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DERECHOS DE PROPIEDAD, COSTOS DE TRANSACCIÓN Y CONTRATOS EN LA AGRICULTURA Dr. Daniel Lema Universidad del CEMA. Motivación. Un tema que ha presentado particular interés en la literatura económica es el análisis de las instituciones y contratos utilizados en la producción agrícola
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DERECHOS DE PROPIEDAD, COSTOS DE TRANSACCIÓN Y CONTRATOS EN LA AGRICULTURA Dr. Daniel Lema Universidad del CEMA
Motivación • Un tema que ha presentado particular interés en la literatura económica es el análisis de las instituciones y contratos utilizados en la producción agrícola • Las formas de explotación y tenencia de la tierra (propiedad-arrendamiento) son frecuentemente mencionados como factores relevantes para estudiar eficiencia en la producción y asignación de recursos. (sharecropping puzzle)
Motivación • En la agricultura pampeana el tema de la tenencia de la tierra ha sido particularmente controversial. • Una parte importante de la producción agrícola se realiza bajo diversas formas de contrato de arrendamiento. • En la actualidad 50 al 60 % en la agricultura pampeana.
Preguntas • ¿Por qué se elige explotación en propiedad o contratos? • ¿ Monto fijo o a porcentaje de la producción? • ¿Tiene consecuencias la duración de los contratos? • ¿Cómo juega el marco legal? ¿Cuál es su real aplicación? • ¿Qué podemos inferir a partir de la información del Censo Nacional Agropecuario 2002?
Objetivos • Presentar un esquema conceptual para el análisis • Discutir implicancias de las distintas formas de contratos • Contrastar empíricamente algunas de las predicciones
I. Contratos de Arrendamiento • A los efectos de simplificar la exposición analizaremos sólo dos formas de contratos como casos estilizados: renta fija y porcentaje • Renta fija: el arrendatario paga una suma determinada independientemente del resultado de la explotación de la tierra. • Porcentaje: deja al arrendatario sólo una fracción de todo el producto que genera (por ej. entre un 65 y 70%)
Contratos de Arrendamiento: definición de las formas contractuales • R = a.Q + F • R : renta • Q : valor de la producción • F : monto fijo • 0 < a <1 proporción del producto que se paga como alquiler
Contratos de Arrendamiento • Enfoque “Marshalliano”: ineficiencia del “sharecropping” o contratos porcentuales • Problema de incentivos para el arrendatario • Paga el total de los costos de insumos y obtiene sólo una proporción del producto marginal
Resumen • La producción y el excedente económico total son mayores en el caso del contrato con renta fija • El contrato a porcentaje induce un menor uso de insumos o esfuerzo por parte del arrendatario • Al propietario le conviene más un contrato de renta fija. • Pregunta: por qué se usan entonces contratos a porcentaje?
Otros enfoques • Partición de Riesgo (Stiglitz) • Combinación lineal de contratos fijos: mismo resultado que con un contrato a porcentaje sin distorsión de incentivos (Newbery) • Información Asimétrica: modelo principal-agente (Stglitz) • Contratos porcentuales son una solución para problemas de riesgo moral
Otros enfoques • Información Asimétrica: modelo principal-agente (Stglitz) • Problemas de información: dificultad de observabilidad de las acciones de los agentes en la producción agropecuaria (ej. trabajadores asalariados • Contratos porcentuales son una solución para problemas de riesgo moral
Otros enfoques: Costos de transacción y Derechos de Propiedad (Cheung) • El análisis “Marshalliano” es similar al realizado para la aplicación de impuestos • Sin embargo en un contrato ambas partes deben acordar los términos • El propietario puede ajustar los términos del contrato para inducir un uso óptimo de los recursos (dependiendo de los costos de transacción y de la competencia en el mercado de tierras)
Costos de transacción e información asimétrica • Dimensión adicional: uso de los atributos específicos del recurso suelo, tratado como un insumo adicional en la producción (Allen y Lueck).
La elección se hará en cada caso teniendo en cuenta costos y beneficios y tratando de aproximar el resultado hacia el que se hubiera dado bajo una explotación en propiedad.
Al alquilar la tierra por un monto fijo el arrendatario tendrá ex-post incentivos a sobreutilizarla. • Por un porcentaje de producción existirá por parte del arrendatario un incentivo ex-post a subutilizar otros insumos.
El propietario debe tener en cuenta estas potenciales acciones • No existe razón por la cual pueda renunciar o disminuir ex–ante sus incentivos a mantener su riqueza presente o futura • Esto implica que seguramente realizará las acciones necearias para alcanzar este objetivo.
La duración de los contratos • Lograr una mayor alineación de intereses aumenta la complejidad y costos de los contratos. • La duración de los contratos tiene fuertes implicancias para la complejidad de los mismos.
La duración de los contratos • Contratos más largos incentivan el uso cuidadoso de los activos y el suelo • Requieren cláusulas y condiciones más detalladas para dar cuenta de los posibles cambios a lo largo del tiempo
La duración de los contratos • Mayor duración de los contratos implica importantes costos. • El diseño de los contratos que se observan en el mercado debe tener en consideración estos aspectos
La duración de los contratos • Las condiciones de los contratos y las prácticas habituales en el mercado tratan de acercar los comportamientos hacia el óptimo. • No deberíamos observar de manera sistemática un uso particularmente distinto de los recursos en contratos anuales vis à vis la explotación de largo plazo por parte de propietarios.
II. LEGISLACION DE CONTRATOS AGRARIOS Marco legal: LEY N° 13.246 y sus modificatorias CONTRATOS REGULADOS CONTRATOS NO REGULADOS • ARRENDAMIENTOS RURALES • APARCERÍAS RURALES • OTROS (MAQUILA, ASOCIATIVO DE TAMBERO-MEDIERO, MEDIERÍA FRUTI-HORTÍCOLA, ETC. ) • ACCIDENTALES • OTROS (DE PASTOREO, FORESTALES, ETC.)
CONTRATOS AGRARIOS Marco legal: LEY N° 13.246 y sus modificatorias ARRENDAMIENTOS Y APARCERÍAS REGULADAS CONTRATOS ACCIDENTALES • Duración: • MÍNIMO 3 años MÁXIMO 10 años o 20 años en casos especiales • Explotación “racional” del suelo • Predios libres de plagas y malezas • Duración: • MÁXIMO hasta 2 cosechas Marco legal: deberían ser homologados judicialmente
Legislación de Contratos Agrarios • La ley de contratos agrarios tiene características de orden público • Condiciones: • a) los contratos de arrendamiento tendrán un plazo mínimo de tres años, • b) la explotación “racional” del suelo (se prohíbe la explotación que origine su erosión o agotamiento), • c) pago en dinero.
Legislación de Contratos Agrarios • No se dispone de información estadística detallada acerca del cumplimiento de estos requisitos • Es un hecho conocido en el medio que una amplia mayoría de los contratos no cumple con las formalidades, dejando los resultados al buen entendimiento entre las partes.
Los agentes han optado por realizar contratos que, en general, se enmarcan sólo marginalmente en la legislación vigente. • En este sentido, consideramos que el actual marco jurídico es relativamente neutral para la elección de los contratos y las decisiones de producción
II. Evidencia Empírica • Datos • Micro datos del Censo Nacional Agropecuario 2002 (CNA 2002) del partido de Pergamino • 1117 Explotaciones Agropecuarias (EAPs) • 285.992 has. • 256 has por predio • ------------------------------------------------------ • ENCUESTA FERTILIZAR 2002-03 (Proyecto INTA FERTILIZAR) - N=489 EAPs
ANALISIS ECONOMETRICO • Modelos de elección binaria (probit) para explicar la utilización de prácticas de conservación del suelo y • Modelos de selección (tobit) para explicar el porcentaje de uso de siembra directa y fertilización en distintos cultivos
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Comentarios Finales • No se observa evidencia de que los arrendatarios adopten sistematicamente menores practicas de conservacion. • En los contratos de arrendamiento por renta fija se podria inferir una menor adopción de prácticas de conservación. • Las variables de control como nivel y tipo de capital físico, el nivel de información, el capital humano y el tipo de cultivos parecen estar más sistemática y robustamente asociadas con la adopción de sistemas de labranza y conservación.
El estudio cuestiona que pueda atribuirse como causa central de potenciales resultados negativos en términos de productividad, uso de insumos o conservación de recursos naturales a factores tales como la explotación en alquiler o la duración de los contratos. • De acuerdo con nuestra investigación esta no parece una explicación satisfactoria tanto desde un punto de vista teórico como empírico.