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Ane del Hoyo Egoitz Ikutza Ander Mugica Mikel Muñoz-Baroja Ainhoa Plazaola. Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. ÍNDICE. 1-. Exposición de motivos. Objeto: régimen jurídico de los signos distintivos,para configurar uno de los campos de la propiedad industrial.
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Ane del Hoyo EgoitzIkutza AnderMugica Mikel Muñoz-Baroja Ainhoa Plazaola Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
1-. Exposición de motivos Objeto: régimen jurídico de los signos distintivos,para configurar uno de los campos de la propiedad industrial
2-. Causas de la modificación • Delimitar las competencias E-CCAA, en materia de propiedad industrial. • Incorporar a la legislación normas comunitarias e internacionales. • Actualizar la norma y adecuarla a la nueva sociedad de información. • Armonizar con la legislación europea (Directiva 89/104/CE del Consejo 1988)
3-. Mejoras de la Ley • Establecer un procedimiento ágil y lógico. • Facilitar la creación de una marca a empresas de la OMC en España. • Base en el carácter constitutivo del registro y recoge principios clásicos. • Refuerzo de la protección de las marcas notorias y renombradas.
4-. Contenido y alcance del derecho de marca • Fortalecimiento de la posición exclusiva del titular de la marca. • Desaparición de la “marca derivada” y la “ampliación de marca”. • Sistematización de la nulidad y caducidad de la marca • Reordenación de la regulación de las marcas colectivas y de garantía.