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ANTECEDENTES LEGALES DEL PROCESO

PRESENTACION CONCURSO INTERNO DE PROMOCION PLANTA PROFESIONALES Y DIRECTIVOS DE CARRERA, PROFESIONALES, AÑO 2012. ANTECEDENTES LEGALES DEL PROCESO.

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ANTECEDENTES LEGALES DEL PROCESO

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Presentation Transcript


  1. PRESENTACION CONCURSO INTERNO DE PROMOCION PLANTA PROFESIONALES Y DIRECTIVOS DE CARRERA, PROFESIONALES, AÑO 2012

  2. ANTECEDENTES LEGALES DEL PROCESO La siguiente presentación corresponde al proceso del llamado a concurso interno del año 2012 para la promoción de los funcionarios titulares adscritos a la ley N°18.834/89 y que se encuentren en situación de promocionarse, pertenecientes a la planta de Profesionales y Directivos de Carrera, profesionales, del Servicio de Salud Aconcagua. Este proceso se rige esencialmente por lo señalado en el Art. 103° del Decreto Fuerza Ley Nº 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. Nº 2763 de 1979 y de las leyes Nº 18933 y 18469 del Ministerio de Salud. Los cargos con grados de inicio de la planta, seguirán siendo regulados por las reglas generales establecidas en la Ley Nº 18.834.

  3. REQUISITOS GENERALES DE LOS CARGOS LLAMADOS A CONCURSO Pertenecer a la Planta Profesional o Directivo de Carrera, profesional, en calidad de Titular, regidos por la Ley 18.834 y el D.F.L. Nº 1/05; Cumplir con los requisitos educacionales y/o de experiencia establecidos en el D.F.L. Nº 16 de 2008 del Ministerio de Salud.

  4. INHABILIDADES DE LOS POSTULANTES PARA PARTICIPAR EN ESTE PROCESO Para este concurso interno de promoción, aún teniendo los funcionarios los requisitos para postular, no podrán hacerlo en los siguientes casos: No hubiesen sido calificados en lista 1 ó 2 de distinción o buena en el periodo inmediatamente anterior, es decir en el año 2011. No hubiesen sido calificados en dos períodos consecutivos. Exceptúese lo dispuesto en la Ley N° 19.296, respecto de los funcionarios que sean directores de alguna asociación de funcionarios y las acogidas a las normas sobre protección a la maternidad. Hubiesen sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez en los doce meses anteriores a la fecha de la Resolución que llama al presente concurso. Hubiesen sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores a la fecha de la Resolución que llama al presente concurso.

  5. CARGOS A LOS CUALES SE CONCURSA

  6. ETAPAS DEL PROCESO Difusión del Concurso de Promoción: Se llevará a efecto mediante esta presentación la que se enviará a cada una de las Oficinas de Personal de los Establecimientos y en la Unidad de Ciclo de Vida Laboral de la Dirección del Servicio, además de lo anterior se publicará en la página Web del Servicio de Salud Aconcagua (www.serviciodesaludaconcagua.cl), link Funcionarios, Gestión de Personas, Concursos. Es necesario aclarar que los funcionarios tienen que estar registrados como usuarios en dicha página. Entrega de Bases a los postulantes, la que se llevará a cabo en la oficina de la Unidad de Ciclo de Vida Laboral de la Dirección del Servicio, asimismo los funcionarios interesados podrán obtenerlas desde la página web del Servicio de Salud Aconcagua (www.serviciodesaludaconcagua.cl), link Funcionarios, Gestión de Personas, Concursos.

  7. 3.- Recepción de Antecedentes: Los interesados deberán presentar los antecedentes en sobre cerrado y caratulado con la siguiente descripción ”CONCURSO DE PROMOCION AÑO 2012 DE LAS PLANTAS DE PROFESIONALES Y DIRECTIVOS DE CARRERA PROFESIONALES”, sólo en la oficina de la Unidad de Ciclo de Vida Laboral de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua, Pasaje Juana Ross, N° 928, San Felipe. Los antecedentes se deberán presentar con separación entre los factores y subfactores a evaluar y debidamente foliados, siguiendo el mismo orden que se indican en las bases del concurso. Al momento de recepcionar los antecedentes en la UCVL, se timbrará el anexo N°1 que será el documento conductor del sobre con los antecedentes, consignándose la fecha y hora de recepción ( no se recibirán antecedentes fuera del plazo y hora señalada en las Bases del concurso). Copia del anexo N°1 quedará como respaldo de su postulación para los interesados. En todos los anexos, las certificaciones realizadas deben venir firmadas por el postulante, de tal forma de avalar la información entregada. Todos los certificados y antecedentes presentados deberán ser originales o copias, bajo firma y fecha, por el Ministro de Fe de cada establecimiento. No se tomarán en cuenta para evaluación los antecedentes que no tengan las características antes señaladas.

  8. 4.- Resolución de la comisión: Se establecerán los puntajes de acuerdo al análisis realizado de los antecedentes presentados por cada uno de los postulantes, del cual se obtendrá como resultado un listado el que se dará a conocer en primera instancia en una publicación con los resultados preliminares. Esta publicación estará disponible para conocimiento de los postulantes en la Página Web del Servicio y conjuntamente se enviará por escrito a través de un documento oficial al establecimiento a donde pertenece el funcionario interesado. El Comité de Selección estará conformado por los siguientes cargos: Subdirectora de Gestión Asistencial de la DSSA. Subdirector de Recursos Físicos y Financieros de la DSSA. Subdirectora de las Personas de la DSSA. Director Hospital San Juan de Dios de Los Andes Jefe Departamento Jurídico de la DSSA. Jefe de Personal o quién ejerza las funciones de tal, quien participará como Secretario del Comité. Un Representante de la Asociación de Funcionarios Profesionales, quien tendrá derecho a voz.

  9. 5.- Recepción de apelaciones: Las apelaciones se harán llegar a la Unidad Ciclo de Vida Laboral, dentro del plazo de cuatro días hábiles, contados desde la notificación de los resultados preliminares. Deberán presentarse por escrito, dirigidas al Director del Servicio de Salud Aconcagua, señalando claramente el factor impugnado y las razones de su apelación. En esta apelación, no podrán acompañarse ni hacer valer antecedentes nuevos que no hayan sido incorporados por el interesado en el sobre con los antecedentes para concursar, en los plazos establecidos para ello. El Director del Servicio, resolverá sobre las apelaciones en el plazo de cuatro días hábiles señalados en el Cronograma de Actividades de las bases, enviando a cada uno de los apelantes su correspondiente respuesta. El nuevo puntaje obtenido del o los factores apelados, podrá ser igual, menor o superior al obtenido en los resultados Preliminares.

  10. 6.- Publicación de resultados finales: Una vez resueltas las apelaciones, se hará un nuevo proceso de ordenamiento, el cual contendrá el puntaje definitivo de este certamen y corresponderá al proceso final de la evaluación de antecedentes, no pudiendo los funcionarios volver a apelar de éste. Esta actividad se realiza de la misma forma como se indica para la Publicación de resultados preliminares. 7.- Notificación de resultados definitivos y ofrecimiento del cargo: Se hará llegar un documento (oficio) firmado por el Director del Servicio de Salud Aconcagua sólo a aquellos funcionarios que por este proceso obtengan un grado. Completados los pasos anteriores, se procede a realizar la resolución de promociones, en donde se indica el grado al que se accede por la vacante establecida al efecto, finalizando con el envío de la Resolución a Toma Razón a la Contraloría Regional de Valparaíso.

  11. DE LA FORMA EN QUE SE EJECUTARA LA PROMOCION En el concurso será promovido al cargo vacante el funcionario que obtenga el mayor puntaje. La provisión de los cargos vacantes de cada planta se efectuará en cada grado, en orden decreciente, conforme al puntaje obtenido por los postulantes. Las vacantes que se produzcan por efecto de la provisión de los cargos, conforme al párrafo anterior, se proveerán en acto seguido, como parte del mismo concurso y siguiendo iguales reglas de acuerdo al proceso de multiconcursabilidad, según lo establece el Reglamento de Concursos del Estatuto Administrativo. En caso de producirse empate, al término de este proceso, los funcionarios serán elegidos conforme al resultado de la última calificación obtenida, esto es, año 2011. De proseguir el empate dirimirá el Director del Servicio. El concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto por falta de postulantes idóneos. Se entiende que existe tal circunstancia, cuando ninguno de los postulantes alcanza el puntaje mínimo definido para este concurso, respecto del cargo a proveer o no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases.

  12. FACTORES A EVALUAR Los Factores a considerar en la evaluación de los postulantes serán los siguientes: A.- Capacitación pertinente, con 25% de ponderación, B.- Evaluación del desempeño, con 25% de ponderación, C.- Experiencia calificada, con 25% de ponderación, D.- Aptitud para el cargo, con 25% de ponderación.

  13. FIN.

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