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TRABAJO Y EMPRESA, 1. Creación : en Gen 1, 28 , Dios confiere al hombre el dominio sobre la tierra, y en Gen 2, 8 , Dios pone al hombre en el jardín del Edén para que lo trabaje . El trabajo es la colaboración del hombre y de la mujer con Dios en el perfecciona-
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TRABAJO Y EMPRESA, 1 Creación: en Gen 1, 28, Dios confiere al hombre el dominio sobre la tierra, y en Gen 2, 8, Dios pone al hombre en el jardín del Edén para que lo trabaje. El trabajo es la colaboración del hombre y de la mujer con Dios en el perfecciona- miento de la creación visible.
TRABAJO Y EMPRESA, 2 El trabajono surge como consecuencia del pecado original, sino que está en los planes de Dios desde el principio de la Creación. El pecado original tiene como consecuencia el esfuerzo que acompaña al trabajo, pero la vocación al trabajo es ante- rior al pecado.
TRABAJO Y EMPRESA, 3 Gaudium et spes 67: “el trabajo humano, autónomo o dirigido, procede inmediata- mente de la persona, la cual marca a la naturaleza como un sello y la somete a su voluntad”.
TRABAJO Y EMPRESA, 4 En el trabajo se comprome- ten la inteligencia y la vo- luntad del hombre. Es algo intencional, específico del ser humano (en sentido propio). Por eso el trabajo participa de la dignidad propia de todo ser humano y tiene un valor intrínseco, cualquiera que sea su valor económico o su considera- ción social.
TRABAJO Y EMPRESA, 5 Gaudium et spes 35: “La actividad hu- mana, así como procede del hombre, así también se ordena al hombre. Pues éste con su acción no sólo trans- forma las cosas y la sociedad, sino que se perfecciona a sí mismo. Aprende mucho, cultiva sus facultades, se supe- ra y se trasciende. Tal superación, rectamente entendida, es más impor- tante que las riquezas exteriores que puedan acumularse. El hombre vale más por lo que es que por lo que tiene”.
TRABAJO Y EMPRESA, 6 El trabajo es alienante cuando impide la realización humana de quien trabaja, no por realizar- se bajo la dirección de otro y re- cibir en compensación un salario.
TRABAJO Y EMPRESA, 7 Cristo asumió el trabajo dándole una dignidad sobreeminente. (I) CCE 2427: “el trabajo puede ser un medio de santificación y una ani- mación de las realidades terrenas en el espíritu de Cristo”. Christifide- les laici (1989) 43: “los fieles laicos han de cumplir su trabajo con com- petencia profesional, con honesti- dad humana, con espíritu cristiano, como camino de la propia santifi- cación”.
TRABAJO Y EMPRESA, 8 Cristo asumió el trabajo dándole una dignidad sobreeminente. (II) Beato Josemaría: el trabajo es el quicio de nuestra santi- ficación (cfr. Amigos de Dios 81).
TRABAJO Y EMPRESA, 9 El principio de la primacía del trabajo frente al capital “se refiere directamente al proceso mismo de producción, respecto al cual el tra- bajo es siempre una causa eficiente prima- ria, mientras el capital, siendo el conjunto de los medios de producción, es sólo un instru- mento o la causa instrumental. Este principio es una verdad evidente, que se deduce de toda la experiencia histórica del hombre” (La- borem exercens (1981) 12).
TRABAJO Y EMPRESA, 10 Todavía quedan países y lugares donde a los trabajadores, al menos en la práctica, sólo se les valora en función de su producción, y no en su dignidad de persona. Sean cuales sean las circunstancias, siempre ha de tratarse a los trabajadores como perso- nas llamadas a la condición de hijos de Dios.
TRABAJO Y EMPRESA, 11 Conflicto capital-trabajo, 1 Más allá de los intereses en conflicto, el trabajo y el capital han de armoni- zarse y cooperar entre sí, pues se necesitan mutuamente: “ni el capital puede subsistir sin el trabajo, ni el tra- bajo sin el capital” (Rerum novarum (1891) 14).
TRABAJO Y EMPRESA, 12 Conflicto capital-trabajo, 2 Los responsables de las empresas “están obligados a considerar el bien de las per- sonas y no solamente el aumento de las ganancias” (CCE 2432). Más allá de la libertad de las partes contra- tantes hay una justicia natural, anterior a la libre voluntad de las partes, que afecta a cuestiones como el salario mínimo y unas condiciones humanas de trabajo.
TRABAJO Y EMPRESA, 13 CCE 2433: “El acceso al trabajo y a la profe- sión debe estar abierto a todos sin discrimi- nación injusta, a hombres y mujeres, sanos y disminuidos, autóctonos e inmigrados. Habi- da consideración de las circunstancias, la so- ciedad debe, por su parte, ayudar a los ciuda- danos a procurarse un trabajo y un empleo”.
TRABAJO Y EMPRESA, 14 Centesimus annus (1991) 35: “Los beneficios no son el único índice de las condiciones de la empre- sa. Es posible que los balances económicos sean correctos y que al mismo tiempo los hombres, que constituyen el patrimonio más valioso de la empre- sa, sean humillados y ofendidos en su dignidad”. Los beneficios son una condición necesaria para la buena marcha de una empresa mercantil, pero obte- nerlos no es suficiente para que la empresa actúe con legitimidad moral (droga, pornografía, ...). Para tener legitimidad moral, debe contribuir al bien co- mún.
TRABAJO Y EMPRESA, 15 No se puede considerar la em- presa como un simple instru- mento de beneficios o como una mera concurrencia de in- tereses. Debe ser una comu- nidad de personas.
TRABAJO Y EMPRESA, 16 Centesimus annus (1991) 43: “la empresa no puede considerar- se únicamente como una ‘socie- dad de capitales’; es, al mismo tiempo, una ‘sociedad de perso- nas’ en la que entran a formar parte de manera diversa y con responsabilidades específicas los que aportan el capital nece- sario para su actividad y los que colaboran con su trabajo”.
TRABAJO Y EMPRESA, 17 León XIII (Rerum novarum (1891) 14) cita deberes de los empleados “prohibitivos”, como no dañar la propiedad, no ofender a los patronos y abstenerse de toda violencia al defender sus derechos.
TRABAJO Y EMPRESA, 18 PERO pueden señalarse también obligaciones po- sitivas, como: - trabajar bajo la dirección del empresario o perso- nas designadas por el mismo. Es algo inherente al contrato de trabajo. - trabajar con diligencia: las obligaciones del em- pleado no se reducen a un rígido listado de debe- res y derechos, sino que suponen una responsabi- lidad. - actuar con lealtad, cumplir los compromisos ad- quiridos, mantener los secretos profesionales y em- presariales, tratar de corresponder a la formación recibida a cargo de la empresa.
TRABAJO Y EMPRESA, 19 Algunos de los derechos de los traba- jadores que deben ser respetados (I): -remuneración del trabajo y prestacio- nes sociales: salario justo (no basta el acuerdo de las partes), pensiones (ju- bilación o accidentes laborales); -condiciones de trabajo: sin perjuicio a la salud, sin dañar la integridad moral, higiene, seguridad; -derecho a expresar la propia perso- nalidad y a la participación: iniciativa, responsabilidad, conciencia de trabajar “en algo propio”;
TRABAJO Y EMPRESA, 20 Algunos de los derechos de los traba- jadores que deben ser respetados (II): -horarios de trabajo y descanso domi- nical: obligación de los poderes públi- cos y de los patronos de asegurar a los ciudadanos y a los empleados un tiem- po destinado al descanso y al culto divino; -sindicatos: derecho fundamental, pero “lucha en favor” del justo bien, no “contra” los demás.
TRABAJO Y EMPRESA, 21 Huelga “es moralmente legítima cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado. Resulta moralmente inaceptable cuando va acom- pañada de violencias o también cuando se lleva a cabo en función de objetivos no direc- tamente vinculados con las condiciones del trabajo o contrarios al bien común” (CCE 2435).
TRABAJO Y EMPRESA, 22 Igualdad de derechos humanos en varón y mujer en el campo laboral “no significa para la mujer la renuncia a su femini- dad ni la imitación del carácter masculino, sino la plenitud de la verdadera humanidad femenina tal como debe expresarse en su comportamiento, tanto en familia como fuera de ella” (Familiaris consortio (1981) 23). Al mismo tiempo, “que la sociedad cree y desarrolle las condiciones adecuadas para el trabajo domésti- co” (Idem).