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LICENCIATURA DE DERECHO HACIENDA PÚBLICA. TEMA 9. LA IMPOSICIÓN INDIRECTA. SUMARIO. I. INTRODUCCIÓN II. JUSTIFICACIÓN Y MODELOS DE IMPOSICIÓN INDIRECTA. III. LA ELECCIÓN ENTRE IMPUESTOS INDIRECTOS GENERALES: A. EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD B. EL PRINCIPIO DE SUFICIENCIA
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LICENCIATURA DE DERECHO HACIENDA PÚBLICA
TEMA 9 LA IMPOSICIÓN INDIRECTA MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
SUMARIO • I. INTRODUCCIÓN • II. JUSTIFICACIÓN Y MODELOS DE IMPOSICIÓN INDIRECTA. • III. LA ELECCIÓN ENTRE IMPUESTOS INDIRECTOS GENERALES: • A. EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD • B. EL PRINCIPIO DE SUFICIENCIA • C. EL PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD • IV. SISTEMAS ALTERNATIVOS EN EL DISEÑO DEL IVA • V. LOS IMPUESTOS ESPECIALES: • A. JUSTIFICACIÓN • B. ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES EN ESPAÑA • VI. EL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES • VII. EFECTOS ECONÓMICOS DE LA IMPOSICIÓN INDIRECTA • VIII. CONCLUSIÓN. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
SUMARIO INTRODUCCIÓN: La imposición indirecta hace referencia al conjunto de impuestos que se aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica y gravan la producción, el tráfico o el consumo. La principal características de los impuestos indirectos es que, al contrario que los directos, no dependen de las características personales del contribuyente, sino del producto en sí. Es decir, no repercuten directamente sobre la renta del contribuyente, sino sobre sobre el consumo que realice. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
TIPOS DE IMPUESTOS • 1. SEGÚN EL TIPO DE CONSUMO OBJETO DE GRAVAMEN: • A. IMPUESTOS GENERALES SOBRE EL CONSUMO, EJ: IVA O EL ANTIGUO IMPUESTO SOBRE EL TRÁFICO DE EMPRESAS, ITE. • B. IMPUESTOS SOBRE DETERMINADOS CONSUMOS ESPECÍFICOS, EJ: LOS IMPUESTOS ESPECIALES, IE (LAS BEBIDAS ALCOHÓLICAS, LOS HIDROCARBUROS, ETC.) 2. SEGÚN LAS FASES DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN EN LOS QUE RECAE EL IMPUESTO: • I. MONOFÁSICOS: RECAEN SOBRE UNA ÚNICA FASE DEL PROCESO PRODUCTIVO. SE CLASIFICAN EN IMPUESTOS SOBRE FRABRICANTES, SOBRE MAYORISTAS E I. SOBRE MINORISTAS. • I. PLURIFÁSICOS: REACEN SOBRE MÁS DE UNA FASE DEL PROCESO PRODUCTIVO. SE CLASIFICAN EN: I. SOBRE LAS VENTAS (EJ: IE), E IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (EJ: IVA). MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
III. LA ELECCIÓN ENTRE IMPUESTOS INDIRECTOS GENERALES PARA ELEGIR ENTRE LOS DIVERSOS TIPOS DE IMPOSICIÓN INDIRECTA UN CRITERIO FUNDAMENTAL ES EL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS. A. PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD: (Por neutralidad se entiende que iguales actividades reciban el mismo tratamiento tributario, a fin de no distorsionar la asignación de los recursos por parte del sector privado, haciendo que éste oriente su inversión hacia aquellas áreas en las cuales la carga tributaria sea menor, o pueda ser evadida más fácilmente) ES DESEABLE QUE EL PRECIO FINALMENTE CARGADO AL CONSUMIDOR NO SEA SUPERIOR A LA RECAUDACIÓN PREVISTA POR EL SECTOR PÚBLICO Y QUE SE ELIMINE ASÍ LOS INCENTIVOS PARA QUE LAS EMPRESAS EMPLEEN FORMAS DE INTEGRACIÓN VERTICAL. (Toma del control de las diferentes etapas del proceso de producción, desde el procesamiento inicial de las materias primas hasta su distribución final) MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
III. LA ELECCIÓN ENTRE IMPUESTOS INDIRECTOS GENERALES • SEGÚN EL DISEÑO QUE SE HAGA DE LA IMPOSICIÓN INDIRECTA, ES POSIBLE QUE EL PRECIO QUE PAGUE EL CONSUMIDOR EXCEDA INCLUSO LA RECAUDACIÓN PREVISTA. • ELLO PUEDE OCURRIR POR DOS EFECTOS DIVERSOS: • EFECTO PIRAMIDACIÓN • EFECTO CASCADA MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
1. EFECTO PIRAMIDACIÓN SE PUEDE PRODUCIR EN TODO TIPO DE IMPUESTOS INDIRECTOS CUANDO LOS EMPRESARIOS FIJAN SUS PRECIOS USANDO MÁRGENES COMERCIALES, ES DECIR, CUANDO AÑADEN AL COSTE DE LAS MATERIAS PRIMAS, UN PORCENTAJE PARA CUBRIR LOS GASTOS DE TRANSFORMACIÓN Y SUS BENEFICIOS. VÉASE LA TABLA SIGUIENTE: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
1. EFECTO PIRAMIDACIÓN MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.1. • EN EL EJEMPLO ANTERIOR, EL FABRICANTE HA COMPRADO MATERIAS PRIMAS POR UN IMPORTE DE 10.000, LE HA AÑADIDO UN MARGEN DE 200%, ES DECIR, 20.000 Y VENDE EN 30.000. ESTA CANTIDAD ES LA CIFRA PAGADA POR EL MAYORISTA, QUE AÑADE A SU VEZ, UN MARGEN DEL 100%, CON LO QUE EL PRECIO DE VENTA SERÁ DE 60.000. SI EL MINORISTA PAGA ESA CIFRA Y SUMA UN MARGEN DEL 300%, EL PRECIO DE VENTA SERÁ DE 240.000. • SI AHORA EL GOBIERNO ESTABLECE UN IMPUESTO SOBRE LOS FRABRICANTES DEL 10% EL CUADRO CAMABIARÍA ASÍ: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
1. EFECTO PIRAMIDACIÓN MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.2. • SI EL PRECIO DE VENTA AL CLIENTE HA AUMENTADO DESDE 240.000 HASTA 264.000, ES DECIR EN 24.000 E, Y EL SECTOR PÚBLICO SÓLO HA RECAUDADO 3.000 E, ES PERTINENTE PREGUNTARSE DONDE SE ENCUENTRA LA EXPLICACIÓN PARA ESTA DIFERENCIA. • TAL EXPLICACIÓN PUEDE VERSE SI SE COMPARA LAS CIFRAS DE BENEFICIOS DE LOS MAYORISTAS Y DE LOS MINORISTAS. • LOS PRIMEROS HAN PASADO DE GANAR 30.000 A 33.000 E, MIENTRAS QUE LOS SEGUNDOS, QUE PERCIBÍAN 180.000 E, PASAN A COBRAR 198.000 E. ESTE INCREMENTO EN LAS GANANCIAS DE LOS EMPRESARIOS SE GENERAN PORQUE EL MARGEN SE APLICA A UNA CIFRA QUE VIENE INCREMENTADA POR EL IMPUESTO PAGADO POR LOS FABRICANTES, DE AHÍ QUE SE DENOMINENRENTAS FISCALES. • EN EL CASO DE QUE EL IMPUESTO RECAIGA SOBRE LOS MAYORISAS, SI EL TIPO IMPOSITIVO ES DEL 5%, SE TENDRÍA LA SITUACIÓN DE LA TABLA SIGUIENTE: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
1. EFECTO PIRAMIDACIÓN MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.3 • EN ESTE CASO EL IMPUESTO DE 3.000 E, SE ACABA TRADUCIENDO EN UN AUMENTO DE PRECIO PARA EL CONSUMIDOR DE 12.000 E. • IGUALMENTE SE OBSERVA QUE SÓLO SE PRODUCEN RENTAS FISCALES PARA EL MINORISTA, QUE GANA 9.000 E ADICIONALES. • SI EL IMPUESTO RECAE SOBRE LOS MINORISTAS, CON UN TIPO DEL 1.25%, NO SE PRODUCE EFECTO PIRAMIDACIÓN Y EL AUMENTO DE PRECIOS PARA EL CONSUMIDOR COINCIDE CON EL IMPUESTO: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
1. EFECTO PIRAMIDACIÓN MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
CONCLUSIÓN • EN LOS IMPUESTOS MONOFÁSICOS, • CUANTO MÁS LEJOS DEL CONSUMIDOR FINAL SE SITÚE EL IMPUESTO, • MAYOR SERÁ EL EFECTO PIRAMIDACIÓN PARA UNA RECAUDACIÓN DADA. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
2. EFECTO CASCADA • EL EFECTO CASCADA SÓLO PUEDE PRODUCIRSE EN LOS IMPUESTOS PLURIFÁSICOS Y EN SU GÉNESIS NO JUEGA NINGÚN PAPEL EL MODO EN QUE LOS EMPRESARIOS MARQUEN SUS PRECIOS. • SE MANIFIESTA EN QUE EL SECTOR PÚBLICO RECAUDA UNA CIFRA MAYOR DE LA PREVISTA, LO QUE ENCARECE EL PRODUCTO PARA EL CONSUMIDOR SIN QUE SE LUCRE NINGÚN EMPRESARIO. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
2. EFECTO CASCADA MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.5 • SI EL GOBIERNO ESTABLECE UN IMPUESTO DEL 10% SOBRE LAS VENAS, PUEDE PREVER UNA RECAUDACIÓN TOTAL DE: • 5.000 EUROS SOBRE FABRICANTES • 13.000 EUROS SOBRE LOS MAYORISTAS • 32.000 EUROS SOBRE LOS MINORISTAS • SIN EMBARGO, EL PROCESO PRODUCTIVO DARÍA UN RESULTADO DISTINTO, VER TABLA SIG. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
2. EFECTO CASCADA MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACI´N TABLA 9.6. • EL SECTOR PÚBLICO RECAUDA 500 E MÁS EN LOS MAYORISTAS Y 1.850 E ADICIONALES EN LOS MINORISTAS. • EN ESTE CASO NO SE HAN PRODUCIDO RENTAS FISCALES. LA CAUSA DEL EFECTO CASCADA ES LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO A CIFRAS QUE VIENEN INCREMENTADAS POR UN TRIBUTO PAGADO EN UNA FASE ANTERIOR DEL PROCESO PRODUCTIVO. • CUANTO MÁS LARGO SEA EL PROCESO PRODUCTIVO, MAYOR SERÁ LA CUANTÍA DEL EFECTO CASCADA. • SI TODO ESTE PROCESO SE REALIZA EN UNA MISMA EMPRESA, NO PUEDE DARSE EL EFECTO CASCADA, POR ESO SE DICE QUE ESTE TIPO DE IMPUESTOS INDIRECTOS FAVORECEN LA CONCENTRACIÓN DE EMPRESAS. • CUANTO MAYOR SEA EL NÚMERO DE FASES, MÁS PRONUNCIADO SERÁ EL EFECTO CASCADA DE UN IMPUESTO PLURIFÁSICO SOBRE LAS VENTAS. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
2. EFECTO CASCADA MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.7 • SI SE PRODUCEN SIMULTÁNEAMENTE LOS EFECTOS CASCADA Y PIRAMIDACIÓN EL CÁLCULO SE COMPLICA. • ESTO SUCEDE CON UN IMPUESTO PLURIFÁSICO SOBRE LAS VENTAS Y SI, ADEMÁS, LAS EMPRESAS FIJAN LOS PRECIOS USANDO EL SISTEMA DE MARGEN COMERCIAL. • EN EL EJEMPLO, EN AUSENCIA DE IMPUESTOS, EL FABRICANTE HUBIERA VENDIDO POR 30.000 AL MAYORISTA, ÉSTE HABRÍA APLICADO UN MARGEN DEL 100% Y HUBIERA OBTENIDO UN PRECIO DE VENTA DE 60.000. POR ÚLTIMO, EL MAYORISTA, COMPRANDO EN 60.000 APLICARÍA UN MÁRGEN DE 300%, 180.000, CON LO QUE EL PRECIO DE VENTA HUBIERA SIDO DE 240.000. • UN IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS DEL 10% TENDRÍA QUE HABER RECAUDADO 3.000 A LOS FABRICANTES, 6.000 A LOS MAYORISTAS Y 24.000 A LOS MINORISTAS. CON ELLO EL PRECIO SE HABRÍA ELEVADO EN 33.0000. • SIN EMBARGO, EL PRECIO FINAL ES DE 319.400, LO QUE SUPONE UN INCREMENTO DE 79.400 . MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
EXPLICACIÓN TABLA 9.7 • SIN EMBARGO, EL PRECIO FINAL ES DE 319.400, LO QUE SUPONE UN INCREMENTO DE 79.400. • EL REPARTO DE ESTA CIFRA SERÍA LA SIGUIENTE: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
C. EL IVA Y LOS EFECTOS PIRAMIDACIÓN Y CASCADA • LOS EFECTOS PIRAMIDACIÓN Y CASCADA SE PRODUCEN PORQUE CADA EMPRESARIO CONSIDERA AL IMPUESTO QUE LE CARGA SU PROVEEDOR COMO UN COSTE DEL PROCESO PRODUCTIVO, POR ELLO, NO DIFERENCIA ENTRE PRECIO DE COMPRA E IMPUESTO. • EL IVA PUEDE EVITAR AMBOS EFECTOS. • EN ESPAÑA, EL SISTEMA EMPLEADO SE DENOMINA CUOTA MENOS CUOTA. CONSISTE EN DIFERENCIAR ENTRE EL IVA PAGADO A LOS PROVEEDORES, O IVA SOPORTADO Y EL COBRADO A LOS CLIENTES O IVA REPERCUTIDO. • EL EMPRESARIO INGRESA A HACIENDA LA DIFERENCIA ENTRE AMBAS CANTIDADES, ES DECIR: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
C. EL IVA Y LOS EFECTOS PIRAMIDACIÓN Y CASCADA • DE ESTE MODO, SI EL IVA SOPORTADO SE RESTA DE LA CANTIDAD A INGRESAR, EL EMPRESARIO NO PODRÁ CONSIDERARLO UN COSTE, PUES SE LO DEVUELVE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, Y SI NO ES UN COSTE, NO PODRÁ DAR NUNCA LUGAR A EFECTOS PIRAMIDACIÓN O CASCADA, SALVO QUE UNA FASE ESTÉ EXENTA DE APLICAR EL IVA, MIENTRAS QUE LAS OTRAS NO. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
CONSIDERACIONES ADICIONALES • EL SISTEMA PERMITE COMPROBAR CÓMO DE HECHO CADA EMRPESARIO PAGA UN PORCENTAJE DEL VALOR AÑADIDO POR SU EMPRESA. CONSIDEREMOS QUE: Y LA DIFERENCIA ENTRE VENTAS Y COMPRAS A OTRAS EMPRESAS NO ES SINO EL VALOR AÑADIDO POR EL EMPRESARIO. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
CONSIDERACIONES ADICIONALES • ADEMÁS ESTE IMPUESTO ES MÁS NEUTRAL EN EL CASO DE LA EXPORTACIÓN DEL PRODUCTO, DONDE SE APLICA UN IVA DE TIPO CERO. EN ESTE CASO, EL IVA REPERCUTIDO SERÁ CERO, Y LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEVOLVERÁ EL IVA SOPORTADO. • DE ESTE MODO, EL PRODUCTO EXPORTADO SALE DEL PAÍS LIBRE DE IMPUESTOS Y SÓLO PAGARÁ EL IMPUESTO INDIRECTO DEL PAÍS DE DESTINO, LO QUE PERMITE QUE NINGÚN PRODUCTO COMPITA EN DESIGUALDAD DE CONDICIONES. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
ORDEN DE PREFERENCIA • EN LO QUE SE REFIERE A LA NEUTRALIDAD SE PUEDE CONSIDERAR QUE EL ORDEN DE PREFERENCIA ENTRE LOS IMPUESTOS, DE MAYOR A MENOR CUMPLIMIENTO, ES: • POR TANTO, LOS MEJORES IMPUESTOS SON EL IMPUESTO SOBRE MINORISTAS Y EL IVA. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
C) EL PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD • ESTE PRINCIPIO ESTÁ UNIDO A LA AUSENCIA DE COSTES DE CUMPLIMIENTO PARA LOS CONTRIBUYENTES COMO A LA FACILIDAD DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUTO. • UN IMPUESTO QUE AFECTE A UN NÚMERO MUY ELEVADO DE PEQUEÑOS EMPRESARIOS SUPONE COSTES MAYORES, TANTO PARA EL CONTRIBUYENTE COMO PARA LA ADMINISTRACIÓN. • LOS EMPRESARIOS PORQUE PUEDEN NO DISPONER DE LOS MEDIOS PARA LLEVAR A CABO LA GESTIÓN CONTABLE QUE EXIGE LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO, LA ADMINISTRACIÓN PORQUE SE ENFRENTA A LA DIFÍCIL TAREA DE ASEGURAR EL CORRECTO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS POR PARATE DE UNA GRAN CANTIDAD DE CONTRIBUYENTES. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
C) EL PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD • DESDE LA PERSPECTIVA DE LA SIMPLICIDAD EL IMPUESTO SOBRE FABRICANTES ES EL MÁS ADECUADO. RECAE SOBRE UN NÚMERO PEQUEÑO DE EMPRESAS, QUE TIENEN UNA DIMENSIÓN SUPERIOR A LA MEDIA Y QUE PODRÍAN GESTIONAR RAZONABLEMENTE BIEN EL IMPUESTO. • PERO PRESENTA PROBLEMAS EN CUANTO A LA NEUTRALIDAD Y A LA SUFICIENCIA. • EN CAMBIO, EL IMPUESTO SOBRE MINORISTAS ES EL MENOS CUMPLIDOR DE LA SIMPLICIDAD, Y EL DE MAYORISTAS SE SITUARÍA EN UNA POSICIÓN INTERMEDIA. • EN RESUMEN EL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS POR PARTE DE LOS CINCO IMPUESTOS VISTOS, SE REFLEJAN EN LA TABLA SIGUIENTE: MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
RESUMEN MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
RESUMEN • PUEDE OBSERVARSE QUE EL IVA NO ES EL PRIMERO EN CUANTO A NINGUNO DE LOS TRES PRINCIPIOS, PERO EN CONJUNTO APARECE COMO EL QUE LOS CUMPLE MEJOR POR TÉRMINO MEDIO. • EN LA UNIÓN EUROPEA SE HA CONFORMADO EL IVA COMO EL IMPUESTO INDIRECTO FUNDAMENTAL Y ESPAÑA SE HA ADAPTADO A ESTA EXIGENCIA EUROPEA. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
IV. SISTEMAS ALTERNATIVOS EN EL DISEÑO DEL IVA • ALGUNAS CUESTIONES FUNDAMENTALES DEL DISEÑO DEL IVA: • ESTE TRIBUTO RECAE SOBRE EL VALOR AÑADIDO POR CADA EMPRESA EN EL PROCESO PRODUCTIVO. • EXISTEN DOS PROCEDIMIENTOS PARA CALCULAR EL VALOR AÑADIDO. • 1. SUMAR LAS REMUNERACIONES A LOS DISTINTOS FACTORES DE PRODUCCIÓN (SUELDOS, ALQUILERES, INTERESES Y BENEFICIOS), TAL COMO SE HACE PARA OBTENER LA RENTA NACIONAL, ASÍ SE TIENE EL VALOR AÑADIDO POR EL MÉTODO DE LA ADICIÓN. • 2. TOMAR LA PRODUCCIÓN, ES DECIR, VENTAS MÁS AUMENTO DE EXISTENCIAS Y RESTAR LAS COMPRAS A OTRAS EMPRESAS, ESTE ES EL PROCEDIMIENTO QUE SE EMPLEA PARA EL CÁLCULO DEL PRODUCTO NACIONAL, SE CONOCE COMO EL MÉTODO DE LA SUSTRACCIÓN. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
IV. SISTEMAS ALTERNATIVOS EN EL DISEÑO DEL IVA • SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS BIENES DE EQUIPO Y DE LAS EXISTENCIAS, HAY TRES POSIBILIDADES: • 1. NO PERMITIR NINGÚN TIPO DE DEDUCCIÓN NI POR LA DEPRECIACIÓN NI POR LAS EXISTENCIAS ACUMULADAS. ESTE ES UN CÁLCULO DEL VALOR AÑADIDO BRUTO O VALOR AÑADIDO TIPO PRODUCTO. • 2. PERMITIR UNA DEDUCCIÓN POR EL DESGASTE DEL EQUIPO CAPITAL O DEPRECICACIÓN, ESTE ES EL VALOR AÑADIDO NETO O VALOR AÑADIDO TIPO RENTA. • 3. AUTORIZAR LA DEDUCCCIÓN DE TODAS LAS COMPRAS DE LA MAQUINARIA Y DEL AUMENTO EN LAS EXISTENCIAS, PERO EN TAL CASO NO SE PERMITE RESTAR EL IMPORTE DE LA DEPRECIACIÓN. • ES EL VALOR AÑADIDO TIPO CONSUMO. MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
CUADRO DE PROCEDIMIENTOS MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA
MÉTODO DE CÁLCULO DEL VALOR AÑADIDO • EL MODELO DE ESPAÑA ES EL TIPO CONSUMO Y EL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL TRIBUTO RESPONDE AL SISTEMA DE CUOTA MENOS CUOTA. • PARA QUE EL VALOR AÑADIDO GRAVADO SEA TIPO CONSUMO, EL EMPRESARIO CONSIDERARÁ COMO IVA REPERCUTIDO UN PORCENTAJE DE SUS VENTAS, PERO NO DEL INCREMENTO EN LAS EXISTENCIAS, (PORQUE SE PERMITE DEDUCIR EL AUMENTO EN EXISTENCIAS) • Y DESCONTARÁ COMO IVA SOPORTADO NO SÓLO EL QUE LE CARGUEN SUS SUMINISTRADORES DE MATERIAS PRIMAS O DE SERVICIOS, SINO ADEMÁS EL PAGADO AL ADQUIRIR NUEVOS EQUIPOS. (PORQUE SE LE PERMITE DEDUCIR LAS COMPRAS DE MAQUINARIA) MELBA L. CALLE-HACIENDA-DERECHO-LEC-9-UNED-TUDELA