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MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Régimen de Personas Jurídicas. Guillermo Ruiz Secada 07 de octubre de 2004. EXONERACIÓN A GANANCIAS DE CAPITAL. EXONERACIÓN A GANANCIAS DE CAPITAL. VALOR DE MERCADO. Servicios Remuneraciones Remate Público. DIVIDENDOS.
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MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTARégimen de Personas Jurídicas Guillermo Ruiz Secada 07 de octubre de 2004
VALOR DE MERCADO • Servicios • Remuneraciones • Remate Público
DIVIDENDOS • Dividendos por créditos otorgados Sólo respecto del monto que le corresponde en las utilidades. • Dividendos por exceso del valor de mercado de remuneraciones Se imputa de manera proporcional a la participación en el capital
COSTO COMPUTABLE • BIENES ENAJENADOS • COSTO DE ADQUISICIÓN • VALOR DE MERCADO • LEASING: • PN = OPCIÓN + CAPITAL AMORTIZADO + (MEJORAS X ICMEF) • PJ = OPCIÓN + MEJORAS (31/12/2000) • PJ = COSTO – DEPRECIACION (1/01/2001)
COSTO COMPUTABLE • VALOR INGRESO PATRIMONIO PN • TITULO GRATUITO O PRECIO NO DETERMINADO • VALOR AUTOAVALÚO IMPUESTO PREDIAL AÑO ADQUISICIÓN X IC MEF • CUALQUIER DOCUMENTO PÚBLICO O PRIVADO DE FECHA CIERTA A CRITERIO SUNAT
COSTO COMPUTABLE • VALOR INGRESO AL PATRIMONIO PJ • VALOR DE MERCADO • ACCIONES: ÚLTIMA COTIZACION BOLSA • ACCIONES : QUE NO COTICEN EN BOLSA, VALOR NOMINAL
COSTO COMPUTABLE • REORGANIZACION DE SOCIEDADES • REVALUACION CON EFECTO TAX: VALOR REVALUADO • REVALUACION SIN EFECTO TAX: VALOR CONTABLE • VALOR CONTABLE
COSTO COMPUTABLE • COSTO DE PRODUCCION O CONSTRUCCIÓN • MATERIA PRIMA + MANO DE OBRA + COSTO O GASTO INDIRECTO DE FABRICACIÓN
COSTO COMPUTABLE • INTANGIBLES PRODUCIDOS A TITULO GRATUITO • COSTO DE PRODUCCIÓN O DE INGRESO AL PATRIMONIO
COSTO COMPUTABLE • FORMAN PARTE: • MEJORAS PERMANENTES • GASTOS DE DEMOLICIÓN • DIFERENCIAS DE CAMBIO, INVENTARIOS • REVALUACIÓN REG. SOC. C/ EFECTO TAX • AJUSTE x CORRECCIÓN MONETARIA • PJ, CONTABLE + TAX • PN SOLO DJIR
COSTO COMPUTABLE • VENTAS A PLAZOS 3RA • INGRESO PERCIBIDO AÑO / INGRESO TOTAL = COEF • COEF 4 DECIMALES = CF • COSTO TOTAL x CF
COSTO COMPUTABLE • SUPLETORIAMENTE: • AJUSTE POR INFLACIÓN • NIC¨S • PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
COSTO COMPUTABLE • EL COSTO COMPUTABLE DE LEASING CON ESTABILIDAD TAX, ESTA CONSTITUIDO, POR: • AMORTIZACIÓN DE CAPITAL A PARTIR 1/01/03, AÚN CUANDO EXCEDAN EL VALOR PROMEDIO DE LA CUOTA • VALOR C DE LA OPCIÓN • VALOR DE LAS MEJORAS • MENOS DEPRECIACIÓN • AJUSTE POR CORRECCIÓN MONETARIA • ES APLICLABLE A INMUEBLES Y MUEBLES
CONTABILIDAD DE COSTOS • SI INGRESO BRUTO AÑO ANTERIOR: • MÁS 1.500 UIT (AÑO PRESENTE), SISTEMA DE CONTABLIDAD DE COSTOS + 1 INVENTARIO FÍSICO AL AÑO • REGISTRO DE COSTOS • REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS • REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO • ENTRE 500 Y 1,500 UIT: • REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS + 1 INVENTARIO FÍSICO AL AÑO • MENOS DE 500 UIT, INVENTARIOS FÍSICOS AL FINAL DEL AÑO
CONTABILIDAD DE COSTOS • REGISTRO DE COSTOS: • EN CUENTAS SEPARADAS, POR CADA ETAPA: • MATERIALES DIRECTOS • MANO DE OBRA DIRECTA • GASTOS DE PRODUCCIÓN INDIRECTOS
CONTABILIDAD DE COSTOS • REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS O VALORIZADO • DEDUCEN PÉRDIDAS POR FALTANTE DE INVENTARIO, SIEMPRE QUE EL RESULTADO DEL INVENTARIO SE ENCUENTRE APROBADO POR LOS RESPONSABLES Y NO CONSTITUYAN MERMAS
CONTABILIDAD DE COSTOS • SÓLO SE PODRÁ VARIAR EL MÉTODO DE VALUACIÓN DE INVENTARIO A PARTIR DEL EJERCICIO SIGUIENTE DE AUTORIZADO POR SUNAT.
CONTABILIDAD DE COSTOS • SUNAT PODRÁ: • ESTABLECER REQUISITOS REGISTROS • EXIMIR USO DE REGISTROS • ESTABLECER PROCEDIMIENTOS PARA TOMA DE INVENTARIO FÍSICO
CONTABILIDAD DE COSTOS • EL RESULTADO DEL INVENTARIO FÍSICO DEBE SER FIRMADO POR EL RESPONSIBLE O CONTADOR Y REPRESENTANTE LEGAL
CONTABILIDAD DE COSTOS • EL COSTO REAL DE UNIDADES PRODUCIDAS Y EL COSTO UNITARIO SE ACREDITA MEDIANTE LOS REGISTROS.
CONTABILIDAD DE COSTOS • COSTO ESTÁNDAR (CS) PARA EFECTOS CONTABLES, PARA EFECTOS TAX COSTO REAL • INFORME TÉCNICO APLICACIÓN CS
DEPRECIACIÓN Simplificación del régimen de control permanente de los bienes del activo fijo Mediante Resolución de Superintendencia se establecerán los requisitos, características, contenido, forma y condiciones que debe llevar el Registro de Activos Fijos.
GASTOS NO DEDUCIBLES • Bancarización: No serán deducibles aquellos pagos que se efectúen sin utilizar medios de pago, cuando exista la obligación de hacerlo.
Rentas exoneradas: •Las rentas exoneradas en el ejercicio deberán considerarlas a fin de reducir la pérdida del mismo ejercicio. •En caso no arroje pérdidas en el ejercicio y sólo se cuente con pérdidas netas compensables se ejercicios anteriores, las rentas exoneradas no afectarán estas últimas. Ejercicio de la opción: • La opción se efectúa en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio en que se genera dicha pérdida. • No se puede cambiar sistema sino hasta agotar pérdidas. • Caso especial de rectificación: mediante la rectificación de la DJ anual. COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS POR EMPRESAS
CERTIFICADO DE RENTAS Y RETENCIONES, Y CERTIFICADO DE PERCEPCIONES
VIGENCIA • Artículo 40°.- A partir del día siguiente a su publicación. • Fecha de publicación: 05 de octubre de 2004.