100 likes | 234 Views
CONALEP ESTADO DE MÉXICO. DECRETO DE CREACIÓN. REGISTRO DGC NUM. 011 1021 CARACTERISTICAS 113282801 MARIO MATAMOROS SUR N° 308 C.P. 50130 TOMO CLXVI TOLUCA LERDO, MEX JUEVES 26 DE NOVIEMBRE DE 1998 GOBERNADOR DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. CESAR CAMACHO QUIROZ.
E N D
CONALEP ESTADO DE MÉXICO DECRETO DE CREACIÓN
REGISTRO DGC NUM. 011 1021 CARACTERISTICAS 113282801 MARIO MATAMOROS SUR N° 308 C.P. 50130 TOMO CLXVI TOLUCA LERDO, MEX JUEVES 26 DE NOVIEMBRE DE 1998 GOBERNADOR DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. CESAR CAMACHO QUIROZ PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO
SUMARIO DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICO DEL ESTADO DE MÉXICO. 1998 CINCUENTENARIO DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS.
EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 1995-2000, ESTABLECE QUE SE CONSOLIDARA LA FEDERALIZACION DE LA EDUCACION, MEDIANTE EL FORTALECIMIENTO DE LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES QUE CORRRESPONDEN A CADA UNO DE LOS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO PARA UNA ACTIVA PARTICIPACION EN LAS TAREAS EDUCATIVAS. • ESTABLECER COMO UN IMPERATIVO LA REFORMA DE SISTEMA EDUCAIVO NACIONAL, BAJO UN DOBLE COMPROMISO. • MEJORJAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS MEDIANTE LA REESTRUCUTURACION DE LAS INSTITUCIONES Y AMPLIAR LA COBERTURA DE LOS MISMOS.
LOS EJECUTIVOS FEDERAL Y DEL ESTADOS DE MEXICO CELEBRARON EL 17 DE AGOSTO DE 1998 EL CONVENIO DE COORDIANCION PARA LA FEDERALIZACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PROFESIONAL TÉCNICA. • ESTABLECEN BASES COMO LA RESPONSABILIDAD Y COMPROMISO. • EL GOBIERNO DEL ESTADO A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO ALA CLAUSULA TERCERA DEL CONVENIO DEBE CREAR UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO QUE ASUMA LAS FUNCIONES YN RESPONSABILIDAD DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PROFESIONAL TÉCNICO DEL ESTADO
EL CONALEP ESTADO DE MEXICO ESTARA SECTORIZADO A LA SECRETARIA DE EDUCACION, CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL. • EL CONALEP ESTADO DE MEXICO TENDRÁ POR OBJETO PRESTAR LOS SSERVICIOS DE EDUCACION PROFESIONAL TÉCNICA EN LA ENTIDAD FORMANDO PARTE DEL SISTEMA
COORDINAR LAS PRESTACIONES DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PROFESIONAL TÉCNICA. • REVALIDAR Y ESTABLECER EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS PARA EL INGRESO A SUS PLANTELES EN TERMINOS APLICABLES • ASESORAR Y BRINDAR APOYO INFORMATICO EN LA SOLUCION DE PROBLEMAS ESPECIFICOS Y EN LA OPERACIÓN DE LOS PALNTELES Y EL CENTRO. • PRESENTAR A CONSIDERACION DEL COLEGIO LAS NECESIDADES DE MATERIAS DIDACTICOS DEL ORGANISMOS • REGULAR LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECION, INGRESO Y PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS • IMPULSAR Y SUPERVISAR EN LOS PALNTELES Y EL CENTRO EL CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES DE CALIDAD ESTABLECIDOS. ATRIBUTOS
EL ORGANISMO CONTARÁ CON LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE ESTABLEZCAN EN SU REGLAMENTO INTERIOR Y LOS PLANTELES Y CENTROS DE ASISTENCIA Y SERVICIO TECNOLOGICOS QUE SE AUTORICEN. • PRESIDENTE ( SECRETARIO DE E DUACCION DE LA CONTROLARIA. • OCHO VOCALES. • EL SECRETARIO DE FINANZAS • EL SECRETARIO DE TRABAJO • EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION • 3 REPRESENTANTES DE LOS SECTORES PÚBLICOS. • UN REPRESENTANTE DEL COLEGIO. DE LA ADMINISTRACIÓN
ES UN ÓRGANO COLEGIADO DE ASESORIAS Y CONSULTA DEL CONALEP ESTADO DE MÉXICO. • LOS RECURSOS Y BIENES MUEBLES QUE LE TRANFIERA EL GOBIERNO • LAS CUOTAS DE RECUPERACION QUE SE DERIVEN DEL EJERCICIO DE LOS PLANTES . • EL CONALEP GOZARÁ RESPECTO DE SU PATRIMONIO Y DE LAS ACTIVIDADES QUE REALICE. VINCULACION Y PATRIMONIO
SERÁN LOS ALUMNOS DE CONALEP QUIENES HABIENDO CUMPLIDO LOS REQUISITOS PARA EL INGRESO SEAN ADMITIDOS PARA CURSAS CUALQUIERA DE LOS ESTUDIOS QUE SE IMPARTAN Y ESTOS TENDRAN DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE ESTABLEZCAN EN EL REGLAMENTO. ALUMNADO