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MATERIA: DERECHO PENAL II CATEDRATICO: LIC. ENA GPE. TOLEDO Y LOPEZ ALUMNOS: NORMA Y HERMENEGILDO

MATERIA: DERECHO PENAL II CATEDRATICO: LIC. ENA GPE. TOLEDO Y LOPEZ ALUMNOS: NORMA Y HERMENEGILDO TEMA: ART. 137, ROBO DE INFANTE.

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MATERIA: DERECHO PENAL II CATEDRATICO: LIC. ENA GPE. TOLEDO Y LOPEZ ALUMNOS: NORMA Y HERMENEGILDO

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  1. MATERIA: DERECHO PENAL II CATEDRATICO: LIC. ENA GPE. TOLEDO Y LOPEZ ALUMNOS: NORMA Y HERMENEGILDO TEMA: ART. 137, ROBO DE INFANTE.

  2. Medios informáticos: En México no hay cifras oficiales sobre el robo y extravió de menores, pero algunas organizaciones no gubernamentales como, la fundación de padres y madres de niños perdidos estiman que 500 mil menores han desaparecido en los últimos 5 años. Ante ello, legisladores y organizaciones sociales consideran que es urgente crear un banco nacional de datos sobre niños robados y desaparecidos para rebasar el tema, que ha rebasado tanto a las autoridades como a las agrupaciones civiles.

  3. Las fundaciones civiles exponen que la mayoría de esos menores son vendidos para adopción ilegal, dentro y fuera del país, explotación laboral y sexual, e incluso para trafico de órganos, además del secuestro. • Aunque no existen datos precisos, las organizaciones civiles señalan que el problema aumenta cada año, por lo cual es necesario cruzar entre las distintas entidades y oficinas estatales del dif. Para agilizar la recuperación de esas personas. La presidenta de la asociación mexicana para niños robados, expreso que el gobierno no tiene cifra global de menores robados y desaparición de infantes por estados, por lo que la estadística es de cada organización.

  4. Se explica que no hay una edad especifica de los niños que son robados, ya que hay casos de robo de menores de tan solo unas horas de nacidos, hasta jóvenes de 16 a 17 años. • Otros informan que en México, en los últimos 3 años han desaparecido 150 mil menores de edad, según las organizaciones particulares, de los cuales la PGR, solo tiene el dato de que de esta cantidad, el 30% es utilizado en la prostitución. • Investigaciones internacionales han detectado un club de personajes de alto poder adquisitivo, dedicado al robo de niños en diferentes países; Cuando los menores ingresan al club, reciben todo lo necesario para su bien estar físico.

  5. Se les realizan exámenes médicos que determinan su tipo de sangre y sus características genéticas para que en el momento en que cualquiera de los miembro del club o de sus familiares requiera de un órgano, éste le sea extraído con métodos de alta sofisticación, al menor compatible con el enfermo; entre otras aberraciones sexuales, para lo que al socio(mendigo), se le ofrezca.

  6. Art. 137 CPSLP.- Dice que comete el robo de infante o incapaces quien sustraiga de su custodia legitima a un menor o incapaz, o lo retenga sin el consentimiento de quien tenga su legítima custodia o guarda. • Este delito se sancionará con una pena de ocho a cuarenta años de prisión y sanción pecuniaria de ochocientos a cuatro mil días de salario mínimo. • Art.138, CPSLP.- Cuando el delito lo cometa un familiar del menor o incapaz, que no ejerza sobre él la patria potestad ni la tutela, la pena será de cuatro a doce años de prisión, y una sanción pecuniaria de ochenta a doscientos cuarenta días de salario mínimo.

  7. Art. 139, CPSLP.- Si el menor o incapaz es restituido espontáneamente a su familia o a la autoridad dentro de los tres días siguientes en el que hubiere concurrido el hecho y sin que se le cause perjuicio, se impondrá una pena de dos a seis años de prisión, y una sanción pecuniaria de cuarenta a ciento veinte días de salario mínimo.

  8. Alguno legisladores piden TIPIFICAR la sustracción de menores como robo ya que es erróneo, puesto que el robo solo se relaciona con objetos, no con personas. Afirman que la figura de robo de infante es deficiente para poder aplicar la ley, toda vez que en materia jurídica, el robo se refiere a objetos y no a personas, esta contradicción ocasionaba que quien era acusado por ese delito obtuviera con facilidad un amparo. Ello motivo que se cambiara por el de privación ilegal de libertad.

  9. ANALISIS DE TIPO PENAL. • ACCIÓN.- Quien sustraiga menores sin el consentimiento del tutor, de .30 minutos hasta de 16- 17 años de edad. • SUJETO ACTIVO.- Cualquier persona y quien ordene la sustracción. • SUJETO PASIVO.- El infante o incapaz y/o los incautos padres. • MEDIOS DE COMISIÓN.- Provocar el hurto del menor o incapaz. • OBJETO MATERIAL.- El dividendo del hurto. • REFERENCIA TEMPORAL.- En cualquier momento de .30 horas – 17 años de nacido. • ELEM. SUBJETIVO.- Premeditación, Alevosía y ventaja.

  10. EJEMPLOS DE ROBO DE INFANTE. • 1.- En los hospitales, por mujeres que se hacen pasar como enfermeras. • 2.- por mujeres que se hacen pasar como de la alta sociedad, quien aprovechándose de la idiosincrasia y de los bajos recursos económicos de la futura madre, prometen pagarle los gastos clínicos, hurtándoselos en el momento del parto. • 3.- Por hombres caritativos en las escuelas, apoderándose de la confianza del menor y de los padres. • 4.- por el cónyuge, por venganza, despecho y lucro, (por lo regular este esta catalogado como el número uno). Entre otros varios modos de sustracción de menores.

  11. COMPARACIÓN DE CODIGOS PENALES. • San Luis Potosí.- CP.- Art. 137, Sanción de 8-40 años de prisión. • Sanción pecuniaria.- De 800-4000 días de salario mínimo. • Art. 138, cuando el delito lo comete un familiar.- De 4-12 años de prisión. • Sanción pecuniaria.- De 80-240 días de salario mínimo. • Art. 139, el menor es restituido espontáneamente a su familia, de 2-6 años de prisión y una sanción pecuniaria de 40- 120 días de salario mínimo. • CODIGO PENAL DE BOLIVIA: Art. 246, (substracción de un menor o incapaz de 16 años), se sanciona con privación de la libertad de 1 – 3 años. Sanción pecuniaria: no trae:

  12. BOLIVIA • EXPLOTACIÓN DE ADOLECENTE E INFANTILES • PEA, Ocupados menores DE 18 AÑOS, 21% • Varones 25% Tasa de las formas peores • Mujeres 16% del trabajo infantil de 10- • De 15-17 años 41% 18 años, 80% • - Área Urbana 11% Localización del trabajo inf. Y PEA • - Área Rural 36% Amazonia 34%, Sierra 28, costa 13% • TRABAJO INFANTIL. • Tasa de 5-9 años, 7% , 109,060.00 • Tasa de 10-14 años 24%, 350,550.00

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