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Bolilla XIV. Funcionario y empleado Público. Concepto de Funcionario o Empleado Públicos. Amplio Punto de vista Restringido. Notas esenciales:. por medio de la cual realizan o contribuyen a que se realice la función administrativa (material u objetivo) Actividad
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Bolilla XIV Funcionario y empleadoPúblico
Concepto de Funcionario o Empleado Públicos Amplio • Punto de vista Restringido
Notas esenciales: por medio de la cual realizan o contribuyen a que se realice la función administrativa (material u objetivo) Actividad encuadrada dentro del régimen común aplicable a la función o empleo público, o en norma preexistente.
Notas Irrelevantes de la Relación de Empleo Público • No basta tener calidad de cocontratante • Índole de la designación o modo de ingreso • Carácter voluntario de la actividad de la persona • Duración • Gratuidad u Onerosidad • Dedicación exclusiva • Exclusión del régimen común de la Administración Pública
Duración • Designación: • Permanente: carece de término de duración - Principio • Temporaria: por un lapso determinado • Texto expreso excepción al ppio. • Índole actividad (intervención) • Accidental: circunstancial
Gratuidad u onerosidad • No es un requisito esencial • a) personal ad-honorem ; • b) los que están simplemente a "prueba” • c) los capitanes de buques y los comandantes de aeronaves cuando, ejercen funciones de oficial del Registro Civil o de policía de seguridad • d) los particulares cuando detienen a delincuentes sorprendidos "in fraganti" en la comisión de un delito
Caracteres de la Relación de Función o Empleo Público • ejercicio"personal"del cargo • larelación se forma en "vida"del funcionario o empleado ¿designación "post-mortem? • vigenciapara elfuturo • índole"física" o "jurídica" de la personadel funcionario o del empleado públicos. • Lo atinente a la índole de la designación o modo de ingreso, al carácter"voluntario"o no de tal ingreso, a la "duración"del ejercicio del cargo, a la "retribución" de tal ejercicio, la dedicación exclusiva, y la Exclusión del régimen común de la Administración Pública (no son relevantes)
Formas de Ingreso • Voluntaria (c/ consentimiento). Según el ingreso se produzca o no de acuerdo al ordenamiento jurídico, se clasifica en: • Regular funcionario o empleado de “jure” • Irregular funcionario o empleado de “facto” • Forzosa (s/ consentimiento)
Formas de Ingreso Regular • Nombramiento • Contrato ad hoc • Accesión(ingreso al cargo) • Elección (gobernantes) ¿Concurso?
"Nombramiento en comisión”(art 99 inc. 19) • “Nombramiento para cumplir una comisión" • “Poner o declarar en comisión"
Nombramientos Anómalos • Anticipados • Por cargos no vacantes • Retroactivos
Derecho al Empleo y Derechos del Empleo • Der. al empleo: derecho a ser designado en un cargo público • Der. del empleo: conjunto de prerrogativas y derechos de las personas que han ingresado a la función o empleo público.
Exclusión del Agente • Causa Lícita Exclusión Regular • Reingreso: No da derecho a indemnización No es computado a los fines jubilatorios • Causa Ilícita Exclusión Irregular • Reincorporación: Sí da derecho a Indemnización Sí es computado a los efectos jubilatorios
Tipos de Responsabilidad de los Agentes Públicos • Política • Penal • Civil • Administrativa
Responsabilidad Administrativa o Disciplinaria • Se hace efectiva a través del Poder Disciplinario cuando el agente comete una Falta de Servicio • Razón de ser correcto funcionamiento de los servicios, mejorar los mismos. • Funcionarios comprendidos dentro de la responsabilidad administrativa: • TODOS (incluidos Presidente, Vice y Ministro) Excluidos Sanciones Disciplinarias: Presidente y Ministros • Fundamento de sanciones disciplinarias: • Jurídico: “Potestad Disciplinaria” • Positivo:Ley marco de regulación del E y F Pub. (25.154)
Tipos de Sanciones • Correctivas: Tienden a la enmienda por parte del responsable • llamado de atención • Apercibimiento • Traslado • Suspensión • Postergación en el ascenso • Retrogradación en el escalafón • Multa • Arresto. • Expulsivas o Exonerativas: Tienden al alejamiento o exclusión del responsable. • Cesantía • exoneración • destitución
Sanciones Previstas en el Ordenamiento • Ley 25154 • Apercibimiento • Suspensión • Cesantía • Exoneración • Ley 5473 • =+ Retrogradación de hasta 3 categorías
Proceso Penal Sustantivo y Procedimiento Administrativo Disciplinario
Sanciones Disciplinarias y Penas Relaciones – Principios • Ambas sanciones son independiente entre sí. • Absolución penal: torna improcedente la sanción administrativa si se invocan los mismos hechos y circunstancias • Condena Penal: por delito que no tiene relación sobre la función del agente, la sanción se aplica por la influencia de la conducta moral del agente. • Condena Penal: que imponga una inhabilitación es obligatoria para la Administración, en los otros casos es dicrecional de la Administración.
Principios Fundamentales del Procedimiento Disciplinario • Respeto al Debido proceso legal: • Derecho a ser oído (haya o no sumario) – Art 18 CN • La sanción debe estar “motivada” • Derecho a ofrecer y producir pruebas • Órgano Juzgador “imparcial” y “jurídicamente válido” • Respeto a la regla “Non Bis in Idem” , no se puede ser juzgado 2 veces por el mismo hecho, pero no impide que en cada jurisdicción se imponga una. • Nadie puede ser penado sino en virtud de ley anterior al hecho – (parte de la doctrina esta a favor –Bielsa y Bullrich- y parte en contra –Fiorinni-) • Derecho a tener acceso a las actuaciones • La formación de sumario no es indipensable En Tuc. SÍ: art:40 inc 8 de la Const. Tuc.