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La planificación y la implementación de políticas públicas con enfoque de derechos. Sara Oviedo Consultora. Sujetos de derechos. Ser sujeto es ser algo/ alguien en sí mismo. Cada uno de nosotros somos alguien en sí mismo y este es el sentido esencial de ser sujetos de derechos .
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La planificación y la implementación de políticas públicas con enfoque de derechos Sara Oviedo Consultora
Sujetos de derechos • Ser sujeto es ser algo/alguien en sí mismo. • Cada uno de nosotros somos alguien en sí mismo y este es el sentido esencial de ser sujetos de derechos. • Por sobre todo somos titulares de derechos en virtud de la dignidad y valor de la persona humana.
Sujetos de derechos • Estos son principios universales, valores éticos y morales que están legalmente sustentados. • La expresión ''sujeto de derecho es equivalente a "ser humano". Sujeto de derecho y persona son dos términos que aluden a un mismo ente: el ser humano. • Lo contrario de sujetos es ser objetos, y asumirnos así ha tenido consecuencias nefastas en la convivencia diaria y en el conjunto de la marcha de la humanidad.
Sujeto de derechos • Ser sujeto, es alguien capaz de ser titulares de deberes y derechos, en tanto capacidad jurídica de asumir obligaciones y ejercitar sus derechos. • En la realidad lo que todos y todas vivimos es que no solo que no nos asumen como sujetos de derechos o no los asumimos a los otros como tales, sino que cada uno no nos sentimos como tales.
Sujeto de derechos La titularidad de los derechos demanda de los Estados cuatro tipo de obligaciones en función de las cuales toma sus prioridades: • De respetar: El Estado no debe interferir, ni obstaculizar o impedir, directa o indirectamente, el libre ejercicio de los derechos. Debe abstenerse de realizar o tolerar cualquier acto de un agente suyo que constituya una violación del derecho. • De proteger: el Estado debe impedir que terceros interfieran, obstaculicen o impidan el libre goce o ejercicio de los derechos.
Sujetos de derechos • De promover: Deber de facilitar y promover los medios y condiciones para que los titulares de derechos puedan hacer efectivo su goce y ejercicio. • De garantizar: asegurar que el titular tenga acceso al goce y ejercicio del derecho cuando no pueda asegurárselos por si mismo. • Las obligaciones de promover y garantizar se agrupan en cumplir los derechos, es decir, emitir políticas públicas e implementarlos para así asegurar el ejercicio de los derechos. • Las dos primeras obligaciones son de carácter inmediato para el Estado; y las de cumplir son de una progresiva obtención mediante el establecimiento de prioridades de la política publica.
Políticas públicas • Decisión de autoridad competente que a nivel nacional o local, de forma sistemática y permanente, que se define a actuar sobre cualquiera de las prioridades que se proponga en función de promover o garantizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. • Se plantea que estas decisiones de deben ser tomadas de forma concertada entre los diferentes actores sociales y el Estado.
¿Qué es el enfoque de derechos en las Políticas Públicas? • Es una perspectiva de análisis que pone al ser humano y el cumplimiento de sus derechos ((tanto de los individuos, como de los colectivos), en el centro de todas las decisiones y acciones de los gobiernos, sociedades, familias, etc. En el caso que nos ocupa es justamente colocar en el centro de las decisiones de la planificación y la implementación de las políticas públicas el ejercicio de los derechos culturales de los seres humanos.
¿Qué es el enfoque de derechos en las Políticas Públicas? • Para demandar esto, nos basamos en que los Estados a través de los diferentes Tratados Internacionales y leyes nacionales, se han comprometido a cumplir con una serie de medidas para hacer efectivo el ejercicio y goce de los derechos humanos. El primer paso para lograrlo es que el ser humano se convierta en el centro de la actuación estatal, y en ese sentido que el cumplimiento de sus derechos, sea el fin último de toda acción o decisión estatal.
¿Qué es el enfoque de derechos en las Políticas Públicas? • Pero, el principal sustento para demandar esta forma de actuación es justamente el reconocimiento como sujetos titulares de derechos que nos hacen las Constituciones de nuestros países, por lo que esperamos que las políticas nos reconozcan como tales y que los Estado sea el principal agente obligado a respetar, proteger, promover y garantizarlos.
¿Qué es el enfoque de derechos en las Políticas Públicas? • Obligándonos a superar la concepción de ver a los individuos como personas con necesidades que deben ser asistidas, por la de sujetos titulares de derechos a ejercitarse, a ser cumplidos por parte del Estado. Variando la concepción de lo social y la relación entre los ciudadanos y el ejecutivo. Invertir la relación Estado/beneficiarios es el reto del enfoque de derechos en lo social.
¿Consecuencias programáticas y metodológicas? • En estas condiciones, el enfoque de derechos trae consecuencias programáticas y metodológicas no solo en el diseño de las políticas públicas, sino también en todo el proceso de las políticas públicas, en la relación de los individuos con el Estado y por tanto en la democracia.
En la participación ciudadana en las Políticas Públicas • Impulsa la participación en los asuntos públicos por parte de todos ciudadanos sujetos de derechos, porque se los reconoce con capacidad de exigir prestaciones y conductas, superando ese trato de receptores o agente pasivos de una decisión discrecional producto muchas veces del clientelismo.
En la participación ciudadana en las Políticas Públicas • “Transforma este beneficiario en sujeto activo titular de derechos y a la autoridad en un ente obligado a garantizarlos”. • Participación que se puede dar en todos los momentos del proceso de la política pública, pero en especial en el diseño y en los procesos de rendición de cuentas, control social, vigilancia, etc.
En el diseño de las políticas públicas • Sugiere en el diseño de las políticas públicas la utilización de metodologías novedosas que permita tener en el centro al sujeto de derechos, hay algunas experiencias concretas al respecto particularmente en niñez y adolescencia.
En la implementación/diseño de las políticas públicas • Las políticas públicas deben ser integrales, sistemáticas no coyunturales y aisladas, deben tener continuidad, responder a una estrategia global que involucre a todos los órganos del Estado y contemple la evaluación de sus avances; no ser discriminatorias; adquirir el lenguaje de derechos también es importante.
En la implementación/diseño de las políticas públicas • Los servicios concebidos deben ser sencillos, eficientes, efectivos; ubicados localmente; con personal capacitado y entrenado y suficiente; eliminando burocracia; • El financiamiento dedicados a las políticas públicas deben ser suficientes, oportunos y permanentes.
En la implementación de la política pública • Las culturas institucionales deben ser respetuosas de derechos y de los sujetos titulares de derechos. Para ello deben promover que los modelos de gestión y modelos de atención estén centrados en un cálido y eficiente servicio a los seres humanos, superando el abuso (maltrato en todas sus formas) o la omisión (el no brindar el servicio).
En la implementación de la política pública • Dentro de los modelos de gestión y atención propuestos en las políticas públicas merece dar especial atención a la articulación y coordinación sistémica entre las diferentes instituciones, superando la práctica actual de aislamiento y suplantación de acciones. Modelo sistémico de funcionamiento que permite brindar una atención integrada, integral y prácticas colaborativas entre las diferentes instituciones públicas y privadas asumiéndolas como corresponsables de la garantía de derechos
En implementación de la política pública • Existen varios mecanismos probados al respecto para promover este accionar sistémico: la conformación de redes; los sistemas de protección en especial el SNDPINA; las rutas de protección; los códigos de convivencia, etc. • Un funcionar sistémico sin duda garantiza la consecución de derechos.
En la implementación de las políticas públicas • Los roles y competencias en lo social de los gobiernos autónomos descentralizado tienen que ser potenciados, no solo por ganancias obvias como es la canalización de otros recursos, sino y sobre todo porque es en lo local donde están territorialmente todos los habitantes y la adecuación cultural es posible allí, así como, la garantía concreta de los derechos. La participación es posible en el nivel local también. Es un reto importante, que ellos se involucren más en lo social, que incluyan en sus planes territoriales la defensa de los derechos culturales y lo financien, son aliados fundamentales.
En la implementación de la política pública • Comprometiéndoles se supera la tradicional dedicación de los alcaldes solo a la obra física, se acercan y se preocupan genuinamente por las poblaciones en tanto colectivos de sujetos titulares de derechos; y, se transforma la dedicación asistencial de los Patronatos, convirtiéndose en verdaderos gobiernos garantes de los derechos de sus conciudadanos.
En la implementación de la política pública • El tratamiento especializado a cada uno de los grupos sociales que están siendo atendidos en base a las características que tienen, me refiero por ejemplo a niños, niñas y adolescentes, jóvenes, adultos mayores, mujeres, hombres, nacionalidades y pueblos indígenas, etc., es otra demanda que se desprende de la implementación con enfoque de derechos. Por la pertinencia que se desarrolla en las políticas públicas,
En los procesos de rendición de cuentas y vigilancia • Implica también rendición de cuentas por parte de las autoridades de todos los puestos de dirección públicos y privados, sino las declaraciones de garantía de los derechos humanos pasan a ser declaraciones retóricas, sin contenido. La garantía de los derechos en un Estado, establece obligaciones jurídicas a los que participan en el sector público.
En los procesos de rendición de cuentas y vigilancia • Compromete una vigilancia activa por parte de otras instancias públicas pero también de la sociedad civil (control social), que combina con acciones de exigibilidad también por la capacidad de demandar que se les reconoce.