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Haga clic con el Mouse o apriete Enter para activar cada movimiento. 9.- Las personas jurídicas (cáns. 113 a 123). Persona fingida :. Una pluralidad, tratada como sujeto unificado de derechos y deberes. La Iglesia, como misterio de comunión, lo postulaba para su ordenamiento jurídico.
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Haga clic con el Mouse o apriete Enter para activar cada movimiento... 9.- Las personas jurídicas (cáns. 113 a 123) Persona fingida: Una pluralidad, tratada como sujeto unificado de derechos y deberes... La Iglesia, como misterio de comunión, lo postulaba para su ordenamiento jurídico... El derecho romano tenía esta realidad, aunque no conocía este concepto... 9.1. Naturaleza y origen de las personas jurídicas (cáns. 113 y 114) La dimensión social es esencial a la persona humana... El misterio de comunión de la Iglesia se expresa de diversas formas, de origen divino o humano... • Persona... • Pluralidad... • Cuerpo... • Persona moral... • Ente... • Persona jurídica...
9.1.1. Naturaleza (can. 113) Persona moral... Persona jurídica... Sujeto del ordenamiento canónico, capaz de reclamar sus derechos y de obligarse dentro del mismo... Conjunto de personas... Conjunto de cosas... Universitas... La personalidad jurídica es una formalidad de la técnica jurídica, para identificar un conjunto como un sujeto unitario de derechos y obligaciones... 9.1.2. Origen (can. 114) Por prescripción del derecho... por decisión de la autoridad ejecutiva... Corporaciones o fundaciones... Congruente con la misión de la Iglesia... Apostolado... Piedad... Caridad... Finalidad: y trasciende el fin de los individuos...
9.2. Tipos de personas jurídicas (cáns. 115 y 116) 9.2.1. Corporaciones y fundaciones (can. 115) Corporación: conjunto de personas... Corporación colegial: actividad determinada por los miembros, con o sin igualdad de participación... Corporación no colegial: actividad no determinada con participación de los miembros... Diócesis, Parroquia , Seminarios... Colegio episcopal, cabildo catedralicio... Pías fundaciones autónomas (can. 1303 § 1, 1°)... Fundación: conjunto de cosas... Seminarios...
9.2.2. Personas jurídicas públicas y privadas (can. 116) • Constituidas por la autoridad eclesiástica... Públicas: • para cumplir en nombre de la Iglesia... • una función confiada en orden al bien público... Obtención de la personería jurídica: Privadas: por decisión de la autoridad... Publicas: por concesión del derecho o decisión de la autoridad... 9.3. Estatutos de las personas jurídicas (can. 117) • Son necesarios para obtener la personería jurídica... • Son las normas propias de la persona jurídica, que rigen su funcionamiento interno y su relación con los demás... • Son de naturaleza legislativa o administrativa... • Contenido mínimo indispensable: • fin, constitución, régimen y forma de actuar... • Configuran la identidad de la persona jurídica...
9.4. Representación de las personas jurídicas (can. 118) • Las personas jurídicas actúan en el ordenamiento canónico a través de sus representantes... • Persona jurídica: mandante... • Representante: mandatario... Los límites de la representación son los límites del mandato... El representante deja de actuar en nombre de la persona jurídica cuando lo hace excediéndose del mandato... ¿Quién determina los representantes de las personas jurídicas? • Personas jurídicas públicas: la ley universal o particular, o los estatutos... • Personas jurídicas privadas: los estatutos... No siempre coincide el representante de la persona jurídica dentro del ordenamiento canónico con el “representante legal” en el orden civil , pero es razonable que lo sea...
9.5. Actuaciones colegiales (can. 119) Es una norma supletoria, que se aplica cuando el derecho universal o particular, o los estatutos, aplicable en cada caso, no disponen de otra manera... 9.5.1. En las elecciones (can. 119, 1°) • Deben ser convocados todos los que tienen derecho a serlo, y debe encontrarse presente la mayoría... • En la primera votación es elegido el que alcanza la mayoría de los votos de los presentes (más de la mitad)... • Si nadie alcanza más de la mitad de los votos, se hace una segunda votación, en las misma condiciones... • La tercera votación se hace sólo sobre los dos más votados, y el empate se resuelve por el de mayor edad... • En la tercera votación basta la mayoría relativa (interpretación auténtica, 28/06/1990)... • La elección se resuelve, a más tardar, en la tercera votación...
9.5.2. En las decisiones (can. 119, 2°) • Debe proponerse a votación sólo una decisión por vez... • Deben ser convocados todos los que tienen derecho a serlo, y debe encontrarse presente la mayoría... • Se acepta la decisión si se alcanza la mayoría de los votos de los presentes (más de la mitad)... • Si hay empate, se hace una segunda votación; si persiste el empate, el presidente puede resolver con su voto... • Si lo hace, el voto del presidente resulta un voto doble, cualificado... 9.5.3. En lo que afecta a todos como individuos (can. 119, 3°) Quod omnes uti singulos tangit, debe ser aprobado por todos... Ejemplos: • La elección por compromiso sólo puede decidirse con el voto unánime de todos los que tienen derecho a voto... • El cambio de finalidad de una asociación sólo puede decidirse con el voto unánime de todos los que tienen derecho a voto...
9.6. Duración de las personas jurídicas (can. 120) • Las personas físicas, en cuanto a su naturaleza animal, tienen necesariamente una vida limitada en el tiempo... • Las personas jurídicas, como la naturaleza espiritual, tienen una tendencia hacia la inmortalidad... • Por decisión del derecho, la persona jurídica se extingue si ha cesado su actividad durante cien años... • También puede extinguirse por decreto de la autoridad eclesiástica... • Las personas jurídicas privadas también se pueden extinguir según los propios estatutos... • Las fundaciones, si a juicio de la autoridad, han dejado de existir, conforme a los estatutos... • La autoridad eclesiástica para suprimir una persona jurídica no siempre es la misma que la instituyó... • Si subsiste al menos un miembro de una corporación colegial que según los estatutos no ha dejado de existir, tiene todos los derechos...
9.7. Cambios en las personas jurídicas (cáns. 121 a 123) 9.7.1. Unión (can. 121) • Desaparecen personas jurídicas públicas que existían previamente, y aparece una nueva... • Pasan a la nueva persona jurídica pública todos los bienes y las cargas que pertenecían a las anteriores, respetando la voluntad de los donantes o fundadores y los derechos adquiridos... • Nada se prescribe sobre la unión de personas jurídicas privadas... 9.7.2. División (can. 122) • La autoridad eclesiástica debe dividir los bienes y las cargas divisibles de manera proporcional y equitativa, respetando la voluntad de los donantes o fundadores y los derechos adquiridos... • y debe distribuir de manera proporcional y equitativa el uso y usufructo de los bienes y las cargas indivisibles... • Nada se prescribe sobre la división de personas jurídicas privadas...
9.7.3. Extinción (can. 123) • Los bienes y las cargas de una persona jurídica pública que se extingue tienen el destino que les fija el derecho universal o particular, o los estatutos... • Si el derecho particular o los estatutos no dicen nada, los bienes y las cargas pasan a la persona jurídica pública superior en la cadena jerárquica... • Para las personas jurídicas privadas que se extinguen, sólo los estatutos determinan el destino de sus bienes... • Siempre se debe respetar la voluntad de los donantes y fundadores y los derechos adquiridos... • Sólo la Santa Sede puede extinguir un instituto de vida consagrada y determinar el destino de sus bienes y sus cargas (can. 584)...