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Que es el régimen intermedio El Régimen Intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, siempre que sus ingresos o ventas no hayan excedido de $4’000,000.00 en el año anterior. Esta cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.En este régimen se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos: • Impuesto sobre la renta • Impuesto al valor agregado • Impuesto al activo • Dependiendo del tipo de negocio que tenga, también puede ser sujeto del impuesto especial sobre producción y servicios.
Qué se requiere para tributar en el régimen intermedio Que sus ingresos del año anterior no hayan excedido de cuatro millones de pesos. Que cuando inicie actividades estime que sus ingresos del año no excederán dicho límite. Que siendo integrantes de personas morales del régimen simplificado (personas físicas o personas morales) sus ingresos del año inmediato anterior no hayan excedido de diez millones de pesos. Que cuando la actividad se lleve a cabo en copropiedad, los ingresos que obtengan los copropietarios en conjunto no excedan de cuatro millones de pesos. Los ingresos por actividades empresariales deben representar por lo menos 90% del total de ingresos acumulables obtenidos en el año anterior, sin incluir sueldos y salarios percibidos
Una vez que ya se inscribió, ¿qué sigue? • Mande imprimir sus comprobantes (facturas y notas de venta) y • entréguelos a sus clientes por cada venta que realice • • Qué puede deducir • • Presente sus declaraciones • • Cómo y dónde debe pagar los impuestos o presentar las • declaraciones • • Declaración anual • • Qué otras obligaciones fiscales debe cumplir • • Qué pasa si no cumple con alguna obligación
Cómo inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes Acuda a cualquier Administración Local de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), independientemente de que corresponda o no a su domicilio fiscal y proporcione la información que le solicite el personal durante la pequeña entrevista para llenar el formato electrónico, incluida una dirección de correo electrónico. Acudir a inscribirse debe llevar los siguientes documentos:
Acudir a inscribirse debe llevar los siguientes documentos: • 1 Si cuenta con CURP, copia de su constancia de la Clave Única de Registro de Población o de una identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal que tenga la CURP. • 2 Si no cuenta con CURP, copia certificada y fotocopia simple de su acta de nacimiento. • 3Original y fotocopia de un comprobante de domicilios reciente, como recibo de pago de luz, teléfono o impuesto predial. • 4 Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.
Si proporcionó todos los documentos e información requerida quedará inscrito y se le entregará • • Constancia de inscripción con Cédula de Identificación Fiscal • • Guía de obligaciones • • Acuse de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes • En caso de presentar incompleta la documentación, • se le entregará un reporte de información • pendiente y tendrá diez días para • solventar las omisiones; en caso • contrario, deberá iniciar • nuevamente el trámite
Las facturas que proporcione a sus clientes deben cumplir los siguientes requisitos fi scales • El nombre, domicilio fi scal y clave del Registro Federal de Contribuyentes impresos de quien los expida. Si tiene más de un local o establecimiento, debe señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes. • Impreso el número de folio. • Lugar y fecha de expedición. • Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. • Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen. • Valor unitario en número e importe total en número o en letra, así como el monto del IVA que se traslada, en su caso. • En el caso de ventas de primera mano de mercancías de importación, número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la que se realizó la importación. • Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado. • Fecha de vigencia impresa. Los comprobantes podrán ser utilizados por un plazo máximo de dos años, contados a partir de la fecha de impresión. • Señalar si el pago se hace en una sola exhibición o en parcialidades.
Además, debe tener impreso lo siguiente • k La Cédula de Identificación Fiscal. • l La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante • constituye un delito en los términos de las disposiciones fi scales.” • m Fecha en que se incluyó la autorización en la página de Internet del SAT. • n Número de aprobación asignado por el Sistema Integral de Comprobantes. • ñ La leyenda: “Efectos fi scales al pago.” • o En el caso que le retengan el IVA la leyenda: “Impuesto retenido de • conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado.”