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Derecho de Autor. Objeto del Derecho de Autor. Protección a los autores Protección a las obras literarias y artísticas Protección a artistas interpretes y ejecutantes, editores, productores de fonogramas y video gramas y organismos de radiodifusión Enriquecimiento de la cultura nacional.
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Objeto del Derecho de Autor • Protección a los autores • Protección a las obras literarias y artísticas • Protección a artistas interpretes y ejecutantes, editores, productores de fonogramas y video gramas y organismos de radiodifusión • Enriquecimiento de la cultura nacional
CONCEPTOS GENERALES • Autor (Creador, expresa emociones-formas, lenguajes, soportes-divulga en diversos mecanismos) • Obra (Exteriorización formal y representativa del pensamiento humano) • Originalidad (Refleje personalidad del autor / no copia de preexistente) • Animus Auctoris. Conciencia. Iter psicológico. Capacidad • especial de obrar • Soporte material y protección automática (Mérito o valor, destino o forma) • La titularidad originaria (Nace con la creación de la obra/Moral y Patrimonial) • La titularidad derivada (Se adquiere por transmisión legal/ Solo Patrimoniales) • Obras Primigenias (Esfuerzo creativo propio) y Derivadas (Proviene de transformación) • Obras Individuales • Obras en Coautoría (Colaboración y Colectivas. Pluriautoría) • Obras Póstumas • Formas de Divulgación de las Obras. (Nombre, pseudónimo • y anónimas) • El Título (Original y distintivo/Registro Marcario, mayor protección y redituable económicamente) • Clases de Obras Protegidas
QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR ? El derecho de autor, consiste en el poder jurídico que le corresponde a los autores para ejercer derechos de naturaleza moral y patrimonial respecto de sus creaciones.
DERECHOMORAL Perpetuos, inalienables, imprescriptibles e irrenunciables Nombre del autor Derecho de Paternidad Deformación Mutilación Modificación Derecho de integridad Darla a conocer Mantenerla inédita. Derecho de divulgación Derecho a oponerse a cambios o modificaciones a su obra Derecho de Modificación
DERECHOS PATRIMONIALES Temporales, renunciables y cedibles por cualquier medio legal • Derecho de reproducción (Multiplicación de ejemplares de varias maneras y en toda clase de soportes o su fijación en soporte material y digital que permita la comunicación pública) • Derecho de comunicación pública (Representación, Ejecución, Exhibición, Exposición, Radiodifusión de señales portadoras de obras protegidas) • Derecho de Transformación (Arreglos, adaptaciones, traducciones, colecciones, antologías, compilaciones) • Derecho de Distribución, Alquiler • y Préstamo • Persecución (Droit de Suite)(parte % reventa)
FORMAS DE TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR • El contrato • La presunción legal de cesión • La transmisión mortis causa (Art 572 CCi)
LIMITACIONES Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR • Regla de los 3 pasos: • En determinados casos especiales • Que no se atente contra la normal • explotación de la obra • Que no se cause un perjuicio injustificado a • los intereses del autor Art. 9. Convenio de Berna
LIMITACIÓN Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR UTILIZACIÓN SIN AUTORIZACIÓN Y SIN REMUNERACIÓN SIEMPRE Y CUANDO : • Se trate de obras ya divulgadas • No se afecte la explotación normal de la obra • Se cite invariablemente la fuente • No se altere la obra
RESPECTO DE OBRAS YA DIVULGADAS: • Cita de textos • Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios • referentes a eventos de actualidad • Reproducción de la obra para fines de crítica e investigación • científica, literaria o artística. • Reproducción de una obra para uso personal y privado de quien la • realiza • La reproducción individual de obras para bibliotecas o archivos. • La reproducción para actuaciones judiciales. • Las obras de arte expuestas permanentemente en lugares públicos
ES LÍCITA: • La reproducción de leyes, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones públicas. • La reproducción de sentencias dictadas por los tribunales. • La utilización de obras literarias y artísticas en establecimientos que comercien ejemplares de dichas obras, para fines de promoción y venta. • La utilización de obras, interpretaciones, ejecuciones y fonogramas con fines de enseñanza o investigación científica.