280 likes | 416 Views
Guía para los padres para la selección de otra escuela según la Ley Ningún Niño debe Quedar Rezagado ( NCLB ). Distrito Escolar del Condado de Palm Beach Abril del 2009. Progreso anual aceptable (AYP)*.
E N D
Guía para los padres para la selección de otra escuela según la Ley Ningún Niño debe Quedar Rezagado(NCLB) Distrito Escolar del Condado de Palm Beach Abril del 2009
Progresoanual aceptable (AYP)* Determina qué escuelas con el Programa Título I y estudiantes son elegibles para seleccionar otra escuela según la Ley NCLB. *Adequate Yearly Progress
Progresoanual aceptable (AYP) • Determina el progreso en lectura, matemáticas y redacción de todos los estudiantes. • Determina el índice de graduación. • La escuela debe obtener una calificación de “C” o mejor. • Si la escuela no logra un progreso anual aceptable en todas la áreas y los subgrupos se tendrá que someter a las consecuencias.
ProgresoAnual Aceptable (AYP) • La Ley NCLB exige que todas las escuelas obtengan un progreso anual adecuado. • TODAS las escuelas públicas reciben calificaciones para determinar su AYP. • Escuelas sin el Programa Título I • Escuelas con el Programa Título I • Escuelas Chárter • El AYP determina el progreso de nueve subgrupos.
Todos los grupos Blancos Negros Hispanos Asiáticos Indígenas americanos Estudiantes en desventaja económica Estudiantes que están aprendiendo Inglés (ELL)* Estudiantes con incapacidades (SWD)* *English Language Learner *Students with disabilities Los nueve subgrupos
La escuela debe obtener una calificación de “C” o superior y El 95% de cada subgrupo debe ser evaluado y Cada subgrupo debe cumplir con “otros” requisitos (redacción y graduación) y Cada subgrupo debe cumplir con las metas de rendimiento establecidas en Lectura y Matemáticas Para obtener un AYP
Aunque TODAS las escuelas obtienen un estatusde AYP, sólo aquellas con el Programa Título I estarán sujetas a consecuencias y son catalogadas como “escuelas que necesitan mejorar” (School in Need of Improvement, SINI). La escuela será catalogada como una “escuela que necesita mejorar” si al cabo de dos años consecutivos no obtiene el AYP. No se logro un Progreso Anual Aceptable (NAYP)
Consecuencias cuando no se logra el progreso (NAYP) *Las consecuencias son acumulativas. Cada año se aplican las mismas y se imponen otras nuevas.
A todos los padres de estudiantes que asisten a una escuela con el Programa de Título I que no obtiene el AYP durante dos o más años consecutivos, se les ofrece la oportunidad de seleccionar otra escuela para sus hijos. Opciones para los padres del Condado de Palm Beach
¿Por qué mis hijos son elegibles para seleccionar una escuela según la Ley sobre ningún niño debe quedar rezagado? Los estudiantes son elegibles para hacer la selección cuando la escuela con el Programa Título I a la que asisten no ha logrado un progreso anual aceptable (AYP) durante tres o más años consecutivos, como lo define el Estado bajo la Ley NCLB. Selección de escuelas según la Ley NCLB
¿Qué debo hacer si no deseo que mi hijo deje de asistir a la escuela en la que se encuentra ahora? Su hijo no tiene que trasladarse a otra escuela. Si desea que permanezca en la escuela que le corresponde, marque esta opción en el formulario y devuélvalo como se le ha indicado. Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB
¿Puedo escoger cualquier escuela en el condado de Palm Beach? No. El Distrito tiene la responsabilidad de proporcionarle dos escuelas entre las cuales puede escoger. Bajo la Ley sobre Ningún Niño Debe Quedar Rezagado, la selección de otra escuela se limita a las públicas y chárter. Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB
Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB ¿Pueden asistir todos mis hijos a la misma escuela? Probablemente. Se hará todo lo posible por mantener a los hermanos juntos; sin embargo, debido a los requisitos del orden de rango académico, éstos pueden ser asignados a diferentes escuelas.
Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB ¿Se proporcionará servicio de transporte? Sí, siempre y cuando hayan fondos disponibles.
Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB ¿Cuánto tiempo permanecerá mi hijo en la nueva escuela? Su hijo puede permanecer en la escuela nueva hasta que complete el último grado de enseñanza en la misma.
Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB ¿Tendrá mi hijo servicio de transporte todo el tiempo? Probablemente. Una vez que la escuela original de su hijo haya mantenido un progreso anual aceptable por un período de dos años consecutivos, el Distrito Escolar no tendrá que proporcionar el servicio de transporte.
Selección para trasladarse a otra escuela según la Ley NCLB ¿Tendré que cambiar a mi hijo de escuela si me mudo a otra área del condado de Palm Beach? No, pero tendrá que proporcionarle el transporte si se muda fuera del área de demarcación de la escuela.
Servicios educativos suplementarios (SES) ¿Qué son los Servicios Educativos Suplementarios? Este termino se refiere a la enseñanza adicional y otros servicios académicos en lectura o matemáticas. Dicha enseñaza la imparte agencias privadas después y antes del horario de clases o los fines de semana.
Preguntas adicionales ¿Puede mi hijo recibir los servicios educativos suplementarios y seleccionar otra escuela? No. Solamente puede elegir una opción Si decide recibir los servicios de SES no podrá transferir a su hijo a otra escuela.
Servicios educativos suplementarios (SES) ¿Como sé si mi hijo califica para recibir SES? Su hijo es elegible si: • asiste a una escuela con el Programa Titulo I que no logro el progreso anual aceptable durante tres o más años. • califica para recibir comidas gratis o a precio reducido
Servicios educativos suplementarios (SES) ¿Recibirán los servicios SES todos aquellos estudiantes cuyos padres elijan estos servicios? Posiblemente. Existe una cantidad de dinero establecida para este programa. Los estudiantes con bajas calificaciones tienen prioridad sobre todos los estudiantes elegibles.
Servicios educativos suplementarios (SES) ¿Cómo puedo elegir los servicios SES para mi hijo? Marque la casilla de la SES en el Formulario de opciones según la Ley NCLB y devuélvalo a la escuela de su hijo.
Servicios educativos suplementarios (SES) ¿Cómo selecciono los servicios para mi hijo? El Distrito Escolar: • Enviará información relacionada con los proveedores que están aprobados por el estado que se encuentran en su área. • Llevará a cabo “ferias de proveedores” alrededor del Condado para que usted los conozca.
Preguntas adicionales ¿Qué debería tener en cuenta cuando haga la selección? Otras preguntas a considerar: • ¿Qué tan lejos queda la escuela de mi casa? • ¿Cuánto tiempo estará mi hijo en el ómnibus escolar? • ¿Se beneficiará mi hijo con la ENSEÑANZA ADICIONAL? • ¿Esta mi hijo contento en su escuela actual?
Preguntas adicionales ¿Cómo puedo obtener más información sobre las opciones para mi hijo ? • Puede comunicarse con la escuela de su hijo • Póngase en Contacto con Nicole Smith, Distrito Especialista de NCLB, en 561-432-6336 • Visite la página en la Internet del Distrito Escolar del Condado de Palm Beach en http://www.palmbeach.k12.fl.us/NCLB/