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2277. el. debe ser. El estatuto único. Ponencia presentada por Unidad Docente PST Jorge A. Martínez P. Crisis Sindical en Fecode. Existe una profunda crisis sindical en Fecode producto de : Negociación del Pliego de Peticiones Levantamiento del Paro Nacional en Septiembre
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2277 el debe ser El estatuto único Ponencia presentada por Unidad Docente PST Jorge A. Martínez P
Crisis Sindical en Fecode Existe una profunda crisis sindical en Fecode producto de : • Negociación del Pliego de Peticiones • Levantamiento del Paro Nacional en Septiembre • Su política de Concertación • La antidemocracia sindical • Negociación del Estatuto en la Comisión Tripartita
Política neoliberal en educación • Más allá de La privatización el neoliberalismo ha impuesto además de las medidas de flexibilización laboral una ideología tecnócrata y que hace culto a la eficiencia, ha impuesto en el lenguaje pedagógico sus conceptos de calidad, eficiencia, meritocracia, competencia y evaluación
Política neoliberal en educación • Parte de la política de los gobiernos para imponer la flexibilización laboral, uno de los ejes de la política neoliberal es la aplicación de la máxima “divide y vencerás”. • En los años 90, el gobierno impuso contrarreformas laborales arrebatando la totalidad de derechos y conquistas a sectores importantes de trabajadores. • Donde se presentó resistencia y no pudo derrotarla por la vía de la represión, pactó con las direcciones sindicales el mantener los derechos adquiridos de los sectores antiguos mientras a las nuevas generaciones de trabajadores les aplica la flexibilización laboral. • Así ha impuesto la división entre “nuevos” trabajadores, en situación precaria y de inestabilidad y un sector de “privilegiados” trabajadores que conservan los derechos adquiridos con luchas y sacrificios.
La Ley 715, el punto de inflexión En varios momentos diferentes gobiernos le intentaron “romper el espinazo” al magisterio, el gremio de trabajadores organizado sindicalmente más numeroso del país. Pero la resistencia de los maestros impidió en numerosas ocasiones el avance de la privatización, la implementación de la evaluación y otras medidas lesivas al magisterio. Pero fue con la presentación del Acto Legislativo 01 y su posterior aprobación como ley 715 de 2001 que le da facultades extraordinarias al gobierno para crear un nuevo estatuto docente acorde con el nuevo recorte de las transferencias, junto con otro paquete de contrarreformas que ha venido moldeando el actual estado de sobrecarga laboral (léase sobreexplotación) y perdida de derechos de los maestros.
El 1278 • El origen del 1278 evidencia su objetivo fiscal, de ahorrar grandes sumas de dinero expresadas en los derechos del 2277 y el de adecuar la carrera docente a los requerimientos del modelo neoliberal: • Abrir la carrera docente al mercado laboral de todas las aéreas profesionales. • Regular los concursos docentes regidos por la ideología de la “meritocracia” • Definir un perfil de docente de acuerdo a competencias y perfiles definidos por el gobierno. • Integrar de manera permanente y en diferentes momentos de la carrera docente la evaluación con consecuencias en la estabilidad en la carrera docente. • Implantar un nuevo sistema de Escalafón, dependiente de títulos, tiempo de servicio, evaluaciones de competencias y disponibilidades presupuestales de los entes territoriales. • Introducir expresas restricciones al accionar político y sindical del magisterio. • Fragmentar y aumentar las funciones del docente.
Plan de Desarrollo de Uribe En la discusión del Plan de Desarrollo de Uribe , finalmente contó con el visto bueno de la mayoría de los parlamentarios del PDA cuando estuvieron de acuerdo en preservar el régimen prestacional de los antiguos a cambio de entregar a los nuevos a la nefasta ley 100, profundizando así la división del magisterio. El argumento de la dirección de Fecode justificando esta posición fue que como no existían todavía maestros nombrados bajo el 1278 no se estaba traicionando a nadie.
¿Pero bajo qué estatuto? Hoy la perdida de derechos del magisterio bajo el 2277 y la entrada masiva de maestros bajo el 1278 y sus infames condiciones, hacen insostenible la división actual del magisterio y evidencian la necesidad de UNIFICAR AL MAGISTERIO ¿Pero bajo qué estatuto?
¿Pero bajo qué estatuto? • El 2277 es el resultado de una lucha heroica y contundente del magisterio. • El 1278 de una estruendosa derrota impuesta por el gobierno al magisterio y enfrentado de manera vergonzante por la dirección de Fecode. • La propuesta de Fecode ante la Comisión Tripartita trata de conciliar los derechos del magisterio con la doctrina neoliberal del Estado Colombiano y sus gobiernos.
acuerdo firmado por Fecode y el Men Desde los acuerdos firmado por Fecode y el Men en el 2011 ya se vislumbra el tipo de estatuto que pretende establecer en acuerdo con el gobierno, pues deja muy claros los criterios que deben iluminar la negociación: “concertar un proyecto de ley sobre Estatuto Docenteque tenga por objeto mejorar la calidad de la educación colombiana, de conformidad con los principios constitucionales de dignificación, profesionalización y mérito de la carrera docente. “
La propuesta de FECODE no parte de la defensa del 2277 • Cambia la carrera docente por carrera administrativa. • Modifica las condiciones de ingreso a la carrera docente • Cambia el escalafón con 20 escalones a los que se accede aumentando los requisitos del 2277. • Establece una escala salarial por puntos, copia de la aplicada a los docentes • Se establece la evaluación de la labor docente con escala valorativa para que sirva como objeto de estímulos y sanciones. • Se establece un régimen disciplinario para garantizarle al Estado la calidad educativa y se señala que las situaciones no previstas en él, se regirán por la ley 734 de 2002, o régimen disciplinario único.
Luchar por la defensa del 2277 y la derogatoria del 1278 • La estrategia de la lucha del magisterio debe ser la de reconquistar el estatuto 2277 para todo el magisterio, incluyendo los maestros que entraron al servicio estatal después del 2002 y a los docentes del sector privado en lo concerniente al escalafón. • Por lo tanto la propuesta no se puede basar en un nuevo articulado que remplace los dos estatutos existentes, sino la derogatoria del 1278, y de las normatividades que han recortado derechos de la carrera docente y su régimen especial, tanto prestacional como disciplinario.
Derechos faltantes en el 2277 • Nuevas formulaciones de articulado son pertinentes para rescatar derechos derogados e incluir los derechos faltantes en el 2277 como los derechos sindicales y políticos para los docentes y la extensión del escalafón en la categoría 14.
Propuestas de modificación y actualización del 2277 Conservar el cuerpo del 2277 como estatuto único de la profesión docente, con carácter de garantías al ejercicio de la profesión. Que cubra a la totalidad de los docentes al servicio de la educación pública estatal y a los docentes del sector privado.
Escalafón Nacional Docente La estructura de escalafón presente en el 2277 debe mantenerse, pues su estructura sencilla y los requisitos para el acenso son asequibles para la mayoría de los docentes. Garantizan de la mejor manera el derecho al acenso y al mejoramiento salarial del magisterio, situación que no es garantizada de mejor manera en la estructura propuesta por Fecode.
Proponemos: • Cuando el docente alcance el grado catorce, cada dos años y mientras dure en el ejercicio de la docencia tendrá derecho a un reajuste del 10% adicional al incremento salarial. De la misma manera tendrá un reajuste del mismo porcentaje, cuando acredite título de posgrado, doctorado o magister, que no haya sido utilizado para su último ascenso.
Derechos • Es necesario actualizar el listado de derechos prestacionales, políticos, de derechos humanos y sindicales que han sido recortados o que no fueron conquistados en el 2277.
Estímulos • Restablecer prelación y garantías para los hijos de los educadores. • Anexar artículo sobre Salario Profesional • Restituir el artículo 67 del 2277 sobre vacaciones.
Régimen Disciplinario • Ratificar la vigencia del capítulo V en lo referente a régimen disciplinario reglamentado en el decreto 2480 de 1986,modificando el artículo 224 de la ley 734 de 2002 exceptuando la carrera docente de la aplicación de dicha ley Derogar el decreto 1278 de 2002