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FINANCIAMIENTO. FOCALIZACIÓN SUBSIDIOS EN SALUD. ASEGURAMIENTO. INFORMACIÓN. MEDIDAS ESPECIALES. PRESTACIÓN SERVICIO. ATENCIÓN AL USUARIO PARTICIPACIÓN CIUDADANA. INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL. SE DEFINE :. I. = ACCIONES [SEGUIMIENTO – MONITOREO-EVALUACIÓN] SGSSS. V.
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FINANCIAMIENTO FOCALIZACIÓN SUBSIDIOS EN SALUD ASEGURAMIENTO INFORMACIÓN MEDIDAS ESPECIALES PRESTACIÓN SERVICIO ATENCIÓN AL USUARIO PARTICIPACIÓN CIUDADANA
INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL SE DEFINE : I = ACCIONES [SEGUIMIENTO – MONITOREO-EVALUACIÓN] SGSSS V = ATRIBUCIÓN [ADVERTIR, PREVENIR, ORIENTAR] VIGILADOS CUMPLAN NORMAS SGSSS C = APLICAR [CORRECTIVOS + SANCIONES] VIGILADOS
OBJETIVOS SNS • FIJAR POLÍTICAS IVC DENTRO DEL SGSSS • PROTEGER DERECHOS USUARIOS • VELAR PORQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SALUD SE REALICE SIN NINGÚN TIPO DE PRESIÓN O CONDICIONAMIENTO A MÉDICOS E IPS • EVITAR ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE DENTRO DEL SGSSS • PROMOVER PARTICIPACIÓN CIUDADANA
FUNCIONES Y FACULTADES SNS • ADELANTAR IVC FOSYGA + REGÍMENES ESPECIALES Y EXCEPTUADOS [ART. 279 – FF MM – POLNAL – FONDONAL MAGISTERIO – ECOPETROL] • EJERCER COMPETENCIA PREFERENTE DE IVC FRENTE A SUS VIGILADOS • VIGILAR FOCALIZACIÓN DE SUBSIDIOS A SALUD • AUTORIZAR CONSTITUCIÓN Y HABILITACIÓN EPS • VIGILAR QUE E. TERRITORIALES CUMPLAN FUNCIONES SEÑALADAS LEY 715/01. • VIGILAR QUE EPS E IPS ADOPTEN CÓDIGO DE CONDUCTA Y BUEN GOBIERNO QUE ORIENTE LA PRESTACIÓN SERVICIOS A SU CARGO
FUNCIÓN JURISDICCIONAL SNS Actividades, Procedimientos, Intervenciones - POS 1. COBERTURA: Afiliados x atención Urgencias 2. REEMBOLSOS: Negativa, Injustificada o Negligencia de EPS Multiafiliación – Libre Elección – Movilidad – dentro del SGSSS, CONFLICTOS 3.
CONCILIACIÓN ANTE SNS CONFLICTOS QUE SURJAN ENTRE: • VIGILADOS • (EPS, EPS-IPS, P.E.) • VIGILADOS Y USUARIOS GENERADOS EN PROBLEMAS QUE NO LES PERMITAN ATENDER SUS OBLIGACIONES DENTRO DEL SGSSS, AFECTANDO EL ACCESO EFECTIVO A LOS USUARIOS A LOS SERVICIOS DE SALUD.
C- 1_ EVALUACIÓN POR RESULTADOS MINPROTECCIÓN SOCIAL – 6 MESES • ESTABLECERÁ MECANISMOS QUE PERMITAN LA EVALUACIÓN A TRAVÉS DE INDICADORES DE GESTIÓN Y RESULTADOS EN SALUD Y BIENESTAR DE TODOS LOS ACTORES QUE OPEREN EN EL SGSSS. • MINPROTECCIÓN PODRÁ DEFINIR ESTÍMULOS O EXIGIR, ENTRE OTRAS, LA FIRMA DE UN CONVENIO DE CUMPLIMIENTO, Y SI ES DEL CASO, SOLICITARÁ A LA SUPERSALUD SUSPENDER EN FORMA ACUTELAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS HASTA POR UN (1) AÑO DE LA RESPECTIVA ENTIDAD. • SI MUNICIPIO INCUMPLE INDICADORES ►►►Departamento asume administración • SI DEPARTAMENTO INCUMPLE INDICADORES ►►►MinProtección asume administración • SI HAY REINCIDENCIA ►►►SUPERSALUD SANCIONA.
COMISIÓN REGULACIÓN EN SALUD – CRES QUÉ ES: • UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL • PERSONERÍA JURÍDICA • AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA, TÉCNICA Y PATRIMIONIAL, • ADSCRITA AL MINPROTECCIÓN SOCIAL
QUÉ FUNCIONES CUMPLE: • Y MODIFICA EL POS • Y REVISA COMO MÍNIMO UNA VEZ AAL AÑO EL LISTADO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES Y GENÉRICOS QUE HACEN PARTE DE PLAN DE BENEFICIOS • EL VALOR DE UPC DE CADA RÉGIMEN • VALOR POR BENEFICIARIO DE SUBSIDIOS PARCIALES EN SALUD, SUS BENEFICIOS Y LOS MECANISMOS PARA HACER EFECTIVO EL SUBSIDIO • CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS PAGOS MODERADORES • RÉGIMEN QUE DEBERÁN APLICAR LAS EPS PARA RECONOCIMIENTO Y PAGO DE INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL Y LICENCIA DE MATERNIDAD, SEGÚN NORMAS DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO • ESTABLECER Y ACTUALIZAR EL SISTEMAS DE TARIFAS • PRESENTAR AL CONGRESO INFORME ANUAL SOBRE EVOLUCIÓN DEL SGSSS • RECOMENDAR PROYECTOS DE LEY O DE DECRETOS REGLAMENTARIOS • ADOPTAR SU REGLAMENTO
FINANCIAMIENTO META: EL SGSSS ALCANZARÁ EN 3 AÑOS COBERTURA UNIVERSAL DE ASEGURAMIENTO EN LOS NIVELES I, II Y III DEL SISBEN. MONTO Y DISTRIBUCIÓN DE LAS COTIZACIONES: A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO/2007: 12.5% Del ingreso del salario base de cotización. No menor a un (1) SMLMV 8.5% A cargo del empleador 4% A cargo del trabaador COTIZACIONES DE REGÍMENES ESP. Se incrementan en 0.5% a cargo del empleador destinado a subcuenta de solidaridad
FLUJO Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS • LOS RECURSOS DE LA SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD DEL FOSYGA SE PROGRAMARÁ ANUALMENTE POR UN VALOR NO INFERIOR AL RECAUDO DEL AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR INCREMENTADO POR LA INFLACIÓN CAUSADA Y SE GIRARÁ, A LAS ENTIDADES TERRITORIALES POR TRIMESTRE ANTICIPADO, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LA RADICACIÓN DE LOS CONTRATOS, LA ACREDITACIÓN DE CUENTAS MAESTRAS Y EL ENVÍO Y CRUCE DE LA BASE DE DATOS DE LOS AFILIADOS. • TODOS LOS RECURSOS DE SALUD, SE MANEJARÁN EN LAS ENTIDADES TERRITORIALES MEDIANTE FONDOS LOCALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES DE SALUD EN UN CAPÍTULO ESPECIAL, CONSERVANDO MANEJO CONTABLE Y PRESUPUESTAL INDEPENDIENTE Y EXCLUSIVO.
EL MANEJO DE LOS RECURSOS SE HARÁ EN TRES CUENTAS MAESTRAS, CON UNIDAD DE CAJA AL INTERIOR DE CADA UNA DE ELLAS. ESTAS SON: • RECAUDO Y GASTO EN SALUD PÚBLICA COLECTIVA • RÉGIMEN SUBSIDIADO DE SALUD, Y • PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA
ASEGURAMIENTO A PARTIR LEY 1122/2007: • SE BENEFICIARÁN CON SUBSIDIOS POBRES Y VULNERABLES NIVELES I Y II • CONSERVARÁN SUBSIDIOS PARCIALES QUIENES LOS TENGAN (III SISBEN) • P & P A TRAVÉS DE RED PÚBLICA • ACTIVIDADES POS-S, INCLUIDO P&P SERÁN A CARGO DE EPS-S • NO HABRÁ COPAGOS O CUOTAS MODERADORAS EN RÉGIMEN SUBSIDIADO DEL NIVEL I • NO HABRÁ PERIODOS MÍNIMOS DE COTIZACIÓN O CARENCIA SUPERIORES A 26 SEMANAS - REGÍMEN CONTRIBUTIVO • SE SUMARÁN TIEMPOS DE COTIZACIÓN DE LOS REGIMENES SUBSIDIADO Y CONTRIBUTIVO PARA PERIODOS DE CARENCIA. • ENFERMEDADES DE ALTO COSTO – MEDICAMENTOS NO POS – EPS DEBERÁN LLEVAR A CONSIDERACIÓN DE COMITÉS TÉCNICO CIENTÍFICOS, SINO LOS LLEVA DEBE PAGAR COSTOS DE TUTELA JUNTO CON FOSYGA.
PRESTACIÓN SERVICIOS DE SALUD (ART. 25 MINPROTECCIÓN REGLAMENTARÁ ) • REQUISITOS DE HABILITACIÓN IPS • MEDIDAS PARA EVITAR SELECCIÓN ADVERSA DE USUARIOS POR PARTE EPS • DISEÑO DE SISTEMAS DE CLASIFICACIÓN IPS • MECANISMOS PARA QUE EPS GARANTICEN LIBRE ESCOGENCIA IPS A USUARIOS • TRASLADO VOLUNTARIO DE AFILIADOS → 1 AÑO • EN CUALQUIER TIEMPO CUANDO MENOSCABE LIBRE ESCOGENCIA IPS
( ART. 26 - PRESTACIÓN SERVICIOS POR PARTE INSTITUCIONES PÚBLICAS ) • ÚNICAMENTE ESES. • TODO MUNICIPIO ESE O UNIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS INTEGRANTE ESE • LOS ENTES TERRITORIALES NO PRESTARÁN SERVICIOS ASISTECNIALES DE SALUD DIRECTAMENTE. (ART. 27°- REGULACIÓN ESE´S) • GOBIERNO NACIONAL REGLAMENTARÁ CREACIÓN, TRANSFORMACIÓN, CATEGORIZACIÓN, ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN ESES.