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PROGRAMAS SECTOR ADMINISTRATIVO DE INCLUSIÓN SOCIAL Y RECONCILIACIÓN DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL -DPS-. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS
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PROGRAMAS SECTOR ADMINISTRATIVO DE INCLUSIÓN SOCIAL Y RECONCILIACIÓN DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL -DPS-
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS Mediante la Ley 1448 en su artículo 166 se ordena crear la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas como una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica y autonomía administrativa y patrimonial, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. A través del Decreto 4157 de 2011 se determinó la adscripción de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas al Departamento para la Prosperidad Social. A través del Decreto 4802 de 2011 se estableció la estructura interna de la entidad y las funciones de cada una de las dependencias de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas
LA UNIDAD PARA LA ATENCION Y REPARACION INTEGRAL A LAS VICTIMAS Y EL MANDATO DE LA LEY DE VICTIMAS Y RESTITUCION DE TIERRAS
ATENCIÓN HUMANITARIA Y FUNERARIA A VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO
RETORNO Y REUBICACIONES PARA LAS VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO