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LEGISLACIÓN SAN EN CENTROAMÉRICA Ricardo Iglesias Enero 2011. Comité ECOSOC - ONU. La principal obligación estatal es la de adoptar medidas para lograr progresivamente el pleno ejercicio del derecho a una alimentación adecuada
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LEGISLACIÓN SAN EN CENTROAMÉRICA Ricardo Iglesias Enero 2011
Comité ECOSOC - ONU • Laprincipalobligaciónestatalesladeadoptarmedidasparalograrprogresivamenteelplenoejerciciodelderechoaunaalimentaciónadecuada • Estasmedidashandegarantizaratodapersonaqueseencuentrebajosujurisdicción,almenos,elaccesoalmínimodealimentosesenciales,suficientes,inocuosynutritivamenteadecuadosparaprotegerlacontraelhambre
Comité ECOSOC - ONU • LaobligaciónderespetarelaccesoexistenteaunaalimentaciónadecuadarequierequelosEstadosnoadoptenmedidasdeningúntipoquetenganporresultadoimpedireseacceso. • LaobligacióndeprotegerrequierequeelEstadoParteadoptemedidasparavelarporquelasempresasolosparticularesnoprivenalaspersonasdelaccesoaunaalimentaciónadecuada.
Comité ECOSOC - ONU • Laobligaciónderealizar(facilitar)significaqueelEstadodebeprocurariniciaractividadesconelfindefortalecerelaccesoylautilizaciónporpartedelapoblacióndelosrecursosymediosqueasegurensusmediosdevida,incluidalaseguridadalimentaria.Porúltimo,cuandounindividuooungruposeaincapaz,porrazonesqueescapenasucontrol,dedisfrutarelderechoaunaalimentaciónadecuadaporlosmediosasualcance,losEstadostienenlaobligaciónderealizar(hacerefectivo)esederechodirectamente.Estaobligacióntambiénseaplicaalaspersonasquesonvíctimasdecatástrofesnaturalesodeotraíndole
Comité ECOSOC - ONU • ,LosEstadosdebenaprobarunaestrategianacionalquegaranticelaseguridadalimentariaydenutriciónparatodos,sobrelabasedelosprincipiosdelosderechoshumanosquedefinenlosobjetivos,yformularlaspolíticasylosindicadorescorrespondientes.Tambiéndeberánidentificarselosrecursosdisponiblesparacumplirlosobjetivosylamaneradeaprovecharlosmáseficazenfuncióndeloscostos.
Comité ECOSOC - ONU • ElComitéhareconocidolanecesidaddequelaestrategianacionalintegreuncomponentejurídicoysugierequelosEstadosdebenconsiderenlaposibilidaddeaprobarunaleymarcocomoinstrumentobásicodeaplicacióndelaestrategianacionalparaelderechoalaalimentación.
Constituciones CA • Reconocen de manera general el derecho humano a la salud y al bienestar, así como otros derechos ECOSOC • Representan el marco general para sustentar el derecho a la alimentación de manera expresa o con una interpretación progresiva • Le dan sustento a Leyes de Seguridad Alimentaria y Nutricional
Guatemala • ElEstadoprotegerálasaludfísica,mentalymoraldelosmenoresdeedadydelosancianos.Lesgarantizarásuderechoalaalimentación,salud,educaciónyseguridadyprevisiónsocial. • ElEstadovelaráporlasaludylaasistenciasocialdetodosloshabitantes.Desarrollará,atravésdesusinstituciones,accionesdeprevención,promoción,recuperación,rehabilitación,coordinaciónylascomplementariaspertinentesafindeprocurarleselmáscompletobienestarfísico,mentalysocial.
El Salvador • EsobligacióndelEstadoaseguraraloshabitantesdelaRepública,elgocedelalibertad,lasalud,lacultura,elbienestareconómicoylajusticiasocial.
Honduras • Todoniñodeberágozardelosbeneficiosdelaseguridadsocialylaeducación.Tendráderechoacrecerydesarrollarseenbuenasalud,paralocualdeberáproporcionarse,tantoaélcomoasumadre,cuidadosespecialesdesdeelperíodoprenatal,teniendoderechoadisfrutardealimentación,vivienda,educación,recreo,deportesyserviciosmédicosadecuados. • ElPoderEjecutivofomentarálosprogramasintegradosparamejorarelestadonutricionaldeloshondureños.
Nicaragua • Losnicaragüensetienenderecho,porigual,alasalud.ElEstadoestablecerálascondicionesbásicasparasupromoción,protección,recuperaciónyrehabilitación. • CorrespondealEstadodirigiryorganizarlosprogramas,serviciosyaccionesdesaludypromoverlaparticipaciónpopularendefensadelamisma. • Losciudadanostienenlaobligacióndeacatarlasmedidassanitariasquesedeterminen. • Esderechodelosnicaragüensesestarprotegidoscontraelhambre.ElEstadopromoveráprogramasqueasegurenunaadecuadadisponibilidaddealimentosyunadistribuciónequitativadelosmismos.
Costa Rica • ElEstadoprocuraráelmayorbienestaratodosloshabitantesdelpaís,organizandoyestimulandolaproducciónyelmásadecuadorepartodelariqueza. • ElEstadoproporcionaráalimentoyvestidoalosescolaresindigentes,deacuerdoconlaley.
Tratados Internacionales • Gozan de una situación privilegiada frente a las leyes nacionales • Reconocen de manera clara el derecho a la alimentación • Establecen procedimientos cuando no existen recursos en la jurisdicción interna • Los países de CA han adoptado los más importantes tratados internacionales de derechos humanos
PACTO ECOSOC Artículo 11 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. 2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para: a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales; b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan.
Leyes • Guatemala: Ley del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2005) • El Salvador: Anteproyecto(s) de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional • Honduras: Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2011) • Nicaragua: Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional • Costa Rica: Ley Marco de Seguridad y Soberanía Alimentaria y Nutricional (2004) ?
Fortalezas • Marco constitucional suficiente para el reconocimiento del derecho a la alimentación • Reconocimiento del derecho a la alimentación en tratados ratificados y sistema internacional de protección • Leyes reconocen el derecho a la alimentación • Leyes crean un sistema y una institucionalidad para articular las acciones nacionales en materia SAN • Construcción participativa de la ley y posibilidad de acciones desde la sociedad civil
Retos • Justiciabilidad • Enfoque de derechos – responsabilidad del Estado • Garantía de presupuesto • Funcionamiento del Sistema y de la Institucionalidad