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PROGRAMA GANADERO Componente 3 Proyecto de Fortalecimiento de la DGSG del MGAP en el marco de la Campaña de Lucha contra la Brucelosis Bovina. La propuesta costa de 4 subcomponentes: Campaña de Brucelosis en Predios Familiares Fortalecimiento de la DILAVE
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PROGRAMA GANADEROComponente 3Proyecto de Fortalecimiento de la DGSG del MGAP en el marco de la Campaña de Lucha contra la Brucelosis Bovina. La propuesta costa de 4 subcomponentes: • Campaña de Brucelosis en Predios Familiares • Fortalecimiento de la DILAVE • Capacitación a productores y trabajadores • Fortalecimiento del programa de acreditación de veterinarios de libre ejercicio.
Apoyo a Campaña de Brucelosis en Predios Familiares El Programa Ganadero del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca brindará apoyo a productores familiares aislados por Brucelosis Bovina a través de un plan de saneamiento en dichos predios y al apoyo técnico a través de un veterinario privado.
Será para apoyar el inicio de los planes de saneamiento en productores afectados, donde se exigirá la presentación de un plan de trabajo y cronograma de actividades, y debe realizarse por lo menos un sangrado, la vacunación de los animales susceptibles y la eliminación de los animales positivos antes del 30 de setiembre 2011. • Podrán ser beneficiarios de esta propuesta aquellos productores ganaderos familiares, aislados por Brucelosis Bovina, de todo el territorio nacional.
Se entiende como productores familiares, a aquellos que cumpliendo con los criterios de la resolución ministerial 0807001 del 29 de julio de 2008 del MGAP, han sido incluidos en el registro que lleva la DGDR del MGAP. Los Productores/as Familiares” son personas físicas que cumplen simultáneamente con los siguientes requisitos: • Realizar la explotación con la colaboración de, como máximo, dos asalariados permanentes o su equivalente en jornales zafrales (500 al año) • Explotar en total hasta 500 ha (CONEAT 100) bajo cualquier forma de tenencia • Obtener su ingreso principal de trabajo en la explotación, o cumplir su jornada laboral en la misma • Residir en la explotación o a una distancia menor a 50 km de la misma
Requisitos • Plan de Saneamiento elaborado por un veterinario de libre ejercicio, • fotocopia de formulario de Interdicción expedido por DSA, • fotocopia de Cedula de Identidad, • número de formulario de Declaración Jurada de Productor Familiar • fotocopia de Declaración Jurada DICOSE. • Planilla de contralor sanitario y contralor interno Se considerarán los antecedentes de cumplimiento y relacionamiento del productor y del técnico con otros proyectos del MGAP.
Técnico Responsable Se entiende por ellos a los profesionales veterinarios de libre ejercicio (VLE) quienes serán los responsables de: La formulación del plan de saneamiento, en acuerdo con la autoridad sanitaria oficial, Del seguimiento del Plan de Saneamiento del establecimiento afectado por brucelosis bovina, De la elaboración de un informe de avance de dicho plan de saneamiento, cuya fecha no podrá ser mayor del 30 de setiembre de 2011. Deberá presentar los datos del sangrado y vacunaciones de los animales identificados en forma individual en acuerdo con la autoridad sanitaria oficial Es co-responsable junto con el productor, por el cumplimiento en tiempo y forma de las actividades del plan.
Pago al Técnico responsable Esta remuneración se desglosará de la siguiente forma: U$S 100 más IVA por concepto de honorarios y viáticos originados por la presentación del Plan de Saneamiento del Establecimiento afectado con Brucelosis Bovina (Formulación) y U$S 50 más IVA por concepto de seguimiento, elaboración y presentación de un informe de avance al organismo ejecutor. El pago inicial está condicionado a la aprobación del Plan de saneamiento; y el pago final estará sujeto al cumplimiento del plan que se corroborará con un informe de avance del plan de saneamiento (junto a sus comprobantes de gastos); que deberá reflejar las actividades realizadas por el productor y deberá ser presentado antes del 30 de setiembre 2011.
Estructura del Plan de saneamiento El plan de saneamiento se realiza en una planilla Excel que el técnico debe solicitar al Programa Ganadero o descargar de la página web del MGAP. Los Planes deberán considerar actividades obligatorias: • Sangrados obligatorios de la totalidad de reproductores mayores a 1 año del establecimiento con 120 días de diferencia • Vacunación obligatoria con RB51 de los animales susceptibles aplicada por profesional veterinario • La eliminación de los positivos en los plazos que estipula la autoridad sanitaria oficial. Todas las actividades deben contar con documentación que avale sus costos y sus respectivas certificaciones.
APOYO ECONÓMICO PARA EL PRODUCTOR Focos Los apoyos no reembolsables para los productores que cumplan con los requisitos de elegibilidad y evaluación consistirán en: Financiamiento máximo de USD 30 por animal susceptible según DICOSE, donde el concepto de asistencia técnica no deberá superar los U$$ 5 por animal susceptible; y un máximo de USD 3.000 por productor; Se realizarán actividades hasta setiembre 2011, donde la continuación del plan de saneamiento para levantar el aislamiento será responsabilidad del productor y su técnico. El apoyo económico se establecerá en relación a los costos totales presupuestados para las actividades propuestas en el Plan; pudiendo alcanzar al 80% de los costos totales. Predios con relación epidemiológica Se financiará hasta USD 5 por animal susceptible a productores familiares (resolución ministerial 0807001) que se encuentren en predios relacionados epidemiológicamente, para las actividades de sangrado y asistencia técnica, teniendo en cuenta que el análisis y materiales son brindados por el MGAP.
Para cobrar subsidio el productor deberá realizar (y acreditar su realización) el sangrado completo del 100% del rodeo susceptible, y la vacunación y revacunación de la totalidad de animales aptos a vacunar en el establecimiento; en caso que no cumpla o cumpla parcialmente estas actividades no cobrará subsidio alguno.
Costos elegibles del Plan Serán considerados gastos elegibles, todos aquellos que promuevan al conjunto de actividades a realizar por los productores beneficiarios, con la asistencia del Veterinario de libre ejercicio responsable para iniciar el Plan de Saneamiento, que tengan como objetivo el saneamiento del establecimiento. La lista de costos elegibles (a modo de ejemplo) se presenta a continuación: • Gastos incurridos en la compra y aplicación de la vacuna oficial contra la BrB: RB51 y su correspondiente certificación veterinaria. • Diagnóstico serológico de animales susceptibles: incluye el costo del sangrado por parte del técnico responsable del establecimiento y el correspondiente análisis en un laboratorio privado habilitado. • Costos incurridos en mejoramiento de la infraestructura de trabajo (Ej. mejora en bretes y cepos para la realización de los trabajos que implica el saneamiento). • Costos de castración de vacas. • Asistencia técnica en el establecimiento para seguimiento y control del plan: la asistencia técnica no podrá superar los U$$ 5 por vaca de cría. • Flete para eliminación de animales positivos. • Otros.
Tramitación y Desembolsos El desembolso económico se realizará contra la verificación del cumplimiento de las actividades acordadas entre los beneficiarios, el Programa Ganadero, la Dirección General de Servicios Ganaderos y la revisión de los comprobantes que correspondan. Dichas actividades y sus costos estarán explicitadas en el Plan de saneamiento y en el Contrato. Los planes de saneamiento aprobados contarán con un adelanto, correspondiente al 50% del total aprobado de apoyo económico. Previamente a recibir este adelanto los productores beneficiarios y los técnicos asesores firmarán los documentos pertinentes, y deberán comenzar a ejecutar el plan de saneamiento de acuerdo a la normativa legal vigente. El desembolso del 50% restante del apoyo económico pactado se realizará al verificarse el avance del plan de saneamiento presentado.
Cumplidas las actividades previstas en el plan, el veterinario informará al MGAP, quien una vez analizados los informes y verificada la documentación de respaldo, realizará el desembolso al productor beneficiario. Este segundo desembolso se pagará siempre y cuando el cumplimiento del Plan de saneamiento supere el 60% de cumplimiento, y será proporcional al cumplimiento de actividades alcanzado. Auditorías Se realizarán auditorías efectuadas por técnicos del MGAP ya sea de rutina a una muestra de los planes o ante necesidades específicas.