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ESCUELA DE SALUD SAN PEDRO CLAVER PROGRAMAS AUXILIARES 2014. planes beneficios y derechos y deberes en salud. ENF. Martha Liliana Gómez rojas ESP. GERENCIA HOSPITALARIA MAGISTER EN EDUCACIÓN (C).
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ESCUELA DE SALUD SAN PEDRO CLAVER PROGRAMAS AUXILIARES 2014 planes beneficios y derechos y deberes en salud ENF. Martha Liliana Gómez rojas ESP. GERENCIA HOSPITALARIA MAGISTER EN EDUCACIÓN (C)
Conjunto de actividades,procedimientos,suministros y reconocimientos que se brinda a las personas, con el propósito de mantener o recuperar la salud y evitar el menoscabo de su capacidad económica derivada de la incapacidad temporal por enfermedad general, maternidad y la incapacidad, discapacidad o invalidez derivada de los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Son siete los planes de beneficios. ¿Qué son Planes de Beneficios?
. PAB (Plan de atención básica) POS – S ubsidiado ATEP (Accidente trabajo y enf profesional) Pos contributivo AIU (Atención inicial de urgencias) PACS (Planes complentarios en salud) PLANES DE BENEFICIOS – LEY 100 /93 ECAT (Evento catastrófico y accidente de tránsito)
“Conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos, de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo dirigidos a las colectividades” ¿Qué es el PAB?
Gratuito • Financiado con recursos públicos. • Dirigido y Administrado por el Estado. • Obligatoriedad • Territorialidad • Complementariedad con otros planes de atención. CARACTERÍSTICAS DEL PAB?
Promoción de la Salud • Prevención de la Enfermedad • Vigilancia de Salud Pública y control de factores de riesgo. COMPONENTES DEL PAB?
Salud Integral de niños, Adolescentes y Discapacitados • Salud sexual y reproductiva • Prevención de la Violencia • Exposición al tabaco y alcohol • Condiciones sanitarias del ambiente • Derechos y Deberes de usuarios del SGSSS. • Acción Comunitaria y participación social. ACCIONES DEL PAB – PROMOCIÓN SALUD
Identificar población no cubierta • Orientar a la población identificada en riesgo. • Seguimiento de poblaciones atendidas en detección precoz para diagnóstico definitivo y tratamiento oportuno. ACCIONES DEL PAB – PREVENCIÓN ENFERMEDAD Y DETECCIÓN PRECOZ
Conjunto de atención en salud, a que tiene derecho , en caso de necesitarlo todo afiliado al Régimen Contributivo y que debe garantizar a sus afiliados las EPS. POS
Cuota moderadora: • Aporte por la prestación del servicio, Afiliado y Beneficiario • COPAGO: Aporte económico correspondiente a un parte del valor del servicio; pago solo por beneficiarios. CUOTA MODERADORA Y COPAGOS
Son aquellos planes adquiridos y financiados exclusivamente por los usuarios, son planes de atención que buscan mejorar aspectos de tecnología y hotelería en la atención ya hecha por el POS; ej: pólizas de salud, medicina prepagada. PLANES DE ATENCIÓN COMPLEMENTARIOS EN SALUD
Es un plan dirigido exclusivamente para aquellos eventos, patologías o accidentes que se den en el lugar de trabajo o se den como consecuencia del trabajo en cuestión. (Regulados y administrados por las ARL) ACCIDENTE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL
Es un plan que cubre a todos los afiliados al sistema de seguridad social en salud, en cuanto a la atención medico-quirúrgica, indemnización por incapacidad permanente y por muerte, gastos funerarios y gastos de transporte al centro asistencial, que deriven de un accidente de tránsito, acciones terroristas ocasionadas por bombas o artefactos explosivos, en catástrofes naturales u otros eventos expresamente aprobados por el CNSSS. EVENTO CATASTRÓFICO Y ACCIDENTE DE TRÁNSITO
FOSYGA : Subcuenta:de seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito, o (SOAT), en caso de tratarse de un accidente de tránsito por auto fantasma saldrán del FOSYGA Cuando se presente: el caso de un SOAT vencido o falsificado, la cuenta correrá por el dueño del vehículo agresor. Los servicios requeridos, y no cubiertos ni por el SOAT ni por el FOSYGA, correrán por cuenta del régimen al cual pertenezca la persona, siempre y cuando estos se encuentren contenidos en el POS. EVENTO CATASTRÓFICO Y ACCIDENTE DE TRÁNSITO
Todas las entidades que presten los servicios de urgencias, atenderán obligatoriamente a los casos de urgencias vitales, aún sin convenio o autorización de la EPS respectiva, e incluso, lo mismo ocurrirá en el caso de personas no afiliadas al sistema. Las EPS pagarán el servicio a las IPS con base a las tarifas pactadas o con las establecidas para el SOAT. En el caso de atención a personas no afiliadas al Sistema, la IPS que lo atendió le cobrará al Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA) esta atención. ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS