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La libertad de Expresión

La libertad de Expresión. De los Cuadernos de Quejas a la Constitución de 1978. Los cuadernos de quejas en su contexto histórico (1).

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La libertad de Expresión

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Presentation Transcript


  1. La libertad de Expresión De los Cuadernos de Quejas a la Constitución de 1978

  2. Los cuadernos de quejas en su contexto histórico (1) Surgieron ya en el siglo XIV, pero se inscribieron definitivamente en la Historia durante la convocatoria de los Estados Generales de 1789 que desencuadernaría la Revolución Francesa. Se trataba de memoriales o listados de peticiones que las diferentes circunscripciones entregaban a sus diputados para que las hiciese públicas en la propia asamblea. En su elaboración participaban las parroquias y los habitantes de éstas. Durante la Guerra de la Independencia, la Junta Central había reconocido la importancia de la opinión pública a través del Decreto de la Junta Central, de 22 de mayo de 1809, de Convocatoria a Cortes, en el que se solicitaba a Instituciones y particulares que expresasen a la Comisión de Constitución las modificaciones que estimasen pertinentes en las Leyes Fundamentales españolas. Este conjunto de informes serán conocidos como la Consulta al País

  3. “Aquí el pobre no tienederecho a encender el fuego en suchozaparaponerse al abrigo del frío, si no lo comprabiencaro al señor, porunacontribucióndescontada de susmedios de subsistencia y los de sufamilia. Este derechoinhumanoexiste en Brouesbajo el nombre de derecho de fuego. Allí el agricultor no tienenisiquiera el derecho de alimentarsuganado con la hierbaquecrece en su campo; si la toca, se le denuncia y castiga con unamultaque lo arruina, y el ejerciciomáslegítimo de los derechos de supropiedadestásubordinado a la voluntadarbitraria del señor, quetiene la pretensión al derecho universal sobretodos los pastos del territorio. Se debenabolirtodos los derechos de los señores (…).” Extracto de “Los Cuadernos de Quejas”. Marsella,1789 Los cuadernos de quejas en su contexto histórico (2)

  4. Los cuadernos de quejas hoy día Las cartas al director en los periódicos se han convertido hoy día en una especie de reflejo de lo que fueron esos cuadernos de quejas en el siglo XVIII: Gracias por nada Publicada en El País, el 23/VIII/2009 “Pertenezco a una clase social de mayores de 35 y menores de 45 años, solteros/as y sin hijos, que por una cosa u otra no entra en los planes ni del Gobierno ni de nadie. Estoy en paro desde hace poco más de un año, y dejé de percibir la prestación en febrero. Como estoy soltero, no tengo hijos y tengo menos de 45 años, pues no he podido acogerme a ningún tipo de subsidio. Tampoco he podido acogerme a la ayuda-préstamo sobre la hipoteca, a través del ICO, porque, aun estando aprobada dicha ayuda desde enero, si mal no recuerdo, no tienes derecho si no percibes la prestación. Ahora me dicen en el INEM que tampoco tengo derecho a la prestación de 420 euros porque está destinada para los que se queden sin prestación a partir del 1 de agosto. Pero la cosa sigue: intentando aprovechar el tiempo, me he puesto a estudiar, financiando los estudios gracias a mi familia en la universidad; teniendo noticias de la línea del ICO Renta-Universidad se me ocurrió que podría hacer algúnmaster durante este tiempo: pues tampoco, porque soy mayor de 35. Para más risas, ofertaron en julio en mi universidad, a través de la Fundación Empresa-Universidad de La Laguna, unos cursos de idiomas intensivos gratuitos, a los cuales, pese a estar matriculado en la universidad, no tengo derecho por ser mayor de 30 años. Sólo gracias a mi familia he podido comer y seguir estudiando. Gracias a ¿quién? no he recibido ayuda de ningún tipo. Por eso, a quien corresponda, muchas gracias por nada. Sólo espero la oportunidad de echarme a la calle con personas en situación similar y gritar en alto: ¡dejen de tomarnos el pelo.” Eduardo David Pérez Moriana, Santa Cruz de Tenerife

  5. Cádiz 1808-1812: el nacimiento de la libertad de expresión en España (1) La guerra de la independencia generó una gran demanda de información, eso provocó que Cádiz, una ciudad que ya contaba con prensa antes de esa momento experimentase una gran explosión de prensa escrita. A partir del decreto de 10 de Noviembre de 1810, con las Cortes aun reunidas en San Fernando, se produce la gran oleada de prensa escrita que caracterizaría al Cádiz de 1812 En Cádiz se publicaron entonces muchísimas cabeceras que iban desde las más liberales a las más serviles. Aquí mostramos un par de ellas: El Diario Mercantil de Cádiz, ya existente antes de la ocupación francesa; y El Conciso, que inició su andadura a partir de 1810.

  6. Cádiz 1808-1812: el nacimiento de la libertad de expresión en España (2) El decreto de 10 de Noviembre de 1810 se vio refrendado definitivamente por el artículo 371 de la Constitución de 1812. No obstante, la libertad de imprenta y, por tanto, la libertad de expresión en España acabó al regreso de Fernando VII , con el Decreto de 25 de Abril de 1815. Durante el Trienio Liberal, de 1820 a 1823, al restablecerse la Constitución de Cádiz, España recuperaría dicha libertad, abolida definitivamente con el inicio de la Década Ominosa.

  7. La libertad de expresión hasta la dictadura de Primo de Rivera Tras Fernando VII la censura seguirá presente en la prensa española, sólo quedará temporal y brevemente abolida con la constitución de 1869. La Constitución de 1876 proclamaba la libertad de prensa en su artículo 13, regulada posteriormente en la Ley de Policía e Imprenta de 1883. Sin embargo, el artículo 17 de la misma Constitución permitía suspender las garantías constitucionales “cuando así lo exija la seguridad del Estado”, y la utilización de este recurso fue una práctica cotidiana por parte de los distintos gobiernos hasta el golpe militar de Primo de Rivera, en 1923.

  8. La libertad de expresión hasta la Guerra Civil La llegada de la II República tampoco garantizó del todo la libertad de expresión la polémica Ley de Policía e Imprenta de 1883 permanecerá formalmente en vigor durante toda la etapa republicana. El 20 de octubre de 1931 se aprueba la Ley de Defensa de la República, que prohíbe las noticias que puedan quebrantar la paz social o el orden público. En 1933 es sustituida por la Ley de Orden Público. La aplicación de esta nueva norma jurídica supone la imposición de la censura previa. Finalmente, el estallido de la Guerra Civil y la división del territorio en dos bandos provocó que en cada uno de ellos se aplicasen férreas normas de censura previa.

  9. El Franquismo El control sobre los medios de comunicación durante el período de gobierno de Franco fue total y absolutamente férreo. La censura se imponía en cualquier clase de publicaciones, desde la prensa al cine, la música, la literatura infantil y juvenil… En 1966 la llamada Ley Fraga (Ley de Prensa e Imprenta) parece aflojar un poco ese control de los medios no obstante, escritores como Miguel Delibes dijeron sobre esta nueva situación: “Antes te obligaban a escribir lo que no sentías, ahora se conforman con prohibirte que escribas lo que sientes, algo hemos ganado”

  10. La democracia: 32 años de libertad de expresión La muerte de Franco y el final de su dictadura traería, como consecuencia, para España la vuelta a las libertades democráticas, consolidadas definitivamente por la Constitución de 1978. El Artículo 20 de la Constitución es la partida de nacimiento de la verdadera libertad de prensa y de expresión que hoy vivimos en España: “Se reconocen y protegen los derechos: A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. A la libertad de cátedra. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa […]”.

  11. Y ahora ¿Qué? Podemos celebrar nuestras libertades, pero no olvidar que no “somos el ombligo del mundo” y que ni siquiera la red abierta que es Internet puede garantizarnos total libertad de difusión de nuestro mensaje y nuestro pensamiento

  12. Presentado por: IESDra. Josefa de los Reyes, 4º curso de ESO A: Francisco Acosa Moreno Mirian Fernández Listán Nazaret Fernández Mesa Alejandra García De Goñi Rubén López Pazo María del Carmen Mancilla Reguera Gabriel Mesas Peña Montoya Alcón, María del Carmen Juan Carlos Morales Da Silva Miguel Moreno Arriaza Miguel Ramos Catalán Miguel Vargas Céspedes Profesor:D. Feliciano Gámez Duarte

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