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Convenios Internacionales. Módulo 2. Objetivos. Describir las principales herramientas legales internacionales que inciden sobre la gestión ambiental de los puertos. Cronología. 1954: Conferencia de Londres 1958: Creación de la OMI 1962/1969: Enmiendas
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Convenios Internacionales Módulo 2
Objetivos • Describir las principales herramientas legales internacionales que inciden sobre la gestión ambiental de los puertos
Cronología • 1954: Conferencia de Londres • 1958: Creación de la OMI • 1962/1969: Enmiendas • 1969: Convenio de Responsabilidad Civil • 1972: Conferencia de Londres • 1973: MARPOL, IMDG • 1974: SOLAS • 1978: PROTOCOLO MARPOL • 1982: DERECHOS DEL MAR • 1987: COMISIÓN BRUNTLAND • 1990: OPRC • 1992: CONFERENCIA DE RIO
Convenio de Londres, 1954 • Los buques petroleros descargaban lastre contaminado con oleosos • Prohibición de descarga a menos de 50 mi • Promoción de instalaciones de recepción Fue para prevenir la contaminación por hidrocarburos Fue el precedente de Marpol y trataba sobre buques tanque
Enmiendas al Convenio • Limitó mas la zona de descarga • Limitó la cantidad vertida por milla
Convenio CLC (1969) • Indemnización por daños por hidrocarburos; • Cuando no paga el responsable o para complementar su pago • Para garantizar el cumplimiento se constituye un Fondo (1971) • Presta ayuda a propietarios de buques respecto de la carga financiera del CLC; • En 1984 se eleva límite a 140M U$S
MARPOL 1973/78 “Convenio Internacional para prevenir la contaminación de buques” • Fue modificado en 1978 por lo que se lo conoce como MARPOL 73/78 • Establece • Disposiciones para informar sobre incidentes • Formas de arbitraje • 6 Anexos
MARPOL 1973/78 • Anexo I - Hidrocarburos, • Anexo II - Sustancias nocivas líquidas a granel, • Anexo III - Sustancias perjudiciales en bultos • Anexo IV - Aguas sucias de buques, • Anexo V - Basuras de los buques. • Anexo VI – Prevención de la contaminación del aire por parte de las embarcaciones
MARPOL 73/78, Anexo I “Prevención de la contaminación ocasionada por hidrocarburos” • Disposiciones principales: • 100 ppm para descarga • 60 litros/mi • Buques tanque, mín. a 50 mi; salas de máq. 12 mi • Separadores en >400 ton • Tanques de lastre separados, • Lavado con crudo (COW),
MARPOL 73/78, Anexo I • Certificado Internacional de Prevención de la contaminación por Hidrocarburos (certificado IOPP) • Conexión Internacional a tierra, • Instalaciones de Recepción, • Libro registro de Hidrocarburos, • Plan de emergencia de a bordo.
MARPOL 73/78, Anexo II “Prevención de la contaminación ocasionada por sustancias nocivas líquidas”. • Clasifica 250 sustancias en 4 categorías • Disposiciones principales: • Libro registro de carga, • Certificado Internacional • Manual de procedimiento y medios. • Instalaciones de recepción • Prohibición total a menos de 12 mi y menos de 25m
MARPOL 73/78, Anexo III “Prevención de la contaminación ocasionada por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos” • Disposiciones Principales: • Norma detalles sobre el manipuleo de mercancías (cantidad, embalaje/envases, estiba, marcado/rotulado/etiquetado, documentación, nombre del producto • El IMDG fue elaborado para complementar este Anexo
MARPOL 73/78, Anexo IV • Prohibe descarga de aguas sucias a menos de 4 mi • Permite descarga si son tratadas (sistema aprobado) “Prevención de la contaminación por aguas sucias de los buques”
MARPOL 73/78, Anexo V “Prevención de la contaminación ocasionada por basuras de los buques” • Obliga a la clasificación a bordo • Prohibe toda descarga de plásticos al mar • Zonas especiales donde no se pueden verter productos no biodegradables
Código IMDG (International Maritime Dangerous Goods) • En el Convenio Solas (Safety of Life at Sea, 1974) estableció la obligatoriedad de transportar mercaderías peligrosas ajustándose a este código • Contiene 4 volúmenes y clasifica las mercaderías peligrosas en distintas clases • El Volumen I incluye: • Recomendaciones sobre embalaje y envasado • Índice de mercancías peligrosas • Lista de definiciones • Los otros introducen las mercaderías de las distintas clases
Código IMDG (Cont) • Clase 1 - Explosivos • Clase 2 - Gases: comprimidos, licuados o disueltos a presión • Clase 3 - Líquidos inflamables • Clase 4.1 - Sólidos inflamables • Clase 4.2 - Sust. combustión espontánea • Clase 4.3 - Sust. desprenden gases inflam. • Clase 5.1 Sustancias (agentes) comburentes • Clase 5.2 - Peróxidos orgánicos • Clase 6.1- Sustancias tóxicas • Clase 6.2 - Sustancias infecciosas • Materiales radioactivos • Sustancias corrosivas • Sustancias y art. peligrosos varios
Código IMDG (Cont) - Suplemento • Además, incluye: • Procedimientos de emergencia • Guía de primeros auxilios • Procedimientos de notificación • Forma de Estiba • Uso de plaguicidas • Transporte de materiales nucleares
Convención de la ONU sobre Derecho del Mar (1982) • Constitución de los océanos • Regula el uso del mar por los particulares, los estados costeros y los otros. • Define y dispone: • Límite del Mar Territorial • Zona Contigua
Convención de la ONU sobre Derecho del Mar • Define: • uso de estrechos para navegación • Zona Económica Exclusiva; • Plataforma Continental; • Conservación y Administración de los recursos vivos en la Alta Mar; • Etc.
Convención de la ONU sobre Derecho del Mar • La parte XII se refiere a la Protección y Conservación del Medio, e incluye: • Derecho soberano de los Estados de explotar sus recursos naturales, • Medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino, • Deber de no transferir daños o peligros ni transformar un tipo de contaminación en otro, • Introducción de especies extrañas o nuevas; • Cooperación Mundial y Regional, • Notificación de daños inminentes o reales, • Planes de emergencias contra la contaminación, • Estudios, programas de investigación e intercambio de información y datos,
Convención de la ONU sobre Derecho del Mar • Reglas Internacionales y Legislación Nacional para Prevenir y Controlar la Contaminación, • Contaminación procedente de fuentes terrestres, • Contaminación resultante de actividades relativas a los fondos marinos, • Contaminación resultantes de actividades en la Zona, • Contaminación por vertimiento, • Contaminación causada por buques, • Contaminación desde la atmósfera o a través de ella;
Convención de la ONU sobre Derecho del Mar • También incluye consideraciones sobre: ….respecto de la contaminación por fuentes terrestres, fondos marinos, en la Zona, por vertimiento y desde la atmósfera, • Ejecución por el Estado del pabellón, • Ejecución por el Estado rector del puerto, • Medidas relativas a la navegabilidad de los buques para evitar la contaminación, • Ejecución de los Estados ribereños, • Medidas para evitar la contaminación resultante de accidentes marítimos,
Convenio OPRC, 1990(Oil Pollution Preparedness, Response and Cooperation) • Propone un sistema global para responder a sucesos importantes de derrames • Prescribe que: • Los buques deben llevar a bordo plan de emergencia • Deben informar sucesos contaminantes • Se deben disponer equipo de lucha contra derrames • La OMI es la responsable de la coordinación
Convención de la ONU sobre Medio Ambiente y Desarrollo • Se definió el concepto de Desarrollo Sostenible: • Satisfacción de necesidades presentes; • Conservación de la capacidad de generaciones futuras. • En Río se firmaron 5 documentos Río de Janeiro, 1992
Los Documentos de Río • Una declaración de 27 principios ambientales • El Programa 21 (40 Capítulos); • Una declaración de principios de gestión • Convención sobre Cambio Climático; • Convenio sobre Diversidad Biológica
El Programa 21 • Establece la necesidad del uso más racional de los recursos y prioriza: • La reducción de consumo ineficiente; • El desarrollo sustentable. • Establece el principio: “quien contamina paga”.
El Programa 21 (Cont) • Se plantean acuerdos para: • Combatir la degradación de la tierra, el aire,y el agua; • Conservar bosques y evitar la desertificación, • Conservar la biodiversidad; • Puso sobre la mesa los impactos ambientales globales
Programa 21 • Específicamente, el Capítulo 17 versa sobre la Protección de los Océanos” • Incluye derechos y obligaciones para lograr el desarrollo sustentable del medio marino y costero: • Ordenación integrada de zonas costeras; • Protección del medio marino; • Uso sostenible y conservación de recursos; • Solución de principales incertidumbres ordenación y cambios climáticos; • Fortalecimiento de cooperación internacional;
Programa 21, Capítulo 17 • Además, fomenta: • La prevención, reducción y control de la degradación del medio marino por las actividades terrestres • Promover acuerdos regionales • Tecnologías adecuadas y normas de financiamiento • Promover la ratificación de los Convenios Internacionales sobre transporte marítimo y su implementación • Vigilancia de la contaminación marina • Evaluar grado de contaminación en áreas de mayor sensibilidad
Programa 21, Capítulo 17 • Además fomenta: • La protección de ecosistemas raros y frágiles • Las medidas para el control de organismos exóticos • La seguridad de la navegación • Regulaciones más estrictas para evitar riesgos • La reducción de la contaminación del aire por buques • El establecimiento de instalaciones portuarias de recepción de residuos químicos, de petróleo y basuras • Extender lo anterior a buques de recreo y pesqueros • Reducir la contaminación por componentes de pinturas