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APUNTES PARA LA ORGANIZACIÓN DE UN DEBATE ORAL. Universidad de Buenos Aires-2008/2011 Universidad de la República (Montevideo) -2009. Escuela de Capacitación Judicial (Jujuy)– 2010 Universidad Nacional del Nordeste (Corrientes) - 2011
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APUNTES PARA LA ORGANIZACIÓN DE UN DEBATE ORAL Universidad de Buenos Aires-2008/2011 Universidad de la República (Montevideo) -2009. Escuela de Capacitación Judicial (Jujuy)– 2010 Universidad Nacional del Nordeste (Corrientes) - 2011 VIII Encuentro de Profesores de Derecho Procesal Penal- Mendoza 2011
La elección del caso • Caso real a partir de un expediente judicial real –solo la investigación preliminar hasta el auto de elevación a juicio- • Caso ficticio con formato de expediente judicial –idem anterior- • Caso “semi-real” (puede ser una pequeña parte de un filme o un capítulo de una obra literaria) cuya cognoscibilidad deberá segmentarse de acuerdo a los roles que desempeñen los partícipes: el imputado, la víctima y los testigos tendràn acceso a ese material con una mínima antelación previa al juicio, mientras que todos los partícipes jurídicos de la dramatización (jueces, fiscales, defensores, abogados querellantes, etc) solo conocerán un “extracto jurídico” del mismo. Ejemplo: el requerimiento fiscal de elevación a juicio. • Recordar que el desconocimiento de las normas procesales no influye negativamente ya que se trata de un ejercicio que pone a la oralidad en el centro de la praxis en desmedro de las rígidas prácticas procesales escriturales y/o del proceso inquisitivo reformado. Por ello es suficiente un correcto conocimiento por parte de los grupos de la materia jurídica de fondo que se debatirá (parte general o especial) e incluso del estado de la jurisprudencia sobre el tópico de que se trate.
La asignación de los roles • Tribunal Oral. Integrado por 3 jueces titulares más 2 jueces suplentes. Tendrá a su cargo la dirección del proceso. Todos participarán de las principales decisiones que se adopten durante la audiencia y en la elaboración de la sentencia definitiva. • Secretaría del Tribunal. Llevará a cabo el registro de la audiencia y el orden de las declaraciones. Estará integrada por 4 miembros. • Ministerio Público Fiscal. Se encargará de llevar adelante la acusación pública y eventualmente, sus variaciones e incluso desistirla. Estará integrado por 2 fiscales titulares y 2 suplentes. • Particular damnificado o querellante. Llevará adelante su pretensión punitiva en forma independiente a la fiscalía. Lo integran la víctima del hecho y 2 abogados. También deberán contar con 2 suplentes. • Imputado y defensores. Dependiendo de los hechos, puede haber más de un imputado. Los defensores deberán ser 2 y 2 suplentes. • Testigos. De acuerdo con la complejidad de los hechos. Se sugiere un mínimo de 3 y un máximo de 8 • Peritos. De acuerdo a si se debaten materias técnicas (pericias químicas, autopsias, armas, etc). Debe haber al menos 1 por cada especialidad y también peritos de parte (querella y defensa). • Auxiliares de la justicia. Personal policial que hubiera intervenido con posterioridad al hecho. Pueden ser 2 o 3.
La carga horaria • Aspectos teóricos de la litigación penal oral (interrogatorios, exámen y contraexámen de testigos y peritos): 6 horas presenciales. • Preparación del debate oral: 4 horas y media presenciales • Audiencia oral: 3 horas para declaraciones y recepción de pruebas. Intervalo de 2 horas para preparación de los alegatos. Alegatos y réplicas: 2 horas. Intervalo para veredicto: 2 horas.
Las estrategias sobre el caso Varían de acuerdo a los roles que cada grupo represente (fiscalía, querella, defensa) Serán analizadas, ensayadas y corregidas mediante reuniones “ad hoc” e intercambio de opiniones y sugerencias vía correo electrónico. El Tribunal Oral no debe tener posición tomada respecto al caso, salvo alguna noción sobre las posibles soluciones dogmáticas que pudieran adoptarse.
El desarrollo de la audiencia-generalidades- • Rol del Tribunal Oral: dirigir el debate. Velar por el debido proceso legal que implica la participación igualitaria de todas las partes. No puede formular preguntas, salvo para pedir aclaraciones. Dictar sentencia conforme al alegato que resulte más convincente, sin intentar “mejorar” los argumentos de ninguna de las partes. Decidir el derecho aplicable y fijar la pena con fundamento. • Rol de la fiscalía: establecer con la mayor precisión posible los hechos que se intentan probar en la audiencia. Luego, alegar jurídicamente sobre esos hechos y solicitar la aplicación de pena o la absolución del imputado. • Rol de la parte querellante: establecer la responsabilidad del imputado desde el punto de vista normativo, sin apartarse de las conclusiones fácticas a las cuales se arribe durante la audiencia. Solicitar pena concreta. • Rol de la defensa. Demostrar una versión de los hechos que favorezca la situación del imputado (no significa necesariamente perseguir una absolución improbable). Controlar que se respete el derecho de defensa en juicio mientras declara el imputado e interrogar con la mayor amplitud a los testigos, peritos y auxiliares de la justicia. Debatir el encuadre jurídico más favorable para su representando y la pena más adecuada a ese encuadre jurídico, si no es posible pedir la absolución.
El desarrollo de la audiencia-Objetivo: reconstrucción de los hechos- • Lectura del requerimiento fiscal de elevación a juicio por la Secretaría del Tribunal o Alegatos de Apertura • Apertura del debate por el Tribunal. Invitación al imputado a identificarse y a dar su versión de los hechos. • El imputado deberá explicar qué fue lo ocurrido, cual es su posición frente a ello y aportar al tribunal todo elemento de análisis que sirva para mejorar su situación (ejemplo: “ayude a la víctima, luego de atropellarla con el auto”) • Luego, las partes podrán efectuar preguntas a este sujeto procesal, previa advertencia del Tribunal de que no está obligado a responderlas. • Seguidamente declararán los auxiliares de la justicia, la víctima del hecho, los testigos y peritos. Todos los harán bajo juramento de decir verdad y deberàn responder obligatoriamente a todas las preguntas que se les formulen (recurrir al material sobre litigación penal oral)
Alegatos • Orden: fiscalía-querellante-defensa • Resumir cuales son los hechos que se probaron durante la audiencia y cómo quedaron probados (por tal testimonio, tal pericia, etc). En los puntos discutidos u obscuros, admitir cual es la posición que se adopta. • Efectuar el análisis de esos hechos –no de los que fueron descriptos en el requerimiento fiscal de elevación a juicio- según la teoría del delito y las cuestiones teóricas pertinentes de parte especial, con cita de autores y jurisprudencia. • Registrar minuciosamente los argumentos centrales de las otras partes para el momento de la réplica.
Réplicas Orden: fiscalía – querella- defensa. Pueden replicarse los argumentos de las restantes partes en lo que discrepen con los propios. La tècnica consiste en tomar el argumento contrario que se pretende erróneo, citarlo , analizarlo y refutarlo. Finalmente, explicar por qué razones el argumento propio es más adecuado desde el punto de vista jurídico o de los hechos acreditados.
Veredicto y Sentencia • Al finalizar los alegatos, el Tribunal Oral se retirará por espacio máximo de 2 horas para emitir su veredicto. • Al finalizar la lectura del veredicto, deberán convocar a las partes dentro de los cinco días siguientes para leer los fundamentos y entregarles una copia certificada por el secretario del Tribunal Oral de la sentencia.