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Hablemos de sueldos…

Hablemos de sueldos…. …TOMA, PERO TE ADVIERTO QUE SÓLO EL DE ARRIBA ES VERDE…. EXPECTATIVAS…. …DA IGUAL… ¡DÁME, DÁME!. …Y LA REALIDAD…. …y con lo que te sobre, me compras acciones….

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Hablemos de sueldos…

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Presentation Transcript


  1. Hablemos de sueldos…

  2. …TOMA, PERO TE ADVIERTO QUE SÓLO EL DE ARRIBA ES VERDE… EXPECTATIVAS….. …DA IGUAL… ¡DÁME, DÁME!

  3. …Y LA REALIDAD….. …y con lo que te sobre, me compras acciones….

  4. Y vamos a hablar de los sueldos en Indra, algo que la empresa considera tan “secreto” y “estratégico” que lo guarda bajo siete llaves y, suponemos, protegido por un ejército de demonios en alguna oscura cueva en la base de una remota montaña… El sueldo es un aspecto importante en la calidad del trabajo. Es más que un incentivo, que una motivación: es el ‘pan que nos ganamos con el sudor de la frente’…

  5. …aunque parece que algunos no hayan entendido bién la cosa…

  6. Suponemos que trabajamos a cambio de un sueldo, que “vendemos” nuestros conocimientos y nuestro buen hacer por un precio y durante determinadas horas. Como personas esperamos mejorar nuestras condiciones de vida, la de nuestras familias, y esperamos que las generaciones que vienen detrás lo tengan mejor que nosotros. Vamos a analizar qué está sucediendo en Indra en los últimos años.

  7. Veamos de manera cruda la variación de los sueldos según la categoría, y la compararemos con los beneficios de Indra. En Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución.

  8. Como puede apreciarse, las nuevas incorporaciones ganan menos o lo mismo en promedio que hace 4 años…. * El valor mostrado es el promedio del salario de las nuevas altas en Indra SI Barcelona por categoría profesional. Obviamente estos datos no están normalizados con el IPC ACUMULADO durante estos años, con lo que la comparativa es engañosa. (en realidad, veremos que es MUCHO PEOR).

  9. APLICAMOS EL IPC ACUMULADO A LO QUE SE COBRABA EN EL 2007 (ES DECIR, SUMÁNDOLE LO QUE HAN SUBIDO LOS PRECIOS ESTOS AÑOS), PARA PODER COMPARARLO CON LO QUE SE COBRA DE MEDIA ACTUALMENTE HOY EN 2011: Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...

  10. (Explicación rápida de los datos anteriores….)

  11. Y ahora veamos la evolución salarial de los Consejeros y Altos Directivos de Indra Fuente: Informes de la Memoria y Cuentas Anuales de INDRA, desde 2007 a 2010. Para 2011, el “Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011”, disponible como información adicional para la Junta General de Accionistas de 2011. (*) Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...

  12. (*) A destacar lo que opina Indra sobre ese 3,45% de incremento en 2.011 respecto al año anterior: “iii. La retribución media por consejero será aproximadamente de 150.000€ anuales, lo que significa incrementarmuy moderadamente la retribución media del ejercicio 2010.” Fuente: Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011 Así que ya lo sabemos, ahora las cosas las tenemos que pedir ‘muy moderadamente”. Y aplicando el IPC Acumulado, veamos si han perdido poder adquisitivo….. Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...

  13. Y para los Altos Directivos de Indra….. (las mismas Fuentes que el anterior punto) (*) (*) en 2010, hay un directivo menos. Y aplicando el IPC, veamos si han perdido poder adquisitivo….. Vaya, los Directivos también han perdido poder adquisitivo …. Habrá que prescindir del jet privado……

  14. Destacamos además este párrafo de la memoria: “2.3 Marco contractual de la relación laboral de los Altos Directivos Cada uno de los altos directivos tiene suscrito con la Sociedad un contrato que regula las condiciones aplicables a su relación laboral. Dichos contratos han sido autorizados por el Consejo de Administración, previo informe favorable y propuesta de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Gobierno Corporativo, y han sido sometidos a la Junta General Ordinaria de Accionistas desde el ejercicio 2007. En virtud de lo establecido en dichos contratos, los altos directivos tienen derecho, en el supuesto de resolución de su relación laboral con la Sociedad, salvo que tenga por causa la baja voluntaria o el despido procedente, a una indemnización equivalente a la establecida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, esto es, cuarenta y cinco días de su retribución en base anual por año de permanencia en la Sociedad, con un límite máximo de 3,5 anualidades; estableciéndose una cuantía mínima de tres anualidades en el caso del Presidente y del Consejero Delegado. Adicionalmente, los Consejeros Ejecutivos y los Directores Generales de Operaciones tienen suscritos sendos compromisos de no competencia, con una duración de dos años a partir de la finalización de su relación laboral con la Sociedad y con una cuantía compensatoria de entre 0,5 y 0,75 veces su retribución anual por cada año de no competencia.” Fuente: Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011 ¿¿¿45 días??? Claro, no dejan de ser Trabajadores como nosotros….pero parece que a ellos NO LES AFECTA la Reforma Laboral…..

  15. …Púlse la tecla ATPEC para finalizar…

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