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CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. Concepto Justicia/Jurisdicción constitucional Modelos de justicia constitucional Tipos de control Control directo Supuestos Recurso de inconstitucionalidad Control previo de tratados internacionales Control indirecto Cuestión de inconstitucionalidad
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CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Concepto Justicia/Jurisdicción constitucional Modelos de justicia constitucional Tipos de control Control directo Supuestos Recurso de inconstitucionalidad Control previo de tratados internacionales Control indirecto Cuestión de inconstitucionalidad Autocuestión de inconstitucionalidad Efectos de las STC
CONCEPTO • Distinción: • Justicia: control de constitucionalidad de leyes • Jurisdicción: control efectuado por TC • Modelos de justicia constitucional: • Estados Unidos: control realizado por cada juez al aplicar las leyes • Precedente horizontal: sujeción a resoluciones del propio tribunal • Precedente vertical: sujeción a doctrina de instancia superior Seguridad jurídica Unidad
Modelo norteamericano CORTE SUPREMA EEUU CONST CORTE SUPERIOR ESTADO CORTE SUPERIOR ESTADO CONST CONST INCONS Tribunal de Distrito Tribunal de Distrito Tribunal de Distrito Tribunal de Distrito INCONS INCONS CONST CONST INCONS CONST CONST
Modelo Europeo • Monopolio por un tribunal (TC) • Composición: • Número reducido de miembros • Alta especialización • Desempeño del cargo por un tiempo prolongado • Selección con alto compromiso político • Funciones: • Control de la constitucionalidad de las leyes (legislador negativo) • No resolución de litigios particulares
TIPOS DE CONTROL • Según el órgano controlante: • Concentrado: monopolio de un órgano • Difuso: facultad de todo órgano judicial • Según el modo de control: • Abstracto (directo): al margen de litigio • Concreto (indirecto): resultado de la aplicación de la ley a un litigio
CONTROL DIRECTO • SUPUESTOS EN CE: • Control previo de tratados (art. 95 CE) • Recurso de inconstitucionalidad (art. 161.1.a CE): • ¿represivo? • ¿preventivo? • LOTC: • Control previo • De tratados (art. 95 CE) • De L.O. • De Estatutos de Autonomía • Control represivo: normas con rango de ley REFORMA LOTC 1985
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD • SUJETOS LEGITIMADOS: • 50 diputados / senadores • Protección de minorías • Defensor del Pueblo • Conflicto político entre mayoría y minoría • Presidente del Gobierno • Leyes estatales: difícil planteamiento (sistema parlamentario) • Leyes autonómicas: defensa del ordenamiento Estado Central • Órganos colegiados ejecutivos / Asambleas legislativas CCAA • Imposibilidad de impugnar leyes autonómicas • Leyes estatales: Sólo si afectan a sus competencias • Interpretación flexible por parte del TC<<
OBJETO DE IMPUGNACIÓN (art. 27 LOTC) • EEAA y leyes orgánicas • Consideración EEAA = L. O. • Leyes, normas y actos con fuerza de ley • Postconstitucionales • Si son preconstitucionales: • Inaplicación por cualquier juez • Posible control por el TC (inconstitucionalidad sobrevenida) • Tratados internacionales • Reglamentos de las Cortes o de sus Cámaras • Leyes, normas y actos con fuerza de ley de las CCAA • Reglamentos Parlamentos autonómicos
PARÁMETRO DE CONTROL (art. 28 LOTC) • Constitución • Bloque de la constitucionalidad • Normas configuradoras Estado autonomías: • EEAA • Leyes art. 150 • Leyes orgánicas • Tratados internacionales art. 93 CE.
PROCEDIMIENTO • PLAZO: • 3 meses desde la publicación oficial • 9 meses si son normas rango ley de las CCAA / Estado y: • Recurso interpuesto por Presidente Gobierno / Órgano colegiado ejecutivo CA • Formación Comisión Bilateral • Acuerdo para iniciar negociaciones • Acuerdo notificado a TC dentro de los 3 primeros meses desde la publicación oficial de la disposición impugnable.
PROCEDIMIENTO • REQUISITOS RECURSO: • Legitimación • Norma legal impugnada • Preceptos contrarios a la CE / Bloque • Preceptos constitucionales / Bloque violados • Motivación
PROCEDIMIENTO • TRÁMITE DE ADMISIÓN: • Examen de los requisitos formales por Sección TC • Forma de la resolución: • Admisión: providencia • Inadmisión: auto • Publicación en BOE • Emplazamiento a: • Congreso Diputados y Senado • Gobierno (no sólo al Presidente) • Parlamento y Gobierno autonómicos (si les afecta) • Posible suspensión vigencia: • Sólo para leyes autonómicas • Automática si lo solicita el Gobierno • Tras 5 meses de suspensión, TC acuerda: • Levantamiento • Ratificación
PROCEDIMIENTO • TRÁMITE DE ALEGACIONES • POSIBLE ACUMULACIÓN DE PROCESOS • FIN DE PROCESO: STC • Puede pronunciarse: • Sobre preceptos de la misma ley no impugnados pero a los que deba extenderse la inconstitucionalidad • Fundamentándose en cualquier artículo de la Constitución / Bloque
CONTROL PREVIO TRATADOS • REGULACIÓN: art. 95.2 CE • FINALIDAD: • Preservar supremacía constitucional • Garantizar compromisos internacionales • LEGITIMACIÓN: CD / Senado / Gobierno • EMPLAZAMIENTO A SUJETOS LEGITIMADOS: Alegaciones (1 mes) • RESOLUCIÓN: “Declaración” • Desestimatoria: se puede celebrar el tratado • Estimatoria: No se puede celebrar el tratado si antes no se reforma: • El texto del tratado • La CE
CONTROL INDIRECTO:CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD • Regulación: art. 163 CE • ÓRGANOS LEGITIMADOS: Jueces y Magistrados • OBJETO DE CONTROL: igual que el recurso (art. 27 LOTC) • PARÁMETRO DE CONTROL: igual que el recurso (art. 28 LOTC)
CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD:TRAMITACIÓN JUEZ “A QUO” • MOMENTO PROCESAL: • Concluido el proceso • En el plazo para dictar sentencia o auto • AUDIENCIA PREVIA: • A las partes y ministerio fiscal: • Alegaciones (10 días) • Resolución del juez (3 días) • Requisito necesario pero no vinculante para el juez
CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD:TRAMITACIÓN JUEZ “A QUO” • CONTENIDO DE LA CUESTIÓN: • Ley impugnada, con mención a los arts. Inconst. • Precepto constitucional infringido • Motivación: • Necesidad de existencia de “dudas razonables” • Aplicabilidad al caso de la ley • “Juicio de relevancia”: justificación de que el fallo depende de la validad de la ley impugnada
CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD:TRAMITACIÓN JUEZ “AD QUEM” (TC) • TRÁMITE DE ADMISIÓN: • Comprobación requisitos formales • Sección: • Admisión: Providencia • Inadmisión: Auto • ALEGACIONES DE LAS PARTES: • Traslado de la cuestión a: • Gobierno (no Presidente) • Congreso Diputados / Senado • Gobierno / Parlamento CA si le afecta • No intervención de las partes del proceso “a quo”. • Excepción: leyes singulares • CONCLUSIÓN PROCESO: STC
CONTROL INDIRECTO:AUTOCUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD • Supuestos: • Recurso de amparo • Conflictos en defensa de la autonomía local Aplicación de LEY Acto lesivo DDFF Recurso amparo Anulación PLENO SECCIÓN STC ESTIMATORIA PLENO: EXAMEN DE STC Estimatoria Desestimatoria
EFECTOS STC • CLASES DE RESOLUCIONES • Providencias: Admisión • Autos: Inadmisión • Declaración: Control previo tratados • Sentencias: • Estimatorias: declaración inconstitucionalidad • Desestimatorias: declaración constitucionalidad
CUESTIONES GENERALES • Doble actividad del TC en sus STC: • Resolución del conflicto: efecto negativo • Declaración de inconstitucionalidad • Legislador negativo • Formación de doctrina: efecto positivo • Legislador positivo • Comisionado del poder constituyente • Poder constituyente-constituido
VALOR COSA JUZGADA • Fundamento: seguridad jurídica • Cosa juzgada: • Formal: Firme, inimpugnable • Material: no planteamiento del mismo asunto • STC Desestimatorias: • Impide ulterior recurso • De mismo precepto legal • Basado en idéntica infracción constitucional • No impide cuestión de inconst. EFECTO OBSTATIVO
RETROACTIVIDAD • STC Estimatorias: Anulación (y no derogación) • Límite: • No revisión procesos fenecidos con sentencia con valor de cosa juzgada, • Procesos penales • Procesos contenciosos sancionadores EX TUNC EXCEPTO Si la STC: - REDUCE LA PENA - SUPONE AUSENCIA / LIMITACIÓN DE LA RESPONS.
EFECTOS ERGA OMNES • Fundamento: art. 164.1 CE: • STC de inconstitucionalidad • Todas las que no se limiten a estimación subjetiva de un derecho • SIGNIFICADO: • Eficacia transformadora sobre el ordenamiento • Misma eficacia que la disposición anulada
VINCULACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS • Vinculación a: • Fallo • Cuestión inconstitucionalidad: juez a quo • Control previo tratados: no ratificación tratado • Fundamentos jurídicos (art. 5 LOPJ) • Doctrina TC: • Enmienda la jurisprudencia anterior • Violación = recurso de amparo ex art. 24 CE