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“ESTRUCTURAS DE COMUNI Ó N ECLESIAL”

“ESTRUCTURAS DE COMUNI Ó N ECLESIAL”. “LOS MECANISMOS DE COMUNI Ó N EN LA IGLESIA”. Presenta: Pbro. Lic. Jos é Gpe. Rivas Saldaña.

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“ESTRUCTURAS DE COMUNI Ó N ECLESIAL”

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Presentation Transcript


  1. “ESTRUCTURAS DE COMUNIÓN ECLESIAL” “LOS MECANISMOS DE COMUNIÓN EN LA IGLESIA” Presenta: Pbro. Lic. José Gpe. Rivas Saldaña.

  2. “Los espacios de comunión han de ser cultivados y ampliados día a día, a todos los niveles, en el entramado de la vida de cada Iglesia. En ella, la comunión ha de ser patente en las relaciones entre Obispos, Presbíteros y diáconos, entre pastores y todo el pueblo de Dios, entre Clero y religiosos entre asociaciones y movimientos eclesiales. Para ello se deben valorar cada vez mas los organismos de participación previstos por el Código de Derecho Canónico, como los consejos presbiterales y pastorales” • (Al inicio del tercer Milenio, 45,1).

  3. Los Consejos Parroquiales al servicio de la Comunión. La indicación conciliar respecto al examen y solución de los problemas pastorales “con la colaboración de todos”, debe encontrar un desarrollo adecuado y estructurado en la valoración mas convencida, amplia y decidida de los consejos parroquiales, en los que han insistido, con toda razón los Padres sinodales. ( ChL 27).

  4. La espiritualidad de comunión es fundamento educativo de toda programación. • “Los espacios de comunión han de ser cultivados y ampliados cada día, a todos los niveles en la vida de la Iglesia. Por eso se deben valorar los planes pastorales que han de hacer de la Iglesia la casa y la escuela de la comunión. Es necesario promover una ESPIRITUALIDAD DE COMUNION como fundamento educativo de toda programación y como principio de toda iniciativa pastoral a imagen y semejanza de la Santísima Trinidad” (PDP. 54).

  5. La espiritualidad de comunión, alma del cuerpo eclesial. • “La espiritualidad de comunión es el alma de la estructura institucional, por que ofrece confianza y apertura a la corresponsabilidad eclesial. De Cuerdo a ello se deben valorar cada vez mas los organismos de participación, como los consejos, los equipos pastorales de las diversas áreas, de los distintos niveles eclesiales”. (PDP. 55)

  6. Deber de desarrollar la comunión. • “Sobre esta base, en los albores de este nuevo milenio debemos comprometernos mas que nunca a valorar y desarrollar aquellos ámbitos e instrumentos, que según las directrices del Concilio sirvan para garantizar la comunión y así responder con prontitud y eficacia a los problemas que la Iglesia tiene que afrontar en los cambios surgidos de nuestro tiempo. (PDP.56).

  7. La Iglesia es “ministerio de comunión”. • Es unión a Cristo y en Cristo; y unión entre los cristianos dentro de la Iglesia. San Juan expresa con la idea de que todos somos sarmiento de la mima vid; y San Pablo la explica con la imagen del cuerpo. Por su parte el Concilio dice: “La Iglesia es en Cristo sacramento, es decir, signo e instrumento de la íntima unión del hombre con Dios y de la unidad de todo el género humano”.

  8. La Iglesia es comunión orgánica. • Esto lo afirma el Papa en su exhortación sobre los laicos. Siguiendo la imagen del cuerpo que propone San Pablo, la Iglesia está formada por la diversidad de vocaciones y condiciones de vida; servicios, carismas y funciones que se complementan mutuamente. Todo tiene unión y conexión con el único e idéntico Espíritu que es el lazo dinámico de variedad y unidad en la Iglesia y de la Iglesia. La comunión orgánica se vive cuando hay continuo y ordenado intercambio con los demás, un vivo sentido de fraternidad y un serio empeño por crecer, en la Iglesia, junto con los demás.

  9. La Iglesia es participación. • La exhortación del Papa sobre los laicos, apoya la creación de los Consejos Pastorales en la idea de la participación de los fieles laicos en la vida y misión de la Iglesia. Ella facilita la búsqueda y la exposición de los problemas de la comunidad eclesial y los del mundo para que sean examinados y resueltos con la colaboración de todos.

  10. La parroquia adquiere nueva vida y afán misionero por medio de los Consejos Pastorales. Estos le ayudan a ser, más claramente, lugar de comunión y participación, casa abierta a todos y al servicio de todos, comunidad orgánica, es decir, formada por todos los ministerios en la iglesia y unida por el Espíritu.

  11. La razón de ser y el funcionamiento de los Consejos Pastorales, se aclara con una nueva visión de la figura y dignidad del laico y de su papel dentro de la Iglesia con una mejor comprensión de su vocación y misión en la Iglesia y en el mundo. • Toda esta reflexión eclesial también está urgiendo lo que podríamos llamar la espiritualidad de comunión propia y necesaria de los Consejos Pastorales. Sin ella, perderían su vitalidad evangelizadora y se convertirían en estorbo y lastre para la vida y misión de la Iglesia.

  12. Los mecanismos de comunión en la Arquidiócesis: • El plan Diocesano de Pastoral. “Corresponde al Obispo, con la cooperación de los sacerdotes, los diáconos, los consagrados y los laicos…..realizar un plan de acción pastoral de conjunto, que orgánico y participativo, que llegue a todos los miembros de la Iglesia y suscite su conciencia misionera”. (Iglesia en América 36,1). • La visita pastoral. • La asamblea Arquidiocesana de Pastoral. • El Consejo de Economía Diocesano. • El consejo Presbiteral. • El Consejo de Consultores.

  13. Los mecanismos de comunión en la Parroquia. • La asamblea de Pastoral Parroquial. • El Consejo de Pastoral Parroquial. • El Consejo de Economía. • Los comités o equipos de servicio.

  14. El sacerdote que anima la comunión en la parroquia. • “Como miembro de la Iglesia particular, todo sacerdote debe ser signo de comunión con el Arzobispo en cuanto que es su inmediato colaborador, unido a sus hermanos en el presbiterio. Ejerce su ministerio con caridad pastoral, principalmente en la comunidad que le ha sido confiada, y la conduce con Jesucristo Buen Pastor. Su vocacion exige que sea signo de unidad”. (EA. 39,1).

  15. ESTATUTOS DEL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL. • Estos estatutos no vienen a matar el espíritu del Consejo Pastoral, al contrario, son su itinerario. Recogen toda la riqueza de la experiencia y reflexión de la Iglesia. Son señales e indicaciones, como en todo camino, para marcar la dirección segura y llegar a la meta deseada. El Consejo Pastoral necesita estas normas para cumplir su función dentro de la globalidad de la vida parroquial. Tienen su punto de partida en las disposiciones que contiene la Legislación de la Iglesia universal.

  16. ¿QUE ES EL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL?DEFINICION Y NATURALEZA • El Consejo Pastoral Parroquial (CPP) es un organismo de consulta, presidio por el párroco, que se forma en cada parroquia con la participación de los sacerdotes, religiosas y demás fieles laicos para estudiar y valorar lo que se refiere a los trabajos pastorales y sugerir soluciones prácticas.

  17. Es señal de unidad en la fe y comunión de los fieles entre sí y sus propios pastores. Ejercita, en forma serena y madura, la corresponsabilidad en la Iglesia. También es un instrumento de servicio a las comunidades en sus anhelos, preocupaciones y necesidades, para ayudarlas en la construcción de un mundo nuevo que vaya de acuerdo con el Evangelio. • Es un órgano colegiado, de carácter consultivo, que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las tareas pastorales de la misma. • Es un instrumento básico para vivir y ejercer la corresponsabilidad y para lograr la convergencia, complementariedad e integración de todas las fuerzas evangelizadoras de la parroquia. • Corresponde al CPP estudiar todo lo referente al trabajo pastoral, sopesarlo y sacar las conclusiones prácticas con objeto de promover la conformidad de vida y actos del pueblo de Dios con el Evangelio.

  18. ¿PARA QUE ES EL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL?FINES Y FUNCIONES. • La finalidad propia del CPP es la actividad pastoral que se desarrolla en la parroquia: su organización, sus contenidos, sus métodos, sus estructuras, sus planes y programas a fin de que estén acordes con el Plan Arquidiocesano de pastoral, sean dinámicos y respondan a los principales retos y desafíos que plantea la realidad. Creará y fomentara las actividades pastorales que estime necesarias y convenientes.

  19. Promover la comunión eclesial, fundada en la fe y en la caridad. • Colaborar activa y eficazmente en el desarrollo de la acción pastoral y evangelizadora de la Parroquia. • Despertar el sentido de responsabilidad eclesial de los miembros de la Parroquia en relación con la Iglesia Arquidiocesana. • Conjugar las distintas funciones de la Parroquia en los campos de la caridad, el anuncio de la Palabra, la comunión y la celebración. • Servir de cauce institucional a la responsabilidad compartida y al necesario diálogo en los ámbitos parroquial, decanal y Arquidiocesano.

  20. Son funciones propias del CPP. • Elaborar cada año, al principio del curso, con la aportación de todos los grupos parroquiales, el plan general de la Parroquia y concretar el calendario, así como las mediaciones para llevarlo a cabo. • Revisar al final del curso, la acción pastoral realizada y el cumplimiento del plan general de la Parroquia teniendo en cuenta los objetivos pastorales de la Arquidiócesis. • Promover, consolidar, fortalecer la Asamblea Parroquial, las Comunidades y los Grupos Apostólicos. • Coordinar sus actividades respetando su justa autonomía y animar su dimensión evangelizadora. • Desarrollar planes de formación permanente complementaria. • Elegir miembros idóneos que representen a la Parroquia en contactos o en acciones interparroquiales, Decanales o Arquidiocesanas.

  21. Otras finalidades del CPP son las siguientes: • Descubrir lugares, tareas, ambientes que no están atendidos y exigen un especial cuidado evangelizador; atender aquellas iniciativas pastorales que surgen de los niveles de la Iglesia o de los grupos y asociaciones de la parroquia; animar y coordinar los esfuerzos comunes para mejorar el servicio pastoral de la parroquia.

  22. Comprometerse con la pastoral planificada e impulsar tanto el Plan Diocesano de Pastoral como sus respectivos programas. • Fomentar una espiritualidad pastoral que despierte la unión con Dios y el espíritu comunitario de diálogo, que respete la diversidad de sus miembros; que aliente la humildad y sencillez para evitar la imposición de ideas, que favorezca una actitud de sencillo discernimiento cristiano ante cada problema.

  23. Estar en contacto permanente con la realidad para impulsar una acción pastoral adecuada a los problemas y situaciones que en ella se viven. • Suscitar la oración, el estudio, la reflexión y el diálogo continuo para la mejor formación de sus miembros.

  24. Potenciar la unidad entre el Párroco, demás sacerdotes, diáconos, consagrados y laicos en su misión pastoral. • Ofrecer cauces para la evangelización de todos los sectores. • Reflexionar sobre la vida de la comunidad y su conformidad con el Evangelio. • Coordinar todas las actividades de la Comunidad Parroquial, respetando la justa armonía de cada grupo y así mismo, la actividad pastoral de la Parroquia con las otras parroquias del Decanato.

  25. ¿COMO SE INTEGRA EL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL? • Representatividad. Los miembros del CPP deben ser personas que, de algún modo, sean representativas de la comunidad parroquial en sus áreas geográficas, grupos y asociaciones, servicios, comisiones y responsabilidades. • Número. El CPP estará compuesto por un número de miembros que favorezca entre ellos el dialogo profundo, relaciones interpersonales suficientes, eficacia en el trabajo, facilidad de convocación y demás características necesarias para un buen funcionamiento.

  26. Integrantes. Se dan criterios de indicativos, ya que la realidad de cada parroquia es diversa. Se toma el caso ideal donde existen, en el territorio parroquial, todos los agentes que se mencionan. Cada párroco aplica a su realidad estos criterios: • a) Por oficio: -El párroco. • -Los vicarios parroquiales y capellanes.(1 vicario donde haya 2 o mas) • -Uno o dos miembros del consejo parroquial de Economía. • -Los coordinadores de los grupos parroquiales. • b) Por designación del párroco:Tres personas cuya capacidad y testimonio de vida cristiana pueda resultar de provecho para la marcha del CPP.

  27. Por elección: Algunas personas elegidas por la Asamblea Pastoral Parroquial de entre los laicos comprometidos de la parroquia, teniendo en cuenta la representatividad y las cualidades de cada uno de sus miembros. • Los miembros elegidos serán los siguientes: • un representante de cada una de las comunidades de vida consagrada (si las hubiere) integradas activamente en la Parroquia. • Un representante de la catequesis de infantil. • Un representante de la catequesis de preadolescencia y adolescencia. • Un representante de los grupos juveniles. • Un representante del equipo vocacional. • Un matrimonio representante de la pastoral familiar. • Un representante de liturgia y música. • Un representante de cáritas parroquial. • Un representante de Kerigma. • Un representante de los Grupos Bíblicos. • Un representante de Pastoral social. • Un representante del Consejo Económico. • Un representante de cada grupo estable de la Parroquia y de cada grupo o asociación que se cree en el futuro a juicio del CPP.

  28. CUALIDADES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL. • Sensibilidad cristiana ante los problemas de su comunidad o de su grupo y de la realidad social y eclesial. • Capacidad para juzgar con respeto y para proponer sugerencias e iniciativas ofreciendo soluciones y buscando con los demás las repuestas que se necesitan en un momento dado. • Aptitud para el diálogo: saber intercambiar los propios puntos de vista, valorando los ajenos; confrontar las distintas opiniones en el mutuo respeto; aprender a disentir y a ponerse de acuerdo buscando, junto al los demás, los mejores modos de servir a la comunidad parroquial en comunión con el párroco.

  29. Sentido práctico y disposición para el compromiso apostólico, apoyando a los demás en sus tareas evangelizadoras • Empeño en dar testimonio de vida cristiana, con una fe seria, adulta y responsable que se apoye en la adecuada formación religiosa y en la oración frecuente.

  30. ¿COMO FUNCIONA EL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL? • - La Presidencia corresponde al Párroco. • - El Secretario es elegido por y entre sus miembros. Al Presidente corresponde: • - Convocar las reuniones. • - Establecer el orden del día. • - Presidir las reuniones por sí o por delegación. • - Dar cumplimiento a los acuerdos. • - Firmar las Actas. • - Aceptar la renuncia de los miembros o determinar su aplazamiento provisional

  31. Al Secretario corresponde: • - Levantar acta de las sesiones. • - Enviar acuerdos y otras comunicaciones. • - Leer el acta de las sesiones. • - Mantener el archivo.

  32. Corresponde al Pleno del Consejo: • - Preparar el Orden del Día de las sesiones del Pleno. • - Acordar la presencia de asesores en las reuniones del Pleno. • - Velar por el cumplimiento de los acuerdos. • - Resolver los casos urgentes, dando cuenta al Pleno en la primera oportunidad. • Las reuniones del Pleno del Consejo pueden ser: • - Ordinarias, como norma, una vez al trimestre. • - Extraordinarias, cuando lo juzgue oportuno el Presidente o lo solicite un tercio de sus miembros.

  33. LA ASAMBLEA PARROQUIAL. • La Asamblea Parroquial está constituida por todos los creyentes bautizados que de algún modo participen en la vida de la Comunidad Parroquial. • Como norma se reunirá una vez al año, para desarrollar la participación de los fieles y para la presentación del Plan Pastoral Parroquial.

  34. ESTATUTOS DEL CONSEJO PARROQUIAL DE ECONOMIA.¿QUE ES EL CONSEJO PARROQUIAL DE ECONOMIA? (Estas normas parten de las disposiciones que contiene el Derecho Canónico, en los cánones 537 y del 1254 al 1298). • El Consejo Parroquial de Economía (CPE) es un organismo de consulta, presidido por el párroco, que debe existir en cada parroquia, por medio del cual los fieles prestan su ayuda a la administración de los bienes parroquiales. Es independiente del Consejo Pastoral Parroquial.

  35. Es signo del aprecio que la Iglesia tiene por la competencia de los fieles laicos en este campo; es lugar donde se oye el parecer de la comunidad sobre la administración de los bienes materiales que le confía al párroco.

  36. ¿PARA QUE ES EL CONSEJO PARROQUIAL DE ECONOMIA? • Las finalidades específicas del CPE son las siguientes: • Realizar el inventario de los bienes materiales con que cuenta la parroquia. • Preparar el presupuesto anual de la parroquia en base a criterios pastorales. • Elaborar el informe financiero anual de la parroquia, el cual debe enviarse al Obispo y darse a conocer al Consejo Pastoral Parroquial en el termino de los 60 días después del fin del ejercicio fiscal. • Revisar cada semestre el presupuesto anual y hacer los ajustes necesarios. • Estudiar el informe financiero mensual y asesorar al párroco en los mejores instrumentos de inversión del patrimonio parroquial. Esto requiere que se reúnan mensualmente. • Sugerir, con espíritu evangélico, las medidas necesarias para la recta y adecuada administración de los bienes parroquiales y para una conveniente captación de mayores recursos.

  37. ¿COMO SE INTEGRA EL CONSEJO PARROQUIAL DE ECONOMIA? • El CPE es elegido por el párroco y se constituye con un mínimo de 4 y un máximo de 6 personas residentes en el territorio parroquial y miembros activos en la pastoral de la parroquia. • Los miembros del CPE deben ser de probada integridad moral y tener una experiencia y conocimiento en asuntos financieros, adecuados a la realidad económica de su parroquia.

  38. En la parroquia donde hay un vicario, éste forma parte del CPE; y en donde hay dos o más, el párroco elige a uno de ellos para integrar dicho consejo. • Cada 5 años se renuevan los miembros del CPE. Al iniciar el consejo, la mitad de los miembros se elige por 3 años y la otra por 5 años. Después, todos los miembros son elegidos por un periodo de 5 años. (O bien cada parroquia definirá el tiempo necesario de pertenencia para cada uno de sus miembros).

  39. LINEAMIENTOS PARA LOS CONSEJOS PASTORALES DECANALES • ¿Qué es el CONSEJO PASTORAL DECANAL? • El Consejo Pastoral Decanal es el órgano representativo que articula todos los sectores y niveles de la Iglesia Católica que trabajan en la realización la Misión Evangelizadora en el territorio de un determinado Decanato, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Arquidiócesis.

  40. ¿Quiénes forman el CONSEJO PASTORAL DECANAL? • El Consejo Pastoral Decanal está formado por. • El Decano. (Asesor decanal). • Los Párrocos. • Los ministros ordenados (presbíteros y diáconos) que trabajan en el Decanato. • Un representante de cada una de las pastorales. • Dos laicos por cada parroquia • Un representante de cada grupo y movimiento presente en el Decanato.

  41. ¿En qué forma se estructura el CONSEJO PASTORAL DECANAL? • El Consejo Pastoral Decanal está estructurado por: • El Pleno: comprende a todos los miembros arriba anotados. • La Comisión Permanente: • El Decano • El Secretario • Presidente, Vicepresidente y Secretario del equipo de laicos.

  42. ¿Para qué se integra el CONSEJO PASTORAL DECANAL? • El Consejo de Pastoral Decanal se integra para que estudie, dé seguimiento y evalúe el Plan Pastoral del Decanato, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Plan Pastoral de la Arquidiócesis. Para ello se hará cargo de: • Sus actividades propias propuestas en su decanato. • Su elaboración. • Su realización y • Su evaluación permanente.

  43. ¿Cuáles son las funciones del CONSEJO DE PASTORAL DECANAL? • Las funciones del Pleno del Consejo Pastoral Decanal son: • Revisar periódicamente y en su caso reformular el Plan Pastoral del Decanato, siempre alineado al Plan Pastoral de la Arquidiócesis. • Coordinar las actividades de la comunidad para la realización del mismo Plan Pastoral, respetando la justa autonomía de cada grupo, de cada sector, de cada movimiento.

  44. Analizar permanentemente tanto la realidad de la vida comunitaria como la del entorno en el que se desarrolla, con el fin de discernir, adecuar las estrategias y las actividades del Plan Pastoral, a la Luz del Espíritu Santo, a dicha realidad y así responder a las necesidades genuinas de la comunidad en orden a la Evangelización. • Darse la organización interna que se requiera para poder cumplir eficazmente con su finalidad.

  45. A partir de la constitución del CONSEJO DE PASTORAL DECANAL ¿Qué sigue para alcanzar su integración? • El Consejo de Pastoral se considerará integrado cuando se hayan cumplido las siguientes etapas: • Convocatoria. • Constitución. • Capacitación. • Elaboración del Plan de trabajo.

  46. Así pues, una vez constituido es necesario trabajar en el proceso de capacitación de sus miembros, lo cual incluye la determinación de su organización interna y la elaboración del Plan de trabajo. • El Consejo de Laicos busca animar también a los laicos que se integran a la Iglesia a través de su pertenencia a apostolados y o servicios parroquiales. Para ello, sus Estatutos   prevén que, junto con los presidentes de movimientos e instituciones, son miembros del Consejo de Laicos los representantes laicos de cada uno de los Decanatos de la Arquidiócesis, quienes a su vez integran la Comisión Permanente del Consejo. 

  47. Objetivos del trabajo con los laicos de Parroquia. • Los objetivos concretos que se propone el Consejo en el trabajo con los laicos de Parroquia son: • Animar, sostener, apoyar y acompañar a los laicos que trabajan en las Parroquias  de la Arquidiócesis "respetando y favoreciendo la actividad espontánea" (cfr. AG 30) y la espiritualidad propia de los apostolados y movimientos a que pertenecen. • Crear en los laicos de la Parroquia, conciencia de pertenencia al Decanato en particular, y  a la Iglesia Arquidiocesana en general.

  48. Estimular la reflexión común de los laicos de Parroquias, recoger inquietudes, sugerir iniciativas a tomar y proponer orientaciones generales a seguir, de acuerdo al Plan Pastoral Arquidiocesano • Favorecer la comunión, el intercambio de inquietudes, materiales, experiencias e iniciativas entre los laicos de las Parroquias de un mismo Decanato en primer lugar, y luego, entre todas las Parroquias de la Arquidiócesis. • Procurar la conformación de una red de comunicación ágil y fluida entre los laicos de Parroquias.

  49. El  Laico Delegado Decanal • Para cumplir estos objetivos, forman parte del  Consejo de Laicos, un laico delegado por cada uno de los Decanatos, siendo las funciones de los mismos:   • Participar de las reuniones del Consejo de Laicos, ante el cual actuará como representante de las inquietudes e intereses de los laicos de las Parroquias de su Decanato. • Actuar como nexo entre el Consejo de Laicos y los laicos de Parroquias, y entre los laicos del decanato entre sí.

  50. Actuar frente al decanato como animador, mediador, motivador, informador, comunicador y gestor de medios y recursos. • Estimular la complementariedad entre los delegados de las distintas Parroquias de su Decanato, propiciando crear entre ellos vínculos de comunión y participación. • Transmitir a los laicos de su Decanato todos los lineamientos que en relación con su apostolado parroquial, se propongan en el Consejo de Laicos, y toda la información vinculada con el accionar del Consejo de Laicos que pudiera ser de su interés.

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