370 likes | 481 Views
LECCIÓN 10. OTROS INGRESOS PÚBLICOS. SUMARIO. 1. TRIBUTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL 1.1. LAS TASAS 1.2. LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES 1.3. LOS TRIBUTOS. UNA RECAPITULACIÓN. 2. LA DEUDA PÚBLICA 2.1. CONCEPTO Y CLASES DE DEUDA PÚBLICA 2.2. EL CICLO VITAL DE LA DEUDA
E N D
LECCIÓN 10 OTROS INGRESOS PÚBLICOS MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
SUMARIO • 1. TRIBUTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL • 1.1. LAS TASAS • 1.2. LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES • 1.3. LOS TRIBUTOS. UNA RECAPITULACIÓN. • 2. LA DEUDA PÚBLICA • 2.1. CONCEPTO Y CLASES DE DEUDA PÚBLICA • 2.2. EL CICLO VITAL DE LA DEUDA • 2.2.1. EMISIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA • 2.2.2. CONVERSIÓN DE LA DEUDA • 2.2.3. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA • 3. EMPRESA PÚBLICA, PRIVATIZACIÓN Y DESREGULACIÓN • 3.1. EMPRESA PÚBLICA: CONCEPTO Y GENERALIDADES • 3.2. RAZONES DE SER DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS • 3.3. PRIVATIZACIÓN Y DESREGULACIÓN O LIBERALIZACIÓN MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
1. TRIBUTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL • 1.1 LAS TASAS • CONCEPTO: SON UN INGRESO PÚBLICO COACTIVO (TRIBUTO), CUYO HECHO IMPONIBLE CONSISTE EN LA UTILIZACIÓN A TÍTULO PARTICULAR O PRIVADO DE UN DOMINIO PÚBLICO, ASÍ COMO LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS QUE SE REFIERAN, AFECTEN O BENEFICIEN DIRECTAMENTE AL CONTRIBUYENTE Y SUJETO PASIVO DE LA MISMA. TALES SERVICIOS SON DE SOLICITUD Y RECEPCIÓN OBLIGATORIA PARA QUIEN LAS SATISFACE Y, EN NINGÚN CASO, PUEDEN SER PRESTADOS O REALIZADOS POR EL SECTOR PRIVADO. • CARACTERÍSTICAS: • SE TRATA UN INGRESO TRIBUTARIO. • AÚN TRATÁNDOSE DE UN INGRESO COACTIVO, SE JUSTIFICA COMO INGRESO PÚBLICO POR UNA CONTRAPRESTACIÓN HACIA EL OBLIGADO A SU PAGO. • EN DETERMINADOS CASOS, COMO EL DE LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE UN DOMINIO PÚBLICO -LA INSTALACIÓN DE UNA TERRAZA EN LA VÍA PÚBLICA POR UNA CAFETERÍA-, ES PERCEPTIBLE LA VOLUNTAD DE INCURRIR EN TAL SUPUESTO DE SUJECIÓN AL TRIBUTO POR QUIEN HA DE PAGAR LA TASA. • EN OTROS SUPUESTOS, SE TRATA DE SERVICIOS PÚBLICOS “PRESTADOS” PERO QUE NADIE SOLICITARÍA. ES UN CONSUMO QUE LA ADMINISTRACIÓN OBLIGA A HACER Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO NO PUEDE SER REALIZADA POR OTRO AGENTE QUE NO SEA UNA UNIDAD DEL SECTOR PÚBLICO. EJ: LAS TASA QUE SE PAGAN POR EL DNI, LAS LICENCIAS DE CAZA O PESCA, LAS TASAS DE SECRETARÍA PARA MATRICULARME EN LA UNIVERSIDAD (NO CONFUNDIR CON EL PAGO DE LOS CRÉDITOS QUE ES EL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO EDUCATIVO). MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
CLASIFICACIÓN O TIPOS DE TASAS • LA TASA DE FINANCIACIÓN: • RESPONDE A LA FORMA MÁS ANTIGUA DE ENTENDERLA, SEGÚN LA CUÁL ÉSTA ERA UNA FUENTE DE INGRESO QUE SE DESTINABA EXCLUSIVAMENTE A FINANCIAR LAS ACTIVIDADESDE LAS UNIDADES PÚBLICAS QUE PRESTABAN LOS SERVICIOS QUE LAS MOTIVABAN. • LA TASA FISCAL: • A MEDIDA QUE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FUE EVOLUCIONANDO Y ADQUIRIENDO LA CONFIGURACIÓN ACTUAL, LAS TASAS FUERON EXPERIMENTANDO TAMBIÉN UNA PROFUNDA REVISIÓN. A PARTIR DE UN DETERMINADO MOMENTO, DISTINTO SEGÚN EL PAÍS, SE PASÓ A CONSIDERAR A LA TASA COMO UN ELEMENTO MÁS DE LA FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES CONFIGURADO COMO UNA EXACCIÓN ORDINARIA QUE DESCANSA EN DOS ELEMENTOS: • LA COACCIÓN EN SU EXIGENCIA • LA OCASIONALIDAD CON QUE SE PRODUCEN LOS SUPUESTOS DE HECHO QUE JUSTIFICAN SU EXIGENCIA. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
1.2 LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES • CONCEPTO: SEGÚN R SELIGMAN: • «EXACCIÓN COACTIVA RECAUDADA EN PROPORCIÓN A LOS BENEFICIOS E INCREMENTOS DE VALOR QUE EXPERIMENTA LA PROPIEDAD INMUEBLE, COMO CONSECUENCIA DE OBRAS O MEJORAS PÚBLICAS EMPRENDIDAS EN INTERÉS GENERAL» • CARACTERÍSTICAS: • SON SIEMPRE COACTIVAS. • EN ELLAS TIENE LUGAR UNA COMPENSACIÓN, OBJETIVA E INDIVIDUALMENTE MEDIBLE, QUE LE SIRVE DE JUSTIFICACIÓN Y REFERENTE PARA SU CIFRADO, Y QUE CONSISTE EN EL BENEFICIO QUE EXPERIMENTA LA PROPIEDAD INMUEBLE DEL OBLIGADO A SU PAGO. • SU HECHO IMPONIBLE SE PRODUCE ÚNICAMENTE A INSTANCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN, QUIEN TOMA LA INICIATIVA DE EJECUTAR LA OBRA O SERVICIO QUE OCASIONA LA MEJORA DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE SU CONTRIBUYENTE. • LA GESTIÓN REQUIERE UNA DELIMITACIÓN Y LOCALIZACIÓN CLARAS DEL COLECTIVO DE BENEFICIARIOS/CONTRIBUYENTES, POR LO QUE SU UTILIZACIÓN HA QUEDADO REDUCIDA AL ÁMBITO DE LAS HACIENDAS LOCALES. • SU FINALIDAD ÚLTIMA ES PROPORCIONAR A LAS CORPORACIONES LOCALES INGRESOS POR CUENTA DE CAPITAL, NUNCA INGRESOS CORRIENTES O POR CUENTA DE RENTA. • A PESAR DE TRATARSE DE TRIBUTOS PROPIOS DE LA REALIDAD FISCAL DE LOS ESTADOS UNIDOS, HAN CONOCIDO UNA GRAN DIFUSIÓN EN TODOS LOS ORDENAMIENTOS FISCALES DE LA O.C.D.E. • EJEMPLOS: LAS EXACCIONES QUE LOS AYUNTAMIENTOS EXIGEN A LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES SITOS (UBICADOS) EN ZONAS EN LAS QUE SE HA PROCEDIDO A MEJORAR LA PAVIMENTACIÓN, EL ALUMBRADO, O CUALQUIER OTRA INFRAESTRUCTURA QUE TENGA REPERCUSIÓN DIRECTA EN EL VALOR DE LA PROPIEDAD INMUEBLE ALLÍ UBICADA. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
1.3 LOS TRIBUTOS. UNA RECAPITULACIÓN SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES: SIMILITUDES: LOS TRES SON TRIBUTOS, ESTO ES, PRESTACIONES COACTIVAS EN LAS QUE PREVALECE LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR A LA FINANCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PÚBLICAS. SU IMPLANTACIÓN Y EXISTENCIA ESTA SUPEDITADO A UN ACTO LEGISLATIVO EXPRESO (APROBACIÓN DE UNA LEY ESPECÍFICA). EN LAS SOCIEDADES DEMOCRÁTICAS CUALQUIER LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL O AMPUTACIÓN DEL PATRIMONIO PERSONAL SÓLO ES VÁLIDA SI ESTÁ RESPALDADA POR UN PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DEL PODER LEGISLATIVO. DIFERENCIAS: DOS CLASES DE TRIBUTOS: LAS TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES: SU PAGO PRESUPONE LA EXISTENCIA DE UNA CONTRAPRESTACIÓN DIRECTA DEL SECTOR PÚBLICO HACIA ÉL LOS IMPUESTOS: ADEMÁS DE SER COACTIVOS CARECEN DE CUALQUIER CONTRAPRESTACIÓN. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
DIFERENCIAS DENTRO DEL GRUPO DE LOS TRIBUTOS CONTRACTUALES: A) EN LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES ES POSIBLE LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS BENEFICIOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA DE UNA FORMA OBJETIVA, PUES SU OBJETIVO ES EL VALOR DE MERCADO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DEL CONTRIBUYENTE; COSA QUE EN EL CASO DE LA TASA NO OCURRE. B) LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES SÓLO PUEDEN SER RECAUDADAS SOBRE DETERMINADAS MEJORAS LOCALES (LAS QUE AUMENTAN EL VALOR DE LA PROPIEDAD INMUEBLE), COSA QUE NO OCURRE EN LAS TASAS, QUE PUEDEN ATENDER A LA FINANCIACIÓN DE CUALQUIER SERVICIO. C) LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES SE PAGAN DE UNA SOLA VEZ Y PARA SIEMPRE, LAS TASAS SE SUELEN PAGAR OCASIONAL O PERIÓDICAMENTE EN FUNCIÓN DEL TIPO DE SERVICIOS PRESTADO POR LA ADMINISTRACIÓN. D) LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUEDAN SIEMPRE REGISTRADAS EN LA CUENTA DE CAPITAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, PUES SU DESTINO SON LAS INVERSIONES QUE MEJORAN LUEGO LA PROPIEDAD INMUEBLE, LAS TASAS SE REGISTRAN SIEMPRE COMO INGRESOS ORDINARIOS O POR CUENTA DE RENTA. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
2. LA DEUDA PÚBLICA • 2.1 CONCEPTO Y CLASES DE DEUDA PÚBLICA • EL SECTOR PÚBLICO PUEDE OBTENER LOS FONDOS QUE ESTIME OPORTUNOS MEDIANTE LA VENTA DE TÍTULOS-VALORES EN LOS MERCADOS DE CAPITALES, NACIONALES O INTERNACIONALES. TAL MODALIDAD DE INGRESO PÚBLICO POR CUENTA DE CAPITAL DENOMINADO DEUDA PÚBLICA, SE INSTRUMENTALIZA MEDIANTE UN CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE UN ORGANISMO PÚBLICO (GENERALMENTE EL ESTADO) Y OTRO AGENTE ECONÓMICO DEL SISTEMA, EN VIRTUD DEL CUAL LA UNIDAD PÚBLICA SE COMPROMETE AL PAGO PERIÓDICO DE UNOS INTERESES Y A LA DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL PRESTADO, CASO DE QUE LA DEUDA CONTRAÍDA TENGA CARÁCTER AMORTIZABLE. • NO ES EQUIVALENTE AL ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO, ESTE ÚLTIMO ES MÁS AMPLIO, COMPRENDE, ADEMÁS DE LA DEUDA PÚBLICA, EL DIFERIMIENTO DE LOS PAGOS DEL SECTOR PÚBLICO A SUS CONTRATISTAS, LOS PASIVOS DE LAS CAJAS E INSTITUCIONES PÚBLICAS DE CRÉDITO Y LOS AVALES EFECTUADOS SOBRE OPERACIONES REALIZADAS POR OTROS SUJETOS DEL SISTEMA. PARA QUE SE PUEDA HABLAR DE DEUDA PÚBLICA ES INDISPENSABLE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL PRESTAMISTA Y QUE SE DOCUMENTE EN UN TÍTULO-VALOR. • DEFINICIÓN: • LA DEUDA PÚBLICA ES UN «CONTRATO UNILATERAL DE DERECHO PÚBLICO, POR EL QUE UNA DE LAS PARTES (PERSONA FÍSICA O JURÍDICA, PÚBLICA O PRIVADA, NACIONAL O NO) ENTREGA AL ESTADO U OTRO ENTE PÚBLICO UNA DETERMINADA CANTIDAD DE DINERO, COMPROMETIÉNDOSEÉSTE A SATISFACER UNOS INTERESES PERIÓDICOS Y A LA EVENTUAL DEVOLUCIÓN DEL PRINCIPAL, CASO DE QUE EN LAS CONDICIONES DEL PRÉSTAMO ESTÉ ESTIPULADA SU AMORTIZACIÓN ». MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
PRINCIPALES CLASES DE DEUDA • ATENDIENDO A LA MONEDA EN LA QUE SE CIFRA EL EMPRÉSTITO Y EL PAGO DE LOS INTERESES: • DEUDA PÚBLICA INTERNA O NACIONAL, DIRIGIDA AL MERCADO INTERNO DE CAPITALES, SE CONTRATA EN LA DIVISA NACIONAL, • DEUDA PÚBLICA EXTERNA O EXTERIOR, DIRIGIDA A LOS AHORRADORES DE OTROS PAÍSES Y QUE IMPLICA EL PAGO DE INTERESES Y DEVOLUCIÓN DEL PRINCIPAL EN DIVISA EXTRANJERA. • ATENDIENDO AL ENTE PÚBLICO QUE LA EMITE: • DEUDA PÚBLICA DEL ESTADO • DEUDA PÚBLICA LOCAL: EMITIDA POR LOS ENTES PÚBLICOS TERRITORIALES SUBROGADOS AL ESTADO (AYUNTAMIENTOS, CCAA, ETC.) Y • DEUDA PÚBLICA DE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL ESTADO. • ATENDIENDO A LA DURACIÓN DEL EMPRÉSTITO: • A CORTO Y A LARGO PLAZO. • A LARGO PLAZO, PUEDE SER DE DOS CLASES: AMORTIZABLE Y PERPETUA. • AMORTIZABLE: HA DE DEVOLVERSE EN PLAZO Y FECHA PREFIJADOS, • PERPETUA:NO OBLIGA AL ESTADO A LA DEVOLUCIÓN DEL PRINCIPAL, EN DESUSO. • EN ESPAÑA, ESTAS TRES CLASES DE TÍTULOS SE CONCRETAN EN: • PAGARÉS Y LAS LETRAS DEL TESORO: CON PLAZOS DE AMORTIZACIÓN QUE OSCILAN ENTRE LOS 6 Y LOS 8 MESES, COMPONEN LA DEUDA A CORTO PLAZO; • LOS BONOS DEL TESORO: TIENEN UN PLAZO DE AMORTIZACIÓN INFERIOR A LOS CINCO AÑOS, ES LA DEUDA A MEDIO PLAZO • LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO: AGRUPA LOS EMPRÉSTITOS CON UN PLAZO DE AMORTIZACIÓN SUPERIOR A LOS CINCO AÑOS Y CONFORMAN LA DEUDA A LARGO PLAZO. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
D. ATENDIENDO AL NÚMERO DE SUJETOS: • DEUDA PÚBLICA SINGULAR, CUANDO EL CONTRATO DE PRÉSTAMO SE LLEVA A CABO CON UN SOLO SUJETO, O VARIOS QUE ACTÚAN EN CONSORCIO, COSA QUE NO TIENE NADA DE EXTRAORDINARIO. • DEUDA PÚBLICA GENERAL, CUÁNDO LOS TÍTULOS DE DEUDA SE OFERTAN EN EL MERCADO GENERAL DE CAPITALES PARA SU LIBRE CONTRATACIÓN. • E. ATENDIENDO A QUIEN SE ABONE EL CAPITAL E INTERESES : • DEUDA PÚBLICA NOMINATIVA, EN CUYOS TÍTULOS FIGURA SIEMPRE LA IDENTIFICACIÓN DEL ACREEDOR, SIENDO ÚNICAMENTE ÉSTE EL QUE PUEDE PERCIBIR LOS INTERESES Y OBTENER LA DEVOLUCIÓN DEL PRINCIPAL. • LA DEUDA PÚBLICA AL PORTADOR, EN CUYOS TÍTULOS NO CONSTA IDENTIFICACIÓN ALGUNA Y, POR ELLO, ES AL TENEDOR DEL TÍTULO A QUIEN SE ABONAN AMBOS CONCEPTOS, • DEUDA PÚBLICA MIXTA, EN LA QUE EL CAPITAL SE REINTEGRA ÚNICAMENTE AL SUSCRIPTOR Y LOS INTERESES SE PAGAN AL TENEDOR DEL TÍTULO EN EL MOMENTO DE SU DEVENGO. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
2.2 EL CICLO VITAL DE LA DEUDA LA VIDA DE LA DEUDA PÚBLICA SE INICIA EN EL MOMENTO DE SU EMISIÓN AL PÚBLICO Y TERMINA CUANDO EL ESTADO REEMBOLSA EL CAPITAL QUE LE FUE PRESTADO. A LO LARGO DE SU VIGENCIA PUEDE EXPERIMENTAR ALGUNA TRANSFORMACIÓN, COMO SU CONVERSIÓN EN OTRA DEUDA PÚBLICA DE CARACTERÍSTICAS DIFERENTES. 2.2.1 EMISIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA LA EMISIÓN DE DEUDA NO ES SINO LA SOLICITUD POR PARTE DE UN ENTE PÚBLICO DE UN PRÉSTAMO EN CONDICIONES CONTRACTUALES DETERMINADAS. LOS PROBLEMAS EN ESTA FASE SE REFIEREN A LAS ALTERNATIVAS DEL ENTE EMISOR PARA LA MATERIALIZACIÓN DEL EMPRÉSTITO. DOS GRANDES CUESTIONES: MODALIDAD DE EMISIÓN DEL EMPRÉSTITO: CONJUNTO DE DECISIONES QUE SE HAN DE TOMAR RESPECTO A LOS DISTINTOS TIPOS DE DEUDA; ES DECIR, EL ENTE EMISOR HA DE PRONUNCIARSE SOBRE LA DURACIÓN DEL EMPRÉSTITO, EL MERCADO DE CAPITALES AL QUE SE VA A DESTINAR, LA CONVENIENCIA DE QUE LOS TÍTULOS SEAN NOMINATIVOS O AL PORTADOR, EL VALOR NOMINAL DE LOS TÍTULOS, ASÍ COMO SU COLOCACIÓN EN EL MERCADO Y A SU POSTERIOR GESTIÓN. LOS FACTORES CONDICIONANTES SON MÚLTIPLES, LOS MÁS DESTACADOS SON LA SITUACIÓN DE LOS MERCADOS NACIONAL E INTERNACIONAL DE CAPITALES, EL TIPO DE SUSCRIPTOR AL QUE SE ORIENTA LA EMISIÓN, LAS PREVISIONES DE EVOLUCIÓN DE LAS CUENTAS DEL SECTOR PÚBLICO, ETC. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
EL PROBLEMA DE LA FIJACIÓN DEL PRECIO DE EMISIÓN • EL AGENTE EMISOR TIENE TRES POSIBILIDADES PARA FIJAR EL PRECIO DE SALIDA DE LOS TÍTULOS QUE EMITE: • A LA PAR, EN LA CUAL EL PRECIO DE EMISIÓN (PE)COINCIDE CON EL VALOR NOMINAL DEL TÍTULO (VN), • POR ENCIMA DE LA PAR, EN LA CUAL PE > VN • POR DEBAJO DE LA PAR (PE < VN) • LA RAZÓN DE UNA U OTRA FORMA ES LA RELACIÓN QUE EXISTA ENTRE EL CAPITAL DESEMBOLSADO, LOS INTERESES DEVENGADOS Y EL INTERÉS DEL MERCADO DE CAPITALES. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
EJEMPLO • EL ESTADO EMITE DEUDA PÚBLICA GENERAL A MEDIO PLAZO POR 50.000.000 €, FRACCIONANDO EL EMPRÉSTITO EN TÍTULOS CON VALOR NOMINAL DE 5.000 € Y UN INTERÉS DEL 10% ANUAL, SIENDO EL TIPO DE INTERÉS DE MERCADO DEL 12,5 %. • LA EMISIÓN A LA PAR SUPONDRÍA UN PRECIO DE EMISIÓN DE 5.000 € POR TÍTULO, ENFRENTÁNDOSE LOS AHORRADORES A LA ALTERNATIVA DE SUSCRIBIR DEUDA AL 10%, O INVERTIR EN CUALQUIER OTRO ACTIVO DEL MERCADO AL 12,5%. • PARA QUE EL ESTADO PUEDA COLOCAR TODA LA EMISIÓN, SE HACE NECESARIO ALGÚN INCENTIVO. LA FÓRMULA INCENTIVADORA MÁS HABITUAL ES LA EMISIÓN BAJO PAR. • CON LA EMISIÓN BAJO PAR, EL SUSCRIPTOR ADQUIERE LOS TÍTULOS DE DEUDA POR UN PRECIO INFERIOR AL NOMINAL, SIN EMBARGO EL NOMINAL VA A SER EL VALOR SOBRE EL QUE SE DEVENGUEN LOS INTERESES ANUALES Y QUE CIFRE LA CUANTÍA A DEVOLVER POR EL ESTADO EN LA AMORTIZACIÓN. • EL PRECIO DE SALIDA EN UNA EMISIÓN BAJO PAR, SE BASA EN EL VALOR DE PARIDAD, EL CUAL RESULTA DE CAPITALIZAR EL INTERÉS DE DICHA DEUDA SEGÚN EL TIPO QUE RIJA EN EL MERCADO, PARA QUE A LOS AHORRADORES LES SEA INDIFERENTE LA INVERSIÓN EN DEUDA O EN CUALQUIER OTRO ACTIVO. • ASÍ, EN EL EJEMPLO SE TENDRÍA QUE: • VN = 5.000; • TD = 10% • TM = 12,5%, • OBTENIÉNDOSE EL VALOR DE PARIDAD DE LA EMISIÓN (VP) A PARTIR DE UNA REGLA DE TRES: • 5.000 ES A 12,5%, COMO VP ES A 10%; • LO QUE DA COMO RESULTADO VP = 1.000 • QUIERE DECIR QUE PARA QUE AL AHORRADOR LE SEA INDIFERENTE SUSCRIBIR DEUDA AL 10% E INVERTIR EN CUALQUIER OTRO ACTIVO DEL MERCADO AL 12,5%, EL PRECIO DE EMISIÓN HA DE CONTENER UNA «REBAJA» RESPECTO AL NOMINAL O PRIMA DE EMISIÓN DE 1.000 € POR TÍTULO. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
2.2.2 CONVERSIÓN DE LA DEUDA • DEFINICIÓN: CONSISTE EN LA REDUCCIÓN UNILATERAL POR PARTE DEL ESTADO DEL TIPO DE INTERÉS DEVENGADO POR LA DEUDA CON EL CONSENTIMIENTO DE LOS ACREEDORES, LOS CUÁLES, O BIEN ACEPTAN LA REBAJA DEL INTERÉS, O BIEN SE PROCEDE A LA DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL SUSCRITO; POR LO TANTO UNA CONVERSIÓN TIENE ÉXITO CUANDO LOS TENEDORES DE TÍTULOS ACEPTAN EN SU MAYORÍA LA CONVERSIÓN PROPUESTA. • DOS CONDICIONES HAN DE DARSE: • DE NATURALEZA JURÍDICA: LA DEUDA SEA CONVERTIBLE, LO CUAL SE RESUELVE EN LAS CONDICIONES DE EMISIÓN Y SUSCRIPCIÓN QUE ES DONDE SE EXPLICITA TAL POSIBILIDAD. • DE CARÁCTER ECONÓMICO: EL TIPO DE INTERÉS DE MERCADO HAYA DESCENDIDO POR DEBAJO DEL DEVENGADO POR LA EMISIÓN DE DEUDA QUE SE PROCEDE A CONVERTIR. • CON LAS CONVERSIONES SE BUSCA REDUCIR EL COSTE DE LA DEUDA EN CIRCULACIÓN APROVECHANDO EL MOMENTO EN QUE LOS AHORRADORES NO ENCUENTREN, POR INTERÉS, SEGURIDAD, LIQUIDEZ.. ETC., UNA COLOCACIÓN ALTERNATIVA PARA SUS AHORROS. • UN SÍNTOMA CLARO DE QUE EL INTERÉS DE MERCADO HA DESCENDIDO POR DEBAJO DEL DE LA DEUDA Y QUE SUGIERE LA OPORTUNIDAD DE UNA CONVERSIÓN, ES QUE LA COTIZACIÓN DE LOS TÍTULOS DE DEUDA EN EL MERCADO BURSÁTIL ESTÉ POR ENCIMA DE LA PAR, YA QUE ELLO QUIERE DECIR QUE LOS INVERSORES ESTÁN DISPUESTOS A ADQUIRIR TÍTULOS DE DEUDA A UN TIPO DE INTERÉS EFECTIVO INFERIOR AL NOMINAL. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
LAS CONVERSIONES NO SON FRECUENTES POR DOS RAZONES:. • PORQUE SE TRATA DE UN REPUDIO ENCUBIERTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO, COSA NADA RECOMENDABLE, YA QUE EL CRÉDITO PÚBLICO DESCANSA EN BUENA MEDIDA SOBRE EL RESPETO A LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS. • DADO QUE LAS EMISIONES DE DEUDA SE HACEN CADA VEZ A MÁS CORTO PLAZO, NO HAY TIEMPO PARA QUE A LO LARGO DE SU PERÍODO DE EXISTENCIA SE PRODUZCAN ALTERACIONES DE LOS TIPOS DE INTERÉS LO SUFICIENTEMENTE PERDURABLES COMO PARA QUE EL ESTADO PUEDA PROCEDER A UNA CONVERSIÓN. • ACLARACIÓN: NO DEBE IDENTIFICARSE CONVERSIÓN CON CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA. POR MEDIO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EL ESTADO MANTiENE SU POSICIÓN DEUDORA Y, CUMPLE FORMALMENTE SUS OBLIGACIONES. PARA ELLO, CUANDO ESTÁ PRÓXIMO EL VENCIMIENTO DE UNA EMISIÓN, LANZA AL MERCADO OTRA QUE LE PERMITA HACER FRENTE A LA DEVOLUCIÓN DE LA ANTERIOR SIN NECESIDAD DE RECURRIR A UN EXACERBAMIENTO DE LA IMPOSICIÓN, DICIÉNDOSE ENTONCES QUE EL ESTADO HA PROCEDIDO A CONSOLIDAR LA DEUDA FLOTANTE. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
2.2.3 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA • LA AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA CONSISTE EN LA DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL PRESTADO EN EL MOMENTO DE LA SUSCRIPCIÓN Y SUPONE LA FINALIZACIÓN DEL CICLO VITAL DEL EMPRÉSTITO. LOS PROBLEMAS DE ÍNDOLE TÉCNICA SE REDUCEN A ELEGIR LA FORMA A SEGUIR PARA LIQUIDAR EL CAPITAL PENDIENTE DE DEVOLUCIÓN. • LAS SIGUIENTES POSIBILIDADES SON: • LA AMORTIZACIÓN EN SENTIDO ESTRICTO, • ES LA DEVOLUCIÓN A LOS SUSCRIPTORES DEL CAPITAL EN SU DÍA PRESTADO AL ESTADO. QUE, A SU VEZ PUEDE TENER DOS FORMAS: • DE UNA SOLA VEZ. • LLEGADA LA FECHA DE VENCIMIENTO SE PROCEDE A DEVOLVER LA TOTALIDAD DEL CAPITAL A LOS PRESTAMISTAS. RARAMENTE UTILIZADA. • PAULATINA. • CUANDO LA DEUDA SE EMITE SE DIVIDEN LOS TÍTULOS EN SERIES Y SE NUMERAN Y SE • AMORTIZAN LUEGO DEDIFERENTES MANERAS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
FORMAS DE AMORTIZACIÓN - PAULATINA – DE LA DEUDA • 1. POR ANUALIDADES. CON EL PAGO ANUAL DE LOS INTERESES SE PROCEDE A DEVOLVER UNA PORCIÓN DEL PRINCIPAL PREVIAMENTE DETERMINADA. • 2. POR SORTEO. CADA AÑO SE PROCEDE A AMORTIZAR UN PORCENTAJE DETERMINADO DE TÍTULOS SELECCIONADOS MEDIANTE SORTEO (DE AHÍ LA NECESIDAD DE DIVIDIR LOS TÍTULOS EN SERIES Y LUEGO NUMERARLOS). • 3. MEDIANTE SUBASTA. EN FECHAS DETERMINADAS, SE ACEPTAN PARA SU AMORTIZACIÓN LOS TÍTULOS QUE LOS TENEDORES OFREZCAN A LOS PRECIOS MÁS BAJOS. • 4. POR ADQUISICIÓN. ES DECIR, ADQUIRIENDO EL ESTADO, A TRAVÉS DE LA AUTORIDAD MONETARIA DEL PAÍS, TÍTULOS DE DEUDA EN LOS MERCADOS SECUNDARIOS DE VALORES (ESTO SE CONOCE COMO OPERACIONES OPEN-MARKET). MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
B) LA INFLACIÓN: ES OTRA DE LAS POSIBILIDADES DE AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA. LA INFLACIÓN PERJUDICA SIEMPRE A LOS ACREEDORES EN LA MISMA MEDIDA QUE BENEFICIA A LOS DEUDORES, POR ELLO PUEDE CONSIDERÁRSELA COMO UN MECANISMO AMORTIZADOR DE LA DEUDA EN CIRCULACIÓN, SOBRE TODO SI ES A LARGO PLAZO. ESTA FORMA DE REDUCIR LA CARGA FINANCIERA DE LOS INTERESES Y, MINORAR EL CAPITAL PENDIENTE DE DEVOLUCIÓN ESTÁ REÑIDA CON LA JUSTICIA Y LA EQUIDAD. NO OBSTANTE, LA PRÁCTICA TOTALIDAD DE LOS ESTADOS, EN UNO U OTRO MOMENTO, HAN RECURRIDO A LA INFLACIÓN COMO MECANISMO DE LIQUIDACIÓN DE LA DEUDA EN CIRCULACIÓN, Y UN BUEN EJEMPLO DE ELLO ES LA HISTORIA FINANCIERA DE ESPAÑA. C) EL REPUDIO: SE PRODUCE CUANDO EL ESTADO DECLARA UNILATERALMENTE QUE NO VA A PAGAR, EN PARTE O EN SU TOTALIDAD, LOS INTERESES O EL CAPITAL DE LA MISMA. AL REPUDIO SE LE DENOMINA MANIFIESTO O ENCUBIERTO (POR EJEMPLO, MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE UN IMPUESTO QUE GRAVE, NO LOS RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO EN GENERAL, SINO ESPECÍFICAMENTE LOS RENDIMIENTOS DERIVADOS DE LA DEUDA PÚBLICA). UN EJEMPLO ESPAÑOL FUE EL CASO DEL FAMOSO “ARREGLO” DE LA DEUDA EN CIRCULACIÓN REALIZADO POR BRAVO MURILLO EN 1845. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
3. EMPRESA PÚBLICA, PRIVATIZACIÓN Y DESREGULACIÓN • 3.1 EMPRESA PÚBLICA: CONCEPTO Y GENERALIDADES • DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS AL EFECTO (NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIÓN ECONÓMICA Y PROCEDENCIA DE SUS RECURSOS) LOS PRINCIPALES SISTEMAS DE CONTABILIDAD NACIONAL CONCEPTÚAN A LA EMPRESA PÚBLICA COMO: • «CUALQUIER ENTIDAD PROPIEDAD O BAJO CONTROL PÚBLICO, QUE PRODUCE BIENES Y SERVICIOS POR CUYA VENTA EN EL MERCADO OBTIENE INGRESOS CON LOS QUE CUBRE, CUANDO MENOS, LA MITAD DE SUS COSTES»; • ESTA DEFINICIÓN ES CORRECTA EN CUANTO A CRITERIOS FUNCIÓN ECONÓMICA Y PROCEDENCIA DE RECURSOS SE REFIERE, PERO NO EN CUANTO A LA NATURALEZA JURÍDICA, PORQUE HACE EQUIVALENTES -PROPIEDAD Y CONTROL-, QUE SON COSAS DISTINTAS, CUESTIÓN QUE SE EXPLICA MÁS ADELANTE. • POR OTRA PARTE, ES IMPORTANTE SABER, QUE TRAS LA FINALIZACIÓN DE LA II GUERRA MUNDIAL, TUVO LUGAR UN ESPECTACULAR CRECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL PÚBLICA EN LAS PRINCIPALES ECONOMÍAS OCCIDENTALES, QUE SE SUSTENTÓ EN EL PREDOMINIO DEL PARADIGMA KEYNESIANO ASÍ COMO EN LA INDISCUTIDA ACEPTACIÓN DE LA TEORÍA DE LOS FALLOS DEL MERCADO. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
CON LA PRIMERA CRISIS DE LA ENERGÍA (1973-1976) ESTA ATRACCIÓN POR LA EMPRESA PÚBLICA SE TRANSFORMÓ EN RECHAZO Y DIÓ PASO A LA ENTRONIZACIÓN DEL PLANTEAMIENTO PRIVATIZADOR Y DE FLEXIBILIDAD DEL MERCADO COMO MECANISMO ASIGNADOR. • LOS ARGUMENTOS DE ESTE CAMBIO SON: • LA EFICIENCIA DE LA EMPRESA PÚBLICA, ES INFERIOR A LA DE LA PRIVADA. • EN UNA REALIDAD ECONÓMICA CON LA ACTIVIDAD ECONÓMICA INTERVENIDA, SE PUEDE MEJORAR LA ASIGNACIÓN DEL SISTEMA CON UNA DESREGULACIÓN A FONDO DEL MISMO. • UN PROCESO PRIVATIZADOR AMPLIO QUE AFECTE A LA MAYOR PARTE DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL PAÍS REDUCE EL DÉFICIT PÚBLICO. • HOY EN DÍA SE PIENSA QUE EL SECTOR PÚBLICO ESTÁ INTEGRADO POR EMPRESAS DE GRAN DIMENSIÓN Y NUTRIDA PLANTILLA DE EMPLEADOS DE LA QUE ES TITULAR EXCLUSIVO EL ESTADO, QUIEN FIJA SUS OBJETIVOS Y CONTROLA SU FUNCIONAMIENTO Y RESULTADOS. • ESTA IDEA NO REFLEJA LA REALIDAD ACTUAL DE LAS SOCIEDADES EUROPEAS CARACTERIZADA POR EL CAMBIO SURGIDO CON LA CRISIS ENERGÉTICA QUE DESENCADENÓ EN UN AGUDO PROCESO DE DESREGULACIÓN Y PRIVATIZACIÓN. Y “EXPULSÓ” DE LOS SECTORES PÚBLICOS A UNA GRAN PARTE DE EMPRESAS PÚBLICAS DE GRAN TAMAÑO Y PROPIEDAD EXCLUSIVA DEL ESTADO. • EL OTRO FENÓMENO DETERMINANTE ES LA VOCACIÓN DESCENTRALIZADORA DE SUS ACTIVIDADES PÚBLICAS, QUE LLEVÓ A SUS ADMINISTRACIONES REGIONALES Y LOCALES A PROTAGONIZAR ACTUACIONES EN ÁMBITOS HASTA ENTONCES DESCONOCIDOS Y PARA LOS QUE CARECÍAN DE AGENTES ADECUADOS. EN EFECTO, EN LAS DÉCADAS DE LOS 80 Y 90 SURGIÓ UNA NUEVA IDEA DE CORPORACIÓN REGIONAL O LOCAL, CON DIMENSIONES Y ESTRUCTURAS ANÁLOGAS A LAS EMPRESAS PRIVADAS, Y QUE SE CONFORMAN COMO SOCIEDADES DE CAPITAL MIXTO, PUES EN ÉL PARTICIPAN AGENTES Y UNIDADES TANTO PÚBLICAS COMO PRIVADAS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
3.2 RAZONES DE SER DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS ADEMÁS DE PARA PRODUCIR BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS AL MERCADO, LAS EMPRESAS PÚBLICAS CUMPLEN CIERTAS FINALIDADES ESPECÍFICAS. ESTOS OBJETIVOS O RAZONES DE SER, NO ESTRICTAMENTE EMPRESARIALES, SON MUY VARIADAS. LAS MÁS FRECUENTEMENTE ADUCIDAS SON: 1ª) LA HISTÓRICA. NO PUEDE DEJARSE LA PROVISIÓN DE DETERMINADOS BIENES Y SERVICIOS A LA LIBRE CONCURRENCIA DE SU OFERTA Y SU DEMANDA, PUES LA CANTIDAD DE EQUILIBRIO A LA QUE EL MERCADO CONDUCE, PUEDE DIFERIR SUSTANCIALMENTE DEL LA QUE SE CONSIDERA ÓPTIMA DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL, EXISTIENDO ADEMÁS CIERTOS SERVICIOS QUE, AL MARGEN DE LA CANTIDAD DE ELLOS QUE ESTÉN DISPUESTOS A PRESTAR LOS OFERENTES PRIVADOS, TIENEN INDEFECTIBLEMENTE QUE SER PROVISTOS A LA MAYOR PARTE DE LA POBLACIÓN. 2ª) LOS MONOPOLIOS FISCALES. EN MUCHOS PAÍSES LA PRODUCCIÓN O LA DISTRIBUCIÓN DE ALGUNOS PRODUCTOS ESTÁ RESERVADA POR LA LEY AL ESTADO, SE DENOMINAN MONOPOLIOS FISCALES A LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEDICADAS A TALES COMETIDOS. CON ESTOS MONOPOLIOS, EL SECTOR PÚBLICO, AL RESERVARSE LA PRODUCCIÓN Y/O LA VENTA DE CIERTO BIEN, OBTIENE UN BENEFICIO QUE PUEDE HACERSE EQUIVALER A LA RECAUDACIÓN GENERADA POR UN IMPUESTO ESPECÍFICO SOBRE EL CONSUMO DEL BIEN OBJETO DE MONOPOLIO PUES ES UNA FORMA DE OBTENER INGRESOS DEL CONSUMO DE DETERMINADOS BIENES SOBRE LA BASE DE SU POSICIÓN MONOPOLÍSTICA (EN EL MERCADO) O POR EL EJERCICIO DEL PODER DE COACCIÓN (ÚNICAMENTE DETENTADO POR EL ESTADO). DE ESTA MANERA, LOS IMPUESTOS ESPECÍFICOS Y LOS MONOPOLIOS FISCALES PUEDEN CONSIDERARSE INSTRUMENTOS DE RECAUDACIÓN EQUIVALENTES. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
BREVE RESEÑA HISTÓRICA • ESTOS MONOPOLIOS FUERON LA FUENTE FUNDAMENTAL DE INGRESOS EN LA EUROPA MEDIEVAL, ALCANZANDO SU CENIT EN LA ÉPOCA MERCANTILISTA, QUE ES CUANDO SE GENERALIZA COMO FORMA DE INTERVENCIÓN DEL ESTADO Y FUENTE ORDINARIA DE INGRESOS PÚBLICOS. • FUERTEMENTE CRITICADOS POR LOS DOCTRINARIOS CLÁSICOS, EXPERIMENTARON UN RETROCESO DURANTE EL ÚLTIMO TERCIO DEL SIGLO XVII, LLEGANDO A DESAPARECER EN ALGUNOS PAÍSES (INGLATERRA). • EN EL SIGLO XIX SE ASISTE A UN RESURGIMIENTO, QUE SE INICIA CUANDO NAPOLEÓN RESTABLECE EN 1810 EL MONOPOLIO DEL TABACO. LA GENERALIZACIÓN EN EUROPA DE LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS PARLAMENTARIOS Y EL ASENTAMIENTO DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA EN EL SIGLO XIX, CONCEDE A LOS MONOPOLIOS FISCALES UN ATRACTIVO HASTA ENTONCES NO CONSIDERADO: • LA OBTENCIÓN DE INGRESOS PÚBLICOS VARIANDO LOS PRECIOS DE MONOPOLIO SIN TENER QUE PASAR POR LA APROBACIÓN DE LAS CÁMARAS COMO LES OCURRE A LOS IMPUESTOS, POR LO QUE PRÁCTICAMENTE LA TOTALIDAD DE LOS PAÍSES VOLVIERON A RECURRIR A ELLOS HASTA LA DÉCADA DE LOS SETENTA, QUE ES CUANDO INICIAN UN NUEVO Y APARENTEMENTE DEFINITIVO ABANDONO DEL CUADRO DE INGRESOS PÚBLICOS, OCUPANDO SU LUGAR LOS IMPUESTOS SOBRE CONSUMOS ESPECÍFICOS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
DE TODAS FORMAS, EN LA MAYORÍA DE LOS PAÍSES COMUNITARIOS EXISTE UNA ENTIDAD QUE DESARROLLA ACTIVIDADES QUE HASTA NO HACE TANTO CORRESPONDÍAN A LOS MONOPOLIOS FISCALES DE LOTERÍAS Y JUEGOS DE AZAR, COMO ES EL CASO EN ESPAÑA DEL ORGANISMO NACIONAL DE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO (ONLAE), QUE ES EL QUE EXPLOTA LAS QUINIELAS, LOTERÍA NACIONAL, ETC. ESTOS MONOPOLIOS FISCALES, RECONVERTIDOS EN CORPORACIONES PÚBLICAS QUE COMPITEN -EN POSICIÓN PRIVILEGIADA - CON LAS ENTIDADES PRIVADAS, ES UNA POTENTE FUENTE DE INGRESOS EN CASI TODOS LOS PAÍSES, POR LO QUE SU PERMANENCIA ESTÁ PRÁCTICAMENTE GARANTIZADA. A PESAR DE PLANTEAR PROBLEMAS MORALES Y JURÍDICOS DE LOS QUE SE HAN HECHO ECO ALGUNOS DE LOS MÁS ILUSTRES TEÓRICOS DE ESTA DISCIPLINA COMO DE VITI DI MARCO EN SU OBRA TEORÍA DE LA ILUSIÓN FINANCIERA. VENTAJAS DE LOS MONOPOLIOS: SU IMPLANTACIÓN PARA UNOS POCOS PRODUCTOS ES RELATIVAMENTE FÁCIL, INCLUSO EN PAÍSES CON UNA ADMINISTRACIÓN POCO TECNIFICADA (DE AQUÍ SU ATRACTIVO PARA PAÍSES POCO DESARROLLADOS); LOS INGRESOS QUE GENERAN SE OCULTAN DETRÁS DEL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DE MONOPOLIO; LOS INGRESOS QUE GENERAN SE INCREMENTAN DIRECTAMENTE ELEVANDO LOS PRECIOS, SIN LA COMPLICACIÓN DE LA APROBACIÓN EN EL PARLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECÍFICOS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
RAZONES DE SER DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS • 3) IMPULSAR EL CRECIMIENTO ECONÓMICO Y EL DESARROLLO SOCIAL, PRETENSIÓN QUE, PUEDE ASUMIRSE CON DOS INTENCIONES DISTINTAS: • FAVORECER EL POTENCIAL DE LA RIQUEZA NACIONAL Y LA RACIONALIZACIÓN DE SECTORES INDUSTRIALES A TRAVÉS DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EMPRENDIDAS POR EL ESTADO. CUANDO LA INICIATIVA PRIVADA ES INSUFICIENTE. AQUÍ SE INCLUIRÍAN LAS NACIONALIZACIONES DE EMPRESAS PRIVADAS EN CRISIS, LLEVADAS A CABO BAJO LA DENOMINACIÓN «OPERACIONES DE RESCATE DEL SECTOR PRIVADO», O «SOCIALIZACIÓN DE PÉRDIDAS». • PROMOVER EL DESARROLLO EN REGIONES U OTRAS ÁREAS GEOGRÁFICAS QUE SE ENCUENTREN POSTERGADAS RESPECTO A LAS DEMÁS. LA CONCENTRACIÓN INDUSTRIAL EN ZONAS CONCRETAS DEL PAÍS, EN DETRIMENTO DE LA LOCALIZACIÓN DE EMPRESAS EN OTRAS, NO ES SINO UN RESULTADO AL QUE CONDUCE CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE SU MERCADO: LAS EMPRESAS NO SE SITÚAN EN LAS ÁREAS ESCASAMENTE DESARROLLADAS. UNA POSIBILIDAD DE ROMPER ESA DINÁMICA DE POSTERGACIÓN ES QUE EL ESTADO CUBRA LA FALTA DE INICIATIVAS POR PARTE DE CAPITAL PRIVADO EN ELLAS. • 4ª) LOS FALLOS DEL MERCADO Y CONCRETAMENTE EL QUE TIENE LUGAR EN EL CASO DE PRODUCCIONES EN LAS QUE LA PRODUCCIÓN QUE ES CAPAZ DE ABSORBER LA DEMANDA SIEMPRE SE MANTIENE EN LA ZONA DECRECIENTE DE LA FUNCIÓN DE COSTES MARGINALES -DEBIDO A LO DESPROPORCIONADO DE LOS COSTES FIJOS EN LOS COSTES TOTALES-, LO QUE CONDUCE A UN MERCADO QUE HA SIDO BAUTIZADO EN TEORÍA ECONÓMICA COMO «MONOPOLIO NATURAL», CUYA TITULARIDAD SÓLO ES POSIBLE POR EL ESTADO. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
OTRAS DEFICIENCIAS INHERENTES AL SISTEMA DE PRECIOS TALES COMO LA INSUFICIENTE O COSTOSA INFORMACIÓN RELATIVA A TODO LO QUE EN EL MERCADO TIENE RELEVANCIA PARA LOS CONSUMIDORES/USUARIOS,. • LA EXISTENCIA DE EMPRESAS PRIVADAS CON EL SUFICIENTE PODER COMO PARA PONER BARRERAS DE ENTRADA, EN TÉRMINOS DE VOLUMEN DE OUTPUT Y/O DE PRECIO, SOCIALMENTE MUY ALEJADOS DE LA SITUACIÓN ÓPTIMA, LO QUE DEBE TENERSE EN CUENTAN SI SE TRATA DE BIENES O SERVICIOS IMPRESCINDIBLES PARA UNA MAYORÍA DE LA POBLACIÓN. • POR EJEMPLO, EL CASO DE LOS MONOPOLIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS O EL DE PRODUCCIONES QUE GENERAN SUSTANCIALES EXTERNALIDADES POSITIVAS O BENEFICIOS SOCIALES INDIRECTOS QUE ELMERCADO NO VALORA Y QUE, POR ELLO, HAN SIDO HISTÓRICAMENTE ASOCIADAS A LA PRESENCIA DE LA EMPRESA PÚBLICA. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
3.3 PRIVATIZACIÓN Y DESREGULACIÓN O LIBERALIZACIÓN • MEDIADA LA DÉCADA DE LOS 80 DEL SIGLO PASADO, UN GRAN NÚMERO DE PAÍSES LLEVÓ A CABO UNA POLÍTICA DE PRIVATIZACIONES POR LA QUE SUS EMPRESAS PÚBLICAS PASARON A DEPENDER DE GRUPOS ECONÓMICOS PRIVADOS, NACIONALES Y EXTRANJEROS. • ESTA TENDENCIA LLEGÓ A AFECTAR A ACTIVIDADES QUE LLEVABAN A CABO, DIRECTAMENTE, LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y QUE NO CONSTITUÍAN EMPRESAS PÚBLICAS (SERVICIOS FORESTALES, DE LIMPIEZA, DE MANTENIMIENTO, ETC.). EL FENÓMENO LLEGÓ A TAL DIMENSIÓN, QUE HIZO REPLANTEAR EL TÉRMINO “ECONOMÍAS MIXTAS” PARA REFERIRSE A ESTOS PAÍSES. • ESTOS PROCESOS PRIVATIZADORES HAN COINCIDIDO CON LA DESREGULACIÓN O LIBERALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES PÚBLICAS, QUE ES DISTINTA A LA PRIVATIZACIÓN, PERO QUE SUELEN CONFUNDIRSE O ASOCIARSE. • SEGÚN EL DRAE PRIVATIZAR SIGNIFICA «TRANSFERIR UNA EMPRESA, UN BIEN O UNA ACTIVIDAD PÚBLICA AL SECTOR PRIVADO». • SIGUIENDO ESTA DEFINICIÓN, EXISTEN: • OPERACIONES DE PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS PROPIAMENTE DICHAS • OTRAS OPERACIONES DENOMINADAS COMO TALES AUNQUE SEA DISCUTIBLE. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
OPERACIONES DE PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS, PROPIAMENTE DICHAS • LA VENTA DE UNA EMPRESA PÚBLICA A OTRA PRIVADA (CASO DE SEAT, QUE FUE VENDIDA A VOLKSWAGEN; O LA DE LA AERONÁUTICA CANADIENSE DE HAVILLAND A LA NORTEAMERICANA BOEING) O A UN GRUPO EMPRESARIAL PRIVADO. • TAMBIÉN LOS CASOS DE LAS CORPORACIONES PÚBLICAS VENDIDAS A SUS PROPIOS TRABAJADORES, VARIANTE QUE SE DIO EN LOS PROCESOS DE PRIVATIZACIÓN DE PAÍSES CENTROEUROPEOS DEL ANTIGUO BLOQUE DE PAÍSES COMUNISTAS. • LA VENTA EN BOLSA DE UNA PARTE DE LAS ACCIONES DE UNA EMPRESA PÚBLICA SIN QUE ÉSTA DEJE DE ESTAR BAJO CONTROL PÚBLICO. SI A TRAVÉS DE SUCESIVAS OPERACIONES DE VENTA EN BOLSA SE REDUCE LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA A CERO, SE LLEGA ENTONCES A UNA SITUACIÓN COMO LA ANTERIOR, PERO LA PROPIEDAD DE LA EMPRESA HABRÁ ACABADO REPARTIDA ENTRE DIVERSOS INVERSORES PRIVADOS. • LA VENTA DE PARTE DE LOS ACTIVOS DE UNA EMPRESA PÚBLICA, TERRENOS, EDIFICIOS, CONCESIONES, O UNA PLANTAS DE PRODUCCIÓN, O UNA FILIAL, SIN VENDER FORMALMENTE ÉSTA, POR EJEMPLO, LA VENTA QUE HIZO LA ARMAMENTÍSTICA SANTA BÁRBARA DE SU FILIAL DEDICADA A FABRICAR CARROS DE COMBATE A LA NORTEAMERICANA GENERAL DYNAMICS. • QUE LA ADMINISTRACIÓN DEJE DE PRODUCIR DIRECTAMENTE CIERTOS SERVICIOS Y PASE A CONTRATARLOS CON EMPRESAS PRIVADAS (POR EJEMPLO, EL MANTENIMIENTO DE CARRETERAS, TRADICIONALMENTE A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, O LOS SERVICIOSDE LIMPIEZA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS). • EN ESTOS CASOS SE DISTINGUE ENTRE LA FINANCIACIÓN DEL SERVICIO, QUE CONTINÚA SIENDO PÚBLICA, Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO,QUE PASA A SER PRIVADA, ES DECIR, SE TRATA DE UN SERVICIO DE PROVISIÓN PÚBLICA Y PRESTACIÓN PRIVADA. TAL ES EL CASO, DE LOS SERVICIOS HOSPITALARIOS CONCERTADOS POR LA SEGURIDAD SOCIAL CON HOSPITALES O CLÍNICAS PRIVADAS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
OTRAS OPERACIONES DENOMINADAS DE PRIVATIZACIÓN REORGANIZAR EMPRESAS PÚBLICAS APLICANDO FORMAS ORGANIZATIVAS Y CRITERIOS DE EFICIENCIA PROPIOS DE LAS EMPRESAS PRIVADAS TALES COMO EL ESTABLECIMIENTO DE OBJETIVOSFINANCIEROS O DE RENTABILIDAD, ACOMPAÑADO ESTE PLANTEAMIENTO CON LA TRANSFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES CORRESPONDIENTES EN SOCIEDADES DE CAPITAL. ELIMINAR LAS SUBVENCIONES A LA PRODUCCIÓN DE DETERMINADOS BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS O PRESTADOS POR EMPRESAS PÚBLICAS CON EL FIN DE QUE SUS PRECIOS NO SOBREPASAS ENCIERTOS LÍMITES (TAL ES LO QUE SE CONOCE COMO PRECIOS POLÍTICOS), BASTANTE FRECUENTE EN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE (AUTOBUSES, METRO, ETC.) O DE SUMINISTRO DE AGUA A CIERTAS ZONAS. SE APLICA TAMBIÉN EL TÉRMINO PRIVATIZACIÓN A LOS CASOS EN QUE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEJAN DE PRESTAR SERVICIOS CONTRATADOS CON PROVEEDORES PRIVADOS Y PASAN A CONTRATARLOS CON EMPRESAS PÚBLICAS CREADAS AL EFECTO, Y QUE SUELEN COMPETIR CON EMPRESAS PRIVADAS EN LA PRESTACIÓN DE LOS ALUDIDOS SERVICIOS; SITUACIÓN QUE, NO PUEDE CONSIDERARSE, EN ABSOLUTO, DE PRIVATIZACIÓN. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
LA DESREGULACIÓN • DEFINICIÓN: SE ENTIENDE POR DESREGULAR O LIBERALIZAR UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA, AL HECHO DE QUE ÉSTA DEJE DE SER UN MONOPOLIO, DE NATURALEZA PÚBLICA, Y PASE A SER UNA ACTIVIDAD ABIERTA A CUALQUIER EMPRESA Y ESTÉ DISPUESTA A CUMPLIR LA EXIGENCIAS QUE LA AUTORIDAD DETERMINE. • LA DESREGULACIÓN TIENE COMO PUNTO DE PARTIDA LA ELIMINACIÓN DE LAS BARRERAS DE ENTRADA AL MERCADO PARA CUANTOS QUIERAN CONVERTIRSE EN SUS OFERENTES, NO OBSTANTE EL ESTADO, EN VIRTUD DE LA IMPORTANCIA DE LA ACTIVIDAD, PUEDE PONER COMO CONDICIÓN REQUISITOS TÉCNICOS, ECONÓMICOS, ETC., ASÍ COMO COMPROMISOS EN LA CALIDAD DEL SERVICIO. • EL EJEMPLO PARADIGMÁTICO DE DESREGULACIÓN: ES EL SERVICIO DE TELEVISIÓN EN EUROPA, QUE DESDE SU NACIMIENTO FUE PRESTADO EN RÉGIMEN DE MONOPOLIO PÚBLICO (TVE, BBC, ETC.) HASTA QUE PASÓ A UNA COEXISTENCIA DE ENTES PÚBLICOS CON EMPRESAS PRIVADAS DEBIDO A LA ELIMINACIÓN LEGAL DE LAS BARRERAS DE ENTRADA AL MERCADO TELEVISIVO. • A VECES LA ACTIVIDAD QUE SE QUIERE LIBERALIZAR PRESENTA CONDICIONES DE MONOPOLIO NATURAL, POR LA EXISTENCIA DE COSTES A ESCALA DECRECIENTES EN LOS QUE NO ES POSIBLE EL LIBRE JUEGO DE LA OFERTA Y LA DEMANDA. • EN ESTOS CASOS EN QUE LA COMPETENCIA SOLO PUEDE SER LIMITADA, LOS GOBIERNOS SUELEN ESTABLECER UNA REGULACIÓN EXPLÍCITA DE LA ACTIVIDAD, CONOCIDA EN LENGUAJE DE LOS “EXPERTOS” EN ECONOMÍA PÚBLICA COMO «RE-REGULACIÓN». MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
DESREGULACIÓN ES DIFERENTE DE PRIVATIZACIÓN • EL TÉRMINO DESREGULACIÓN, EN RIGOR, SE REFIERE A SITUACIONES EN LAS QUE PREVIAMENTE HABÍA UNA REGULACIÓN SOBRE UNA ACTIVIDAD (MONOPOLIO PÚBLICO) EN LA QUE ES TÉCNICAMENTE POSIBLE UN NIVEL SIGNIFICATIVO DE COMPETENCIA. EN TAL CASO, LA LIBERALIZACIÓN SUPONE LA PURA ELIMINACIÓN DE LA REGULACIÓN PREEXISTENTE, QUE HA DADO LUGAR A OTRO TÉRMINO PERIODÍSTICO: LA «DESMONOPOLIZACIÓN ». • HAY QUE EVITAR CALIFICAR DE PRIVATIZACIÓN A UNA OPERACIÓN DE LIBERALIZACIÓN O DESREGULACIÓN Y VICEVERSA, O ASIMILAR AMBAS ACTUACIONES. • UNA ACTIVIDAD QUE SE LLEVA A CABO EN RÉGIMEN DE MONOPOLIO POR UNA EMPRESA PÚBLICA PUEDE SER LIBERALIZADA SIN TENER QUE PRIVATIZAR LA EMPRESA PÚBLICA EN CUESTIÓN (CASO DE LOS MONOPOLIOS PÚBLICOS TELEVISIVOS EUROPEOS). • TAMBIÉN, UNA EMPRESA PÚBLICA EN RÉGIMEN DE MONOPOLIO PUEDE SER PRIVATIZADA SIN QUE EL GOBIERNO SE VEA OBLIGADO A LIBERALIZAR EL SECTOR EN EL QUE ÉSTA VENÍA OPERANDO. • IGUALMENTE, PUEDE DARSE EL CASO DE TOMAR AMBAS MEDIDAS A LA VEZ: LIBERALIZAR LA ACTIVIDAD, POR EJEMPLO LA TV PÚBLICA, Y A LA VEZ, PRIVATIZAR LA EMPRESA HASTA ESE MOMENTO TITULAR ÚNICA DE DICHA ACTIVIDAD. PERO, EN TAL CASO, SE ESTARÍA ANTE DOS OPERACIONES PÚBLICAS DISTINTAS. • ASIMISMO, UNA COSA ES ELIMINAR TOTAL O PARCIALMENTE LA SUBVENCIÓN PÚBLICA QUE SE LE VENÍA DANDO A UN DETERMINADO SERVICIO, POR EJEMPLO, EL SERVICIO FERROVIARIO, Y OTRA PRIVATIZAR LA EMPRESA PÚBLICA TITULAR QUE VIENE PRESTANDO EL SERVICIO CORRESPONDIENTE. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
RAZONAMIENTO DEL ANÁLISIS ECONÓMICO A LA POLÍTICA DE PRIVATIZACIONES • DOS GRANDES PLANTEAMIENTOS: • LA DE LOS TEÓRICOS DE LA ECONOMÍA DEL BIENESTAR, QUE PREDOMINÓ HASTA LA CRISIS DE LA ENERGÍA. • LA SOSTENIDA POR EL NEOCLASICISMO EN SU ACTUAL FORMULACIÓN, QUE ES EL QUE PREDOMINA HOY EN DÍA. • A. LA TEORÍA ECONÓMICA NORMATIVA DEL ÓPTIMO ECONÓMICO PRECONIZADA POR LOS TEÓRICOS DE LA ECONOMÍA DEL BIENESTAR SOSTENÍA QUE, EN SITUACIONES EN LAS QUE ES INEVITABLE QUE UNA EMPRESA TENGA MUCHO PODER EN EL MERCADO, LA PROPIEDAD PÚBLICA DE ELLA RESULTARÁ SIEMPRE LO MÁS EFICIENTE DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL, PUES PERMITE QUE LA EMPRESA SEA GESTIONADA BAJO EL CRITERIO DE MAXIMIZACIÓN DEL BIENESTAR SOCIAL EN LUGAR DE HACERLO SEGÚN EL PRINCIPIO DE LA MAXIMIZACIÓN DEL BENEFICIO PRIVADO. • EN CONSECUENCIA, SI LA EMPRESA OPERA CON LA MISMA EFICIENCIA PRODUCTIVA QUE SI PERTENECIESE A UNOS INVERSORES PRIVADOS, LA EFICIENCIA TOTAL DE LA MISMA SERÁ SUPERIOR SI ES PÚBLICA QUE SI ES PRIVADA MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
B. SEGÚN EL PLANTEAMIENTO NEOCLÁSICO DEL ANÁLISIS ECONÓMICO, BAJO DETERMINADAS CONDICIONES, A MÁS COMPETENCIA ENTRE LAS EMPRESAS MAYOR EFICIENCIA DE ÉSTAS. SI LO QUE SE PRETENDE ES INCREMENTAR LA EFICIENCIA, LO QUE DEBE HACERSE ES INCREMENTAR EL GRADO DE COMPETENCIA ELIMINANDO POSICIONES MONOPOLISTAS EN LOS MERCADOS. • DESDE ESTA RECOMENDACIÓN GENERAL SE SOSTIENE QUE LA PRIVATIZACIÓN DE UNA EMPRESA PÚBLICA MONOPOLISTA ES NECESARIA PARA INCREMENTAR LA COMPETENCIA EN SU SECTOR DE ACTIVIDAD Y MEJORAR ASÍ LA EFICIENCIA DEL MISMO. • AMBAS RECOMENDACIONES SON IGUAL DE CONSISTENTES Y RIGUROSAS, SI SON ABIERTAMENTE CONTRAPUESTAS ES POR PORQUE CORRESPONDEN A ESCUELAS DE PENSAMIENTO ECONÓMICO DISTINTAS. • LA EFICIENCIA PRODUCTIVA DE UNA EMPRESA PÚBLICA PUEDE SER MENOR A LA DE UNA EMPRESA PRIVADA, PERO SI ESA MENOR EFICIENCIA PRODUCTIVA SE VE COMPENSADA POR UNA MAYOR EFICIENCIA DE LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS -DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL-, NO HAY RAZÓN ECONÓMICA ALGUNA QUE AVALE SU PRIVATIZACIÓN. • SÓLO EN EL CASO DE QUE LA EFICIENCIA PRODUCTIVA DE LA EMPRESA PÚBLICA SEA MENOR QUE LA DE LA PRIVADA, Y NO SE VEA COMPENSADA POR UNA MAYOR EFICIENCIA SOCIAL, ES CUANDO LA PRIVATIZACIÓN ES ACONSEJABLE; SIEMPRE QUE LA EFICIENCIA ECONÓMICA FUESE EL ÚNICO PUNTO DE VISTA RELEVANTE. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
ARGUMENTOS SOBRE LAS PRIVATIZACIONES, QUE SE REPITEN Y QUE CARECEN DEL MENOR RIGOR • LA EMPRESA PÚBLICA, POR EL MERO HECHO DE SER PÚBLICA, ES MUCHO MENOS EFICIENTE QUE LA PRIVADA. • SUSTENTADO EN LA IDEA DE QUE, AL ENFRENTARSE LOS GERENTES, DIRECTORES O GESTORES DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS A UN SISTEMA DE CONTROL Y DE INCENTIVOS POCO EFICAZ O INEXISTENTE, EL ESFUERZO QUE APLICAN EN SU GESTIÓN QUEDA SIEMPRE POR DEBAJO DE LO QUE ES HABITUAL EN UNA EMPRESA DE ACCIONISTAS PRIVADOS. LO QUE SE TRADUCE EN UNA MENOR EFICIENCIA DE LA EMPRESA PÚBLICA, CUANDO NO A UNA SITUACIÓN DE PÉRDIDAS CONTINUADAS EN LAS MISMAS. • ESTE RAZONAMIENTO CONDUCE A LO SIGUIENTE: SI LO QUE PERSIGUE EL GOBIERNO ES MEJORAR LA EFICIENCIA DE LAS EMPRESAS PARA MEJORAR LA EFICIENCIA DEL SISTEMA, LA MEJOR DECISIÓN ES DESHACERSE DE SUS EMPRESAS PÚBLICAS VENDIÉNDOLAS AL SECTOR PRIVADO. • EL SECTOR PRIVADO, APLICANDO SUS SISTEMAS DE INCENTIVOS Y CONTROL, MEJORARÁ LA EFICIENCIA Y COADYUVARÁ A QUE MEJOREN LAS FINANZAS PÚBLICAS, PUES POR UN LADO SE INGRESARÁN FONDOS POR TALES VENTAS, Y POR OTRO, SE DEJARÁ DE GASTAR PARA FINANCIAR LAS PÉRDIDAS DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS. • ADVERTENCIA: LA TESIS DE QUE LA EFICIENCIA DE LA EMPRESA ES INFERIOR SI ÉSTA ES PÚBLICA, EN BUENA PARTE DE LOS CASOS, NO SE CUMPLE. SI BIEN EXISTEN EMPRESAS PÚBLICAS QUE OPERAN CON PÉRDIDAS, TAMBIÉN LAS HAY QUE OPERAN CON BENEFICIOS, E INCLUSO, ENTRE ESTAS SEGUNDAS, LAS HAY QUE POSEEN UNA ALTA RENTABILIDAD. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
CONCLUSIONES DE LOS ESTUDIOS DE EFICIENCIA COMPARATIVA ENTRE EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS • EXISTEN ESTUDIOS COMPARATIVOS CON RESULTADOS FAVORABLES TANTO PARA LAS EMPRESAS PRIVADAS COMO PARA LAS PÚBLICAS, EN MENOR MEDIDA PARA ESTAS ÚLTIMAS PERO TAMBIEN EN A ALGUNOS CASOS CON MUY POCA DIFERENCIA ENTRE AMBAS. • UNA BUENA PARTE DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS QUE OPERAN CON PÉRDIDAS SON LAS QUE PRODUCEN BIENES Y SERVICIOS CON “PRECIOS POLÍTICOS”, ESTO ES, PRECIOS FIJADOS SEGÚN CRITERIOS AJENOS AL COSTE DE PRODUCCIÓN Y EN CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS SOCIOECONÓMICOS DE LOS GOBIERNOS, POR LO QUE CARECE DE SENTIDO APLICARLES LA ECUACIÓN: PÉRDIDAS = INEFICIENCIA. • TAMBIÉN HAY EMPRESAS PRIVADAS O GRANDES GRUPOS EMPRESARIALES PRIVADOS QUE PRESENTAN PÉRDIDAS REITERADAS. • EN RESUMEN: LA EVIDENCIA EMPÍRICA PERMITE AFIRMAR ES QUE UNA PARTE SIGNIFICATIVA DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS OPERAN CON NIVELES ANÁLOGOS DE RENTABILIDAD QUE LAS PRIVADAS CON LAS QUE SE LAS COMPARA. • FINALMENTE, LA REALIDAD PONE DE MANIFIESTO QUE EL MAYOR VOLUMEN DE PRIVATIZACIONES EFECTUADAS -EL CASO DE ESPAÑA-, CORRESPONDE A EMPRESAS PÚBLICAS QUE OPERABAN CON BENEFICIOS. • LAS GRANDES OPERACIONES DE PRIVATIZACIÓN SON DE ENTIDADES QUE OPERABAN EN SECTORES CLAVE Y EN EXPANSIÓN (ENERGÍA, COMUNICACIONES O BANCA) Y QUE OCUPAN LOS PRIMEROS PUESTOS NACIONALES EN CIFRA DE NEGOCIOS Y EN BENEFICIOS. Y ESPAÑA NO ES UNA EXCEPCIÓN ENTRE LOS PAÍSES INDUSTRIALIZADOS. MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
GRACIAS POR SU ATENCIÓN Y BUENA SUERTE EN LOS EXÁMENES MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA
FIN DE LA LECCIÓN 10 FIN DE LA ASIGNATURA MELBA LUZ CALLE MEZA-UNED-TUDELA