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25 Mayo 2010

AYUDAS A LAS FAMILIAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EMPLEADAS EN EL SECTOR “SERVICIOS DE PROXIMIDAD”. 25 Mayo 2010. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad.

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25 Mayo 2010

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  1. AYUDAS A LAS FAMILIAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EMPLEADAS EN EL SECTOR “SERVICIOS DE PROXIMIDAD” 25 Mayo 2010

  2. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad Las ayudas a familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad, es una medida que se enmarca dentro del paquete de medidas anticrisis 2010: • 34 nuevas medidas • 33,2 millones de euros

  3. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad Con este medida se pretende un doble objetivo: Por un lado, facilitar la conciliación de la vida familiar, profesional y personal de las personas que contraten servicio doméstico, subvencionándoles parte del coste laboral que lleva la contratación y Por otro, crear un nuevo empleo doméstico y legalizar el empleo sumergido que hay en el sector. Para llevar a cabo esta medida se destina un presupuesto en 2010 de 1.485.000 euros con lo que se pretende generar 730 empleos.

  4. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad CARACTERÍSTICAS Serán objeto de subvención las contrataciones que supongan un alta nueva en la Seguridad Social y que se hayan realizado a partir del 1 de mayo de 2010. El periodo de percepción de la ayuda va desde la fecha del alta en la Seguridad Social hasta diciembre de 2010. Los beneficiarios de esta ayuda serán las familias y personas residentes en Navarra que contraten y den de alta en la S.S a una persona para realizar tareas de acompañamiento de menores, mayores o personas dependientes moderadas. La duración mínima de los contratos será de 18 h. semanales (72h. mensuales).

  5. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad MOTIVOS DE LA CONTRATACIÓN. Las familias o personas beneficiarias de estas ayudas deberán especificar cuál o cuales, de los siguientes, ha sido el motivo que ha originado la contratación: Familias en las que el padre o madre trabajen y tengan a su cargo hijos/as, familiares mayores o familiares dependientes en grado moderado. Familias en las que uno de los progenitores trabaje y el otro se encuentre en situación de excedencia o reducción de jornada laboral por el cuidado de hijos/as, de familiares mayores o de familiares dependientes en grado moderado.

  6. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad MOTIVOS DE LA CONTRATACIÓN. Familias numerosas. Familias monoparentales con hijos/as, familiares mayores o familiares dependientes en grado moderado a su cargo. Personas mayores de 65 años que vivan solas. Personas con dependencia moderada que vivan solas. Familias, parejas o personas que por motivos diversos necesiten atención de servicio doméstico, cuidado o acompañamiento.

  7. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad CUANTÍA DE LA AYUDA. Las familias o personas que realizan estas contrataciones recibirán como subvención el 20% del coste laboral (es decir, del salario y del gasto de seguridad social con cargo al empleador) de la persona contratada con un importe máximo de 180 euros mensuales.

  8. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad REQUISITOS PARA ACCEDER A LA AYUDA: Estar empadronado y tener domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra. Contratar a una persona, con la que no haya relación de parentesco ni por consanguinidad ni por afinidad hasta el segundo grado incluido, para realizar las tareas del hogar o para cuidar, atender y/o acompañar a hijos o hijas menores, a personas mayores o dependientes en grado moderado, Dar a esa persona empleada en el Régimen especial de los Seguridad Social de Empleado de Hogar- REQUISITOS RELATIVOS A LA PERSONA EMPLEADA: Residir en Navarra al menos con una antigüedad de dos años anteriores a la contratación o alta en la S.S.

  9. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad DOCUMENTACIÓN NECESARIA DNI de la persona empleadora y de la empleada. Certificado actualizado de empadronamiento de la persona empleadora en el que consten todos los miembros que viven en el domicilio. Certificado actualizado de empadronamiento de la persona empelada en el que conste una antigüedad mínima de dos años de residencia en Navarra. Contrato de trabajo registrado en el Servicio Navarro de Empleo en el que conste claramente el salario a percibir, la duración de la jornada de trabajo y la duración del contrato. Boletín de alta en la Seguridad Social de la persona empleada. Solicitud de abono por trasferencia a nombre de la persona empleadora que solicita la ayuda

  10. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad ABONO DE LA AYUDA. La ayuda se abonará mensualmente, desde el día de la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada y durante el periodo en que se cumplen los requisitos establecidos en la presente convocatoria y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2010. El pago se efectuará mediante ingreso en la cuenta corriente o libreta de ahorro de la persona beneficiaria de la ayuda señalada en su solicitud.

  11. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES. Exclusiones Quedarán excluidas de estas ayudas las contrataciones realizadas con personas que ya hayan estado trabajando con alta en seguridad social para la persona que solicita la ayuda. Las contrataciones que realicen personas o familias que, teniendo a una persona ya de alta en régimen de empleado de hogar, le han dado de baja en el mes anterior a realizar la nueva contratación de una persona distinta, salvo que la baja sea por motivo de jubilación o despido debidamente fundamentado.

  12. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad Incompatibilidades Estas ayudas son incompatibles con: Las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas gestionadas por la Agencia Navarra para la Dependencia. La ayuda para atención a domicilio regulada en la Resolución 1040/2004, de 17 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social. Cualquier otra ayuda de análoga naturaleza y finalidad a las reguladas en esta Orden Foral que perciba la persona solicitante con cargo a los presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de las Entidades Locales.

  13. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS. Deberán mantener en alta en la seguridad social a la persona contratada durante, al menos, el periodo para el que se le ha concedido la ayuda así como cumplir las obligaciones previstas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones. En caso de producirse la baja de la persona contratada en ese periodo, deberá sustituirla en el plazo de 5 días por otra que reúna los requisitos de la convocatoria y comunicarlo a la Dirección Geral de Familia, Infancia y Consumo. Asimismo, deberá entregar en ese mismo plazo de 5 días el nuevo contrato y el alta en la S. S en la citada Dirección General.

  14. Ayudas a las familias para la contratación de personas empleadas en el sector servicios de proximidad Las personas beneficiarias se someterán a las actuaciones de comprobación que pueda realizar la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo, bien directamente o bien a través del Servicio de Calidad e Inspección del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y deberán presentar la documentación y justificantes que pudieran requerir al respecto. También tendrán la obligación de comunicar la alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión

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