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Supervisión del Trabajo. MCs. Marleny Bermúdez F. Septiembre, 2013. Convenio N. 81 OIT. Acceso: 1 .- Políticas de prevención y cooperación técnica 2.-Catalizador del dialogo social 3.-Promocion de la cultura de salud y seguridad
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Supervisión del Trabajo MCs. Marleny Bermúdez F. Septiembre, 2013
Convenio N. 81 OIT Acceso: 1.- Políticas de prevención y cooperación técnica 2.-Catalizador del dialogo social 3.-Promocion de la cultura de salud y seguridad La función principal de una inspección del trabajo moderna: GARANTIZAR LA PAZ SOCIAL MEDIANTE LA PREVENCION DE ACCIDENTE Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES • La Supervisión efectiva • Asesoría técnica • Velar por el cumplimiento de la normativa socio-laboral • Aporte de soluciones adecuadas • Desarrollar planes de acción de la nación que permitan hacer del trabajo Dente una meta global
Base Legal del Sistema del Inspección en Venezuela • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 87 y 89). • Convenios 81 y 155 de la OIT. • Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras. • Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
MINISTRA VICEMINISTRO DEL TRABAJO DIRECCIÓN GENERAL DE RALACIONES LABORALES D. INSP. NAC. DE SECTOR PÚBLICO D. INSP. NAC. SECTOR PRIVADO D. INSPECCIÓN Y CONDICIONES DE TRABJO D. MEDIACIÓN CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE COORDINACIONES DE ZONA AG. EMPLEO INSPECTORÍAS DEL TRABAJO PROCURADURÍA SALA DE SINDICATOS SALA DE CONTRATOS SALA DE FUEROS SALA DE SANCIONES UNIDAD DE SUPERVISIÓN SALA DE RECLAMOS Y CONCILIACIÓN
Artículo 499, numeral 7 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras “Supervisar, inspeccionar y fiscalizar las entidades de trabajo para garantizar el cumplimiento de las normas del trabajo, particularmente las relacionadas con las condiciones de trabajo, de salud y seguridad laboral”
Trabajo-Salud Redescubrimiento: Relación Trabajo-Salud Problema: Medioambiental Trabajo: Kelly G.M., 2000 Significados semánticos e implicaciones conceptuales: Instrumental o Utilitario, Individual, Etico, Social e Institucional.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES.OBJETO (ART. 1) TRABAJO COMO HECHO SOCIAL LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS SITUACIONES Y RELACIONES JURÍDICAS DERIVADAS DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS • PROTEGER • GARANTIZAR • REGULAR
JORNADA DE TRABAJO LÍMITES DE LA JORNADA DE TRABAJO • El artículo 173 de la LOTTT establece los límites para la jornada diaria y la jornada semanal de trabajo. • La jornada semanal no podrá exceder de cinco días de trabajo y el trabajador tiene derecho a que se le concedan dos días continuos de descanso.
JORNADA DE TRABAJO HORARIO A 8:00 am A 12:00 m 1:00 pm A 5:00 pm DIAS DE DESCANSO SABADO Y DOMINGO HORARIO B 7:30 am A 12:00 m 1:30 pm A 4:00 pm DIAS DE DESCANSO LUNES Y MARTES HORARIO C 9:00 am A 5:00 pm ½ hora para comida DIAS DE DESCANSO DOMINGO Y LUNES EJEMPLOS DE JORNADA DIURNA: En estos ejemplos se cumplen con las cuatro condiciones establecidas: • La jornada diaria no supera el número de 8 horas permitidas por la Ley para la jornada diurna. • En el Horario A se establece una hora para reposo y comida y en el Horario B hora y media que no se cuentan como parte de la jornada. En el Horario C se establece sólo media hora, pero si se cuenta como parte de la jornada de 8 horas. • c) Se laboran cinco días a la semana de 8 horas cada uno, por lo que la jornada semanal no supera el límite de 40 horas establecido en la Ley para la jornada diurna. • d) El trabajador disfruta cada semana de dos días de descanso continuos. Nótese que en el Horario B, los días de descanso son lunes y martes, por lo que en ese horario de trabajo está contemplado el domingo como día laborable.
JORNADA DE TRABAJO • HORARIO A • 8:00 pm A 11:00 pm • 12:00 pm A 4:00 am • DIAS DE DESCANSO • DOMINGO Y LUNES • HORARIO B • 11:00 pm A 6:00 am • ½ hora para comida • DIAS DE DESCANSO • SABADO Y DOMINGO • HORARIO C • 4:00 pm A 6:30 pm • 7:30 pm A 12:00 pm • DIAS DE DESCANSO • DOMINGO Y LUNES EJEMPLOS DE JORNADA NOCTURNA: • En estos ejemplos se cumplen con las cuatro condiciones establecidas: • La jornada diaria no supera el número de 7 horas permitidas por la Ley para la jornada nocturna. • En los Horarios A y C se establece una hora para reposo y comida que no se cuentan como parte de la jornada. En el Horario B se establece ½ hora de reposo y comida que si se cuenta como parte de la jornada. • Se laboran cinco días a la semana de 7 horas cada uno, por lo que la jornada semanal no supera las 35 horas establecidas en la Ley para la jornada nocturna. • El trabajador disfruta cada semana de dos días de descanso continuos. • Nótese que en el Horario C hay horas diurnas ya que el horario comienza a las 4:00 pm, sin embargo como la jornada tiene mas de 4 horas nocturnas se considera que toda la jornada es nocturna y por lo tanto todas las horas trabajadas tienen un recargo por bono nocturno de al menos un 30%, (Art. 117, LOTTT)
JORNADA DE TRABAJO • HORARIO A • 1:00 pm A 5:30 pm • 7:00 pm A 10:00 pm • DIAS DE DESCANSO • DOMINGO Y LUNES • HORARIO B • 2:00 pm A 9:30 pm • ½ hora para comida • DIAS DE DESCANSO • SABADO Y DOMINGO • HORARIO C • 1:00 pm A 8:30 pm • 1 hora para comida • DIAS DE DESCANSO • DOMINGO Y LUNES EJEMPLOS DE JORNADA MIXTA: • En estos ejemplos se cumplen con las cuatro condiciones establecidas: • La jornada diaria no supera el número de 7½ horas permitidas por la Ley para la jornada mixta. Se considera jornada mixta porque hay horas nocturnas sin que sean más de cuatro. En el horario A hay 3 horas nocturnas, en el B hay 2½ horas nocturnas y en el C hay hora y media. Las horas nocturnas deben ser pagadas con al menos un 30% de recargo de bono nocturno. • En el Horario A se establece una hora y media para reposo y comida que no se cuentan como parte de la jornada. En el Horario B se establece ½ hora de reposo y comida y en el Horario C se establece una hora que si se cuentan como parte de la jornada. • Se laboran cinco días a la semana de 7½ horas cada uno, por lo que la jornada semanal no supera las 37½ horas establecidas en la Ley para la jornada mixta. • El trabajador disfruta cada semana de dos días de descanso continuos.
PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS ANUALES O UTILIDADES(ART.131 AL 140 LOTTT) FÓRMULAS • BENEFICIOS REPARTIBLES = BR. • ENRIQUECIMIENTO NETO = EN. • FACTOR = Q • TOTAL ANUAL SALARIOS DE TODOS LOS TRABAJADORES = TAST • BENEFICIO INDIVIDUAL DE CADA TRABAJADOR = BIT • TOTAL ANUAL SALARIOS POR TRABAJADOR = M BR = EN x 15 % Q = BR__ TAST BIT = Q x M BIT = Q x (SALARIOS x 12 MESES)
PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS ANUALES O UTILIDADES(ART.131 AL 140 LOTTT) FÓRMULAS BR = 600.000,00 Bs x 15 % = 90.000,00 Bs Q = 90.000,00 Bs = 0,7129.820,00 126.000,00 Bs BIT = Q x M BIT = Q x (SALARIOS x 12 MESES) BIT = 0,71 x 42.000,00 Bs = 29.820,00 LÍMITE MÍNIMO = 30 DIAS = 3.500,00 Bs LÍMITE MÁXIMO = 120 DIAS = 14.000,00 Bs29.820,00 LA ENTIDAD DE TRABAJO EN ESTE CASO ESTÁ OBLIGADA A CANCELAR EL LÍMITE MÁXIMO
marlenybermudezf@hotmail.com INSPECTORIA DEL TRABAJO UNIDAD DE SUPERVISION-PORLAMAR PISO-1