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Haciendo negocios en Colombia La perspectiva legal & tributaria. Agosto de 2010. Aspectos Societarios.
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Haciendo negocios en ColombiaLa perspectiva legal & tributaria Agosto de 2010
Aspectos Societarios • De acuerdo con el Artículo 471 del Código de Comercio Colombiano, para que una sociedad extranjera pueda emprender negocios permanentes en Colombia, es necesario que establezca una sucursal con domicilio en Colombia. • Las actividades permanentes también pueden ser desarrolladas a través de una subsidiaria (sociedad limitada, sociedad anónima y sociedad simplificada por acciones). • No obstante lo anterior, el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Colombia, permite que la prestación de servicios transfronterizos se realice desde Chile sin necesidad de constituir una sucursal en Colombia o un vehículo local.
Aspectos Societarios [1] Habrá lugar a la desestimación de la personería jurídica cuando la sociedad se utilice en fraude a la ley o en perjuicio de terceros. Los accionistas, así como los administradores, que hubieren realizado, participado o facilitado los actos defraudatorios, responderán solidariamente por las obligaciones nacidas de tales actos y por los perjuicios causados.
Aspectos Societarios [2] No existe un requerimiento de capital mínimo para las sucursales o sociedades comerciales en Colombia.
Aspectos Societarios (3) La resolución deberá indicar: (i) Los negocios que se proponga desarrollar; (ii) el monto del capital asignado, y el originado en otras fuentes, si las hubiere; (iii) el lugar escogido como domicilio; (iv) el plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos; (v) la designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país, y (vi) la designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia.
Aspectos Tributarios Impuesto de Renta Base Gravable - Renta Líquida Ordinaria (Ingresos menos Costos y Deducciones) - Renta Presuntiva (3% del Patrimonio Líquido a 31 de Diciembre del año anterior al gravable) Aspectos Relevantes - Ingresos No Constitutivos de Renta - Pagos Laborales - Pagos de Intereses – Crédito Externo - Pérdidas Fiscales - Beneficio Especial por Adquisición de Activos Fijos Tarifa - 33% - 15% Zona Franca Pago de Dividendos - Ausencia de Doble Tributación si se trata de Dividendos que tributaron en cabeza de la sociedad que los distribuye. De lo contrario están sujetas a un impuesto del 33%. Pago de Utilidades (Sucursales) - No hay impuesto de remesas.
Aspectos Tributarios IVA • Hecho Generador • Venta de Bienes Corporales Muebles. • Prestación de Servicios. • Importación de Bienes Corporales Muebles. • Juegos de Suerte y Azar. • Tarifa • - General 16% • Determinación del Impuesto • Impuesto al Valor Agregado. • Exportadores tienen derecho a devolución. • Hecho generador • Posesión de Riqueza a 1 de enero de 2011. • Tarifa • 4.8% para patrimonios de más de COL$ 5.000.000.000 • 2.4% para patrimonios entre COL$ 3.000.000.000 y COL$ 5.000.000.0000 Impuesto al Patrimonio
Aspectos Tributarios ICA • Hecho Generador • Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios • Tarifa • - 1% sobre los Ingresos Brutos. • Dividendos • - 0% si tiene al menos 25% de participación. • - 7% si tiene menos de 25% de participación. • Intereses • 5% si es a Bancos • 15% en los demás casos. • Regalías • 10% • Ganancias del Capital • 17% Convenio para Evitar la Doble Imposición entre Chile y Colombia
Muchas gracias Camilo Cortés Socio ccortes@cardenasycardenas.com Mauricio Borrero Asociado mborrero@cardenasycardenas.com PBX: 3 13 7800