • - El Gobierno Corporativo. • - La Organización Mundial del Comercio. • - Enforcement. • - Políticas de Contabilidad. • - El Reporte Financiero. • -El Fire Value. • . Normas Internacionales de Contabilidad (NICs). • Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs) - International Financial Reporting Standards (IFRS) INVERSIÓN POR ANIVERSARIO: Lie. Adm. Hábiles : gratuito. Estudiantes S/. 60.00 Particulares : S/. 200.00 SABADOS : 5, 12, 12, 26 de setiembre y 1 de octubre 9.00am a 1.00pm (30 horas lectivas)

  4. 26 DE JULIO DEL 2009: 3er. Aniversario de la Promulgación del Estatuto del Colegio de Licenciados en Administración (D.S. Nº 020-2006-ED) • Eventos mes de Octubre: • Diplomado en Auditoría de Gestión. • Diplomado en Gestión de Pymes.

  5. RECIBOS POR HONORARIOS ELECTRONICOSISTEMA DE EMISION ELECTRONICA Es un mecanismo desarrollado por la SUNAT que permite a los contribuyentes que obtienen rentas de cuarta categoría, la emisión de Recibos por Honorarios Electrónicos y Notas de Crédito en forma electrónica y la generación del Libro de Ingresos y Gastos Electrónico. Quienes opten por este sistema pueden emitir sus recibos por honorarios tanto físicos como virtuales. El libro de ingresos y gastos ya no será llevado de manera física sino virtual, para lo cual deberá ingresar al sistema los datos de los recibos emitidos físicamente, así como la información referida a sus gastos. Ventajas del Sistema de Emisión Electrónica: • No requiere autorización de impresión de comprobantes de pago. • Ya no tendrá que elaborar su libro de Ingresos y Gastos, el sistema le permite generarlo en forma electrónica. • Puede enviar su Recibo por Honorarios al correo electrónico de su cliente. • Puede realizar consultas de sus recibos por fecha de emisión, rango de numeración y destinatarios.

  6. El Recibo por Honorarios Electrónico El Recibo por Honorarios Electrónico no es un nuevo comprobante de pago, es el mismo Recibo por Honorarios que se emite de manera física, con la diferencia que en este caso, su generación será a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE). Características del Recibo por Honorarios Electrónico: • Es emitido por el trabajador independiente que opte por afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica (SEE), quien adquiriere la condición de emisor electrónico. • La información del documento, al ser electrónico, estará expresado en bits dentro de un archivo digital, siendo su soporte distinto al tradicional (papel). • Su serie será única y alfanumérica, identificándose con los siguientes 4 caracteres: E001. • Su numeración será automática y correlativa, siendo generada de manera cronológica por el Sistema de Emisión Electrónica. • Contiene un mecanismo de seguridad generado por medios electrónicos que añadido y/o asociado al documento, garantiza su autenticidad e integridad.

  7. Afiliación al Sistema de Emisión Electrónica – SEE Para utilizar el Sistema de Emisión Electrónica – SEE de sus Recibos por Honorarios, previamente debe afiliarse. Para ello solo requiere cumplir con los siguientes requisitos: • Tener su Clave SOL • Su domicilio fiscal debe tener la condición de habido • No encontrarse en el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción. • Estar afecto en el RUC al Impuesto a la Renta de cuarta categoría. Su afiliación será rechazada si no cuenta con estos requisitos. Para afiliarse ingrese con su Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea - SOL, y seleccione la opción Afiliación al Sistema de Emisión Electrónica.

  8. Emisión del Recibo por Honorarios Electrónico. Para emitir sus Recibos por Honorarios Electrónicos solo debe seguir estos pasos: • Afiliarse (por única vez) al Sistema de Emisión Electrónica, • Ingresar a la opción: Emisión de Recibo por Honorarios Electrónico . • Registrar los siguientes datos: • Número de RUC del usuario del servicio, siempre que se requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario. El sistema al reconocer el número de RUC automáticamente consignará los datos de identificación del usuario de acuerdo a la información registrada en nuestros sistemas. • Cuando el usuario no proporcione su número de RUC y siempre que no requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario, podrá registrar otro tipo de documento de identificación como: • Documento Nacional de Identidad (DNI). • Carné de Extranjería. • Pasaporte • Cédula Diplomática de Identidad. • Descripción o tipo de servicio prestado. • Tipo de renta que percibe por el servicio prestado. • Si el emisor electrónico está o no afecto a la retención del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría. Tipo de moneda y monto de los honorarios. Si el servicio se presta a título gratuito, se deberá indicar tal circunstancia, así como el tipo de moneda y el monto de los honorarios que hubieran correspondido.

  9. Otorgamiento del Recibo por Honorarios Electrónico El Recibo por Honorarios Electrónico se debe otorgar en la misma oportunidad en la que se otorga el Recibo por Honorarios físico, es decir: • Tratándose de servicios prestados a título oneroso, cuando se perciba la retribución, debiéndose indicar el monto recibido. • Tratándose de servicios prestados a título gratuito, cuando se culmine el servicio. Sin embargo, es posible anticipar la emisión del Recibo por Honorarios. Se considera otorgado el recibo de acuerdo a la característica del usuario a quien prestó el servicio, cuando: • Si el usuario cuenta con clave SOL, al momento de su emisión. A partir de dicho momento tanto el emisor electrónico como el usuario del servicio tendrán a su disposición el documento electrónico en el SEE. • Si el usuario no cuenta con clave SOL, cuando el emisor electrónico, a elección del usuario: • Remita el Recibo por Honorarios Electrónico al correo electrónico que proporcione el usuario; u,  • Otorgue al usuario un impreso del Recibo por Honorarios Electrónico. El referido impreso surtirá los mismos efectos del Recibo por Honorarios Electrónico.

  10. Conservación de los documentos electrónicos Tanto el emisor electrónico como el usuario del servicio que cuenten con Clave SOL deberán descargar el Recibo por Honorarios Electrónico o la Nota de Crédito Electrónica del Sistema de Emisión Electrónica - SEE y conservarlos en formato digital. El emisor electrónico podrá descargar el documento electrónico al momento de su emisión o podrá descargarlo seleccionando la opción Consulta para emisores habilitado en el SEE. El usuario del servicio podrá descargar el documento electrónico seleccionando la opción Consulta para receptores habilitado en el SEE. Si el usuario del servicio no cuenta con Clave SOL, deberá conservar el Recibo por Honorarios Electrónico o la Nota de Crédito Electrónica que se le haya remitido por correo electrónico o el impreso de estos que se le haya otorgado el emisor electrónico.

  11. Nota de Crédito Electrónica Se utiliza cuando desee modificar un Recibo por Honorarios Electrónico o un Recibo por Honorarios físico otorgado con anterioridad. Debe ser emitido al mismo usuario a quien prestó el servicio. Debe tener presente que tratándose del Recibo por Honorarios físico, éste deberá haber sido previamente registrado en el Sistema de Emisión Electrónica -SEE. Para realizar la emisión de la Nota de Crédito Electrónica, deberá seleccionar la opción Emisión de Nota de Crédito Electrónica, debiendo ingresar al sistema la siguiente información: • Serie y número correlativo del Recibo por Honorarios respecto del cual se realizará la modificación. • Motivo que sustenta la emisión de la Nota de Crédito. • Monto ajustado de los honorarios. Respecto a la oportunidad y forma de entrega se regirá por las mismas reglas aplicadas al Recibo por Honorarios Electrónico. El Sistema le permitirá ver una vista previa del documento a emitir con la finalidad de continuar con la emisión o corregir la información consignada. FUENTE:

  12. CURRICULUM VITAE Digamos que ganaste la carreray que el premioera otra carreraque no bebiste el vino de la victoriasino tu propia salque jamás escuchaste vítoressino ladridos de perrosy que tu sombratu propia sombrafue tu únicay desleal competidora. Blanca Varela.

  13. Strip-tease Quítate el sombrero si lo tienes quítate el pelo que te abandona quítate la piel las tripas los ojos y ponte un alma si la encuentras. Blanca Varela.

  14. JIRON  PALCA 172 OF. 201  Lima Cercado Teléfono 433-2134 www.cladperu.com.pe Lic. Adm. Antonio Ulises Sandoval Durand Director Nacional de Información Científica y Tecnológica. • Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT • www.crecemype.pe Haga clic aquí Lic. Adm. Gabriel Rubén Rojas Aspilcueta. Lic. Adm. Carlos Ly Galván Decano Nacional Director Secretario

More Related