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MANEJO DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS LABORALES. Álvarez, Silvana Garzón, Kléber Ortega, Diana Pinto, Daniela Villacís, Santiago O c t a v o S e m e s t r e “B”. TRABAJO. FORMAS DE TRABAJO Y SU RETRIBUCIÓN. PRINCIPIO 14.
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MANEJO DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS LABORALES Álvarez, Silvana Garzón, Kléber Ortega, Diana Pinto, Daniela Villacís, Santiago • Octavo Semestre “B”
FORMAS DE TRABAJO Y SU RETRIBUCIÓN
En todo caso la huelga es el recurso final que asiste a los trabajadores para defender sus derechos cuando han fracasado las conversaciones de conciliación y de entendimiento con los empresarios.
- En una empresa los trabajadores pueden decidir suspender colectivamente sus labores por inconformidad en las condiciones de trabajo actuales, una de las razones de huelga más comunes se origina porque el empleador no ha cancelado durante mucho tiempo los salarios al personal.
- El paro en una empresa importadora puede darse porque se ha suscitado una subida arancelaria, que ocasiona crisis financiera y la suspensión del trabajo es el único medio para equilibrar su negocio en peligro. - Otro motivo de paro, es el hecho de que una industria por ejemplo textilera, se ha quedado sin materia prima debido a que la que tenía fue sustraída, y ésta necesita proveerse comprando en el exterior.
Igual plazo deberá mediar entre la declaratoria de huelga y la suspensión de labores, en las empresas de energía eléctrica, agua potable, distribución de gas y otros combustibles, hotelería, bancos privados, asociaciones de ahorro y crédito para la vivienda y entidades financieras, transportes, provisión de artículos alimenticios, hospitales, asilos y, en general, los servicios de salubridad.
- Comúnmente en el país se genera una paralización del transporte de pasajeros, debido a que se reclama el incremento en el valor del pasaje, eso causa malestar especialmente en los usuarios de estos medios. Lo que sucedió por ejemplo, en Ambato el 29 de septiembre del año anterior.
- Por otra parte algo también muy constante en el Ecuador es la paralización de las actividades educativas, como es el caso de lo sucedido el 15 de septiembre del año 2009, en donde los dirigentes de la Unión Nacional de Educadores (UNE) iniciaron el paro nacional indefinido de actividades académicas.
- El cuerpo de bomberos de Manta, el 26 de marzo de 2008, efectuó una paralización debido a que la estación de servicios Surcompi encargada de abastecimiento de combustible, se negó a darles más crédito luego de que ya adeudaban 2.057,54 USD.
El principio 16 de la Constitución dice: “En las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, quienes cumplan actividades de representación, directivas, administrativas o profesionales, se sujetarán a las leyes que regulan la administración pública...”
Además, tiene relación con el Art. 3 del Código de Trabajo donde se hace referencia a la libertad de trabajo y contratación, manifestando que:
La aplicación del principio 16 se puede constatar cuando ELEPCO S.A. (Empresa Eléctrica Provincial de Cotopaxi) que es una empresa cuya participación es mayoritaria de recursos públicos, contrata los servicios de auditoría externa, es decir, servicios profesionales; aquí se está efectuando el servicio mediante un contrato, y la firma auditora gozará de todos los derechos que por tanto le corresponden.
CONCLUSIÓN El trabajo es una actividad, realizada por una o varias personas orientadas hacia una finalidad, y es a la vez derecho y deber social de los ciudadanos, por cuanto permite el progreso y desarrollo de un país.