610 likes | 1.25k Views
UNIDAD VI. PLURALIDAD. TIPICIDAD. DOMICILIO. NOMBRE. OBJETO. PERSONALIDAD. PLURALIDAD DE PARTES. SURGE DE LA LEY DE SOCIEDADES. ARTICULO 1 ARTICULO 94 INCISO 8. LEY 19550 ART 1.
E N D
UNIDAD VI PLURALIDAD. TIPICIDAD. DOMICILIO. NOMBRE. OBJETO. PERSONALIDAD.
PLURALIDAD DE PARTES • SURGE DE LA LEY DE SOCIEDADES. • ARTICULO 1 • ARTICULO 94 INCISO 8
LEY 19550 ART 1 • HABRA SOCIEDAD COMERCIAL CUANDO DOS O MAS PERSONAS EN FORMA ORGANIZADA, CONFORME A UNO DE LOS TIPOS PREVISTOS EN ESTA LEY, SE OBLIGUEN A REALIZAR APORTES PARA APLICARLOS A LA PRODUCCION O INTERCAMBIO DE BIENES O SERVICIOS PARTICIPANDO DE LOS BENEFICIOS Y SOPORTANDO LAS PERDIDAS.
ARTICULO 94 INCISO 8 • LA SOCIEDAD SE DISUELVE: • “ POR REDUCCION A UNO DEL NUMERO DE SOCIOS, SIEMPRE QUE NO SE INCORPOREN NUEVOS SOCIOS EN EL TERMINO DE 3 ( TRES) MESES. • EN ESTE LAPSO EL SOCIO UNICO SERA RESPONSABLE ILIMITADA Y SOLIDARIAMENTE POR LAS OBLIGACIONES SOCIALES CONTRAIDAS.
SOCIEDAD DE UN SOLO SOCIO • PROYECTOS. • LEGISLACION ITALIANA, ALEMANA Y FRANCESA. • EMPRESARIO UNIPERSONAL.
LEY 19550 ART 17 • ES NULA LA CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE LOS TIPOS NO AUTORIZADOS POR LA LEY. • LA OMISION DE CUALQUIER REQUISITO ESENCIAL NO TIPIFICANTE HACE ANULABLE EL CONTRATO, PERO PODRA SER SUBSANARSE HASTA SU IMPUGNACION JUDICIAL.
COLECTIVA: RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA, ILIMITADA Y SOLIDARIA POR OBLIGACIONES SOCIALES. COMANDITA SIMPLE: COMANDITADOS: IDEM COLECTIVA. COMANDITARIOS: LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL APORTE. ESTOS ULTIMOS TIENEN VEDADA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. SOCIEDADES DE PERSONAS O PARTES DE INTERES
SOCIEDADES DE PERSONAS O PARTES DE INTERES • SOCIEDAD DE CAPITAL E INDUSTRIA. • SOCIO CAPITALISTA: IDEM COLECTIVA • SOCIO INDUSTRIAL: APORTA SU INDUSTRIA. LIMITA SU RESPONSABILIDAD A LAS GANANCIAS NO PERCIBIDAS.
SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • LOS SOCIOS LIMITAN LA RESPONSABILIDAD A LA INTEGRACION DE LAS CUOTAS QUE SUSCRIBAN O ADQUIERAN. • NO MAS DE 50 SOCIOS. • CAPITAL DIVIDIDO EN CUOTAS. • A PARTIR DE 1932.
SOCIEDADES POR ACCIONES • SOCIEDAD ANONIMA • SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES. • SOCIOS COMADITADOS • SOCIOS COMANDITARIOS: LIMITAN RESPONSABILIDAD AL APORTE COMPROMETIDO • CAPITAL DIVIDIDO EN ACCIONES
ORGANOS • GOBIERNO: ASAMBLEA DE ACCIONISTAS. • ADMINISTRACION: DIRECTORIO. • REPRESENTACION: PRESIDENTE DEL DIRECTORIO. • FISCALIZACION: SINDICATURA-CONSEJO DE VIGILANCIA.
APORTES • POR APORTE DEBE ENTENDERSE LA ENTREGA DE TODO BIEN QUE TENGA UN VALOR DE USO O DE CAMBIO Y CUALQUIER DERECHO, YA SEA DE PROPIEDAD, DE USUFRUCTO, USO Y GOCE.
APORTES-PROPORCIONES • ART 11 INCISO 7. EL INSTRUMENTO DE CONSTITUCION DEBE CONTENER: • LAS REGLAS PARA DISTRIBUIR LAS UTILIDADES Y SOPORTAR LAS PERDIDAS. EN CASO DE SILENCIO, SERA EN PROPORCION DE LOS APORTES. SI SE PREVE SOLO LA FORMA DE DISTRIBUCION DE LAS UTILIDADES, SE APLICARA PARA SOPORTAR LAS PERDIDAS Y VICEVERSA.
AFFECTIO SOCIETATIS • SE ENTIENDE AL AFFECTIO SOCIETATIS COMO LA RENUNCIA A LOS INTERESES PERSONALES Y EGOISTAS EN BENEFICIO DE LOS DE LA SOCIEDAD. IMPORTA UN PERMANENTE SENTIDO DE COLABORACION ACTIVA QUE PERMITA LA PROSECUCION DEL OBJETO SOCIAL.
ESTIPULACIONES NULAS • ARTICULO 13. 5 INCISOS. • LA NULIDAD NO AFECTA LA VALIDEZ DEL CONTRATO. LA CLAUSULA SE CONSIDERA COMO NO ESCRITA. • INCISOS 1,2 Y 3 SON CLAUSULAS “ LEONINAS” ( CLARA DISPARIDAD DE PRESTACIONES) • INCISO 4 VIOLA DERECHOS HEREDITARIOS.
DOMICILIO • ART 11 INC 2 • SE REFIERE A LA DESIGNACION DE LA JURISDICCION TERRITORIAL.
SEDE SOCIAL • ES EL LUGAR PRECISO DE DETERMINADA CIUDAD O POBLACION, EN DONDE FUNCIONAN LA ADMINISTRACION Y EL GOBIERNO DE LA SOCIEDAD.
CAMBIO DE DOMICILIO • COLECTIVAS: ART 131 • COMANDITA SIMPLE Y CAPITAL E INDUSTRIA: ART 139 Y 145 • S. R .L. : COMO MINIMO LA MAYORIA ABSOLUTA DEL CAPITAL SOCIAL. SI NO ESTA PREVISTO, SE REQUIERE EL VOTO DE LAS TRES CUARTAS PARTES DEL CAPITAL SOCIAL.
CAMBIO DE DOMICILIO • EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES: • CELEBRACION DE UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA. • ART 235.
CAMBIO DE SEDE SOCIAL • NO IMPLICA MODIFICACION DEL CONTRATO O ESTATUTO SOCIAL. • REQUIERE COMUNICACIÓN A LA AUTORIDAD DE CONTRALOR.
DOMICILIO DE SUCURSALES • CADA UNA DE LAS SUCURSALES DE UNA SOCIEDAD TENDRA NECESARIAMENTE UNA PERSONA QUE LA REPRESENTE, CON FACULTADES SUFICIENTES PARA OBLIGARLA Y UN DOMICILIO ESPECIAL.
DOMICILIO DE FILIALES • LAS FILIALES, SI BIEN CONSTITUYEN TAMBIEN DESCENTRALIZACIONES ECONOMICAS, SON ENTES TOTALMENTE AUTONOMOS DE LA CASA MATRIZ, TENIENDO PATRIMONIO PROPIO Y SIENDO CONSIDERADAS COMO SUJETO DE DERECHO.
NOMBRE CIVIL • TERMINO O EXPRESION QUE TIENE COMO FUNCION IDENTIFICAR A LAS PERSONAS DE MANERA HABITUAL.
NOMBRE COMERCIAL • ES EL NOMBRE BAJO EL CUAL LOS COMERCIANTES, INDUSTRIALES O PRODUCTORES EJERCEN LOS ACTOS DE COMERCIO, INDUSTRIA O EXPLOTACION. • TIENE COMO FINALIDAD IDENTIFICAR A LA ACTIVIDAD. • CONFITERIA EL MOLINO, PIZZERIA LOS INMORTALES, ETC.
NOMBRE SOCIAL • SEÑALA UN AMBITO DE APLICACIÓN DETERMINADO: LA NORMATIVA SOCIETARIA. INDIVIDUALIZA EN ESTE PLANO LA FISONOMIA DE LA SOCIEDAD COMO SUJETO DE DERECHO.
RAZON SOCIAL • INDICA LA EXISTENCIA DENTRO DEL ENTE SOCIETARIO DE SOCIOS CON RESPONSABILIDAD ILIMITADA Y SOLIDARIA. • NO PUEDEN FIGURAR EN LA RAZON SOCIAL SOCIOS QUE TENGAN RESPONSABILIDAD LIMITADA. • NO LA PUEDEN USAR LAS SOCIEDADES QUE NO TENGAN POR LO MENOS UN SOCIO CON RESPONSABILIDAD ILIMITADA.
RAZON SOCIAL • SI NO APARECEN EN LA RAZON SOCIAL TODOS LOS SOCIOS CON RESPONSABILIDAD ILIMITADA CONTENDRA LAS PALABRAS Y COMPAÑÍA O SU ABREVIATURA.
RAZON SOCIAL • LA MUERTE, ABANDONO O EXCLUSION DE UN SOCIO QUE FIGURA EN LA RAZON SOCIAL, PROVOCARA LA MODIFICACION DE ESTA. • LA UTILIZACION DE LA RAZON SOCIAL NO ES OBLIGATORIA PARA NINGUN TIPO DE SOCIEDAD.
DENOMINACION SOCIAL • ES EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD EN LA CUAL NO EXISTE ALGUNA CATEGORIA DE SOCIO ILIMITADAMENTE RESPONSABLE. • PUEDE INCLUIR UN NOMBRE DE FANTASIA, PALABRAS, VOCABLOS O BIEN EL NOMBRE DE LOS SOCIOS.
DENOMINACION SOCIAL • PUEDE CONSISTIR EN UNA EXPRESION DE FANTASIA. • PUEDE LLEVAR EL NOMBRE DE UNA PERSONA FISICA. • EN LAS SRL PUEDE USAR EL NOMBRE DE ALGUN SOCIO PERO DEBE LLEVAR LA SIGLA S. R. L. • EN LAS S.A. PUEDE INCLUIR EL NOMBRE DE UNA PERSONA FISICA MAS LA SIGLA S.A.
CARACTERES • UNICO: UNA SOCIEDAD NO PUEDE TENER MAS DE UNA RAZON SOCIAL O DENOMINACION
CARACTERES • NOVEDAD: DEBE SER INCONFUNDIBLE CON LOS YA EXISTENTES. • RESERVA DE NOMBRES. • CONTROL DE HOMONIMIA.
CARACTERES • VERACIDAD: ESTE PRINCIPIO EXIGE QUE NO SEA FALAZ, NI PROVOQUE A ENGAÑOS SOBRE LA RESPONSABILIDAD O CALIDAD DE LOS SOCIOS, SOBRE EL TIPO DE SOCIEDAD O SOBRE LA ACTIVIDAD QUE REALIZA LA SOCIEDAD.
CARACTERES • INMUTABILIDAD: EL NOMBRE SOCIAL NO PUEDE SER MODIFICADO SINO POR MOTIVOS DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS. • EJEMPLO: GUTENBERG S. R. L.
SOCIEDAD COLECTIVA • PUEDEN UTILIZAR RAZON SOCIAL O DENOMINACION. • SE INTEGRA CON “SOCIEDAD COLECTIVA” O SU ABREVIATURA. • SI USA RAZON SOCIAL, EL NOMBRE DE TODOS LOS SOCIOS O ALGUNO MAS Y CIA.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE • PUEDE UTILIZAR RAZON SOCIAL O DENOMINACION. • SE INTEGRA CON “SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE” O SU ABREVIATURA. • SI UTILIZA RAZON SOCIAL ES CON LOS NOMBRE DE LOS SOCIOS COMANDITADOS.
SOCIEDAD DE CAPITAL E INDUSTRIA • SE INTEGRA CON LAS PALABRAS “ SOCIEDAD DE CAPITAL E INDUSTRIA” O SU ABREVIATURA. • SI UTILIZA RAZON SOCIAL, NO PODRA FIGURAR EL NOMBRE DEL SOCIO INDUSTRIAL.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • NO PODRAN ACTUAR BAJO RAZON SOCIAL. • DEBE CONTENER LA EXPRESION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SU ABREVIATURA O LA SIGLA SRL. • DENOMINACION OBJETIVA: DERIVADA DEL OBJETO. • SUBJETIVA: CON INDICACION DEL NOMBRE DE UNO O MAS SOCIOS. • EN ESTE CASO EXCLUIDAS PERSONAS AJENAS A LA SOCIEDAD.
SOCIEDAD ANONIMA • NO PODRAN ACTUAR BAJO RAZON SOCIAL. • DEBE INCORPORAR LA EXPRESION SOCIEDAD ANONIMA, SU ABREVIATURA O LA SIGLA S.A. • DENOMINACION OBJETIVA, NOMBRE DE FANTASIA O PERSONA FISICA. VIVA O NO.
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES • LA DENOMINACION DEBE INCLUIR LA EXPRESION SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, SU ABREVIATURA O LA SIGLA S. C. A. • LA RAZON SOCIAL SOLO PUEDE INTEGRARSE CON EL NOMBRE DE LOS SOCIOS COMANDITADOS.
EXPRESION “ DE ARGENTINA” • CUANDO LA DENOMINACION INCLUYA LAS EXPRESIONES “ DE ARGENTINA”. • ACREDITAR EXISTENCIA DE EMPRESA EXTRANJERA. • CONFORMIDAD PRESTADA POR LA MISMA.
EXPRESION “ NACIONAL” • QUEDA PROHIBIDO EL USO DE LA EXPRESION “ NACIONAL” EN EL NOMBRE O DENOMINACION SOCIAL Y EN LOS DOCUMENTOS DE LA SOCIEDAD.
EXPRESION “OFICIAL” • QUEDA PROHIBIDO EL USO DEL VOCABLO “ OFICIAL” PARA LA DESIGNACION DEL NOMBRE, DENOMINACION, RAZON SOCIAL O PARA LA DETERMINACION DEL OBJETO O FINES DE LA SOCIEDAD.
EMBLEMA • EL EMBLEMA ES UN SIGNO CONSTITUIDO POR LA ABREVIATURA O LAS INICIALES DEL NOMBRE COMERCIAL, PUDIENDO ESTAR CONSTITUIDO POR SOLO UNA LETRA. • “S” DE SHERATON
ENSEÑA • ES LA DIVISA O DISTINTIVO DE DETERMINADO ESTABLECIMIENTO, FORMADO POR DIBUJOS, SIMBOLOS, FIGURAS, ETC
OBJETO SOCIAL • ESTA CONSTITUIDO POR LOS ACTOS O CATEGORIA DE ACTOS QUE FIGURAN EN EL CONTRATO CONSTITUTIVO Y QUE PODRA REALIZAR LA SOCIEDAD PARA LOGRAR EL FIN COMUN AL QUE ASPIRAN LOS SOCIOS.
ACTIVIDAD SOCIAL • ES EL EJERCICIO EFECTIVO DE LOS ACTOS QUE REALIZA LA SOCIEDAD EN FUNCIONAMIENTO Y QUE TIENDEN AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO.
OBJETO ILICITO • ART 18. • OBJETO ILICITO • LIQUIDACION • RESPONSABILIDAD.