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Trabajo y Personas Privadas de Libertad: el caso de Perú. Agosto 2005 José Avila Herrera Director del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios. Diagnóstico sobre el Trabajo Penitenciario.
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Trabajo y Personas Privadas de Libertad: el caso de Perú Agosto 2005 José Avila Herrera Director del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios
El trabajo dentro de un establecimiento penitenciario es de primera importancia, no sólo porque forma parte de un mecanismo eficiente de reinserción social del interno, sino porque a través de él contribuye con su sostenimiento y el de su familia. • En la mayoría de los penales supervisados no existen ambientes adecuados para la realización de las actividades laborales del interno.
Por ello, se llevan a cabo en ambientes improvisados o en talleres que están en malas condiciones o que no tienen la capacidad que se requiere, haciendo que los internos trabajen en los patios e incluso en sus propias celdas. • Las máquinas y herramientas con que trabajan los internos tienen mínimo mantenimiento; de hecho son pocas, por lo que generalmente trabajan con sus propias herramientas. • Los materiales e insumos para el trabajo son suministrados básicamente por los familiares del interno y en algunos casos por el INPE a través del jefe de trabajo del penal.
A junio de 1999, la población penal que trabajaba era de 13,588 internos, que representaba el 49.54% de la población penitenciaria a nivel nacional. Los que no trabajan son 2,856 (10.41%) y los que no especifican 10,984 (40.05%).
Las labores que mayoritariamente realizaban fueron de tejido, trabajos en arte, carpintería y juguetería. A la primera actividad se dedicaban el 19.60% de la población penal que trabajaba, a la segunda el 13.08%, a la tercera el 11.92% y a la cuarta el 4.94%. • Los internos varones que trabajaban son 12,038, que representaba el 48% del total de la población penal masculina a nivel nacional. El 20.70% lo hacían en tejido, el 16.08% en arte, el 15.66% en carpintería, el 5.82% en juguetería y el 41.73% en otras labores.
Las mujeres que trabajaban fueron 1,550, que representaban el 65.87% de la población penal femenina a nivel nacional. Las labores más realizadas fueron tejido con 19.84%, manualidades 8.52%, costura 6%, lavandería 5.94% y otras opciones de trabajo 53.61%. • A junio de 1999, la población penal supervisada alcanzó a 22,197 internos. De ellos, el 52.16% (11,578 internos) realizaban alguna actividad de carácter laboral. De éste universo (11,578 internos), el 63.45% lo hacía con la finalidad de redimir la pena y 36.55% lo hacía con cualquier otro propósito.
Evidentemente, muchos internos que trabajan no redimen pena porque tienen prohibido este beneficio por el tipo de delito que cometieron o en algunos casos, simplemente porque no se han inscrito en las planillas correspondientes por una inadecuada organización del establecimiento penal.
De acuerdo a la información proporcionada por el INPE, en la Región Lima, de una población penal de 12,890 internos, sólo trabajaban 5,156 (40%), de los cuales redimían pena el 67.07%. En la Región Altiplano de Puno, de una población de 825 internos, 367 trabajaban (44.49%) y sólo redimían 239 internos (28.97%). En este último caso, se explica por la alta densidad de internos por delitos de terrorismo y traición a la Patria, robo agravado, secuestro y otros, que tienen prohibidos los beneficios. • La Región Sur tiene el más alto índice de población que trabajaba con el 88.20%, de los cuales redimían pena el 68.03%. • En la Región Sur Oriente el número de internos que trabajaba era también elevado con el 80.12%, quienes en su mayoría lo hacían con el fin de redimir su pena.
En la Región Nor Oriente el 70.43% de la población supervisada trabajaba y de ésta solamente el 17.77% redimía la pena. • La Región Norte contaba con 3,085 internos, de los cuales 2,095 trabajaban (67.91%) y redimían pena por trabajo 1,156 (55.18%). • En la Región Centro, se encontraban 968 internos, de ellos 616 realizaban alguna actividad laboral (63.64%) y redimían 264 (42.86%). • La Región Oriente cuenta con una población de 1,300 internos y realizaban alguna actividad laboral 866 (66.62%), de los cuales 731 redimían pena (84.41%).
El caso especial de los internos e internas que trabajan en las cocinas en el nuevo sistema de concesión de alimentos en los establecimientos penitenciarios
Mediante Licitación pública nacional Nº 001-2004-INPE/17 de febrero del 2004, la administración penitenciaria aprobó las bases administrativas para el suministro de alimentos preparados para los internos y personal de seguridad de los penales a nivel nacional. • Esta decisión, se enmarca en la política de concesión al sector privado de alimentos para la población penal, tal como esta prevista en el Plan Nacional de Tratamiento aprobado por el Ministerio de Justicia.
Se ha implementado desde febrero del 2004 y desde su inicio se viene registrando constantes problemas en algunas zonas del país, en especial Arequipa, Puno y Lima. • Problemas: • Los proveedores al contratar la mano de obra de los internos/as para que laboren en las cocinas, vienen reconociendo honorarios que estarían por debajo del mínimo legal (S/. 150 mensuales); • Exceden los límites de la jornada laboral • No tienen las condiciones mínimas de seguridad e higiene, • Labores auxiliares, reciben montos de hasta 10 soles semanales por trabajos extras.
Tanto las bases de licitación publica nacional como los contratos de suministro de alimentos que elaboran y suscriben las diferentes administraciones regionales del INPE, no se contempla la posibilidad de contratar la mano de obra de los internos/as para el desarrollo de las labores de cocina.
Trabajo penitenciario en el caso de las internas • Investigación de la Defensoría del Pueblo: prácticas discriminatorias que afectan a las mujeres • En los penales mixtos la situación es más grave, en virtud a criterios de seguridad interna, no pueden asumir la modalidad de trabajo ad honorem, recortándose la posibilidad de obtener beneficios penitenciarios.
El diseño de programas de trabajo penitenciario en donde se prioricen actividades que permitan obtener ingresos. • Establecer mecanismos de comercialización de los productos elaborados por las internas • Declarar no exigible el cobro por la administración penitenciaria del monto establecido por concepto de gasto que generan las actividades laborales de naturaleza manual (no se hace uso de maquinaria, equipos o energía eléctrica que justifique pago alguno).
Reglamentar el trabajo ad honorem, de modo que brinde igualdad en el acceso a la población femenina y masculina. • Establecer una rotación regular de las internas en las actividades laborales mejor remuneradas (equidad) • Considerar la participación y labor que realizan las madres en la organización y desarrollo de acciones dirigidas a la población infantil, como parte del trabajo penitenciario.
Dignóstico del Trabajo Penitenciario de acuerdo al Plan Nacional de Tratamiento
Organización del Trabajo Penitenciario • El área de Trabajo Penitenciario esta integrada por: • Asesoramiento y normatividad técnica (Sede Central), • Desconcentrados (Direcciones Regionales) y • Ejecución (Establecimientos Penitenciarios).
Infraestrutura • Los establecimientos penitenciarios del país mayoritariamente han sido diseñados y construidos sin tener en cuenta la construcción de talleres. • Algunos talleres construidos en los últimos dos años con un adecuado diseño, se han hecho con habilitaciones de áreas originalmente destinadas a otros usos
Población Penal • El área de trabajo a nivel nacional cuenta con una población penal de 11,817 internos que realizan actividades laborales, lo cual representa el 42.9 % de la población penal total, distribuida de la siguiente forma:
La cantidad de talleres existentes no guarda relación con la población penal controlada por el área de trabajo, motivo por el cual muchos internos trabajan en sus propios ambientes, pasadizos o patios. Actualmente se tiene la siguiente relación :
Los talleres existentes se vienen implementando en forma progresiva a través de los recursos directamente recaudados, utilizando criterios que no siempre se ajustan a un manejo empresarial. • La gran mayoría de internos realizan actividades laborales en forma empírica, actualmente no cuentan con una capacitación suficiente adecuada para desarrollar actividades de producción eficientes . • Falta dar mayor importancia a la comercialización de los productos elaborados por los internos desde un punto de vista empresarial.
Recursos Humanos • El área de trabajo cuenta con un numero reducido de servidores, que no se abastecen para desarrollar las actividades propias a sus funciones, así se observa que el número de servidores de trabajo no guarda relación con el numero de internos registrados en trabajo:
El cuadro demuestra la proporción de 1 trabajador del INPE por internos que trabajan. • El personal de trabajo en los establecimientos penitenciarios no cuenta con una capacitación permanente (finanzas, estimación de costos, procesos productivos, estudios de mercado) • El estimado de la Oficina General de Tratamiento es que se requiere incrementar un mínimo de 107 profesionales en el área de trabajo para la actual población penal.
Recursos Económicos • A través del área de trabajo de los establecimientos penitenciarios se captan mensualmente recursos propios por trabajo penitenciario, que ascienden a un monto promedio mensual de S/. 87,442.38. • Los recursos captados a través de trabajo son destinados para la implementación progresiva de talleres de los establecimientos penitenciarios.
Recursos Tecnológicos y Materiales • Se cuenta con módulos industriales del Non Project del Fondo Contravalor Perú – Japón, que son maquinarias de alta tecnología. • En los talleres de trabajo existen maquinarias, equipos y herramientas destinados a la producción que son adquiridos por las Direcciones Regionales INPE
El mantenimiento preventivo de las maquinarias y equipos de trabajo productivo no existe, • No se cuenta con un programa y/o cronograma de reparación y/o mantenimiento de maquinarias y equipos
Trabajo y Personas Privadas de Libertad: el caso de Perú Agosto 2005 José Avila Herrera Director del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios