100 likes | 555 Views
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO. LA SEGURIDAD SOCIAL PARTE DEL INSTINTO NATURAL DEL HOMBRE EN SU ENTORNO SOCIAL. CONSISTE EN COMBATIR PERMANENTE LA INSEGURIDAD DENTRO DE ESE ENTORNO. SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO.
E N D
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • LA SEGURIDAD SOCIAL PARTE DEL INSTINTO NATURAL DEL HOMBRE EN SU ENTORNO SOCIAL. CONSISTE EN COMBATIR PERMANENTE LA INSEGURIDAD DENTRO DE ESE ENTORNO.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • POR CONSIGUIENTE LA INSEGURIDAD SE MANTIENE LATENTE Y POR LO TANTO PERDURARÁ MIENTRAS EXISTA UN AMBIENTE SOCIAL.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • LA SEGURIDAD COMO EL MEDIO MÁS EFICAZ PARA COMBATIR LA INSEGURIDAD, SE TRADUCE EN LA FACULTAD DE LAS PERSONAS EN SU AMBIENTE SOCIAL PARA OBTENER Y EJERCER TODOS LOS MEDIOS NECESARIOS PARA MANTENERSE LIBRE DE TODO RIESGO O DAÑO CAUSADO .
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN CONCEPTO UNIVERSAL DE TODOS LOS PUEBLOS, DE AHÍ QUE NO PODEMOS REFERIRNOS EXCLUSIVAMENTE DE UNA REGIÓN O DE UNA ÉPOCA DETERMINADA.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • LA SEGURIDAD SOCIAL COMO TAL NO FUE RECONOCIDA HASTA LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO MODERNO, AL DESARROLLARSE UNA SERIE DE ACONTECIMIENTOS DENTRO Y PARA EL PROPIO ESTADO.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • DE LO EXPUESTO SE CONCEPTUALIZA A LA SEGURIDAD SOCIAL COMO LA FACULTAD DE TODO ESTADO MODERNO DE OTORGAR A SUS POBLADORES LOS MEDIOS NECESARIOS DE SUBSISTENCIA NECESARIOS PARA GARANTIZAR, LA VIDA, LA SALUD, EL TRABAJO, LA EDUCACIÓN, LA VIVIENDA, EL RETIRO Y LA ALIMENTACIÓN.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • EN NUESTRO PAÍS LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN DERECHO QUE SE ENCUENTRA PLASMADO FUNDAMENTALMENTE EN LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES: • FRACCIÓN XXIX DEL ARTÍCULO 123 APARTADO A CONSTITUCIONAL. • ARTÍCULO 3º DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
SEGURIDAD SOCIAL. CONCEPTO • FRACCIÓN XXIX DEL ARTÍCULO 123 APARTADO A CONSTITUCIONAL.: “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.” • ARTÍCULO 3º DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.“El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.”