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LEY 29664 Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres – SINAGERD DECRETO SUPREMO Nº 048-2011-PCM. Reglamento de la Ley. Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED 24 de Mayo de 2012. ANTECEDENTES.
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LEY 29664 Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres – SINAGERD DECRETO SUPREMO Nº 048-2011-PCM. Reglamento de la Ley Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED 24 de Mayo de 2012
ANTECEDENTES • Año 1990, declaración del “Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales –DIRN”(ONU). • Año 2000, mediante la Estrategia Internacional de Reducción de Desastres – EIRD, lanzó la Estrategia Internacional “… construir comunidades con resiliencia a los desastres...” • Año 2005, en el “Marco de Acción de Hyogo para el 2005-2015”, los países miembros (168) asumieron el compromiso de velar por la Reducción de los Riesgos de Desastres como prioridad Nacional y Local. • Año 2010, la Política 32 sobre Gestión de Riesgos de Desastres, aprobada por el Acuerdo Nacional.
LEY 29664 DESPUÉS DE LA LEY 29664 ANTES DE LA LEY 29664 (Ley Nº 19338) Concepción Gestión del Desastre Se entiende los desastres como una situación natural en la cual las sociedades actúan de manera reactiva esperando que el desastre ocurra. • Gestión del Riesgo de Desastre • Se entiende que los desastres son producto de procesos de desarrollo mal logrados, pues se tiene a la población y sus medios de vida en condiciones de vulnerabilidad; con lo cual se entiende que es posible actuar antes del desastre (planificación del desarrollo).
LEY 29664 DESPUÉS DE LA LEY 29664 ANTES DE LA LEY 29664 (Ley Nº 19338) • Gestión del Riesgo de Desastre • Conocer las condiciones de riesgo de desastre: peligro, vulnerabilidad, riesgo. • Incorporar la información de las condiciones de riesgo en la toma de decisiones: políticas, presupuestos de inversión Pública, y en todos los instrumentos de gestión pública. • Planificar el desarrollo evitando la generación de nuevas condiciones de riesgo, reduciendo las condiciones de vulnerabilidad actual. Operativización • Gestión del Desastre • Prepararse para la emergencia (Comités de Defensa Civil, Comités de Operación de Emergencia, Simulacros, Planes de Prevención y Atención de Desastres). • Instalación de Sistemas de Alerta Temprana. • Organización de Ayuda Humanitaria. • Medidas estructurales/físicas de mitigación del peligro inminente.
ÍNDICE • TÍTULO I Disposiciones Generales. • TÍTULO II Política Nacional de Riesgo de Desastres. • TÍTULO III Organización del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. • TÍTULO IV Instrumentos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. • TÍTULO V Infracciones y Sanciones. • Disposiciones Complementarias Finales. • Disposición Complementaria Derogatoria.
LEY Nº 29664 - SINAGERD TÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1º “Créase el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres”.(sic)
Artículo 2° Ámbito de aplicación de la Ley “ La Ley es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general…” Artículo 3º Definición de Gestión del Riesgo de Desastres. “…es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre…”
I • Artículo 4º Principios de la Gestión del Riesgo de Desastres(GRD), son los siguientes: • I Principio Protector • II Principio de Bien Común • III Principio de Subsidiaridad • IV Principio de Equidad • V Principio de Eficiencia • VI Principio de Acción Permanente • VII Principio Sistémico • VIII Principio de Auditoria de Resultados • IX Principio de Participación • X Principio de Autoayuda • XI Principio de Gradualidad
TÍTULO II Política Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresArtículo 5º Ley 29664 • Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres “Conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres”. • Los tres niveles de gobierno, son responsable de implementar los Lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento. • Lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres son los siguientes: a) La GRD. debe ser parte intrínseca de los procesos de planeamiento en los tres niveles de gobierno B) Priorizar la programación de recursos para la intervención en materia de GRD. C) Generación de cultura de prevención, fortalecimiento institucional entre otras.
TÍTULO II POLITICA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRESArtículo 6º Ley 29664 Componentes: a) Gestión Prospectiva b) Gestión Correctiva c) Gestión Reactiva Procesos : a) Estimación del Riesgo b) Prevención y Reducción del Riesgo c) Preparación, Respuesta y Rehabilitación d) Reconstrucción.
QUÉ ES UN COMPONENTE ? Conjunto de acciones íntimamente relacionada con los procesos de planificación del desarrollo, y la oportunidad de incidir a partir de ella en la visión y estrategias de desarrollo así como en la adecuación de la inversión, tendiente a evitar el riesgo en el futuro y reducir el riesgo ya existente. PREVENCION, REDUCCIÓN DE RIESGO, PREPARACION PLANIFICACIÓN EJECUCIÓN
i • Gestión Prospectiva: La gestión prospectiva, atiende la preocupación por la creación del riesgo futuro, lidia con decisiones que afectan la relación de las comunidades con los ecosistemas pero con diferencia de que trabaja en evitar procesos y decisiones actuales que podrían potencialmente desencadenar condiciones de riesgo futuro. • Gestión Correctiva: La gestión correctiva se plantea como el conjunto de acciones tendientes a reducir el riesgo ya existente, ya sea que este resulte de prácticas y decisiones inadecuadas de uso y ocupación de territorio, y/o por cambios ambientales o sociales que tuvieron lugar con posterioridad al desarrollo original de una comunidad. • Gestión Reactiva: La gestión reactiva es el conjunto de acciones y medidas destinadas a enfrentar los desastres.
Entendiendo el enfoque por procesos Busca alinear los esfuerzos para cumplir la Misión
Proceso 3 Reducción del riesgo Proceso 2 Prevención del riesgo Proceso 4 Preparación (CORREGIR O MITIGAR) EVITAR Procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres Proceso 1 Estimación del riesgo desastre Todas las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de incluir en su desarrollo institucional estos 7 procesos. Proceso 5 Respuesta Proceso 7 Reconstrucción Proceso 6 Rehabilitación
Dirección y Coordinación del SINAGERD Dirección Estratégica Presidencia de la República Planificación, coordinación, supervisión nacional Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Organigrama del SINAGERD Ministerio de Economía y Finanzas Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) Sistema Nacional de Información de GdRD Rectoría Presidencia del Consejo de Ministros Política Nacional de GdRD Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED). Plan Nacional de GdRD Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) Sistema Nacional de GdRD Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Ejecución Entidades públicas Fuerzas Armadas y Policía Nacional de Perú Entidades privadas y sociedad civil
Título III Organización del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Artículo 9º Ley 29664 El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres está compuesto por: • La Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector. • El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.* • El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres-CENEPRED • El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. • Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. • El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN. • Las Entidades Públicas, Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las entidades privadas y la sociedad civil.
Desarrollar mecanismos para la participación de la población, las entidades privadas y las entidades públicas en el establecimiento de metas de prevención de riesgo y en la formulación de planes de desarrollo territoriales y sectoriales. Participación Social • Para la generación de información • Para el intercambio de experiencias entre los actores locales. • Para la conciliación y negociación de intereses complementarios. • Incentivar la participación de jóvenes, sectores pobres y profesionales.
Planificar participativamente las acciones concertadas a través de proyectos de inversión pública o privada que incluyan reducción del riesgo de desastres. Planificación Participativa Impulsando la participación desde la población en condiciones de pobreza, jóvenes y sectores profesionales.
Título III Organización del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - Artículo 11º de la Ley 29664 El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el órgano de máximo nivel de decisión política y de coordinación estratégica, esta conformado por: • El Presidente de la República, quien lo preside. • La Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la Secretaría Técnica. • El Ministerio de Economía y Finanzas. • El Ministerio de Defensa. • Los Ministerios de Salud, Educación, Interior, Ambiente, Agricultura, Transportes y Comunicaciones, Vivienda Construcción y Saneamiento. *
Título IV. INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ARTÍCULO 19º Ley 29664 • EL Plan Nacional de Gestión del Riesgos de Desastres Integra los procesos de estimación, prevención, reducción, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción. • La Estrategia de Gestión Financiera a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, con cobertura a nivel nacional. • Los Mecanismos de Coordinación, decisión, comunicación y gestión de la información en situaciones de impacto de desastres. • El Sistema Nacional de Información, técnico-científica y especializada del saber histórico y tradicional de las poblaciones expuestas. • La Radio Nacional de defensa Civil y del Medio Ambiente.
Título V. Infracciones y Sanciones Artículo 20º Ley 29664 Infracción: son actos u omisiones en que incurren las autoridades, funcionarios, servidores y empleados públicos en general, así como las personas naturales y jurídicas en contra de lo establecido en las normas y dispositivos legales vigentes de obligatorio cumplimiento. Constituye infracción: -Incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley. -Incumplimiento de las normas técnicas de seguridad en Defensa Civil. -Interferencia o impedimento para el incumplimiento de las funciones de inspección de las entidades que conforman el SINAGERD. -Omisión de implementación de medidas correctivas, presentación de documentación fraudulenta, consignar información falsa, otras. SANCIONES: Administrativas, Civiles y Penales.
Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM -REGLAMENTO DE LA LEY 29664 TÍTULO I Disposiciones Generales TÍTULO II Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres TÍTULO III Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - Elaboración de la Política Nacional de GRD. (CENEPRED -INDECI) TÍTULO IVProcesos de la Gestión del Riesgo de Desastres - Lineamientos Técnicos para los procesos (CENEPRED -INDECI) TITULO VInstrumentos del Sistema Nacional - Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (CENEPRED -INDECI)
La puesta en ejecución de la Ley 29664, tiene como objetivo ineludible lograr la transversalización de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno, proceso que es prioritario a corto plazo, requiriéndose para ello, el apoyo técnico-político; y la pertinente adecuación de la Ley en las instituciones conformantes del SINAGERD. El CENEPRED tiene como función fundamental por mandato expreso de la Ley, la de ser la institución articuladora, entre los tres niveles de gobierno, competencia funcional que tiene la condición de relevante e ineludible en el logro de los objetivos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Impulsar el desarrollo de iniciativas en los tres niveles de gobierno, que permitan ejecutar las acciones de prevención y reducción del riesgo de desastres; así como el abordaje oportuno de los diferentes escenarios de riesgos, que nos permita ejecutar políticas de reducción de riesgos con mayor sustento e impacto en la población. Fomentar la identificación técnica-científica de los peligros, vulnerabilidades y riesgos en los tres niveles de gobierno, con la finalidad de incorporarlos progresivamente en el SNIGRD, procediendo a articulación, incorporación y planificación en el Presupuesto por Resultados, respecto a las acciones de prevención y reducción del riesgo de desastres; de tal manera que las acciones sean efectivas en beneficio de la población.
Muchas Gracias. www.cenepred.gob.pe Av. Jorge Basadre Nº 1216 – San Isidro