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ASIGNACIÓN DE TRIBUTOS Y CORRESPONSABILIDAD AUTONÓMICA EN ESPAÑA. BARCELONA – 30 DE MAYO DE 2006 Juan A. Gimeno (UNED). EL REPARTO RELATIVO. 85 – 0 - 15 ¿50 – 25 – 25? 20 + 30 – 35 - 15 30 – 50 – 20. El régimen foral. Diputaciones vascas y navarra
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ASIGNACIÓN DE TRIBUTOS Y CORRESPONSABILIDAD AUTONÓMICA EN ESPAÑA BARCELONA – 30 DE MAYO DE 2006 Juan A. Gimeno (UNED)
EL REPARTO RELATIVO • 85 – 0 - 15 • ¿50 – 25 – 25? • 20 + 30 – 35 - 15 • 30 – 50 – 20
El régimen foral • Diputaciones vascas y navarra • Recaudación en las diputaciones y compensación por cargas asumidas • No hay participación en mecanismos de solidaridad • No hay relación entre agencias • Resultados privilegiados
LOS OBJETIVOS (CC.AA.) - R.C.Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001 • Estabilidad • Generalidad • Suficiencia, autonomía y solidaridad • Ampliación de la corresponsabilidad fiscal • Coordinación • Integración de todos los servicios públicos • Estabilidad presupuestaria • Participación en la Agencia Tributaria y en los Tribunales Económico - Administrativos
La corresponsabilidad: • la provisión de los servicios públicos fundamentales es una responsabilidad compartida por los distintos niveles • la competencia específica de gestión se asigna al nivel más eficiente en cada caso • cada administración territorial debe tener plena autonomía que implica recursos financieros suficientes y capacidad para decidir su nivel y composición • cada gobierno autónomo es responsable ante sus ciudadanos de gastos y de ingresos • la autonomía va acompañada de un sistema cooperativo
Grado de corresponsabilidad • Legislación básica • Tipos y deducciones • Gestión e Inspección • Recaudación
Las CC.AA. tienen ya reconocido un margen de autonomía financiera • Pero sólo una pequeña parte de los recursos financieros depende de la propia autonomía financiera. • Incentivos evidentes: • subir la presión fiscal = coste político vs. aumento reducido de los ingresos totales. • reclamar al poder central: afecta al grueso de los ingresos y no sólo no costes políticos sino incluso refuerzo electoral.
ALGUNOS TEMORES • Coste político (autonómico) • Pérdida de poder (central) • Merma de solidaridad • Ausencia de cooperación • Pérdida de unidad de mercado (de ayuntamientos a Unión Europea) • Competencia fiscal a la baja
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Trans. Patr. y Actos Jur. Doc. 100 Autonómica Recaudación territorial Mayoría de los tipos; deducciones y bonificaciones TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Sucesiones y Donaciones 100 Autonómica Recaudación por residencia Tarifa, reducciones, deducciones y bonificaciones TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Medios de Transporte 100 Autonómica Recaudación territorial Incremento del tipo hasta un 10% TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Juego 100 Autonómica Recaudación territorial Total TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Patrimonio 100 Central Recaudación residentes Mínimo exento, tarifa, deducciones y bonificaciones TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa IRPF 33 Central Recaudación residentes Tarifa autonómica y deducciones TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa IVA 35 Central % consumo estadístico Ninguna TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Cerveza 40 Central % consumo estadístico Ninguna TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Alcohol 40 Central % consumo estadístico Ninguna TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Tabaco 40 Central Índices de ventas a exp. de tabaco ponderadas Ninguna TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
Impuesto % aut. Gestión Criterio Imputación Capacidad normativa Hidrocarburos 40 Central Índices de entregas ponderadas Ninguna TRIBUTOS AUTONÓMICOS (CEDIDOS)
REGLAS 1.El sistema debe garantizar a las haciendas territoriales recursos totales suficientes para atender las competencias asumidas, independientemente de su mayor o menor nivel de renta.
REGLAS 2. Las figuras tributarias adscritas a las administraciones territoriales deben concentrar su incidencia en el ámbito territorial correspondiente y gozar de cierta estabilidad recaudatoria.
REGLAS 3. La corresponsabilidad exige que la mayor parte de los recursos de cada Hacienda deje en sus manos la fijación de la presión tributaria.
Esta condición no se cumplía para las Comunidades Autónomas y la última reforma ha venido a corregir sólo parcialmente esta situación. Se ha ampliado el margen normativo PERO la mayor parte de los recursos provienen de tributos sin capacidad normativa. AVANCE INSUFICIENTE.
La participación individualizada en los ingresos de otro nivel de gobierno, basada en criterios estadísticos indirectos y sin participación normativa alguna, • Avanza en visibilidad y en incentivo a aumentar bases • Pero presenta más inconvenientes que ventajas.
Porque... • supone mayor complejidad del sistema • supone mayor grado de inseguridad • pone en peligro la suficiencia • incrementa la inestabilidad del sistema • refuerza los efectos de crisis asimétricas • no mejora la corresponsabilidad
REGLAS • Las competencias referidas a un tributo estén encomendadas fundamentalmente a aquella administración a quien correspondan la mayor parte de los recursos que se obtengan.
IDONEIDAD PARA LA DESCENTRALIZACIÓN DE LAS DISTINTAS FIGURAS (CC.AA.)
Las últimas reformas que han afectado a los modelos de financiación de las haciendas territoriales españolas, han supuesto un esfuerzo por avanzar en la autonomía, la transparencia y la corresponsabilidad de nuestro sistema de federalismo fiscal. • La inclusión de la imposición indirecta y la diversificación de fuentes son avances positivos en esas reformas.
Próximos acuerdos • Bilateralidad vs. Multilateralidad • Mayor capacidad normativa • Incremento de porcentajes: • IRPF del 33% al 50% • IVA del 35% al 50% • Impuestos especiales: del 40% al 58% • Fase minorista
LAS DISTINTAS ALTERNATIVAS DE UTILIZACIÓN DEL I.V.A. • Participación en recaudación • Cesión I.V.A. minorista • Cesión I.V.A. minorista como base de participación • Recargo autonómico sobre la base I.V.A. en fase minorista • Impuesto territorial sobre las ventas en fase minorista
Otros aspectos • Agencia Tributaria de Cataluña • Consorcio • Ventanilla única • Solidaridad • Visibilidad • Límites • Esfuerzo fiscal
Opiniones finales • Liderazgo pero multilateralidad • Debate objetivo vs. Debate visceral • Delimitar figuras vs. Repartos proporcionales • Figuras idóneas vs. Repartos estadísticos • Gestión consorciada y ventanilla única • Aproximación foral - común • Solidaridad efectiva y transparente