520 likes | 1.28k Views
Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional. Dirección de Seguridad y Salud. Dirección de Seguridad y Salud. MISIÓN Verificar, controlar y asesorar al Sector Público y Privado en el cumplimiento de la normativa legal en Seguridad y Salud Ocupacional. VISIÓN
E N D
Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional Dirección de Seguridad y Salud
Dirección de Seguridad y Salud MISIÓN Verificar, controlar y asesorar al Sector Público y Privado en el cumplimiento de la normativa legal en Seguridad y Salud Ocupacional. VISIÓN Fomentar, mantener y mejorar la cultura de Prevención a nivel nacional a través de la participación estatal como ente regulador y asesor.
VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE INSPECCIONES VISITAS TÉCNICAS INSPECCIÓN Y/O AUDITORIA Dirección de Seguridad y Salud
CHARLAS CAPACITACIÓN CONVENIOS PUBLICIDAD : CAMPAÑAS PUBLICITARIAS Y MATERIAL INFORMATIVO, WEB ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE NORMAS Dirección de Seguridad y Salud
-Verificar las condiciones de las empresa publicas y privadas con el fin de reducir los riesgos laborales • Evaluación de los ambientes de trabajo con procedimientos bajo norma • Recomendar y verificar estrategias de control • OAE • Verificar el cumplimiento de la vigilancia en la Salud de los Trabajadores para mantener un medio de trabajo saludable Dirección de Seguridad y Salud
ÁREAS DE TRABAJO Dirección de Seguridad y Salud
Dirección de Seguridad y Salud Gestión de Seguridad y Salud en las Industrias
1. UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD. • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 15. Numeral 1. REQUERIMIENTOS LEGALES
1. UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD. • Empresas con más de 100 trabajadores / 50 a 100 categorizadas de alto riesgo. • Contarán con una Unidad dirigida por un técnico en la materia que reportará a la más alta autoridad de la empresa o entidad. • Funciones: • Reconocimiento y evaluación de riesgos; • Control de Riesgos profesionales; • Promoción y adiestramiento de los trabajadores; • Registro de la accidentalidad, ausentismo y evaluación estadística de los resultados. • Asesoramiento técnico REQUERIMIENTOS LEGALES
Código del Trabajo Art. 430 Numeral 2. • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 16. • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. 2. SERVICIO MÉDICO REQUERIMIENTOS LEGALES
Las empresas con cien o más trabajadores organizarán obligatoriamente los Servicios Médicos con la planta física adecuada. • Los Servicios Médicos de Empresa, serán dirigidos por un Médico General, con experiencia en Salud Ocupacional o Salud Pública. El personal de enfermería trabajará a tiempo completo, cubriendo todos los turnos de labor de la empresa. 2. SERVICIO MÉDICO • Funciones: • HIGIENE DEL TRABAJO • ESTADO DE SALUD DEL TRABAJADOR • RIESGOS DEL TRABAJO • DE LA EDUCACIÓN HIGIÉNICO-SANITARIA DE LOS TRABAJADORES • DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN FAVOR DE LA PRODUCTIVIDAD REQUERIMIENTOS LEGALES
3. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 14. REQUISITOS REQUERIMIENTOS LEGALES
3. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO • En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo. • Funciones: • Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos profesionales. • Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene • Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo • Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales • Realizar sesiones mensuales • Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos • Analizar las condiciones de trabajo en la empresa • Vigilar el cumplimiento del Reglamento REQUERIMIENTOS LEGALES
4. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD • Art. 434 del Código del Trabajo. REQUISITOS REQUERIMIENTOS LEGALES
REQUERIMIENTOS LEGALES En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, se establecerá un reglamento de higiene y seguridad. 4. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD • Política Empresarial • Disposiciones Reglamentarias • Del Comité paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo / De la Unidad de Seguridad / Del Servicio Médico • De las responsabilidades de Gerentes, Jefes y Supervisores / De la población vulnerable • De la prevención de riesgos del trabajo propios de la empresa • De los accidentes mayores / De la señalización de seguridad • De la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores / Del registro e investigación de accidentes e incidentes / De la información y capacitación en prevención de riesgos. • De la Gestión Ambiental
1. MATRIZ DE RIESGO • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III-Artículo 11 Literal b) y c) • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. • Art. 15. Numeral 2. • Resolución 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 1 literal b) IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
2. MEDICIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO • Método reconocido • Equipo calibrado • Profesional competente IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
3. MAPA DE RIESGOS • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III-Artículo 11 Literal b). IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
1. CONTROL DE RIESGOS CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
2. INDUCCIÓN , CAPACITACIÓN E INFORMACIÓN • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 11 literal h), I) • Art. 18, 19, 20 y 23 derechos de los trabajadores CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
3. PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 11 literal e). • Resolución 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 1. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
4. PROFESIOGRAMAS • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. Capítulo IV Art. 11 Numeral, Literal c) CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
5. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Título VI. PROTECCIÓN PERSONAL. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
5. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL • Debe considerarse como el último recurso de reducción del riesgo en el lugar de trabajo. • Utilización adecuada. • Obligatoriedad del uso. • Mantenimiento y conservación. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
6. SEÑALETICA Prohibitiva • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Capítulo VI. • Señalización de Seguridad. 1 Obligación Preventiva Contra Incendios Informativa CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
6. SEÑALETICA • Señalización de Seguridad. Normas Técnicas NTE INEN – ISO 3864 – 1 CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
6. SEÑALETICA • Colores de identificación de tuberías Norma Técnica Ecuatoriana INEN 440 CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
7. SERVICIOS PERMANENTES • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 37,38, 39, 40, 41, 42, 42, 43, 44, 45, 49, 50, 51 y 52. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
7. SERVICIOS PERMANENTES • Salubridad y Ambientación en Comedores • Salubridad y Almacenamiento Adecuado de Alimentos • Dotación de Agua para Consumo Humano • Salubridad y Número Adecuado de: • Servicios Sanitarios • Lavabos • Vestuarios • Duchas CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
8. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 7 Literal f); Art. 11 Literal g) • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 15 Literal d) • Resolución 390 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Art. 41, 42, 43 y 52. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
8. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES • Notificación • Estadística • Investigación • Índices CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
9. PLAN DE EMEREGENCIA Y SIMULACROS • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III Art. 16. • Reglamento de prevención, mitigación y protección contra incendios. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO
1. HISTORIA DE EXPOSICIÓN LABORAL • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal a). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
2. EXAMENES DE PRE EMPLEO, PERIODICOS Y DE RETIRO • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Art. 14 y 22. • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal b). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
3. VIGILANCIA ESPECÍFICA DE ACUERDO A LOS FACTORES DE RIESGO • Resolución 390 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Capitulo 1 Art. 3 literal h) • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal c). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
4. MORBILIDAD POR GRUPO DE RIESGO • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. Art. 11 numeral 5 literal b). • Acuerdo Ministerial 220 Compromiso con el Ministerio de trabajo y empleo en materia de Seguridad y Salud. Literal c). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
INSPECCIÓN ESPECIALIZADA DE SEGURIDAD Y SALUD Verificación y Cumplimiento de la Normativa y condiciones de seguridad en Centros de trabajo FORMATO
INSPECCIÓN ESPECIALIZADA DE SEGURIDAD Y SALUD • A partir de julio del 2012 hasta la presente fecha se han realizado inspecciones de Seguridad y Salud a las empresas manufactureras, inspeccionando un total de:
DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD WEB: http://www.relacioneslaborales.gob.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/ e-mail: seguridadysalud@mrl.gob.ec