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Tratamiento fiscal de los sindicatos patronales. C.P.C PATRICIA TERRAZAS C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ. Marzo del 2010. Tratamiento fiscal de los sindicatos patronales. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ. Ley Federal del Trabajo.
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Tratamiento fiscal de los sindicatos patronales. C.P.C PATRICIA TERRAZAS C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ. Marzo del 2010.
Tratamiento fiscal de los sindicatos patronales. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ
Ley Federal del Trabajo. Artículo 356.- Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
Impuesto sobre la Renta. Persona moral con fines no lucrativos. No contribuyente de ISR. (Art. 95 LISR) Si más del 5% de sus ingresos totales del Centro, derivan de ingresos por prestar servicios a personas no socias o enajenen bienes distintos de su activo, se tiene que determinar la utilidad y pagar el ISR. (Art. 93 LISR).
Obligaciones. (Art. 101) • Inscribirse al RFC. Llevar registros contables. • Expedición comprobantes, conservar una copia de los mismos. • Retener y enterar el ISR en el caso de pago de salarios, honorarios, arrendamiento, pagados a personas físicas. • Calcular el ISR anual de trabajadores y presentar declaración informativa, a más tardar el 15 de febrero del año siguiente. (Art. 118 III y V). Inscripción de trabajadores.
Obligaciones 5. Calculo de ISR de trabajadores por pagos de primas de antigüedad, indemnización. 6. Presentar a más tardar el 15 de febrero declaración informativa de retenciones efectuadas en el ejercicio anterior, por pagos de honorarios, arrendamiento. (Art. 101 fracción VI). Así como donativos
Obligaciones. Inscripción y firma electrónica avanzada. (Art. 27CFF). Manifestar domicilio fiscal y de establecimientos o sucursales. Cambio de domicilio.
Otras consideraciones. • Pagos de previsión social a trabajadores. • Multas por no presentar declaraciones. • Los sindicatos patronales no son sujetos del IDE. • Retenciones de ISR por intereses que perciban los Centros Empresariales. (Art. 94).
Tratamiento fiscal de los sindicatos patronales. IETU. C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. No pagarán el IETU: Las asociaciones patronales por los ingresos no afectos al ISR. (Art. 3 fracción II, inciso d LIETU).
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO • APARTIR DE 2010 EL IVA SUBE DEL 15% A 16% EN TODO EL PAIS MIENTRAS QUE EN LAS ZONAS FRONTERIZAS EL GRAVAMEN PASARA DEL 10% AL 11% A PARTIR DEL 1° DE ENERO DEL 2010
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO • SUJETOS DEL IMPUESTO • Están obligados al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y morales que, en territorio nacional, realicen actos o actividades siguientes: • Art. 1
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO • I. Enajenacion de bienes • II. Prestacion de servicios independientes • III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes • IV. Importen bienes o servicios
TASA • La tasa general es del 16% • Pero existen las tasas del 0%,10% • Los exentos
TRASLACION EXPRESA Y POR SEPARADO • El contribuyente traslada dicho impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios. • Art 1 Tercer Párrafo LIVA
PAGO DEL IMPUESTO El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que le hubieran trasladado o el que el hubiera pagado en la importación de bienes o servicios, siempre que sean acreditables en los términos de esta ley. En su caso el contribuyente disminuirá del impuesto a su cargo el impuesto que se le hubiera retenido. • Art. 1 Quinto párrafo LIVA
PRESTACIONES DE SERVICIOS EXCENTAS No se pagara el impuesto por la prestacion de los siguientes servicios: XII. Los proporcionados a sus miembros como contraprestacion normal por sus cuotas y siempre que los servicios que presten sean unicamente los realtivos a los fines que les sean propios , tratandose de : Art. 15 Fracc. XII
PRESTACIONES DE SERVICIOS EXCENTAS b) Sindicatos obreros y organismos que los agrupen. Artículo 356 LFT.- Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
MOMENTO DE PAGO DEL IVA EN LA PRESTACION DE SERVICIOS Se tendra la obligacion de pagar el impuesto en el momento en que se cobren efectivamente las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas… Art. 17 LIVA
OTRAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Ademas de las obligaciones señaladas tienen las siguientes: • Efectuar conforme al RLIVA la separacion de los actos o actividades de las operaciones por las que deba pagarse el impuesto por las distintas tasas , de aquellos por los cuales esta ley libera de pago. Art. 32 Fracc. I
COMPROBANTES DE CONTRIBUYENTES A LOS QUE SE LES RETENGA EL IVA Los contribuyentes a los que se les retenga el IVA deberan expedir el comprobante con la leyenda “Impuesto retenido de conformidad con la LIVA” y consignar por separado el monto del impuesto retenido. Art. 32 LIVA
DECLARACION INFORMATIVA MENSUAL Proporcionar mensualmente informacion la informacion sobre el pago, retencion, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, desglozado el valor de los actos por tasa a la cual se traslado o fue trsladado el IVA, incluyendo actividades por las que el contribuyente no este obligado al pago. A mas tardar el 17 del mes posterior. ART. 32 Fracc. VIII
ACREDITAMIENTO DEL IVA Para que sea acreditable el IVA debera reunir los sig. Requisitos: V. Cuando se este obligado al pago del IVA o cuando sea palicable la tasa del 0%, solo por una parte de de las actividades se estara a los siguiente: Art. 5 LIVA
ACREDITAMIENTO DEL IVA c) …para realizar actividades por las que no se deba pagar el impuesto el acreditameniento procedera unicamente en la proporcion en el que el valor de las actividades por las que deba pagarse el IVA , represente en el valor de las actividades que el contribuyente realice en el mes de que se trate Art. 5 LIVA