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INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL. PLAN DE EQUIDAD PENSION A LA VEJEZ PENSION POR INVALIDEZ. Dirección Técnica de Prestaciones Gerencia Prestaciones Octubre/2008. PLAN DE EQUIDAD. ASIGNACIONES FAMILIARES ASISTENCIA A LA VEJEZ. PLAN DE EQUIDAD. ASIGNACIONES FAMILIARES
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INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PLAN DE EQUIDAD PENSION A LA VEJEZ PENSION POR INVALIDEZ Dirección Técnica de Prestaciones Gerencia Prestaciones Octubre/2008
PLAN DE EQUIDAD • ASIGNACIONES FAMILIARES • ASISTENCIA A LA VEJEZ
PLAN DE EQUIDAD ASIGNACIONES FAMILIARES LEY 18.227 DEL 22/12/2007
ASIGNACIONES FAMILIARES • Esta transferencia obedece a dos argumentos principales: • Concentración de la pobreza en hogares con hijos menores de 18 años y mayores discapacitados. • Esta prestación existe en el país desde 1943 orientándose paulatinamente hacia la población de menores ingresos.
ASIGNACIONES FAMILIARES • LEYES VIGENTES • LEYES DEROGADAS • POBLACION OBJETIVO
LEYES VIGENTES • 15.084 del 28/11/1980 • Trabajadores Formales • 17.474 del 14/05/2002 • Gemelares múltiples
LEYES DEROGADAS • 17.139 del 16/07/99 y 17.758 del 04/05/04 • Hogares de Menores Recursos. • Derogación al 31/12/2007.
POBLACIÓN OBJETIVO • Menores que integren hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica conforme a criterios técnicos. • Menores internados en régimen de tiempo completo en establecimientos del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay o Instituciones con convenio por el INAU.
CRITERIO DE PROGRESIVIDAD • Año 2008 - Primer Quintil: • El sector más pobre de la población, incluye extrema pobreza (contexto crítico). • Cuantificación: 330.000 beneficiarios. • Año 2009 - Línea de Pobreza: • Hogares en situación de vulnerabilidad social situados por encima del primer quintil. • Cuantificación: 170.000 beneficiarios.
CAMBIOS • Concepto de hogar. • Instituciones. • Criterios técnicos de selección. • Administradores. • Monto de la prestación con pago mensual. • Término de la prestación. • Educación no formal.
CONCEPTO DE HOGAR • Características: • Dos o más personas • Vinculadas o no por lazos de parentesco • Conviven bajo el mismo techo • Constituyen una familia o unidad familiar
INSTITUCIONES • Menores internados en régimen de tiempo completo en el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay o Instituciones que mantengan convenio con éstas. • Pagos por una única cuenta bancaria.
CRITERIO TÉCNICO DE SELECCIÓN • Factores considerados conjunta e interracionadamente para aplicación del algoritmo: • Ingresos del hogar • Condiciones habitacionales • Composición del hogar • Condiciones de los integrantes • Nivel educativo de los integrantes • Situación sanitaria
ALGORITMO • Conjunto de operaciones que transforman los datos de entrada en una salida de resultados comprensibles. DATOS DE ENTRADA Cantidades que le son dadas antes de que el algoritmo comience ALGORITMO DE RESOLUCIÓN Las operaciones a llevar a cabo deben ser especificadas de manera rigurosa y no ambigua para cada caso SALIDA DE RESULTADOS Cantidades que tienen una relación específica con las entradas
ADMINISTRADORES • Personas con capacidad legal (incluyendo menores) e Instituciones a cargo de los beneficiarios (tenencia material). • Titularidad Femenina • Preferencia de la mujer cuando dos personas de diferente sexo tengan capacidad legal sobre los menores. • Tenencia Judicial • Acreditará la tenencia material en caso de controversia.
MONTOS DE LA PRESTACIÓN • Ajustado por IPC (Indice de Precios al Consumo) • Variables • Cantidad de beneficiarios • Nivel educativo • Discapacidad
MONTOS DE LA PRESTACIÓN • Características • Pago mensual • Valores fijos para beneficiarios que padezcan incapacidad física o psíquica • Valores fijos para beneficiarios internados en INAU o Instituciones con Convenio
MONTOS DE LA PRESTACIÓN • Valores mensuales básicos • $ 700 por beneficiarios menores en gestación, menores de 5 años y escolares. • $ 300 (complemento) por beneficiarios cursando nivel intermedio • $ 1000 por beneficiarios incapaces • $ 700 por cada beneficiario internado en régimen de tiempo completo en establecimientos del INAU o Instituciones con Convenio con éste.
TÉRMINO DE LA PRESTACIÓN • A partir de la constatación fehaciente del estado de gravidez y hasta los 14 años. • Hasta los 16 años cuando no ha completado el ciclo de educación primaria a los 14 años por impedimento justificado. • Hasta los 18 años cuando curse estudios de nivel superior a primaria o perciba pensión por invalidez. • Continúa a partir de los 18 años con revisión médica cada 3 años por beneficiarios incapaces que no fuesen pensionistas por invalidez.
EDUACIÓN NO FORMAL • Institutos privados de educación no formal. • Inscripción de los Institutos en el Registro de Instituciones de Educación No Formal del Ministerio de Educación y Cultura. • Válido por una única vez. • Válido por período de un año.
REQUISITOS DE BENEFICIARIOS • Datos necesarios para aplicación del criterio de selección (algoritmo). • Inscripción y concurrencia asidua del beneficiario a Institutos docentes de educación formal o no formal, públicos o privados, a excepción de beneficiarios incapaces. • Periodicidad de controles médicos brindada por sistema privado o público. • Revisión médica cada 3 años para beneficiarios incapaces mayores de 18 años de edad.
POSTULACIÓN • Hogares no relevados por el PANES • Hogares en situación de vulnerabilidad social situados por encima del contexto crítico. • Si al 31/12/2007 son beneficiarios de AFAM por Hogares de Menores Recursos, plazo de postulación hasta el 30/06/2008 para mantener la AFAM HMR hasta el 31/12/2008.
PLAN DE EQUIDAD ASISTENCIA A LA VEJEZ LEY 18.241 del 27/12/2007
POBLACIÓN OBJETIVO • Personas entre 65 y menores de 70 años de edad. • Personas que integren hogares con carencias críticas en sus condiciones de vida. • Hogares constituidos por una sola persona o más integrantes.
POSTULACIÓN • Acreditación ante el Ministerio de Desarrollo Social, sin postulación ante el BPS. • Compete a éste verificar y controlar los requisitos de elegilibilidad para ser beneficiario de este programa.
INCOMPATIBILIDAD • Percepción de ingresos de cualquier naturaleza u origen iguales o superiores al Subsidio. • Ante la percepción de ingresos inferiores al Subsidio, recibirán la diferencia entre ambos importes.
SUBSIDIO ASISTENCIA A LA VEJEZ • Equivalente a la Pensión a la Vejez prevista por el art. 43 de la Ley 16.713, del 03/09/1995. • Monto de $ 3.309 (valor a 04/08). • Pago mensual a partir de 01/2008 • Primer pago en 02/2008 • Pago a través del BPS • No genera derecho a otras prestaciones.
ACCESO A PENSIÓN A LA VEJEZ • Pasaje automático a la Pensión a la Vejez. • A partir de los 70 años de edad. • Beneficiarios del Subsidio Asistencia a la Vejez. • De mantener las condiciones que dieron lugar a la concesión del Subsidio. • Monto de $ 3.309 (valor a 04/08).
PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS PENSION A LA VEJEZ PENSION POR INVALIDEZ
PENSIÓN A LA VEJEZ E INVALIDEZ • BENEFICIARIOS: • 70 años de edad. • Estar incapacitado en forma absoluta y permanente para todo trabajo a cualquier edad. • Acreditar carencia de recursos.
PENSIÓN A LA VEJEZ E INVALIDEZ CONDICIONES PRIMARIAS DE ACCESO • CARECER DE RECURSOS PROPIOS O SER ESTOS MENORES AL MONTO DE LA PV ( $ 3309 VALOR 1-1-2008 ). • PV - 70 O MAS AÑOS DE EDAD. • PI - SIN LIMITE DE EDAD PARA EL DISCAPACITADO EN FORMA ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO. • EXTRANJEROS: ULTIMOS 15 AÑOS DE RESIDENCIA CONTINUA EN EL PAIS.
PENSIÓN A LA VEJEZ E INVALIDEZ TOPES DE INGRESOS DE FAMILIARES OBLIGADOS
PENSIÓN A LA VEJEZ E INVALIDEZ INVALIDEZ • INCAPACIDAD PARA TODA TAREA - COMUN • PUEDE SER DEFINITIVA O A TERMINO • SE DEBE APORTAR TODA LA DOCUMENTACION • CORRESPONDE INSPECCION • INCAPACIDAD PARA TODA TAREA - SEVERA • PUEDE SER DEFINITIVA O A TERMINO • PUEDE SER PROPIETARIO DE UN INMUEBLE, DE LO CONTRARIO SE ESTUDIA LA SITUACION • NO CORRESPONDE INSPECCION
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL MUCHAS GRACIAS