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SISTEMA DE CONTROL DE ACTIVIDADES DE OCIO. PROYECTO JERICÓ

SISTEMA DE CONTROL DE ACTIVIDADES DE OCIO. PROYECTO JERICÓ. Ayuntamiento de Granada Servicio de Control Ambiental. El pueblo gritó y se tocaron las trompetas. En ése preciso momento se derrumbaron los muros de la ciudad. Josué, 6, 20. INTRODUCCIÓN.

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SISTEMA DE CONTROL DE ACTIVIDADES DE OCIO. PROYECTO JERICÓ

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Presentation Transcript


  1. SISTEMA DE CONTROL DE ACTIVIDADES DE OCIO. PROYECTO JERICÓ Ayuntamiento de Granada Servicio de Control Ambiental Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  2. El pueblo gritó y se tocaron las trompetas. En ése preciso momento se derrumbaron los muros de la ciudad. Josué, 6, 20. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  3. INTRODUCCIÓN • Antecedentes: Proyecto Gedeón (Benidorm -Alicante-) • Necesidad de implantación Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  4. Problemática del control de actividades de ocio • Limitación normativa (aislamientos, emisiones, horarios) • El “avance de la calle” • Lentitud de respuesta administrativa • recursos limitados • binomio disposición-ejecución Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  5. Evolución normativa • Ordenanza Municipal sobre Medida y Evaluación de Ruidos Perturbadores,1984. • Ley de Protección Ambiental Andaluza,1994. • Reglamento de Calidad del Aire,1996. • Ordenanza Municipal de Protección del Ambiente Acústico(OMPAA),2001. • Ordenanza Municipal de Licencias de Establecimientos y Actividades, 2001. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  6. Artículo 13 de la OMPAA: 3.- Los limitadores-controladores deben disponer de los dispositivos necesarios que les permita hacerlos operativos, para lo cual deberán disponer al menos de la siguientes funciones: e) Sistema de inspección que permita a los servicios técnicos municipales una adquisición de los datos almacenados (…).El Ayuntamiento podrá determinar la instalación de un sistema de transmisión remota de los citados datos, según los criterios que establezca. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  7. OBJETIVOS DEL PROYECTO JERICÓ 1.- Instalación de dispositivos de transmisión de datos de los limitadores en todos los pubs, bares con música y discotecas. 2.- Control diferido y eficaz de las condiciones de funcionamiento de las actividades: nivel de emisión y horario. 3.- Repercusión de la responsabiliad de la prueba sobre el titular de la actividad. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  8. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  9. FASES DE IMPLANTACIÓN 1º. Base legal: art. 13 OMPAA. 2º. Desarrollo normativo: Bando del Alcalde (plazos, características…). 3º. Contratación empresa gestora. 4º. Activación del sistema de control Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  10. BANDO DEL ALCALDE • DISPONGO: • PRIMERO.- Todos los establecimientos que dispongan de equipos de reproducción musical o audiovisual deberán disponer, integrados en el preceptivo limitador-controlador, de un sistema de transmisión remota de los datos del mismo según las especificaciones técnicas que se citan en el Anexo. • SEGUNDO.- Los equipos de transmisión de datos serán homologados, instalados a cargo de los titulares de las actividades y certificados, con visado, por empresa autorizada en un plazo no superior a seis meses desde la entrada en vigor del presente Bando. Los citados certificados serán presentados en el Área de Medio Ambiente con objeto de que se dé de alta la actividad en el sistema. • Se entenderá como empresa autorizada a aquella que cumpliendo requisitos de compatibilidad de sistemas -demostrado mediante informe del/los proveedores del sistema de transmisión-, según anexo, y disponiendo de los medios necesarios para la instalación y verificación certificada de los equipos instalados, así lo comunique al Ayuntamiento. • TERCERO.- Las nuevas actividades que se encuentren en trámite de legalización, así como aquellas que en el futuro se establezcan, deberán tener instalado el citado sistema previamente a su puesta en marcha o entrada en funcionamiento. • CUARTO.- Es obligación de los propietarios que los elementos de control citados estén en perfecto estado de funcionamiento, para lo cual deberán estar incluidos en un programa de mantenimiento con personal autorizado que asegure su correcto funcionamiento, así como la verificación y calibración del sistema de medida y remisión de datos. Esta verificación tendrá periodicidad anual. • El propietario está obligado a aportar al área de medio Ambiente, Salud y Consumo la documentación actualizada del contrato de mantenimiento en vigor y los certificados visados acreditativos del correcto funcionamiento del dispositivo. Caso de no aportación de los certificados en el plazo requerido, el Ayuntamiento podrá requerirlo a la empresa de mantenimiento, que estará obligada a facilitarlo. • QUINTO.- La manipulación de los equipos de limitación, control, registro y remisión de las emisiones sonoras y sus datos, de tal forma que no se permita su funcionamiento en las condiciones establecidas - incluida la correcta transmisión de datos al Ayuntamiento -, provocará la incoación de expediente sancionador y de restauración del orden ambiental perdido, conllevando el inmediato precinto de los equipos sonoros y, en su caso, la clausura de la actividad, según dispone el art. 60 de la OMPAA. • Los expedientes que se inicien lo serán en base a los apartados a) y b) del artículo 66 de la OMPAA. • SEXTO.- El presente Bando entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  11. Personal administrativo. Equipos: ordenador + internet Servicios externos Personal de “inspección”. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  12. Obligaciones del empresario • Instalación de equipo limitador-controlador con transmisor de datos. • Mantener el equipo en correcto estado de funcionamiento. • Contratar con empresa acreditada el mantenimiento. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  13. Sonógrafos- Registradores • Herramientas para el control de las actividades clasificadas, mediante la adquisición de datos sobre los horarios de funcionamiento y niveles generados en el interior. • Con la funcionalidad de: • Registrar y almacenar los periodos ruidosos de la actividad • Registrar y almacenar los niveles de los periodos ruidosos • Disponer de un sistema que permita a STM realizar la captura de datos, de forma no destructiva ni manipulable • Elementos de protección necesarios Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  14. Equipos de aislamiento activo: controlan las emisiones acústicas para garantizar el cumplimiento de las normativas en esta materia. • Dispositivos de sistemas de captura de datos que den información sobre el ruido generado en las actividades. • Ayudas para la gestión:Sistema de vigilancia automática de actividades Equipo limitador-controlador Sonógrafo registrador Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  15. Información del sistema • Información diaria de las incidencias, clasificadas por: • Nivel de emisión en el local • Desconexión del elemento sensor • Horarios de cierre • Funcionamientos anómalos Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  16. INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO * Plano de ubicación. * Nombre del local. * Equipo instalado. * Fecha inicio controles. INFORMACIÓN DE ACCESO OFICIAL * Ficha técnica del equipo. * Fecha instalación. * Selección de fechas inspección. * Datos limitador-registrador. * Representación gráfica de niveles. * Informe de incidencias. * “Acta de inspección” PRESENTACION DE LOS DATOS Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  17. EJEMPLO DE FUNCIONAMIENTO Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  18. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  19. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  20. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  21. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  22. Informe de incidencias Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  23. Acta del servicio de inspección Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  24. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  25. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR @ Requerimiento de acreditación del correcto funcionamiento del equipo. @ Inicio de expediente sancionador (art.66 de la OMPAA-infracción grave-), con sanciones de multa desde 6.000 hasta 15.000 €y accesoria de clausura de la actividad. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  26. COSTES: Ayuntamiento. - Contratación servicios externos: - diseño y mantenimiento de página web, - incorporación de datos de locales en la web. - Personal y recursos municipales: - personal inspector; - personal administrativo - recursos materiales Análisis costo-beneficio (inspección presencial vs. vigilancia automática) Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  27. COSTES: titular de la actividad - Instalación de equipo (modem). - Transmisión de datos (mensajes GSM). - Contrato de mantenimiento. - Coste de certificaciones periódicas y ocasionales por mal funcionamiento. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

  28. Calendario de implantación #Enero de 2001: OMPAA (previsión normativa). # 7 de febrero de 2003: Aprobación de implantación por Comisión de Gobierno. # 15 de Febrero de 2003: Bando del Alcalde. (Boletín 22/3/03) # 22 de Septiembre de 2003: fin del periodo transitorio. Francisco Muñoz Collado. Jefe del Servicio de Control Ambiental

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