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XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO

XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO. LEASING WALTER RUBEN TON. EMPRESA. ¿QUE ES UN LEASING?. ¿ES CORRECTA LA DEFINICION DE LA LEY 25.248?. CONCEPTO Art. 1

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XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO

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Presentation Transcript


  1. XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO LEASING WALTER RUBEN TON

  2. EMPRESA

  3. ¿QUE ES UN LEASING?

  4. ¿ES CORRECTA LA DEFINICION DE LA LEY 25.248?

  5. CONCEPTO Art. 1 En el contrato de leasing el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio

  6. LA ECUACION ECONOMICA FINANCIERA

  7. ¿CONTRATO NUEVO?

  8. LAS GARANTIAS AUTOLIQUIDABLES

  9. CANON PRECIO (ejercicio de la opción)

  10. OBJETO Muebles Inmuebles Marcas Patentes Modelos industriales Software Dador terceros

  11. MODALIDADES EN LA ELECCION DEL BIEN 1.- Compra dador a persona indicada por tomador 2.- Compra dador según especificaciones del tomador 3.- Compra dador sustituyendo al tomador en compra ya hecha 4.- Es del dador 5.- El dador al tomador 6.- Disposición jurídica del dador (título suficiente)

  12. RESPONSABILIDAD 1.- Tres primeros El tomador puede reclamar al vendedor 2.- El dador puede liberarse de entrega, evicción y vicios redhibitorios 3.- Dador no puede liberarse 4.- Dador no responde (salvo pacto en contrario) 5.- Reglas distintas para cada caso

  13. SERVICIOS Y ACCESORIOS Posibilidad de incluirlos en el contrato

  14. FORMA Instrumento público o privado salvo inmuebles, buques o aeronaves (escritura pública)

  15. OPONIBILIDAD FRENTE A TERCEROS Inscripción en el registro que corresponda (puede ser desde que se hace contrato, no importando fecha de entrega) Lugar de inscripción

  16. BIENES NO PUEDEN SER TRASLADADOS Salvo conformidad expresa del dador en contrato o posterior por escrito

  17. DURACION DE LA INSCRIPCION • Inmuebles 20 años • Demás 10 años • Renovables rogatoria del dador u orden judicial

  18. USO Y GOCE DEL BIEN Gastos Arrendamiento Venta inoponible al dador. Acción reivindicatoria

  19. RESPONSABILIDAD OBJETIVA Art. 1.113 C..C Sobre el tomador o guardián de las cosas

  20. OPCION DE COMPRA Ejercicio. Convención o ¾ partes cánon Más pago del precio Transmisión del dominio

  21. CANCELACION Sobre cosas muebles no registrables y software Resolución judicial con participación del dador Pedido por dador o su cesionario

  22. CUANDO LO SOLITE EL DADO O SU CESIONARIO

  23. Cuando es el tomador que lo solicita debe acompañar Plazo y condiciones vencidas para ejercer la opción de compra Deposito de cánones totales pagados y precio del ejercicio de la opción Interpelación al dador ofreciéndole los pagos 15 días hábiles

  24. Encargado del registro notifica al dador por carta certificada Sin observaciones dentro de los 15 días hábiles cancela Con observaciones no cancela comunica al tomador quien debe iniciar acciones

  25. CESION DE CREDITOS Posible y se puede titulizar ley 24.441

  26. INCUMPLIMIENTO EN CASO DE INMUEBLES Si el tomador ha pagado menos de 1/4. Mora automática. Dador demanda judicialmente desalojo. Vista al tomador 5 días. Puede demostrar haber pagado o cancelar por única vez con intereses y costas. Caso contrario juez dispone lanzamiento.

  27. Si el tomador ha pagado ¼ y menos de ¾ . El dador debe intimar pago. El tomador dispone por única vez un plazo de 60 días desde la notificación para el pago. Sin pago el dador demanda desalojo, vista por 5 días al tomador que puede demostrar el pago o pagar. Caso contrario juez dispone lanzamiento.

  28. Si el tomador ha pagado ¾ partes. Dador intima al pago. Tomador 90 días para pagar. Pasado el plazo dador puede demandar desalojo. Plazo tomador 5 días quien solo puede paralizarlo pagando más costas

  29. Desalojado el dador reclamará pago cánones adeudados por vía ejecutiva Daños y perjuicios deteriores vía procesal establecida

  30. COSAS MUEBLES El dador puede

  31. O Inmediato secuestro del bien sólo presentando contrato inscripto y haber interpelado al deudor por cinco días Secuestrado se resuelve contrato Dador puede reclamar pago cánones y daños

  32. O Presentando contrato inscripto accionar por vía ejecutiva cánones En este caso sólo procede secuestro vencido término del leasing o peligro del bien

  33. Para el juicio domicilio especial y ejecutivo contra fiadores y garantes

  34. MUCHAS GRACIAS !!! Abogados Asesoría Notarial Dpto. Inmobiliario Don Bosco 22 - 5500 – Mendoza - Tel. / Fax 0261- 4204242 / 0261- 4298481 mails: tonwalter@infovia.com.ar - estudioton@gmail.com - Página web: www.estudioton.com.ar

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