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REGIMEN ESPECIAL DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS. JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR. NORMATIVIDAD:. Ley 28015 (13.JUL.203). Promoción y formalización de la MYPE. Decreto Supremo 009-2003-TR (27.JUL.2006). Reglamento de la MYPE. Ley 28851 (28.JUN.2008). Modifica la Ley 28015.
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REGIMEN ESPECIAL DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR
NORMATIVIDAD: • Ley 28015 (13.JUL.203). • Promoción y formalización de la MYPE. • Decreto Supremo 009-2003-TR (27.JUL.2006). • Reglamento de la MYPE. • Ley 28851 (28.JUN.2008). • Modifica la Ley 28015. • Decreto Legislativo N° 1086 • Promoción de la Competitividad, formalización y desarrollo de la MYPE y del acceso al empleo decente. • TUO de la Ley MYPE Decreto Supremo N° 007-2008-TR (30/09/08) (Vigencia 01/10/08) • Reglamento del TUO de la Ley Mype Decreto Supremo N° 008-2008-TR (30/09/08) • LEY Nº 29271. Ley que transfiere al Ministerio de la Producción las funciones y competencias sobre las Micro y Pequeñas empresas. • Decreto Supremo N° 024-2009-PRODUCE (Mod. Art. 30, 34, 43, 44, 64, 65 y 68, del Reglamento del TUO.)
INTRODUCCIÓN: • Es la nueva Ley de Trabajo?….. recordar que casi el 80% de las empresas en el Perú, son pequeñas empresas… • Novedad principal: es permanente, ya no es temporal como la Ley anterior No. 28015. • Novedad: Régimen de salud y pensionario semi subsidiado por el Estado, en el caso de Microempresas, en el caso de las pequeñas empresas el 9% es asumido por el empleador y la pensión por el trabajador. • Reducción en el monto de beneficios sociales a los trabajadores de la pequeñas empresas.
CARACTERÍSTICAS: • Cuál es el objeto de la Ley Mype? Art. 1 Ley…. Tiene por objeto esencial la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micro y pequeñas empresas para la ampliación del mercado interno y externo de éstas, en el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y formalización de la economía, para el acceso progresivo al empleo en condiciones de dignidad y suficiencia. • Las Mypes deberán reunir copulativamente los siguientes requisitos: • Cómputo del número máximo de trabajadores. • Nivel de ventas.
AMBITO OBJETIVO • Empresas generadoras rentas de tercera categoría. • Puede ser : E.I.R.L., S.R.L., S.A., S.A.C. • Máximo: 20 socios. • Microempresas que desarrollan actividades del sector agrario. • Juntas de Propietarios. NO SE INCLUYEN: • POR VINCULACION: • - Por conformar un grupo económico. • - Por vinculación económica.
AMBITO OBJETIVO • POR TIPO DE ACTIVIDAD: • - Las MYPE sujetas a otros regímenes laborales. • - Bares, discotecas, juegos de azar, afines. • - Pequeñas empresas que desarrollan actividades del sector agrario. • - Las que no desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría. • POR PROBLEMAS DE INSCRIPCIÓN: • - Los que falsean información. • Los que dividen sus unidades de producción. • POR VÍNCULO LABORAL ANTERIOR
AMBITO SUBJETIVO • Todo trabajador que presta servicios a una MYPE. • ¿Es válido la celebración de nuevos contratos de trabajo, aparentemente voluntarios, sometiéndose al nuevo régimen, si anteriormente tuvo vínculo laboral? • Principio de irrenunciabilidad de Derechos APLICACIÓN SUPLETORIA DEL REGIMEN LABORAL COMUN: • En vía supletoria. • En vía de exclusión. • - Empresas acogidas al régimen de la MYPES.
DERECHOS Y BENEFICIOS SOCIALES: • Remuneraciones: R.M.V. • Jornada y horario de trabajo. • Descansos remunerados. • Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. • Compensación por tiempo de servicios. • Despido injustificado. • Utilidades. • Seguro de Vida. DERECHOS COLECTIVOS: • Convenios Colectivos de Trabajo a nivel de rama de actividad? • Trabajadores de Mypes. SEGURIDAD SOCIAL
REGIMEN DE APLICACIÓN TEMPORAL: • Trabajadores con vínculo anterior. SUPUESTOS: • a) Si el trabajador cesa y es contratado antes de la vigencia de la nueva ley. • b) Si el trabajador cesa antes de la vigencia de la nueva ley y es contratado con posterioridad. • c) Si el trabajador es contratado antes de la vigencia de la nueva ley y vence durante su vigencia. • d) si el trabajador cesa estando vigente la nueva ley y es recontratado después de 02 meses. • e) Reposición del trabajador despedido. INDEMNIZACIÓN ESPECIAL:
PERMANENCIA EN EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL: • Régimen de la MYPE es de naturaleza permanente. • Paso del Régimen MYPE al régimen común. JURISPRUDENCIA: • Casación 941-202-DEL SANTA. (02.MAR.2004). • “El régimen laboral de la actividad privada regula diversos regímenes en razón de la peculiaridad de sus labores, por eso, para ubicar la esencia del problema es preciso verificar si es que en este proceso se ha determinado con claridad el requisitos indispensable para determinar si se han aplicado correctamente o no las disposiciones materiales pertinentes. • “En éste sentido, si en el proceso no se ha determinado si la emplazada tiene o no la calidad de pequeña empresa, dedicada a la extracción de la pesca, y si tiene la condición de empleadora, procede declarar la nulidad del fallo” ¿CENTROS EDUCATIVOS, PUEDEN INCORPORARSE AL RÉGIMEN MYPE?