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Inexactitudes Registrales. PROF. DRA. LUCILA ORTIZ DE DI MARTINO 2014. Contenido del asiento. Instrumentos auténticos y autenticados (principio de autenticidad). Documento escrito Lleva la intervención de un funcionario público o dotado de una función pública.
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Inexactitudes Registrales PROF. DRA. LUCILA ORTIZ DE DI MARTINO 2014
Contenido del asiento • Instrumentos auténticos y autenticados (principio de autenticidad) Documento escrito Lleva la intervención de un funcionario público o dotado de una función pública. Con contenido de verdad jurídica. Solamente cuestionada por redargución de falsedad.
Clases de asientos • Inscripción • Anotación • Cancelación • Notas marginales
Valor del asiento • Instrumento público (Art. 375 inciso g) del Código Civil. • Instrumento Público hace plena fe entre partes y terceros (Art. 385 Código Civil) • Haberse ejecutado el acto • Convenciones • Enunciaciones relacionadas con el objeto principal
Valor del asiento • Los instrumentos privados prueban contra terceros y sucesores a título singular la fecha cierta • Art. 408 del Código Civil • a) exhibición en juicio • b) autenticación o certificación por escribano • c) transcripción de cualquier registro público • d) fallecimiento o incapacidad de firmar por cualquiera de las partes o tetigos
Concepto yFormas de Inexactitudes • Desacuerdo entre el asiento y la realidad extraregistral • Asiento equivocado (error). • Ideológico • Material • Asiento incompleto (omisión). • Todo error y toda omisión son involuntarios.
Iter o trayectoria documental • Matriz • Antes de las firmas: enmiendas, entrelíneas, borraduras, alteraciones en puntos capitales (no salvadas, documento anulable, Art. 378 inc. b) Código Civil. • Después de firmada por las partes antes que el escribano lo hubiese hecho, podrán corregirse o agregarse a continuación Art. 395 del Código Civil. • Escrituras complementarias o Escrituras rectificatorias. • Testimonio • Asiento • Clisé
Inexactitud en el documento • Fecha y lugar • Nombres de las partes, representantes y testigos • Objeto y naturaleza • Poderes y documentos habilitantes • Fe de conocimiento • Ante mí (declaración y entregas) • Lectura y firmas con indicación de impedimento en la firma a ruego • Orden cronológico del protocolo • Art. 396 Código Civil – Producen la nulidad
Formas de subsanación En cuanto al documento1: • Homogeneidad documental • Presencia • Circular 40/2000 En cuanto al Notario: • Diferencia entre rogación y comparecencia 1Felipe Pedro Villaró. Capítulo VI: Rectificación de asientos. En: Elementos de derecho registral inmobiliario. 2003, 3ª Ed. Scotti Editora. Argentina.
Personas obligadas a la subsanación • Según donde se hubiese producido la inexactitud: • Notario. • Registrador. • Responsabilidad sin culpa Art. 1846 C. C. y 327 inciso e) ley 879 por incumplimiento o mal desempeño de funciones.
Rectificación a costa del Notario • Art. 279 de la Ley 879/81 • Forma de interpretación
Inexactitudes del Catastro • La inscripción en el Registro Catastral genera efectos únicamente declarativos. • Las referencias geográficas y geométricas deben coincidir con los asientos de la DGRP de conformidad a los títulos.
Inexactitudes del Catastro • El Ministerio de Hacienda establece la avaluación fiscal. • La titularidad de la persona física o jurídica está publicitada por la DGRP • Corrección del Certificado Catastral • Catastro observado Decreto 14.956/1992
Personas que deben comparecer • Todas las partes si el error se refiere al negocio jurídico (o sus sucesores). • Sólo aquella a quien el error puede afectar si se trata de circunstancias personales. • Sólo el Notario cuando el error estuviese en un acto cumplido por él que no afecte el negocio ni a las circunstancias personales.
Algunos casos planteados • Rectificación de rumbos, dimensiones, linderos y superficies • Omisión de publicitar una medida cautelar • Inscripción de un título existiendo bloqueo • Resellado • Exigencia del Registro en verificar la matriz
Sugerencias • Bloqueo informático • Seguro de mala praxis