70 likes | 241 Views
FORMA TERRITORIAL DEL ESTADO. PRECISIONES CONCEPTUALES E HISTÓRICAS. Estado unitario, Estado regional/autonómico, Estado Federal, Confederación de Estados
E N D
PRECISIONES CONCEPTUALES E HISTÓRICAS • Estado unitario, Estado regional/autonómico, Estado Federal, Confederación de Estados • Distinción entre descentralización administrativa y descentralización política ---> la autonomía política: distinción entre Estados unitarios y Estados autonómicos/regionales • Poder constituyente (originario) y descentralización política: diferencia entre Estado Federal y Estado autonómico/regional • Mantenimiento de la Soberanía del Ordenamiento o pérdida de dicha soberanía: diferencia entre Estado Federal y Confederación de Estados • Precedentes de descentralización política en nuestra historia constitucional: El Proyecto de Constitución federal de 1873 y la Constitución republicana de 1931 • Precedentes históricos de la forma territorial del Estado adoptada por la CE 1978 • Las Regiones autónomas constituidas bajo la república de 1931 • Los entes preautonómicos constituidos entre 1977 y 1978, antes de al aprobación de la CE
EL PRINCIPIO AUTONÓMICO • Principios que rigen el proceso de formación de las CCAA: • Indefinición del modelo: Art. 1.3 CE • El principio dispositivo: voluntariedad del proceso: Art. 2 CE ---> de supuesto derecho a garantía de un contenido mínimo de la autonomía • Proceso abierto: gradualidad y progresividad en su desarrollo ---> La Ley Orgánica 9/1992 de 23 de diciembre de Transferencia a las CCAA de vía lenta ---> Sucesivas reformas de sus Estatutos de Autonomía • Heterogeneidad del proceso: distintos procedimientos de acceso a la autonomía
CONTENIDO CONSITUCIONAL • Límites del régimen autonómico: • principio de constitucionalidad • principio de unidad • principio de libre circulación (Art. 139.2 CE) • principio de igualdad de los ciudadanos (Art. 14, 139 y 149. 1. 1ª CE) y de las CCAA (Art. 138.2 CE) • principio de solidaridad (Art. 2, 40.1, 138.1 y 158.2 CE) ---> prohibición de federación, pero no de colaboración (Art. 145.1 CE) • Controles del Estado sobre las CCAA y en particular para garantizar los límites: • Procedimientos de control de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional • Procedimientos jurisdiccionales ante la jurisdicción contencioso-administrativa • Control contable del Tribunal de Cuentas • Control ordinario del Estado sobre las funciones delegadas conforme al Art. 150 CE • Control extraordinario del Gobierno en caso de graves atentados contra el interés nacional (Art. 155 CE)
CONTENIDO CONSITUCIONAL • Procedimientos de acceso a la autonomía: • Vía rápida: Art. 151 CE, D. T. 2ª CE ---> nacionalidades históricas • Vía lenta: Art. 143 CE • Sistema excepcional: Art. 144 CE ---> v. gr. Ceuta y Melilla (Leyes orgánicas 1/1995 y 2/1995 de 13 de mayo respectivamente) • Régimen singular de Navarra
CONTENIDO CONSITUCIONAL • Atribución competencial: • El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica (Art. 147.1 CE): • Contenido mínimo necesario (Art. 147.2 CE): denominación, territorio, instituciones propias y competencias asumidas • Naturaleza jurídica: Ley Orgánica ---> ley del Estado ---> subordinación a la CE • La atribución competencial extraestatutaria: las leyes del Art. 150 CE • Leyes de delegación o marco • Leyes orgánicas de transferencia • Leyes de armonización • Criterios de ordenación de las fuentes normativas Estado-CCAA: • distribución de competencias (Art. 148 y 149) • cláusula de prevalencia (Art. 149.3 CE) • cláusula de supletoriedad (Art. 149.3 CE) • competencias normativas autonómicas: legislativas, reglamentarias y ejecutivas
CONTENIDO CONSITUCIONAL • Organización institucional de las CCAA: en especial el Principado de Asturias (Art. 147, 152.2 CE, Ley orgánica 7/1981 de 30 de diciembre de Estatuto de Autonomía para Asturias) • Asamblea Legislativa: la Junta General del Principado de Asturias • Órgano de Gobierno: Presidente y Consejo de Gobierno • El Tribunal Superior de Justicia y su posición en la estructura judicial. • Órganos auxiliares: Sindicatura de Cuentas/Consejo Consultivo/ Procurador General