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Propiedad, copropiedad y modos de adquirir la propiedad. La propiedad. PROPIEDAD. Terminología: mancipium – dominium- proprietas. Concepto: En las fuentes romanas no hay definición Los postglosadores: listado de facultades
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Propiedad, copropiedad y modos de adquirir la propiedad La propiedad
PROPIEDAD Terminología: • mancipium – dominium- proprietas • Concepto: • En las fuentes romanas no hay definición • Los postglosadores: listado de facultades • Moderna romanística: Señoría jurídica plena, efectiva o potencial que se puede tener sobre una cosa
Tipos de Propiedad Dominio ex Iure Quiritium Propiedad Peregrina Propiedad Provincial Concepto: Propiedad reconocida por el Ius Civile Sujetos: cives Objeto: cosas romanas muebles inmuebles en solo italico Forma de adquisición: Res Mancipi: Mancipatio/in iure cessio Res Nec Mancipi: In Iure cessio/ traditio Protección: Acción Reivindicatoria Propiedad Bonitaria
Propiedad Bonitaria o Pretoria • Situación protegida por el Pretor cuando se produce un vicio de forma o de fondo • Vicio de forma: el dueño entrega una cosa mancipi por simple traditio, en virtud de una iusta causa • Vicio de fondo: se adquiere de un non domino, teniendo el adquirente Bona fides
Ticio vende a Cayo un fundo • Dominium ex Iure Quiritium • Sujetos: cives • Objeto: cosas romanas • inmuebles en solo italico • Forma de adquisición: • Res Mancipi: Mancipatio/in iure cessio • Protección: Acción Reivindicatoria
Ticio vende y entrega a Cayo un fundo Propietario bonitario o pretorio Propietario Civil Ius Civile Acción reivindicatoria Ius honorarium Exceptio rei venditae et traditae USUCAPIO
Ticio vende y entrega a Cayo un fundo y posteriormente recupera la posesión Propietario bonitario o pretorio Propietario Civil Ius Civile Ius honorarium Acción Publiciana Exceptio iusti domini USUCAPIO Replicatio doli o rei venditae et traditae
Ticio vende y entrega a Cayo un fundo de Sempronio Poseedor de Buena Fe Non domino Acción reivindicatoria Sempronio: Propietario Civil
Ticio vende a Cayo un fundo de Sempronio Poseedor de Buena Fe Non domino Acción Publiciana Exceptio iustidomini Sempronio: Propietario Civil
Propiedad Bonitaria o Pretoria • Exceptio rei venditae et traditae • Acción Publiciana
Exceptio rei venditae et traditae • Paraliza la acción reivindicatoria • Se alega que la cosa ha sido vendida y entregada por el mismo dueño que ahora reclama
Acción Publiciana • Acción del que pierde la posesión adquirida ex Iusta Causa (usucapiente no poseedor o propietario bonitario) contra el poseedor actual de la cosa para su restitución • Acción ficticia: se finge que la usucapión se ha consumado
Acción Reivindicatoria • Acción que tiene el propietario no poseedor contra el poseedor no propietario para que le restituya la cosa • Es una acción recuperatoria (lesión total del Derecho de propiedad) • La carga de la prueba compete al actor (probatio diabólica)
Acción Negatoria • Acción del propietario de un inmueble contra quien pretende ejercer un Derecho Real sobre él • La prueba compete a ambos: • Demandante: su derecho de propiedad • Demandado: su derecho real • Fin: que se declare la libertad del fundo
Adquisición de la Propiedad • Modos originarios • no existe relación alguna con el antecesor jurídico • Modos derivativos • Si existe relación con el antecesor • La adquisicióm deriva de la eficacia de un acto de disposición
Artículo 609 Cc La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición.Pueden también adquirirse por medio de la prescripción.
Modos derivativos • Mancipatio • Efectos • Transmite el Dominium ex iure quiritium • El transmitente garantiza al adquirente • Si es una adquisición a non domino • Si el transmitiente mintiera • Porque hay gravámenes • O en la verdadera extensión de la finca Actio Auctoritatis Actio de modo Agri Actio Auctoritatis
Ticio vende a Cayo un fundo de Sempronio Actio Auctoritatis Poseedor de Buena Fe Non domino Acción reivindicatoria Sempronio: Propietario Civil
TRADITIO Concepto: Modo de adquirir la propiedad, mediante la entrega de una cosa, con intención de transmitir la propiedad y en virtud de una IUSTA CAUSA 1º) Material 2º) Se flexibiliza permitiendo las entregas ficticias: Traditio symbólica: la entrega de un símbolo que represente la cosa. Traditio longa manu: Señalar la cosa a distancia, siempre que resulte clara su identificación. Traditio brevi manu: El adquirente ya era poseedor natural de la cosa y se convierte, en poseedor jurídico. Constitutum possessorium: Es cuando el propietario traspasa la propiedad pero retiene la posesión. REQUISITOS 1.- Corpus 2.- Animus 3.- Iusta Causa
Iusta Causa Traditionis • La causa: el fin (práctico, económico y social) que motiva la entrega EL ¿POR QUÉ? • Iusta: Necesaria para transmitir la propiedad Compraventa Donación Préstamo de consumo
USUCAPIO • Usus -capere Concepto: Es la adquisición de la propiedad por la posesión continuada, no interrumpida de una cosa en el tiempo señalado por la ley Derecho Hecho
Fundamento: • Teorías negativas: inmoral y antijurídica • Teorías positivas: Presume la renuncia por parte del dueño • Función: • Subsanar un vicio de forma • Subsanar un vicio de fondo
Régimen (XIIT-Justiniano) Longi Tempori Praescriptio (Ius Honorarium) BUENA FE + IUSTA CAUSA +Posesión continuada de Fundos Provinciales 10/20 años Propiedad Provincial Usucapio (Ius Civile) BUENA FE + IUSTA CAUSA + Posesión continuada de 1/ 2 años
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA JUSTINIANEA • REQUISITOS • Res Habilis: Que se pueda usucapir (no res furtivae, res vi possessae) • Posessio: corpus + animus • Bona Fides: creencia de que el transmitente es el dueño, o de que la posesión no perjudica a un tercero • Titulus (causa) • Justo: apto para transmitir la propiedad • Verdadero: real y efectivo • Válido: Que fuera válido si no hubiera vicios • Probado: el que usucape tiene que demostrarlo
Copropiedad Concepto:Situación que se produce cuando una cosa pertenece proindiviso a varias personas Caracteres: 1.- Pluralidad de sujetos 2.- Unidad de objeto 3.- Atribución de cuotas Clases: Copropiedad voluntaria Copropiedad incidental Consortium inter fratres
Ius Adcrescendi Copropiedad Extinción – Actio communi dividundo