200 likes | 595 Views
Ley 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Rancagua, abril 2013. BONIFICACIONES. Ley 20.283 FONDO DE CONSERVACIÓN, OTORGA BONIFICACIONES PARA CONTRIBUIR A SOLVENTAR LOS COSTOS DE ACTIVIDADES DE MANEJO Y RECUPERACIÓN. PRESERVACIÓN DEL BOSQUE NATIVO .
E N D
Ley 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Rancagua, abril 2013
BONIFICACIONES • Ley 20.283 • FONDO DE CONSERVACIÓN, OTORGA • BONIFICACIONES PARA CONTRIBUIR A • SOLVENTAR LOS COSTOS DE ACTIVIDADES DE • MANEJO Y RECUPERACIÓN. • PRESERVACIÓN DEL BOSQUE NATIVO. • PRODUCCIÓN MADERERA. • GENERACIÓN DE PRODUCTOS NO MADEREROS.
Bonificaciones • ¿Quiénes pueden postular a los beneficios que otorga la Ley de Bosque Nativo? • Todos los propietarios de predios que dispongan de bosque nativo o formaciones xerofíticas de AVE de zonas áridas y semiáridas. • ¿Cómo se asignarán los recursos que otorga la Ley? • - La ley establece un sistema de entrega de bonificaciones a través de a lo menos dos concursos: uno para pequeños propietarios y otro para los demás interesados. • Concurso 2013, al Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo. • Fondo Disponible $ 4.150.000.000 3
Bonificaciones Cuáles son las actividades que bonifica la ley? qActividades que favorezcan laregeneración, recuperación o protección de formaciones xerofíticas de alto valor ecológico o de bosques nativos de preservación, con el fin de lograr la mantención de la diversidad biológica. • Revegetación • Control o eliminación de especies vegetales exóticas • invasoras • Exclusión de animales herbívoros • Establecimiento de conexiones entre áreas de • formaciones xerofíticas de AVE o entre BNP.
Bonificaciones • qActividades silviculturales dirigidas a la obtención de productos No Madereros, tales como: turismo, frutos, semillas, hongos, hojas, miel, entre otros. • Plantación o siembra • Protección mediante cercos • Ejecución de clareos • Ejecución de raleos • Ejecución de podas • Limpias posteriores a la plantación, siembra o regeneración natural establecida
Bonificaciones • qActividades silviculturales destinadas a manejar y recuperar el bosque nativo para fines de Producción Maderera, tales como: madera aserrable, trozos, trozos con valor para la bioenergía, leña, etc . a) Plantación b) Protección mediante cercos c) Ejecución de clareos d) Ejecución de raleos e)Ejecución de podas f) Limpias y actividades culturales posteriores a la plantación,siembra o regeneración natural establecida
Actividad Bonificación Regeneración, recuperación o protección de formaciones xerofíticas de alto valor ecológico o de bosques nativos de preservación hasta 5 UTM / hectárea $ 200.625 PP: $ 230.718 hasta 5 UTM / hectárea $ 200.625 PP: $ 230.718 Actividades silviculturales dirigidas a la obtención de productos no madereros hasta 10 UTM / hectárea $ 401.250 PP: $ 461.438 Actividades silviculturales destinadas a manejar y recuperar el bosque nativo para fines de producción maderera Bonificaciones ¿Cuánto es el monto que bonificará la ley para cada actividad?
¿Cómo se postula a las bonificaciones que otorga la ley? Concurso público con un proyecto de Plan de Manejo, que registre la o las actividades a realizar y la superficie a intervenir. Si se adjudican las bonificaciones del concurso, en un plazo de 6 meses deberán presentar un Plan de Manejo a la Corporación Nacional Forestal (CONAF). ¿Cuándo se pagan las bonificaciones? Se pagarán una vez acreditada la realización de las actividades contempladas en el Plan de Manejo y previa presentación de los informes correspondientes, que deberán ser aprobados por CONAF. En caso de cumplimiento parcial, se cancelarán sólo aquellas actividadesejecutadas. ¿Dónde debo cobrar la bonificación? El pago será a través de la Tesorería General de la República.
TABLA DE VALORES QUE DETERMINA MONTO MÁXIMO DE LASBONIFICACIONES PARA LAS ACTIVIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 22 DE LA LEY Nº 20.283, SOBRE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y FOMENTO FORESTAL
Obligaciones y Sanciones • Exigencia de Plan de manejo o Plan de Trabajo • Exigencia de uso de GLT para el transporte de productos primarios • Obligación de acreditar origen de productos • Denuncias en JPL • Multas por cortas no autorizadas o no acreditar origen.