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PRINCIPIOS CONVENCIONALES

PRINCIPIOS CONVENCIONALES. 2014. HUMBERTO ENRIQUE RUIZ TORRES. SUSTANTIVOS

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PRINCIPIOS CONVENCIONALES

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  1. PRINCIPIOS CONVENCIONALES 2014 HUMBERTO ENRIQUE RUIZ TORRES

  2. SUSTANTIVOS 1. Violación al derecho de la propiedad privada (Cinco Pensionistas vs. Perú. 90). Complementario al de "derechos adquiridos" (Cinco Pensionistas. 102) (AbrillAlosilla vs. Perú. 50, 81, 82, 83, 84). (Acevedo Buendía vs. Perú. 80 y ss. en relación con la protección de la propiedad). 2. Interpretación evolutiva de los derechos humanos (Cinco Pensionistas vs. Perú. 103). Conjunto con "progresividad" art. 1 C. 3. Desarrollo progresivo (Cinco Pensionistas vs. Perú. 142). Art. 26 de la Convención. Implica la "no adopción de medidas regresivas respecto del grado de desarrollo alcanzado." (Cinco Pensionistas vs. Perú. 142, b). "No regresividad" (Acevedo Buendía vs. Perú. 103). 4. Dimensión individual y colectiva de los derechos económicos, sociales y culturales (Cinco Pensionistas vs. Perú. 147).

  3. 5. Obligación de respetar y garantizar los derechos y de adoptar disposiciones de derecho interno. Garantías judiciales y protección judicial. Además, derechos políticos. Se afirma que "Se acabó con toda la estabilidad que tenían los jueces venezolanos".  (ChocrónChocrón vs. Venezuela 48, 49, 50, 56, 69, 110). Obligación de adoptar medidas idóneas y efectivas para garantizar la independencia judicial conforme a los artículos 2, 8.1 y 25.1 de la Convención, por no existir normas y prácticas claras sobre la plena  aplicación de las garantías judiciales, de acuerdo con los estándares internacionales (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 137-142). 6. No discriminación (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 135). 7. Aplicación de principios internacionales. (Acevedo Buendía vs. Perú. 57, notas 41 y 43). (71, notas 55 y 56.) ChocrónChorón vs. Venezuela. 21, nota 15.) Y de manera importante… Radilla. notas: 21, 25, 38 (Declaraciones), 126, 205, por ejemplo.

  4. II. PROCESALES EN GENERAL 1. Protección judicial (Cinco Pensionistas vs. Perú. 122, 126, 136).  Art. 25 de la Convención.  (AbrillAlosilla vs. Perú. 50, 70, 75, 76). (Acevedo Buendía vs. Perú. 66, 69, 72, 73, 77). Actuación con "respeto a las garantías del debido proceso legal" establecidas en el artículo 8 de la Convención (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 115, 116, 117).  (Camba Campos vs. Ecuador. 228- 238) 2. Obligación de motivar tanto en derecho internacional como en derecho interno (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 120). 3. Independencia judicial (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 120). (Camba Campos vs. Ecuador. 146). 4. No indispensable el agotamiento de los recursos internos (AbrillAlosilla vs. Perú. 28, 32, 34). Junto con el principio estoppel. (AbrillAlosilla vs. Perú. 112).  (Acevedo Buendía vs. Perú. 52, 55, 59). El Estado debe probar cuáles son los recursos que deben agotarse y su efectividad (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 15-24, 127-130).

  5. 5. Persona no sólo son los individuos, para efectos de la Convención (numeral 1, inciso 2).  (Cantos vs. Argentina. 22, 23, 24, 25, 27, 28, que introduce además los conceptos de la Convención Europea de Derechos Humanos. 30, 31). 6. Autodeterminación de la competencia de la Corte (Acevedo Buendía vs. Perú. 16, 17).

  6. B) PRESTACIONES1. Reparación adecuada (Cinco Pensionistas vs. Perú. 173).2. Indemnizaciones compensatorias (AbrillAlosilla vs. Perú. 93, 94, 95). (Camba Campos vs. Ecuador. 264). 2.1. Daño material (AbrillAlosilla. 93, 102). (Acevedo Buendía. 115). (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 177-184). (Camba Campos vs. Ecuador. 277, 278, 279, 280, 281). 2.2. Daño inmaterial. (AbrillAlosilla vs. Perú. 117, 119, 131, 132). (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 185-191, en especial 190). (Acevedo Buendía vs. Perú. 118, 127, 128, 131, 132). (Camba Campos vs. Ecuador. 298, 299, 300) 2.3. Conducta temeraria del Estado (AbrillAlosilla vs. Perú. 123 por "haber ilusionado a las víctimas). 2.4. "Afectación al proyecto de vida de las víctimas" (AbrillAlosilla vs. Perú. 126, 128, se cruza con daño inmaterial) (en especial, el concepto en 130, muy importante).

  7. 3. Restitución  (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 150). (Camba Campos vs. Ecuador. 255, 256, 257). 4. Satisfacción (ChocrónChorón vs. Venezuela. 155-158). (Camba Campos vs. Ecuador. 253). (Camba Campos vs. Ecuador. 253) 5. Garantía de no repetición (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 159-172.). (Camba Campos vs. Ecuador. 265-276) 6. Costas y gastos (ChocrónChocrón vs. Venezuela. 192-198, en especial 197). (Camba Campos vs. Ecuador. 313-)

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