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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Presentación general e introducción histórico-evolutiva. La Carta de los Derechos Fundamentales. El porqué de una Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea El Consejo Europeo de Colonia y el Informe de la Comisión Simitis (1999)

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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

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Presentation Transcript


  1. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Presentación general e introducción histórico-evolutiva

  2. La Carta de los Derechos Fundamentales El porqué de una Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea El Consejo Europeo de Colonia y el Informe de la Comisión Simitis (1999) Los 3 objetivos de la codificación: • La certeza y la visibilidad de los derechos fundamentales • La legitimación de la Corte de Justicia. La equivocidad de la referencia a "las tradiciones constitucionales comunes y el CEDH" • La equiparación entre los derechos de primera y segunda generación y los derechos socio-económicos y los derechos de "segunda generación" El artículo 6 del Tratado: los derechos de la Carta tienen el mismo valor jurídico que los Tratados (derecho primario de la Unión)

  3. Naturaleza de la Carta Instrumento no universal de protección de los derechos fundamentales: no se amplían las competencias y objetivos de la Unión Las fuentes de la Carta (por lo general, indicadas en las Explicaciones oficiales). Derechos socio-económicos: Convenios OIT, si firmados por todos los países miembros, las dos Cartas sociales europeas, directrices y reglamentos, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, las disposiciones de los Tratados Instrumento de protección individual y colectiva, también de orientación para las políticas de la Unión (seguimiento del enforcement [aplicación] de la Carta), valoración del "impacto", referencia [reference] a la Carta en el preámbulo de los actos vinculantes de la Unión (p.ej. en la directiva 14/2002) Parámetro de legitimación "constitucional" de los actos la Unión Sentencias Tribunal de Justicia: 1.3.2011 - Association belge des Consummateurs (Asunto C-236/09); 22.11.2011 Scarlet Extended S.A. (Asunto C-70/2010). Anulación o interpretación (de conformidad con la Carta de las Directrices)

  4. Los instrumentos de enforcement de la Carta El artículo 7 del Tratado. Agencia de los Derechos Fundamentales Recurso de anulación. Reenvío prejudicial Procedimiento de infracción. Indemnización por daños Interpretación conforme del juez ordinario; desaplicación normas internas. Referencia "libre" a las normas de la Carta en las decisiones internas. Referencia a la Carta de los tribunales constitucionales nacionales y del Tribunal Europeo de Estrasburgo Sentencia del Tribunal Europeo de Estrasburgo Demir e Baykara c. Turquía 12.11.2008 (demanda nº 34503/2007)

  5. El ámbito de aplicación de la Carta Artículo 51: primer párrafo Derecho de la Unión, derecho nacional de aplicación del primero. Explicaciones Orientación de la Comisión. Comunicación de 2010 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0573:FIN:EN:PDF Es suficiente un vínculo entre la legislación europea y el hecho examinado Orientación del Tribunal de Justicia sentencia Fransson de 26.10.2013, (Asunto C-617/2010) Gran Sala; sentencia Siragusa de 06.03.2014 (Asunto C-206/2013) Sindicabilidad a la luz de la Carta de las recovery measures [medidas de recuperación] adoptadas en los países que reciben los fondos europeos Sentencia Pringle (Gran Sala) de 27 de noviembre de 2012 (Asunto C-370/2012), disposición Sindicato dos bancarios do Norte de 7.03.2013 (Asunto C-128/2012); Tribunal de Estrasburgo de 8 de octubre de 2013, Da Conceiçao Mateus e Santos Januario

  6. La relación entre la Carta Europea de los Derechos Humanos y otros instrumentos de protección de los derechos fundamentales Los artículos 52 y 53 de la Carta (cláusulas horizontales) Vínculo de "interpretación" entre la Carta y la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo: art. 52 tercer párrafo. Penal y civil. No fue “comunitarizado” por CEDH. Autonomía del Derecho de la Unión Artículo 53. Principio de mejor régimen. Significado social Sentencia del Tribunal de Justicia, Kamberay (Gran Sala) de 12.4.2012 (Asunto C-571/2010); la eficacia del CEDH en la legislación nacional; cuestión de derecho interno Sentencia Scattolon de 6.9.2011 (Gran Sala), Asunto C-108/2010 No hay precedentes sobre la prohibición de la retroactividad de la ley civil Respetar las Constituciones nacionales Sentencia Melloni de 12.12.2013 (Gran Sala) (Asunto C-361/2013)

  7. Efectos de la Carta En principio, plena aplicabilidad por los órganos y organismos de la Unión y los estados miembros (para estos últimos en cumplimiento del art. 51) Problema del carácter self executing [aplicabilidad inmediata] de las normas. Nunca se ha planteado a los órganos de la Unión y los estados. Al Tribunal de Justicia corresponde definir los contornos de los derechos fundamentales El artículo 52, primer párrafo. El contenido esencial de los derechos Aplicabilidad en la relación entre los individuos. Cuestión abierta Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) Association de médiation sociale de 15.01.2014. Disposiciones claras, precisas e incondicionales con la aplicación directa de la Carta para que puedan ser invocadas en la relación entre los individuos. La incorporación al derecho de las disposiciones de las directivas sólo si estas últimas se pueden deducir de la disposición de la Carta. Posibilidad de indemnización por daños. Nunca se ha discutido la distinción entre los derechos y los principios (art.52 quinto párrafo) La prohibición de la discriminación se produce directamente en la relación entre los individuos. Sentencia del Tribunal de Justicia Kükukdevici (Gran Sala) de 19 de enero de 2010 (Asunto C-555/07)

  8. Las líneas de ampliación de la eficacia de la Carta La no discriminación. Directrices de amplio alcance, competencia de la Unión “casi-general” Tribunal de Justicia, Kükukdevici 19 de enero de 2010, Asunto C-555/07, etc. Tribunal de Justicia de la UE, Hay contra Crédit agricole mutuel de Charente-Maritime et des Deux-Sevres (Asunto C-227/12), sentencia de 12 de diciembre de 2013 Artículo 47 (derecho a un debido proceso) de la Carta. Sentencia del Tribunal de Justicia Fuß de 12 de octubre de 2010 en el Asunto C-243/09 eGavieiro Gavieiro de 22 de diciembre de 2010, Asuntos C-444/09 y C-456/09 Cooperación judicial civil Sentencia LMcB, Tribunal de Justicia, 5 de octubre de 2010, Asunto C-400/10 PPU

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